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TA SANT - 680012333000-2017-00417-00-(15-06-2018)

Tribunal Administrativo de Santander

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Detalles

Título
TA SANT - 680012333000-2017-00417-00-(15-06-2018)
Autor
Tribunal Administrativo de Santander
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2018

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER

MAGISTRADA PONENTE: SOLANGE BLANCO VILLAMIZAR QUINCE 15 DE Bucaramanga, jy^m pE OQSMIL

DIECIOCHO (2018)

AUTO

RESUELVE IMPEDIMENTO PRESENTADO POR EL H. MAGISTRADO

MILCIADES RODRÍGUEZ QUINTERO Exp. 680012333000-2017-00417-06r C ^ Demandante: ELKIN JAVIER MARtíÑÜif LÓI^ con cédula de ciudadanía No. 91.495.293

Demandado: MINISTERIO DE DEFENSA - POLICIA

NACIONAL

Medio de Control: NULIDAD Y REStl^||J£pMIENTO DEL DEERCHO DE CARAi^EP LABORAL Tema: Interpretacióri de la f^usal de impedimento denominada "pleito peÑndiente"

I. EL IMPEDIMENTO A folio 251 Vto. el H. Magistrado Milciades Rodríguez Quintero, quien funge como ponente en el proceso de la referencia, manifiesta encontrarse impedido para seguir conociendo deLmiso, invocando el artículo 141 del Código General del Proceso, afirmando que "...en la actualidad obro como demandante en un proceso que se tramita ante la jurisdicción Contenciosa Administrativa en contra de la

NACIÓN^MINISTERIO DE DEFENSA - POLICIA NACIONAL..."

II. CONSIDERACIONES " A. Acerca de la Competencia Con base en el Art. 131.3 de la Ley 1437 de 2011, corresponde a la Sala resolver de plano el impedimento antes reseñado.

B. La interpretación de la causal invocada

II. CONSIDERACIONES " A. Acerca de la Competencia Con base en el Art. 131.3 de la Ley 1437 de 2011, corresponde a la Sala resolver de plano el impedimento antes reseñado.

B. La interpretación de la causal invocada La Sala, prohija aquí la interpretación que el H. Consejo de Estado hace sobre la causal de pleito pendiente invocada por el H. Magistrado Milciades Rodríguez Quintero\n el cual esta causéfí ' Sección Tercera, Auto del 6 de febrero de 2012, CP. Jaime Orlando Santofimio Gamboa, Rad 15001-23-31000-2009-00001-01 (42892)Tribunal Administrativo de Santander. Mag. Ponente: Solange Blanco Villamizar. Auto resuelve negando el impedimento formulado por el H. Magistrado Milciades ROdriguez Quintero. Radicado: 680012333000-201700417-00 "no procede por la simple identidad de las partes pues debe considerarse que i) ante esta Jurisdicción acuden en calidad de parte diversas entidades públicas, situación no vislumbrada por el Código (...) y ii) se ha impuesto como exigencia valorar si las circunstancias en torno al supuesto pleito pendiente infunden en el Juez un sentimiento de animadversión".

Dice el Consejo de Estado que una lectura exegética de la norma podría generar impedimentos masivos de jueces administrativos, por lo que, para su procedencia, se requiere, "Además del supuesto normativo consagrado en el Código (.>.) relacionado con la identidad de las partes, la existencia de una causa jurídica similar en los respectivos procesos". Es decir, cuando un juez demande a una entidad pública éstafá imjoedido sólo

"Además del supuesto normativo consagrado en el Código (.>.) relacionado con la identidad de las partes, la existencia de una causa jurídica similar en los respectivos procesos". Es decir, cuando un juez demande a una entidad pública éstafá imjoedido sólo cuando la causa jurídica de un asunto que seTé sonleta a su conocimiento sea de la misma naturaleza y actuación de la que ét sometió ante la justicia. En el proceso de la referencia se pretéríde la declaratoria de nulidad de la sanción discipíinaria impuesta al deipandante, causa jurídica que se presume, no guarda relación con el proceso que eil Dr. Rodríguez Quintero sometió ante esta jurisdicción en contra de la Policía Nacional, dado que el mismo, afirma hacerlo en ejercicio del medio de control de Reparación Directa. En mérito de lo expue^, se RESUEVE: Primero. N|> aceptar ét impedimento que el H. Magistrado Milciades Rodríguez 'ífitedríguez Quintero, para continuar con el trámite del mismo.

NOTÍFIQUESE Y CÚMPLASE.

Los Magistrados I .lA li-: Quifitero formóla en el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesfifWri la parte motiva de esta providencia.

Devolver el expediente al Despacho a cargo de Magistrado Milciades RAFAEL GUTIERREZ SOLANO Integrante de la Sala

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