TA SANT - 680012333000-2019-00217-00-(24-04-2019)
Tribunal Administrativo de Santander
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Detalles
- Título
- TA SANT - 680012333000-2019-00217-00-(24-04-2019)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Santander
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2019
Consejo Superior de la Judicatura República de Colombia nn
CONSEJO DE ESTADO
JVtTICU - OUU - CONTMOI.
SIGCMA
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER
MAG. PONENTE: FRANCY DEL PILAR PINILLA PEDRAZA
ABRIL Bucaramanga, VE ÍHTICÜATRO (24) DE oes !',' i : D i £• C 1 f'i L' E V E
AUTO RECHAZA DEMANDA
MEDIO DE CONTROL: PROTECCION DE DERECHOS E INTERESES
COLECTIVOS
ACCIONANTE ALFONSO MARTINEZ ROMERO ACCIONADO NACIÓN - POLICIA ^IWDNAL EXPEDIENTE 6800123330002019<ro2lÍ)0
Se encuentra el proceso al Despacho para decidir sobre la admisión de la demanda presentada por ALFONSO MARTINEZ ROMERO dentro del medio de control de la referencia. Mediante providencia d^J 26 de marzo de 2019, con base en el artículo 20 de L ley 472 de 1998 se ordeñóte corrección de la demanda, concediéndole a la p artt actora el térmirw de tms fS) días para que acreditara el cumplimiento de L reclamación fye\ásta en el Art. 144 del Opaca. El término inhalado transcurrió en silencio, razón por la cual se impone rechaza la demanda conforme lo dispone el inciso 2 del Art. 20 de la Ley 472 de 1998. En mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Santander, RESUELVE: PRIMERO: RECHAZAR la demanda presentada por ALFONSO MARTINE/
En mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Santander, RESUELVE: PRIMERO: RECHAZAR la demanda presentada por ALFONSO MARTINE/ ROMERO contra NACIÓN - POLICIA NACIONAL por las razones expuestas en ir parte motiva de esta decisión.
SEGUNDO: Ejecutoriada esta providencia, devuélvanse los anexos de L demanda sin necesidad de desglose.
Rama Judicial del Poder Publico Consejo Superior de la Judicatura
Consejo de EstadoPROTECCION DE DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS
68001233300020190021700
TERCERO: Surtido lo anterior, realícense las anotaciones respectivas en el Sistema de gestión judicial Justicia Siglo XXI.
NOTIFÍQUESE y CUMPLASE Aprobado en Sala de fecha. Acta No. ¡% de 2019 2 i