TA SANT - 680013333010-2018-00091-01-(08-06-2018)
Tribunal Administrativo de Santander
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Detalles
- Título
- TA SANT - 680013333010-2018-00091-01-(08-06-2018)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Santander
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2018
REPUBLICA DE COLOMBIA
Bucaramanga, TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DE SANTANDER Jcvo iü O c Hu C^^) loe ^Vl D'i^C^cjcW^ REFERENCIA: 680013333010-2018-00091 -01
MEDIO DE CONTROL: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO -ImpedimentoDEMANDANTE: IREIDA KATHERINE LEON CORREDOR.
DEMANDADO: NACIÓN - RAMA JUDICIALCONSEJO SUPERIOR DE LA
JUDICATURADIRECCION EJECUTIVA DE ADMINISTRACION JUDICIAL Ha venido la actuación de la referencia para decidir sobre el impedimento manifestado por lo Dra. Edilio Duorte Duorte, Juez Once Administrativo del Circuito Judicial de Bucaramanga. con fundamentando en lo causal prevista en el numeral r del artículo 141 del C.G.P., todo vez que en su calidad de Juez tiene lo mismo expectativa que lo accionante, dado que aquello que se pretende en el asunto que se debate es referente al carácter de factor salarial de lo bonificación Judicial y demás emolumentos, por ende le asiste lo expectativa de que seo reconocida como factor salarial sobre los pretensiones sociales percibidas. Como se estima procedente el motivo invocado por lo Dra. Edilio Duorte Duorte en rozón de los condiciones expuestas, se aceptará el impedimento manifestado por lo juez Once Administrativo del Circuito judicial de Bucaramanga y como quiera que se advierte que éste se extiende o los demás Jueces Administrativos, se procederá o designar Conjuez poro que asumo el conocimiento del presente Medio de Control de conformidad con el Art. 131 numeral 2 de lo Ley 1437 de 2011.
advierte que éste se extiende o los demás Jueces Administrativos, se procederá o designar Conjuez poro que asumo el conocimiento del presente Medio de Control de conformidad con el Art. 131 numeral 2 de lo Ley 1437 de 2011. En virtud de lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Santander, RESUELVE:PRIMERO: DECLARAR fundado el impedimento manifestado por la Dra. Edilia Duarte Duarte, Juez Once Administrativo del Circuito Judicial de Bucaramanga, el que comprende a todos los Jueces Administrativos. En consecuencia se les separa del conocimiento del proceso de la referencia.
SEGUNDO: FIJAR el día Veintiocho (28) de Junio de dos mil dieciocho (2018), o los nueve de lo moñono (9:00 o.m.) poro que de lo listo de Conjueces se hogo el sorteo respectivo, de ocuerdo con el Art. 115 del OPACA.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE,
A