TA SANT - 680013333013-2015-00392-01-(30-10-2018)
Tribunal Administrativo de Santander
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Detalles
- Título
- TA SANT - 680013333013-2015-00392-01-(30-10-2018)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Santander
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2018
Rama Judicial Consono Superior de ta Judicatura República de Colombia
CONSEJO DE ESTADO
SIGCMA-SGC
REPUBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER
MAG. PONENTE: FRANCY DEL PILAR PINILLA PEDRAZA
Bucaramanga, OCToBífe T^eI^)T^ CSo) OG oos KA.I DiecocUo (20,11
MEDIO DE CONTROL: REPARACION DIRECTA
DEMANDANTE: DANIEL VILLAMIZAR BASTO
DEMANDADO: NACIÓN-RAMA JUDICIALDIRECCION
EJECUTIVA RADICADO: 68001333301320150039201
REFERENCIA: Manifestación de impedimento Con nuestro acostumbrado respeto los suscritos Matítór^^fcífRANCY DEL PILAR PINILLA PEDRAZA, JULIO EDISSON RAMOg^AKAR y MILCIADES RODRIGUEZ QUINTERO, manifestamos, que nos.^llarr^ i%ursos en la causal de impedimento contemplada en el numeral 1 del aWículo 141 del Código General del Proceso, por existir interés directo de nu§akr« e|i el presente asunto, ya que del libelo de la demanda se adviert^ffue s aíáfá una presunta falla del servicio por mora judicial en el trámite de il^ccióri.popular radicado bajo el No. 2007-00267-01 dentro de la cual los re^^os^gic^arios proferimos sentencia de segunda instancia, situación de la qui^^Épü^lé concluir que nos encontramos inmersos en el hecho respecto %el cktTse predica la responsabilidad de la administración en el asunto deja^rat.
Conforme lo anterior, remítal^^xpediente a la Dra. Solange Blanco Villamizarinmersos en el hecho respecto %el cktTse predica la responsabilidad de la administración en el asunto deja^rat. Conforme lo anterior, remítal^^xpediente a la Dra. Solange Blanco Villamizarmagistrada quien sigip 'llViyu^lP en orden alfabético - para que en aras de preservar la imparciaUfad err|| función judicial; solicitándole respetuosamente nos separe del conocimierlo del alunto. Rama Judicial dei Poder Pubiico Cánselo Superior de ia Judicatura