TA SANT - 68679-33-33-002-2017-00005-00-(05-03-2018)
Tribunal Administrativo de Santander
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Detalles
- Título
- TA SANT - 68679-33-33-002-2017-00005-00-(05-03-2018)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Santander
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2018
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER
Mag. Ponente. FRANCY DEL PILAR PINILLA PEDRAZA
MARZO Bucaramanga, CINCO (05)
DE DOS MIL OlECICCHO
Demandante: CARLOS JUSTINO RAMIREZ WAGNER
Demandado: NACIONRAMA JUDICIALDIRECCION EJECUTIVA
DE ADMINISTRACION JUDICIAL
Medio de ControhNULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO.
Radicado: 2017-00005-00.
Ha venido la actuación de la referencia para decidir sobre el impedimento manifestado por el Dr. Luis Pinto Salazar, Juez Segundo Administrativo Oral del Circuito Judicial de San Gil. Al respecto, SE CONSIDERA: CoDiador El Dr. Luis CarlüiJ Pinto sSrazMS^deüIaraTrnpeafroiDarff^elSntar el presente proceso con fundamento en la causal prevista en el numeral en la causal el numeral 14" del Art. 141 del CGP, toda vez que en su condición de juez considera restringe la forma objetiva para sustanciar y decidir la presente causa, consistente en la existencia de un pleito pendiente en el que se controvierte la misma cuestión jurídica, esto es el reconocimiento de la bonificación judicial como factor salarial y prestacional, teniendo en cuenta que dicho Juez instauró demanda de Nulidad y Restablecimiento del derecho desde el día 26 de Mayo de 2016 Radicado bajo la partida N. 68001333300320160011001. Como se estima procedente el motivo invocado por el Dr. Luis Carlos Pinto Salazar, en razón de las condiciones expuestas, se aceptará el impedimento manifestado por el Juez Segundo Administrativo del Circuito Judicial de San Gil y
Como se estima procedente el motivo invocado por el Dr. Luis Carlos Pinto Salazar, en razón de las condiciones expuestas, se aceptará el impedimento manifestado por el Juez Segundo Administrativo del Circuito Judicial de San Gil y como quiera que se advierte que "este se extiende a los demás Jueces administrativos, se procederá a designar Conjuez " para que asuma el conocimiento de la presente acción de conformidad con el Art. 131 numeral 2 de la Ley 1437 de 2011.En mérito de lo expuesto, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER,
II. RESUELVE Primero. DECLARAR fundado el impedimento manifestado por el Dr. Luis Carlos Pinto Salazar en su condición de Juez Segundo Administrativo del Circuito Judicial de San Gil, el que comprende a todos los Jueces Administrativos. En consecuencia se les separa del conocimiento del proceso de la referencia.
Segundo. FIJAR el día Ocho (08) de Febrero de dos mil Dieciocho (2018), a las nueve y media (9:30 a.m.) para que de la lista de Conjueces se