TDAC - Fallo - Proceso TDAC-7207578 de 2024
Tribunal Disciplinario Antidopaje de Colombia
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Detalles
- Título
- TDAC - Fallo - Proceso TDAC-7207578 de 2024
- Autor
- Tribunal Disciplinario Antidopaje de Colombia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2024
Bogotá D.C., 25 de julio de 2025 Proceso TDAC 7207578 - 2024
Deportista: ALBA LUCERO GÓMEZ VARELA
Disciplina: Taekwondo Sparring DECISIÓN DE PRIMERA INSTANCIA – SALA DISCIPLINARIA Los integrantes de la Sala Disciplinaria del Tribunal Disciplinario Antidopaje de Colombia, en uso de sus facultades, proceden de conformidad con la normatividad aplicable para decidir sobre la presunta infracción al artículo 2 numeral 2.1 “Presencia de una Sustancia Prohibida o sus Metabolitos o Marcadores en la Muestra de un Deportista” del Código Mundial Antidopaje.
1. NORMAS ANTIDOPAJE APLICABLES Se da aplicación al Código Mundial Antidopaje, el Estándar Internacional de Gestión de Resultados, El Estándar Internacional - Lista de Prohibiciones de la Agencia Mundial Antidopaje
(WADA) y la normatividad nacional vigente. Se revisará en el presente fallo si existió una infracción o no al artículo 2. Infracciones de las normas antidopaje, numeral 2.1 Presencia de una Sustancia Prohibida o de sus Metabolito s o Marcadores en la Muestra de un Deportista del Código Mundial Antidopaje.
2. COMPETENCIA DEL TRIBUNAL – SALA DISCIPLINARIA El artículo 5 de la Ley 2084 de 2021 creó el Tribunal Disciplinario Antidopaje como un órgano independiente y autónomo, encargado d e juzgar posibles infracciones al Código Mundial Antidopaje y a la normatividad nacional, tanto en el deporte aficionado como profesional, convencional y paralímpico. El Tribunal se divide en dos salas: Sala Disciplinaria (primera
Antidopaje y a la normatividad nacional, tanto en el deporte aficionado como profesional, convencional y paralímpico. El Tribunal se divide en dos salas: Sala Disciplinaria (primera instancia) y Sala de Apelaciones. Sus miembros actúan conforme al Código Mundial Antidopaje y bajo estrictos parámetros de confidencialidad. La Sala Disciplinaria, competente en este caso, está integrada por los magistrados Giselle Kaneesha Urbano Caicedo, Nicolás Parra Carvajal y Juan Carlos Mejía, sin que existan conflictos de interés o causales de impedimento.
3. HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES Y ACTUACIÓN PROCESAL 3.1 El día 16 de noviembre de 2023, el Grupo Interno de Trabajo Organización Nacional Antidopaje de Colombia - ONAD, efectuó un proceso de toma de muestras en competencia a la deportista de la disciplina de taekwondo Alba Lucero Gómez Varela en la ciudad de Manizales – Caldas. De acuerdo al formato de toma de muestras, la recolección de la muestra fue de orina, codificada bajo el número 7207578.3.2 En consecuencia, el día 19 de diciembre de 2023, el GIT ONAD tuvo conocimiento a través de Sistema ADAMS del reporte de Laboratorio de Control Dopaje de Salt Lake City, en el cual se informa que en la muestra se detectó la presencia de Furosemida. Efectuada la decodificación se pudo constatar que la muestra 7207578 se encuentra a nombre de la deportista Alba Lucero Gómez Varela. 3.3 Revisión inicial: Realizada la revisión por parte del GIT ONAD, se evidenció que no fue concedida autorización de uso terapéutico para la sustancia encontrada y que el proceso de toma
Gómez Varela. 3.3 Revisión inicial: Realizada la revisión por parte del GIT ONAD, se evidenció que no fue concedida autorización de uso terapéutico para la sustancia encontrada y que el proceso de toma de muestras adelantado se efectuó conforme al Estándar y al Estándar para Laboratorios. 3.4 Conforme lo establece el artículo 5.1.2 del Estándar Internacional de Gestión de Resultados - EIGR, el día 22 de diciembre de 2023, mediante el oficio identificado con el numero 2023EE0041647, la deportista fue notificada al correo electrónico lucerogomezv@gmail.com del resultado analítico adverso respecto de la sustancia Furosemida. Posteriormente, ante un error de transcripción respecto de la ciudad donde se realizó el control, se realiza la corrección respectiva por medio del radicado No. 2023EE0042046 indicando que la ciudad es Manizales, tal y como se evidencia en el formato de control de toma de muestras. 3.5 Al tratarse de una sustancia Específica según el Estándar Internacional Lista de Prohibiciones, la deportista no fue suspendida provisionalmente de las actividades deportivas de manera obligatoria, por lo tanto, podía participar en competiciones, acontecimientos deportivos y otras actividades organizadas, convocadas, autorizadas o reconocidas por signatarios del Código Mundial Antidopaje, hasta la decisión del Tribunal. 3.6 Dentro del tiempo señalado por la ONAD, esto es, veinte (20) días a partir de la primera notificación, la deportista a través de apoderado, el día 09 de enero de 2024 remitió a la Organización Nacional Anti dopaje – ONAD la explicación del resultado analítico adverso encontrado en su muestra y la solicitud del análisis de la muestra B y el paquete documental.
Organización Nacional Anti dopaje – ONAD la explicación del resultado analítico adverso encontrado en su muestra y la solicitud del análisis de la muestra B y el paquete documental. 3.7 En respuesta el GIT Organización Nacional Antidopaje mediante oficio 2024EE0000245 del 9 de ener o de 2024 comunica al abogado Frank Huguett al correo electrónico abhuguett@gmail.com que el Laboratorio informó que el análisis de la muestra B no tiene costo, los valores del paquete documental A y B y la información de la cuenta bancaria para realizar e l pago del valor mencionado. De acuerdo a lo manifestado por la ONAD, se remitió la comunicación en tres (3) ocasiones, los días 9 de enero de 2024, 22 de enero de 2024 y 12 de febrero de 2024, dando respuesta al último, expresando el acuse de recibo. 3.8 Que mediante oficio bajo el radicado No. 2024EE0002587 con fecha 12 de febrero 2024, el Grupo Interno de Trabajo Organización Nacional Antidopaje de Colombia, notificó el Escrito deFormulación de Cargos a la deportista ALBA LUCERO GÓMEZ VARELA del resul tado analítico adverso reportado por el laboratorio y la presunta infracción a las normas antidopaje, los derechos que le asisten, de la no suspensión provisional obligatoria al tratarse de una sustancia específica, la oportunidad de proporcionar explicaci ón, la posibilidad de admitir o rechazar los cargos, las posibles consecuencias, y del derecho a un justo proceso. Adicionalmente, se evidencia que la deportista ALBA LUCERO GÓMEZ VARELA, no remitió el FORMULARIO DE ACEPTACIÓN O NO ACEPTACIÓN DE RESULTADO S Y CONSECUENCIAS, y no brindó ayuda sustancial.
Adicionalmente, se evidencia que la deportista ALBA LUCERO GÓMEZ VARELA, no remitió el FORMULARIO DE ACEPTACIÓN O NO ACEPTACIÓN DE RESULTADO S Y CONSECUENCIAS, y no brindó ayuda sustancial. 3.9 Que el día 12 de febrero de 2024, la Organización Nacional Antidopaje de Colombia remitió la formulación de cargos al Tribunal Disciplinario Antidopaje de Colombia, por ser la autoridad disciplinaria competente. Se anexaron al escrito de Formulación de Cargos, los siguientes documentos: - Documentación Proceso de Toma de Muestras - Reporte de Laboratorio de Control al Dopaje muestra 7207578 - Notificación oficio 2023EE0041647 - Alcance a la notificación Oficio 2023EE0042046 del 27 de diciembre de 2023 - Explicación de la atleta a través de apoderado recibido el 9 de enero de 2024 - Respuesta de la ONAD al oficio del 9 de enero de 2024 (Oficio 2024EE0000245) 3.10 Que el día 13 de febrero de 2024, se avocó c onocimiento del proceso en referencia por parte de la Magistrada Ponente Giselle Kaneesha Urbano Caicedo, previamente designado por el Presidente del Tribunal. 3.11 Dentro de los términos expuestos en el documento por medio del cual se avocó conocimiento, el abogado Frank Huguett envía al correo del Tribunal respuesta a la formulación de los cargos por la presunta infracción a las normas antidopaje. 3.12 El día 20 de junio de 2024, se envió convocatoria a la deportista ALBA LUCERO GÓMEZ VARELA (lucerogomez v@gmail.com), y a la Organización Nacional Antidopaje de Colombia
3.12 El día 20 de junio de 2024, se envió convocatoria a la deportista ALBA LUCERO GÓMEZ VARELA (lucerogomez v@gmail.com), y a la Organización Nacional Antidopaje de Colombia (controldopaje@mindeporte.gov.co e igiraldo@mindeporte.gov.co) para llevar a cabo la audiencia de instrucción establecida en la Ley 2084 de 2021. Posteriormente, se remite el link al apoderado a solicitud. 3.13 Que el 25 de junio de 2024 a las 08:00 a.m., se celebró la audiencia de instrucción por la Sala Disciplinaria del Tribunal Disciplinario Antidopaje de Colombia, llevándose a cabo a primera fase con la presencia de la deportista Alba Lu cero Gómez Varela, su apoderado Frank Huguett yla Dra. Isabel Cristina Giraldo Molina en representación de la Organización Nacional Antidopaje – ONAD. La audiencia en la fase probatoria se suspendió por la no asistencia de los testigos. 3.14 Para la continuación de la fase probatoria y alegatos finales, se realizó convocatoria para el día 30 de septiembre de 2024 a las 03:00 p.m., misma que fue aplazado por solicitud del apoderado de la deportista. 3.15 El día 22 de noviembre de 2024 a la 01:00 p.m. se dio continuidad a la audiencia de instrucción y se culmina con la etapa de alegatos de conclusión.
4. DEL PROCESO HASTA LA AUDIENCIA DE DECISIÓN El día 25 de junio de 2024 a las 08:00 a.m., se celebró la audiencia de instrucción, convocada por la magistrada ponente Giselle Kaneesha Urbano Caicedo, con la presencia del Magistrado Nicolas
El día 25 de junio de 2024 a las 08:00 a.m., se celebró la audiencia de instrucción, convocada por la magistrada ponente Giselle Kaneesha Urbano Caicedo, con la presencia del Magistrado Nicolas Parra Carvajal, el Magistrado Juan Carlos Mejía, la Dra. Isabel Cristina Giraldo en representación de la Organización Nacional Antidopaje del Ministerio del Deporte, la deportist a Alba Lucero Gómez Varela y el apoderado Frank Huguett. - FASE INICIAL En la primera fase, se le dio la palabra a la representante de la ONAD quien presentó los hechos que sustentaron la formulación de cargos, expresando que formuló cargos contra la atleta Alba Lucero Gómez Varela ante el Tribunal Disciplinario Antidopaje, basándose en un control antidopaje realizado el 16 de noviembre de 2023 durante una competencia de Taekwondo Sparring. La muestra identificada con el código 7207578 dio positivo par a Furosemida, un diurético prohibido (categoría S.5), según el reporte del Laboratorio de Control Dopaje de Salt Lake City recibido el 19 de diciembre de 2023. Antes de notificar a la atleta, la ONAD verificó que no tenía autorización de uso terapéutico (T UE) para la sustancia y que el proceso de toma y análisis de muestras se realizó conforme a los estándares antidopaje. La notificación del resultado analítico adverso se hizo el 22 de diciembre de 2023, detallando los derechos de la deportista, incluyendo la solicitud de análisis de la muestra B, acceso al paquete documental y la posibilidad de brindar explicaciones. Sin embargo, se cometió un error de transcripción en la primera
incluyendo la solicitud de análisis de la muestra B, acceso al paquete documental y la posibilidad de brindar explicaciones. Sin embargo, se cometió un error de transcripción en la primera notificación (indicando erróneamente Bogotá como lugar del control), lo que ll evó a emitir una corrección. Se informó a la deportista que la Furosemida es una sustancia específica, por lo que no se aplicó una suspensión provisional obligatoria, pero podía optar por una suspensión voluntaria según el Código Mundial Antidopaje. El abo gado de la atleta, Frank Antonio Huguett Olivera, presentó un escrito el 9 de enero de 2024, mencionando que la solicitud del análisis de la muestra B dependía de recibir el paquete documental, cuya información fue gestionada por la ONAD. Finalmente, tras revisar el sistema Adams, se confirmó que la deportista no tenía antecedentes de infracciones antidopaje ni sanciones previas.Por su parte el apoderado, manifestó que la deportista nunca ha tenido una sanción previa y que en las competencias nacionales compite en 57 kg, mientras que en las internacionales lo hace en 53 kg, por lo que no tiene la necesidad de bajar de peso en eventos nacionales. Señala que en los Juegos Nacionales hubo un ambiente hostil hacia la delegación de Boyacá, equipo que históricamente ha dominado la competencia. Sugiere, aunque reconoce que es imposible probarlo, que la sustancia pudo haber sido ingerida de manera involuntaria, posiblemente a través de una bebida contaminada o intervención de terceros. También resalta que la vida de la Furosemida es de 2 a 8 horas, y que el pesaje se realizó un día antes de la competencia, lo que haría poco probable que la atleta la consumiera voluntariamente, ya que su efecto provocaría
Furosemida es de 2 a 8 horas, y que el pesaje se realizó un día antes de la competencia, lo que haría poco probable que la atleta la consumiera voluntariamente, ya que su efecto provocaría deshidratación y frecuentes visitas al baño, afectando su rendi miento. Por último, expresa que no comparte la teoría de que la deportista haya usado la sustancia para mejorar su rendimiento o enmascarar otra sustancia, ya que no tenía necesidad de perder peso en esta competencia. Pide que se valore el material probatorio que aportará. - FASE PROBATORIA En la fase probatoria, se recibió el testimonio de la deportista Alba Lucero Gómez Varela. Mi peso normalmente está entre 55kg - 56 kg porque tengo que manejar lo que es bajar a 53kg o si es nacionalmente participar en 57 kg. Para mí es muy extraño que me haya salido positiva esa prueba, ya que me la han tomado cuando he dado 52kg (y algo) y nunca ha salido positiva la prueba. Entonces no tengo la necesidad de tomar algo para bajar de peso, empezando por ahí, ya que estoy por debajo del peso y en este caso a nivel nacional, soy la más liviana en la categoría. También cabe resaltar que di el peso el día 16, el 17 competí, a la 1:00 h de la mañana, casi 2:00 h de la mañana me hicieron la prueba del doping y que haya salido po sitivo me es muy extraño. Ese día, en la noche, o sea en el día que competí que estaba peleando, es muy cierto, después como de la semifinal empecé a cada rato a ir al baño pero yo decía que eran los nervios y no imaginé que fuera eso, porque cuando salíam os de la competencia nos daban agua ahí en un
como de la semifinal empecé a cada rato a ir al baño pero yo decía que eran los nervios y no imaginé que fuera eso, porque cuando salíam os de la competencia nos daban agua ahí en un cuarto y cada vez que yo salí a competir, todo el público me abucheaba, todo el mundo, pues, soy, como la favorita en la categoría, siempre la he ganado, entonces, se me hizo extraño y a la hora de hacer la prueba del doping, que fue como a las 2:00 h de la mañana, que la hice, no tenía orina, suele pasar eso normalmente en las pruebas, para mí normal, pero cuando me llegó que había salido positivo, yo quedé en shock, lo que hice fue hablar directamente con mis entrenadores y comentarles el caso y por ende tuve que buscar la forma de cómo defenderme de este caso. Y también resaltar que durante este periodo después de que salió la prueba del doping no he participado en ningún evento y he estado en Stand by hasta que se resuelva este este caso. INTERROGATORIO ALBA LUCERO GÓMEZ VARELA1. El Tribunal solicitó a la deportista que ampliara la información sobre cómo creía que se había producido el presunto sabotaje, en qué momento pudo haber ocurrido y quiénes podrían haber estado involucrados. En respuesta, la deportista explicó que, al salir de la competencia, se dirigió a un cuarto que funcionaba como sala de calentamiento. En ese lugar había varias botellas de agua disponibles. Mencionó que una persona de género femenino le entregó una botella de agua. Luego de hidratarse, se dirigió hacia donde estaba la fisioterapeuta debido al agotamiento físico causado por la competencia. La deportista manifestó que sospecha que el sabotaje ocurrió en ese momento, ya que no recuerda otra situación en la que pudiera haberse producido. Además
causado por la competencia. La deportista manifestó que sospecha que el sabotaje ocurrió en ese momento, ya que no recuerda otra situación en la que pudiera haberse producido. Además del agua, señala Alba Lucero que no ingiere alimentos antes de competir por lo nervios.
2. Se le preguntó respecto de sustancias que consumió días antes de la competencia, y manifestó que lo único que consume es linaza porque sufre de estreñimiento.
3. Se le preguntó si el sitió de hidratación era un sitio oficial de la Liga o de la Organización de los Juegos Nacionales. Elle respondió que era un sitio libre donde cualquier persona podía pasar y tomar agua. Adicionalmente, se le preguntó si la botella de agua que consumió estaba sellada o destapada. La deportista expresó que no lo recuerda con claridad porque acababa de salir de competencia y no se sabe lo que se recibe, por lo tanto, no sabe si e l agua que bebió estaba sellada o ya había sido abierta.
Además, expresa que consume fibra por el estreñimiento y meloxicam por los golpes de la competencia. Una vez concluido el testimonio de la deportista y el interrogatorio por parte de los miembros del Tribunal, el Dr. Fran Huguett solicitó suspensión de la audiencia debido a la no disponibilidad por cuestiones familiares y académicas de los testigos. En la continuación de la fase probatoria, se escucharon a las testigos Laura Ramírez Vargas. Manifiesta el Dr. Frank que Laura es una competidora de alto rendimiento, Selección Boyacá y Selección Colombia, y tiene una vasta experiencia con respecto al mismo deporte, y Angie Natalia Prieto Berdugo es una competidora de las mismas características de Laura, competidora nacional y también internacional. Manifiesta que estuvo presente en los Juegos Nacionales del 2023 y
Selección Colombia, y tiene una vasta experiencia con respecto al mismo deporte, y Angie Natalia Prieto Berdugo es una competidora de las mismas características de Laura, competidora nacional y también internacional. Manifiesta que estuvo presente en los Juegos Nacionales del 2023 y como tal, como lo había expuesto en la contestación, tiene una percepción del tiempo, modo y lugar, como sucedieron los hechos. INTERROGATORIO TESTIGO LAURA RAMÍREZ VARGAS: Laura manifestó que conoce a Lucero Gómez desde hace aproximadamente doce años, cuando comenzó sus entrenamientos con la Liga de Boyacá. Desde entonces han compartido muchos entrenamientos y también competencias, tanto a nivel nacional como internacional. Indicó que, en los últimos dos años, estuvieron juntas en el Clasificatorio a los Juegos Centroamericanos,participaron en dichos juegos y también compitieron en eventos nacionales y en una competencia en Las Vegas, según recordó. Respecto a las sesiones de entrenamiento, explicó que regularmente entrenan de lunes a sábado, siendo el sábado una jornada completa que se extiende hasta la tarde. Detalló que las sesiones de la mañana se desarrollan entre las 10:00 a. m. y las 12:00 m., y están dedicadas al fortalecimiento y la preparación física. Luego, entre las 12:00 m. y la 1:30 o 2:00 p. m., realizan el entrenamiento técnico -táctico, enfocado específicamente en el Taekwondo. Durante estos periodos cuentan con espacios para tomar hidratación, hacer ejercicios de flexibilidad y otras actividades relacionadas. En cuanto a la hidratación, indicó que habitualmente reciben los productos por parte del Ministerio del Deporte o del ente departamental, ya que también hacen parte de la sele cción
actividades relacionadas. En cuanto a la hidratación, indicó que habitualmente reciben los productos por parte del Ministerio del Deporte o del ente departamental, ya que también hacen parte de la sele cción Boyacá. Señaló que el hidratante que les proveen se llama Titanium. Agregó que, dependiendo de la necesidad de cada deportista, también les suministran proteína o creatina, aunque por lo general utilizan Titanium o tabletas de electrolitos para hidratarse. En caso de lesión, gripe o cualquier malestar general que impida el cumplimiento del entrenamiento, dijo que cuentan con personal médico tanto del Inder como del Ministerio. En esos casos pueden comunicarse con el médico o el nutricionista para cons ultar sobre lo que pueden tomar, especialmente si sienten dolor o síntomas similares. Afirmó que reciben capacitaciones constantes sobre las sustancias que no deben consumir. Precisó que estas capacitaciones suelen ser anuales, pero que cuando hay competen cias importantes se refuerzan con mayor frecuencia. Dijo que también les aplican pruebas, ya que en su grupo de entrenamiento hay varios deportistas de élite, por lo que pueden ser objeto de controles aleatorios en su casa o en el lugar donde se encuentren. Al referirse a esas pruebas, indicó que se trata de pruebas de dopaje. Mencionó que tienen una compañera y dos compañeros que hacen parte, si no está mal, de un programa de la WADA, y que a ellos les hacen controles frecuentes para revisar su condición. Por ello, explicó que constantemente les recuerdan qué sustancias no deben consumir. En caso de necesitar algún medicamento por una lesión o una gripa, reciben orientación sobre qué sustancias pueden o no tomar, para evitar que marquen positivo en controles antidopaje.
constantemente les recuerdan qué sustancias no deben consumir. En caso de necesitar algún medicamento por una lesión o una gripa, reciben orientación sobre qué sustancias pueden o no tomar, para evitar que marquen positivo en controles antidopaje. Laura informó que Lucero Gómez compite, a nivel internacional, en la categoría de menos de 53 kilogramos, y que a nivel nacional compite en la categoría de 57 kilogramos. Señaló que el peso promedio de Lucero es de aproximadamente 55 kilogram os. Explicó que para las competencias internacionales, Lucero debe hacer corte de peso, lo que implica una dieta estricta orientada por el nutricionista, con una menor ingesta de carbohidratos y restricciones incluso en la hidratación. En cambio, para comp etencias nacionales como los Juegos Nacionales, realiza un trabajo másintenso en pesas para fortalecerse y adaptarse a la categoría de 57 kilogramos, ya que las competidoras en esa división suelen ser más fuertes. En el interrogatorio de la ONAD, se le preguntó si pertenece a algún grupo especial de control o si reporta paradero, a lo cual respondió que no. También indicó que, según su conocimiento, Lucero Gómez no se encuentra en este momento registrada por parte del Ministerio en un grupo de paradero. Durante el interrogatorio del Tribunal, confirmó que participó en los Juegos Nacionales 2023 en Manizales. Relató que, al igual que en entrenamientos regulares, recibieron charlas sobre dopaje e hidratación. Indicó que les entregaron sobres de Titanium, elec trolitos y aminoácidos para hidratarse, y que también les dieron Lucerna, ya que durante las competencias muchos atletas no tienen apetito y eso ayuda a mantener el rendimiento. Por último, respondió a una pregunta formulada por el abogado Frank respecto a si la
hidratarse, y que también les dieron Lucerna, ya que durante las competencias muchos atletas no tienen apetito y eso ayuda a mantener el rendimiento. Por último, respondió a una pregunta formulada por el abogado Frank respecto a si la organización facilitó hidratación en el área de competencia. Señaló que en la zona de calentamiento había botellas disponibles para los deportistas: botellas de agua y otras que, según recuerda, eran Powerade o Gatorade. Indicó que esas bebidas esta ban allí sin ningún tipo de supervisión, simplemente dejadas a disposición para quienes quisieran tomarlas. INTERROGATORIO ANGIE NATALIA PRIETO BERDUGO Angie Natalia Prieto Berdugo manifestó que conoce a Alba Lucero Gómez desde que ingresó al Taekwondo en el Centro de Alto Rendimiento. Desde hace aproximadamente cuatro años, son compañeras de sparring, debido a que sus categorías son similares. Angie compite en la categoría de 49 kg y se mantiene en un peso entre 50 y 51 kg, mientras que Lucero compite internacionalmente en 53 kg y nacionalmente en 57 kg. Según explicó, Lucero se mantiene usualmente en 55 kg, por lo que entrenan juntas. Indicó que nunca ha visto que Lucero consuma medicamentos que le llamen la atención. Afirmó que, incluso cuando ha estado enferma o ha tenido dolores de cabeza, entre compañeras suelen sugerirse medicamentos como ibuprofeno o acetaminofén, pero que Lucero no los toma, ya que no le gustan las pastas ni los medicamentos, y que nunca la ha visto ingerir nada. Respecto al entorno del evento de los Juegos Nacionales 2023, relató que desde que llegaron al campeonato hubo abucheos constantes contra Lucero durante sus combates. Aseguró que las
Respecto al entorno del evento de los Juegos Nacionales 2023, relató que desde que llegaron al campeonato hubo abucheos constantes contra Lucero durante sus combates. Aseguró que las ligas, especialmente Antioquia y otras, se unían para abuchear en las peleas de Valle y Boyacá, y que se escuchaban comentarios como que a Lucero le regalaban los combates. Indicó que esto ocurre porque Lucero ha sido campeona de Juegos Nacionales durante tres ediciones consecutivas, lo que representa 12 años como campeona de l a categoría -57 kg. Por eso, segúndijo, Lucero se ha convertido en un objetivo para las demás ligas. Cada vez que peleaba, recibían gritos y comentarios negativos sobre su rendimiento o su favoritismo. Informó que el pesaje se realizó el 14 de noviembre y que Lucero compitió el 15. Indicó que el pesaje fue a las 10:00 a. m. para la categoría femenina y que Lucero fue una de las más livianas. No recuerda el peso exacto, pero estima que subió a 56 kg, ya que suele mantenerse en 53 -55 kg, y que para esa competencia tuvo que subir porque las demás competidoras bajan desde pesos mayores (63 o 64 kg) para dar 57 kg. Explicó que las competidoras, luego del pesaje, recuperan peso para la pelea, por lo cual Lucero era más liviana en comparación. Indicó que Boyacá quedó campeón por equipos en esos Juegos Nacionales, y que la última pelea del evento fue la de Lucero en la categoría -57 kg. Al terminar esa pelea, se fueron a celebrar, ya que era una final esperada. Comentó que Lucero compitió contra una rival con quien ya se había
del evento fue la de Lucero en la categoría -57 kg. Al terminar esa pelea, se fueron a celebrar, ya que era una final esperada. Comentó que Lucero compitió contra una rival con quien ya se había enfrentado antes y que la pelea era muy esperada, ya que su oponente compite en 57 kg a nivel internacional, mientras que Lucero lo hace en 53 kg. Luego de la premiación y las fotos, Lucero fue llevada a la prueba de dopaje aproximadamente entre las 12:15 y 12:30 a. m., siendo la última en subir al bus. Angie estima que la pelea terminó alrededor de las 11:15 a. m. y que el control de dopaje se realizó pasada la medianoche. Durante el interrogatorio de la ONAD, Angie confirmó que Boyacá fue camp eón en los Juegos Nacionales y que ella misma fue campeona. Afirmó que recibe apoyo económico del Instituto Departamental de Deportes de Boyacá (Indeportes) durante aproximadamente diez meses al año, y que Lucero también recibe ese mismo apoyo. Añadió que durante el evento les proporcionaron hidratación y otras cosas en la zona de calentamiento, pero que no había nadie vigilando ni cuidando esos suministros. Expresó que le resulta extraño que Lucero esté involucrada en un caso como este, ya que —según su ex periencia— a Lucero no le gustan los medicamentos ni los consume, y que si hubiera tomado algo habría sido por necesidad, lo cual no era el caso, ya que no estaba excedida de peso. Ante el interrogatorio del Tribunal, explicó que la hidratación era suminis trada por el organizador, aunque no pudo precisar quién exactamente. Dijo que había personal del staff o
no era el caso, ya que no estaba excedida de peso. Ante el interrogatorio del Tribunal, explicó que la hidratación era suminis trada por el organizador, aunque no pudo precisar quién exactamente. Dijo que había personal del staff o voluntarios que guiaban a los deportistas y les indicaban dónde estaba la hidratación. Recuerda que les ofrecían agua y una bebida que cree que era Powerade, además de pacas de agua marca Cristal de 500 ml. A la pregunta sobre si vio a alguien manipular las bebidas, respondió que no podía decir si alguien las manipuló o no, ya que no había supervisión. Indicó que cada quien tomaba lo que quería y que no había control sobre cuántas botellas cogía cada deportista o de qué liga era. Las pacas de agua estaban empacadas y disponibles para todos. En la zona de calentamiento, algunos deportistas tomaban directamente de las botellas o las vaciaban en sus termos.Manifestó que no fue objeto de control al dopaje al final de la competencia. Al finalizar la fase de pruebas, la deportista Lucero Gómez Varela realizó un relato sobre lo sucedido y respondió preguntas adicionales. Manifestó que considera que no debería se r sancionada ni recibir ninguna sanción, ya que conoce y controla lo que entra en su organismo, sabe lo que consume y lo que no, y es consciente de que es responsable por ello. Explicó que, en su deporte, la competencia se maneja por peso. A nivel internac ional, su peso habitual es de 55 kilogramos, pero compite en la categoría de menos de 53 kg. Por esa razón, siempre se asegura de dar un peso por debajo del límite, manteniéndose normalmente en 52.2 o 52.5 kg, con el fin de evitar una deshidratación extrem a. A nivel nacional, compite en la
siempre se asegura de dar un peso por debajo del límite, manteniéndose normalmente en 52.2 o 52.5 kg, con el fin de evitar una deshidratación extrem a. A nivel nacional, compite en la categoría de 57 kg, lo cual representa un reto mayor para ella, ya que, por su estatura, es una de las más pequeñas en esa división. Para competir en esa categoría, debe fortalecerse, haciendo pesas, consumiendo proteínas y alimentándose mejor. Según explicó, las otras competidoras de su categoría bajan de peso para llegar
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