TNEM - Gaceta jurisprudencial Memorias del Tribunal de Ética Médica
Tribunal Nacional de Ética Médica
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Detalles
- Título
- TNEM - Gaceta jurisprudencial Memorias del Tribunal de Ética Médica
- Autor
- Tribunal Nacional de Ética Médica
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Médico
- Año
- —
TRIBUNAL NACIONAL DE
ÉTICA MÉDICA
MEMORIAS DEL ENCUENTRO
DE TRIBUNALES DE
ÉTICA MÉDICA
AGOSTO DE 2014
No. 10© 2014 Tribunal Nacional de Ética Médica___________________________________ &DOOH1R2¿FLQD Centro Comercial Futuro Bogotá, Colombia
7HOpIRQRV
Fax: (571) 627 9587
Pagina web: www.tribunalnacionaldeeticamedica.org E-mail: trnetmed@outlook.com
,661
Diagramación: Camilo Atehortua D.
3UHSDUDFLyQOLWRJUi¿FDHLPSUHVLyQ
Giro Graphos Impresores Ltda.
&DOOH1R'
7HOHIRQR Bogotá, Colombia Es permitido a todos reproducir la Constitución, Leyes, Decretos, Ordenanzas, Acuerdos, Reglamentos, demás Actos Administrativos y Decisiones Judiciales, bajo la obligación de conformarse puntualmente con la HGLFLyQR¿FLDOVLHPSUH\FXDQGRQRHVWpSURKLELGR $UWtFXOR/H\GH
(VWDHGLFLyQ\VXVFDUDWHUtVWLFDVJUi¿FDVVRQGHSURSLHGDGGHO7ULEXQDO
Nacional de Ética Médica.
© 2014MAGISTRADOS 2014
Dr. Fernando Guzmán Mora (Presidente) Dr. Germán Gamarra Hernández Dr. Francisco Javier Henao Pérez Dr. Juan Mendoza Vega Dr. Francisco Pardo Vargas Asesor Jurídico Dr. Edgar Saavedra Rojas Abogada Secretaria Dra. Martha Lucía Botero CastroPermiso de Tarifa Postal Reducida. Servicios Postales Nacionales S.A.
1R9HQFHGH'LFGHINDICE
Obituario Editorial Encuentro Nacional de Tribunales de Ética Médica Aspectos Procesales Dr. German Gamarra Hernández Magistrado Tribunal Nacional de Ética Médica ,QWHUHVHVHQFRQÀLFWRIUHQWHDODSUiFWLFDPpGLFDDFWXDO Dr. Edgar Villota Ortega Presidente Tribunal Seccional de Ética Médica de Nariño Las Nulidades y su uso como mecanismo dilatorio en el proceso disciplinario ético profesional médico Dra. Alejandra María Zapata Hoyos Abogada-Secretaria Tribunal Seccional de Etica Médica de Antioquia Procedimiento aplicado en el proceso ético disciplinario Dra. Ramona del Socorro Mosquera Abogada Secretaria Tribunal Seccional de Ética Médica del Atlántico Una visión al derecho probatorio aplicado a un proceso Dr. Juan de Jesús Quenza Villa Presidente Tribunal Seccional de Ética Médica de Arauca
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Tribunal Seccional de Ética Médica del Atlántico Una visión al derecho probatorio aplicado a un proceso Dr. Juan de Jesús Quenza Villa Presidente Tribunal Seccional de Ética Médica de Arauca
9 11 17 29 40
62TRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA MÉDICA6
Prescripción de la acción ético disciplinaria Dra. María Mercedes Vásquez Piñeros Abogada Secretaria Tribunal Seccional de Etica Médica de Bogotá Proceso ético disciplinario vs proceso administrativo disciplinario Dr. Jaime Alberto Restrepo Manotas Magistrado Tribunal Seccional de Ética Médica de Caldas /DVQRWL¿FDFLRQHV\VXUHODFLyQFRQODVSUXHEDVHQHOSURFHVR ético disciplinario médico Dr. Jacob Aarón Cuellar Bermúdez Abogado Secretario Tribunal Seccional de Ética Médica del Cauca El proceso disciplinario médico y el denunciado ausente Dr. Carlos Andrés Bolaños Pino Secretario Abogado Tribunal Seccional de Ética Médica del Chocó La valoración de la prueba en el proceso ético disciplinario Dra. Gladys León Salcedo Abogada Secretaria Tribunal Seccional de Ética Médica de Cundinamarca La prueba testimonial Dr. César Bruno y Caro Magistrado Tribunal Seccional de Ética Médica del Meta Hacia un código de ética médica contemporáneo con criterio médico Dr. Rafael Darío Rolón Duarte Presidente Tribunal Seccional de Ética Médica de Norte de Santander 71 87 111
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MEMORIAS DEL ENCUENTRO DE TRIBUNALES DE ÉTICA MÉDICA 7
Dr. Rafael Darío Rolón Duarte Presidente Tribunal Seccional de Ética Médica de Norte de Santander 71 87 111
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MEMORIAS DEL ENCUENTRO DE TRIBUNALES DE ÉTICA MÉDICA 7
Delitos sexuales en el acto médico Dr. Herman Vergara Hincapié Abogado Secretario Tribunal Seccional de Ética Médica de Risaralda Facultades del quejoso en la actuación ética profesional – recurso de apelación Dra. Vanessa Guerra Castañeda Abogada Secretaria Tribunal Seccional de Ética Médica del Huila El principio del Non bis in idem en el proceso ético disciplinario Dr. Diego Mauricio Mojica Ramón Abogado Secretario Tribunal Seccional de Ética Médica de Santander El recurso de apelación en el trámite del proceso ético disciplinario del profesional médico Dr. Luis Gerardo Salcedo Prieto Presidente Tribunal Seccional de Ética Médica del Valle del Cauca Marco jurídico para la implementación de nuevas tecnologías en los procesos judiciales y su aplicación al proceso ético disciplinario Dra. Luz Adriana Leyton Restrepo Abogada Secretaria Tribunal Seccional de Ética Médica del Tolima Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud
(RETHUS).
Dr. Diego Antonio Restrepo Profesional Especializado de la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud, del Ministerio de Salud y Protección Social. 152 162 176 185 Artículo. El negocio de la medicina en un país que juega al neoliberalismo. Dr. Fernando Guzmán Mora. Md. Cn. Sara Edith Moreno Mazo. Md. Artículo. La política económica neoliberal. Dr. Fernando Guzmán Mora. Md.
Artículo. El negocio de la medicina en un país que juega al neoliberalismo. Dr. Fernando Guzmán Mora. Md. Cn. Sara Edith Moreno Mazo. Md. Artículo. La política económica neoliberal. Dr. Fernando Guzmán Mora. Md. Cn. Sara Edith Moreno Mazo. Md. Artículo. Las funciones del Estado y las pretensiones neoliberales. Dr. Fernando Guzmán Mora. Md. Cn. Sara Edith Moreno Mazo. Md.
216 222 229EFRAÍM OTERO RUÍZ. (1931-2014) Con mucho dolor registramos el fallecimiento del Profesor Efraim Otero Ruiz, Ex Magistrado y Expresidente del Tribunal Nacional de Etica Médica. (OGRFWRU2WHURQDFLyHQ%XFDUDPDQJDHOGHQRYLHPEUHGH(Vtudió la Secundaria en el Colegio San Pedro Claver de la misma ciudad y VHJUDGXyFRPRPpGLFRHQOD3RQWL¿FLD8QLYHUVLGDG-DYHULDQDGH%RJRWi (1951-1956). Desde antes de su graduación dirigió la Unidad de Isotopos Radioactivos del Instituto Nacional de Cancerología de Colombia. Completó estudios de especialización en Endocrinología y Medicina Nuclear en EEUU (de 1957 a 1960) en el Instituto de Estudios Nucleares en Oak Ridge, T ennessee, en el Presbiterian Hospital de Columbia University de Nueva York y en la Berkeley University de California. ,QYHVWLJDGRUFLHQWt¿FRIXHJUDQSURPRWRUGHOD,QYHVWLJDFLyQ&LHQWt¿FD
University de Nueva York y en la Berkeley University de California. ,QYHVWLJDGRUFLHQWt¿FRIXHJUDQSURPRWRUGHOD,QYHVWLJDFLyQ&LHQWt¿FD en Colombia; Profesor Universitario, Académico y Magistrado de este Tribunal Nacional de Etica Médica. Enseñó Medicina Nuclear en ocho países iberoamericanos en el Programa Átomos en acción (1965-1971 ). En 1969 fue uno de los Fundadores de la Sociedad Colombiana de Medicina Nuclear. Hizo muy importantes investigaciones en Medicina Nuclear y Endocrinología. Fue Director GXUDQWHRQFHDxRVDGHO,QVWLWXWR&RORPELDQRGH,QYHVWLJDción y Ciencia (Colciencias); Ministro de Salud Pública de la Republica de Colombia y Presidente de la Academia Nacional de Medicina. Asesor GHOD236GHOD206\GHOD2($ Fue un humanista integral, historiador de la Medicina, poeta, escritor y traductor incomparable de poesía anglosajona. Autor de los Versos MeOiQLFRV$GHPiVIXHDXWRUGHFXHQWRVTXHUHÀHMDQYLYHQFLDVSHUVRQDOHVTRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA MÉDICA10
3XEOLFyFHUFDGHWUHVFLHQWRVWUDEDMRVFLHQWt¿FRVHQUHYLVWDVQDFLRQDOHV e internacionales y cuatro libros de Medicina: Uso clínico de los isótopos radioactivosPrimeras aplicaciones en Colombia, (T esis de Grado, Laureada, 1957); Setenta años de cáncer en Colombia-Historia del Instituto Nacional de Cancerología (1999); La Medicina Nuclear. T emprana historia y reminiscencias personales (2002). Adicionalmente: Ciencia y tecnología en la época bolivariana; Santa Eulalia, Historia de una casa abierta (biografía de Enrique Uribe White, 1999) y múltiples Traducciones poéticas del inglés. Algunas de sus distinciones incluyen: Beca Eisenhower para estudios de especialización en Endocrinología y Medicina Nuclear (1957), Miembro de la US Society of Nuclear Medicine (1958), Consultor de la Comisión Estadounidense de Energía Atómica (USAEC), Ciudadano honorario del Estado de Tennessee, Director General de COLCIENCIAS (1972- 0LQLVWURGH6DOXG3~EOLFD3UHVLGHQWHGHOD$FDGHPLD1Dcional de Medicina (1990-1992), Presidente de FEP AFEM (1980-1984), en varias ocasiones Presidente del Tribunal Nacional de Etica Médica, Miembro de Número de las Academias Colombianas de Medicina, de La Lengua, de La Historia y miembro honorario de la Academía de Ciencias Exactas Físicas y Naturales. Fue además Presidente del a Junta Directiva del CIDEIM.
Miembro de Número de las Academias Colombianas de Medicina, de La Lengua, de La Historia y miembro honorario de la Academía de Ciencias Exactas Físicas y Naturales. Fue además Presidente del a Junta Directiva del CIDEIM. Efraim Otero fue un ser humano especial. Su vida fue una permanente FDOL¿FDFLyQGH³VREUHVDOLHQWHHQWRGR([FHOHQWHPLHPEURGHIDPLOLD brillante médico, funcionario de una honestidad a toda prueba, maestro incomparable, juez compasivo, gran conversador, dueño de una cultura impresionante, leal compañero y permanente apoyo para quienes le rodeaban. Las providencias y sentencias del Profesor Otero Ruiz fueron ejemplo de DQiOLVLVFRQVLGHUDFLyQ\PLVHULFRUGLDPpGLFRMXULGLFD9DULDVGHHOODV¿- guran en las gacetas de este Tribunal Nacional de Etica Médica y constituyen fuente de inspiración para resolución de casos de enorme complejidad. Paz en su tumba.EDITORIAL
ENCUENTRO NACIONAL DE TRIBUNALES DE
ÉTICA MÉDICA:
ASPECTOS PROCESALES
Germán Gamarra Hernández MD, M Sc. Magistrado. Tribunal Nacional de Ética Médica. El presente número de la Gaceta Jurisprudencial se dedica a revisar el amplio tema de los Aspectos Procesales e incluye las principales presentaciones que se hicieron dura nte el Encuentro Nacional de Tribunales de Ética Médica realizado en la ciudad de Bogotá durante los días 15 y 16 de Agosto de 2014. El evento facilitó la participación de ponentes de la mayoría de los tribunales seccionales de ética médica
bunales de Ética Médica realizado en la ciudad de Bogotá durante los días 15 y 16 de Agosto de 2014. El evento facilitó la participación de ponentes de la mayoría de los tribunales seccionales de ética médica del país y se revisaron temas comunes que afectan el curso de los proFHVRVGLVFLSOLQDULRV\RULJLQDQGL¿FXOWDGHVHQHOIXQFLRQDPLHQWRGHORV respectivos tribunales. Como sucede durante el trámite de diversos procesos, los ético-legales no son ajenos a las múltiples formas de manipulación que pueden afectar su curso, como el uso de diferentes mecanismos dilatorios que incluyen las recusaciones, las nulidades y otras maniobras jurídicasTRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA MÉDICA12
XWLOL]DGDVSRUORVDERJDGRVFRQHO¿QGH³MXJDUDODSUHVFULSFL yQGHO proceso.
El proceso ético-médico disciplinario, como todo proceso jurídico, incluye una serie de fases sucesivas o de actos encaminados a obtener un ¿QTXHVHSODVPDHQXQDVHQWHQFLDTXHUHVXHOYHODVSUHWHQVLRQHVTXH las partes someten a consideración del Estado. Es necesario en todos los casos, el cumplimiento del debido proceso, que permita brindar todas las garantías a las personas que acuden a la justicia, sin discriminación alguna. Aunque el tema de los aspectos procesales abarca diferentes y múltiples tópicos, existen algunos a los que quiero hacer referencia en este
todas las garantías a las personas que acuden a la justicia, sin discriminación alguna. Aunque el tema de los aspectos procesales abarca diferentes y múltiples tópicos, existen algunos a los que quiero hacer referencia en este e d i t o ri a l . E n p ri m e r l u g a r , a l d e b i d o p r o c e s o , u t i l i z a n d o l a a yu d a y orientación del Dr. Edgar Saavedra Rojas, Asesor Jurídico del TribuQDO1DFLRQDOGHeWLFD0pGLFDTXLpQKDDSRUWDGRDOJXQDVUHÀH[LRQHV que nos permiten entender la importancia del mismo y que constituyen el fundamento que soporta y valida el desarrollo de todo proceso disciplinario. Se entiende que en cabeza del Estado recae el poder persecutorio y sancionatorio contra aquellas personas que vulneran las condiciones mínimas de convivencia social, afectando los derechos del Estado, de la Nación o del individuo. Como es apenas imaginable, el poder del Estado es inmenso, razón por la cual debe ser controlado, porque, si esta limitación no se impusiera, se podría convertir en un formidable instrumento de persecución contra las personas y la Nación. El Constituyente, consciente de ese poder absoluto que podría ser ejerFLGRSRUHO(VWDGROHFRQ¿HUHODIDFXOWDGGHHMHUFHUHO ius puniendi, pero al mismo tiempo le establece restricciones trascendentales, para evitar que se convierta en un terrible instrumento de persecución o que quienes lo ejercen, pudieran hacerlo por motivaciones personales, por
pero al mismo tiempo le establece restricciones trascendentales, para evitar que se convierta en un terrible instrumento de persecución o que quienes lo ejercen, pudieran hacerlo por motivaciones personales, por intereses diversos a los de la justicia, por capricho o arbitrariamente, o TXH¿QDOPHQWHODGHFLVLyQSXGLHUDOOHJDUDVHUFRQVHFXHQFLDGHODEXVR de autoridad o del prevaricato.MEMORIAS DEL ENCUENTRO DE TRIBUNALES DE ÉTICA MÉDICA Ese extraordinario freno al poder del Estado se conoce como Debido Proceso y aparece consagrado en el artículo 29 de la Carta P olítica, donde se señalan algunas de las garantías que lo integran, aunque aparecen otras en plurales normas de la Constitución Nacional. Cada uno de los derechos o garantías que integran el debido proceso constitucional, constituye una limitación al poder del Estado y el límite a ese poder, se transforma en múltiples garantías para el ciudadano, que tiene en ellas una especie de escudo protector contra el poder omnímodo del Estado y contra la corrupción y la arbitrariedad de quienes ejercen el ius puniendi estatal. No se pretende en este corto y resumido análisis, dar una noción sobre todos los derechos y garantías que integran el concepto constitucional del debido proceso sin embargo, vale la pena destacar aunque sea de forma breve, dos de ellos: el principio de legalidad y las formas propias del juicio. El código penal y los diversos estatutos punitivos que existen, particularmente en la órbita disciplinaria, le imponen al legislador, el deber de
forma breve, dos de ellos: el principio de legalidad y las formas propias del juicio. El código penal y los diversos estatutos punitivos que existen, particularmente en la órbita disciplinaria, le imponen al legislador, el deber de HVWDEOHFHU³XQPtQLPRpWLFRPHGLDQWHHOFXDOVHHVWDEOHFHQODVFRQductas que por afectar trascendentes intereses estatales, nacionales o individuales deben ser objeto de reproche penal o disciplinario. Es una extraordinaria garantía, porque el ciudadano con tal talanquera, sabe qué conductas puede realizar y cuáles no, sin esperar persecuciones de ninguna naturaleza por las conductas no prohibidas y cuáles le están vedadas y contienen una amenaza de castigo. Nadie puede ser perseguido por una conducta que previamente no haya VLGRWLSL¿FDGDFRPRGHOLWRRFRQWUDYHQFLyQ\HQFDVRTXHODPLVPDVHD PRGL¿FDGDHQFXDOTXLHUVHQWLGRVHOHGHEHUiDSOLFDUODPiVIDYRUDEOH con reconocimiento de los principios surgidos de la favorabilidad de la ley penal, por aplicación retroactiva o ultra activa de la ley penal más favorable. Conlleva este principio igualmente a la imposibilidad de la aplicación de la ley desfavorable de manera retroactiva.TRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA MÉDICA14 Las formas propias del juicio devienen del principio de legalidad en materia procesal, según el cual los principios que regulan el proceso penal o disciplinario son de orden público y por tanto los procedimienLas formas propias del juicio devienen del principio de legalidad en materia procesal, según el cual los principios que regulan el proceso penal o disciplinario son de orden público y por tanto los procedimientos solo pueden ser tramitados de conformidad con las previsiones legales y nadie está autorizado a adelantar los procesos de acuerdo con su iniciativa privada, porque todos están sometidos a las formalidades y ritos procesales, que no se crean como una simple formalidad para hacer más farragosos los procedimientos, sino que se crean como garantía protectora de los intereses de los ciudadanos involucrados en los diversos procesos; porque en primer lugar, el ciudadano tiene derecho a ser investigado y juzgado de conformidad con la normatividad procesal vigente en el momento de realizar la conducta motivo de reproche normativo y de conformidad con el principio de favorabilidad a ser juzgado con la ley derogada o con la nueva norma, de conformidad con aquella que contemple previsiones que le sean más favorables al procesado. Del adelantamiento irregular de los procedimientos, surgidas del hecho de realizar las diligencias judiciales, no como están previstas en la ley , sino como la voluntad del funcionario se lo indique, surge como consecuencia la gran sanción procesal: la nulidad, por medio de la cual se invalida total o parcialmente un proceso, por haberse desarrollado con el desconocimiento de las formas propias del juicio, es decir sin cumplir el rito procesal que cada caso exige. Los funcionarios que han sido honrados con la respetable toga de los DGPLQLVWUDGRUHVGHMXVWLFLDGHEHQVHU¿HOHVVHUYLGRUHVGHODOH\GHEHQ
Los funcionarios que han sido honrados con la respetable toga de los DGPLQLVWUDGRUHVGHMXVWLFLDGHEHQVHU¿HOHVVHUYLGRUHVGHODOH\GHEHQ olvidarse de sus intereses personales, de sus pasiones y en su actividad, deben ser prudentes, sabios para comprender la compleja estructura del ser humano y de su conducta, estudiosos para saber interpretar y aplicar la ley a cada caso en particular. Nunca deben llegar a pensar que tienen un poder superior sobre el resto de los ciudadanos, porque no pueden olvidar que la autoridad es del Estado y que por medio de la ley, se les otorga una competencia y un poder inconmensurable que no es personal, sino que es la auténtica representación del Estado deMEMORIAS DEL ENCUENTRO DE TRIBUNALES DE ÉTICA MÉDICA 15 Derecho, que no permite errores, pasiones, ni abusos de ninguna naturaleza, porque la justicia es y debe ser el primer servicio público que el Estado presta a sus nacionales. Un segundo tema, que nos ayuda a la comprensión de muchos de los aspectos que conforman el proceso ético-médico disciplinario tiene que ver con la necesidad de asimilar el concepto referente a la verdad SURFHVDOTXHDXQTXHQRVLHPSUHFRLQFLGHFRQODYHUGDGUHDOR³YHUGDG YHUGDGHUDFRQVWLWX\HODPHMRUIRUPDGHDSUR[LPDUVHDODUHDOL GDG producto de versiones encontradas de quienes se encuentran en puntos opuestos, con el objeto de brindarle al juez la oportunidad de decidir
producto de versiones encontradas de quienes se encuentran en puntos opuestos, con el objeto de brindarle al juez la oportunidad de decidir acerca de la verdad que mas coincida con la realidad objetiva. La verdad procesal constituye una verdad formal que ha pasado numerosos ¿OWURVDSDUWLUGHODRFXUUHQFLDUHDOGHORVKHFKRVGHODVGLYHUVDVLQterpretaciones de quienes los sufrieron, de los análisis de quiénes los observaron e incluso de la deformación e interpretación que el mismo juez hace para acercarse a la verdad. Esta verdad, a pesar de que puede ser imperf ecta y ses gada, s i gue s i en do la m e j o r f orma de b uscar la coincidencia entre un objeto y el concepto que de el se tiene en la mente y constituye la mejor aproximación que tenemos al concepto de la verdad.Dr. Edgar Villota Ortega Presidente Tribunal Seccional de Ética Médica de Nariño.
INTERESES EN CONFLICTO FRENTE A LA
PRÁCTICA MÉDICA ACTUAL PROFESIÓN
MÉDICA EN LA ENCRUCIJADA
1. PRESENTACIÓN La práctica médica sufre cambios sustanciales en los últimos tiempos
en relación con:
EN EL ENTORNO:
Cultural Económicos Políticos Tecnológicos EN EL PASADO: Prevalencia de la Ética Hipocrática El Médico cuidaba del paciente directamente
Con enfoque paternalista Con independencia Agentes Financiación
Óptica públicaTRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA MÉDICA18
EN LA ACTUALIDAD: La relación Médico-Paciente es más compleja Intervienen varios agentes, y por lo tanto 0iVFRQÀLFWRVGHLQWHUHVHVTXHSODQWHDQGLOHPDVGHWLSRpWLFR
2. POR QUÉ SE HAN GENERADO CAMBIOS QUE TRASTORNAN EL EJERCICIO DE LA MEDICINA:
A. SISTEMAS DE SALUD Reformas en los sistemas de salud de los últimos tiempos de diferentes
modelos: 0RGHOR6RFLDOLVWD La salud considerada un derecho fundamental del ser humano cuyo garante es el Estado. 0RGHOR1HROLEHUDO Hasta otros que la consideran un privilegio sujeto a leyes de mercado. 0RGHOR&RQFXUUHQWH Modelos mixtos: en los que participa el Estado, la comunidad, las familias y los individuos = facilitan las necesidades en salud. /DVSULQFLSDOHVGL¿FXOWDGHVVHRULJLQDQHQOD conciliación de un derecho. Entre el interés económico (legítimo) de las empresas del sector y las estrategias empleadas en el control del gasto. Y la correcta atención del paciente frente a las restricciones (no pos
etc.)MEMORIAS DEL ENCUENTRO DE TRIBUNALES DE ÉTICA MÉDICA 19
B. ESQUEMA ECONÓMICO Necesidades de salud de las personas Existe un abismo creciente entre: Recursos existentes COMO CONSECUENCIA ES NECESARIO: La distribución de los recursos en procura de equidad Buscando la calidad en salud Ante costos elevados en salud (tendencia global) y creciente debido a: $FWLYLGDGHVGHVDOXGQRFXELHUWDV ,QFUHPHQWRGHFREHUWXUDV 3UHVHQFLDGHLQWHUPHGLDULRVSDJDGRUHV 'LVPLQXFLyQHQUHPXQHUDFLyQPpGLFDFRQODFRQVHFXHQWHGLVPLnución de calidad )RUPDVGHFRQWUDWDFLyQ %~VTXHGDGHXWLOLGDGVLQUHVSRQVDELOLGDGVRFLDO ,QH¿FLHQFLD\FRUUXSFLyQHQHOVHFWRUS~EOLFR\SULYDGRGHODVDOXG
0HGLFLQDHVWpWLFD
,QWHUHVHVDFDGpPLFRV
6REUHXWLOL]DFLyQGH6HUYLFLRVGH6DOXG &XRWDVGHLQWHUPHGLDFLyQ Entre otras causas, por ello las organizaciones de salud actual requieren de líderes capaces de desempeñarse en el espacio y tiempo actualTRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA MÉDICA20
C. CRITERIO MÉDICO: En los últimos tiempos el principio de autonomía se sitúa como determinante en la relación Médico-Paciente al dejar atrás la clásica relación paternalista.
Médico = Autónomo), quien debe informar y superar la asimetría de la información Hoy la relación es de dos personas: Paciente = Autónomo) después de informado debe manifestar su voluntad que debe ser respetada si es válida jurídicamente La ley 1438 del 19 de enero del 2011 corrige el error y separa la autorregulación y la autonomía, aunque se equivoca, ya que la autonomía QRVHSXHGHOLPLWDUDHPLWLURSLQLRQHVSXHVVXHVHQFLDVHUH¿HUHDtomar decisiones. La ley estatutaria de salud¿QDOPHQWHFRUULJHHVWDFDGHQDGHHUURUHV DOGH¿QLUODDXWRQRPtD³VHJDUDQWL]DODDXWRQRPtDGHORVSURIHVLRQDOHV de la salud para adoptar decisiones sobre el diagnóstico y tratamiento GHORVSDFLHQWHVTXHWLHQHDVXFDUJR La autonomía del Médico es indispensable para garantizar la calidad
de la salud para adoptar decisiones sobre el diagnóstico y tratamiento GHORVSDFLHQWHVTXHWLHQHDVXFDUJR La autonomía del Médico es indispensable para garantizar la calidad del acto médico y fortalecer la relación Médico-Paciente. 6HSUHVHQWDFRQÀLFWRcuando el paciente de hoy entiende la autonomía como todo lo que un paciente capaz legalmente desee y pueda pagar, dada la alta tecnología y especialización (medicina estética), mientras el grueso de la población se muere de hambre. Sería la máxima explotación de mercado publicitario de las debilidades del espíritu humano. El otro mundo se debate en pobreza y miseria, ausencia de salud, falta de promoción y prevención, absoluta inequidad, solo mirar de acuerdo a la OMSMEMORIAS DEL ENCUENTRO DE TRIBUNALES DE ÉTICA MÉDICA 21 /DSpUGLGDGHELOORQHVGHDxRVGHYLGDVDOXGDEOHSRUPRUWDOLGDG\ morbilidad 3RUHQIHUPHGDGHVWUDQVPLVLEOHV 3RUFRQGLFLRQHVDGYHUVDVSHULQDWDOHV
3RUWUDXPD 3RUKDPEUH 3RUIDOWDGHDFFHVRDODVDOXG
3RUIDOWDGHDJXD 3RUIDOWDGHPHGLFDPHQWRV Frente a los pomposos objetivos irrealizados del milenio. Entonces el criterio Médico, parte del concepto mismo de la autonomía, que no debe estar limitada por situaciones diferentes a la salud de los pacientes.
D. SOCIALIZACIÓN IMPERFECTA DE LA MEDICINA Con base en las reformas a la salud y los consecuentes aumentos de cobertura o sea más bien la PDVL¿FDFLyQGHODDWHQFLyQHQVDOXG El Médico paso de ser un profesional independiente que ejercía una profesión liberal, a un empleado asalariado de las grandes corporaciones de salud. &RQVDODULRVFDGDYH]PiVGLVPLQXLGRV &RQPHQRVDXWRGHWHUPLQDFLyQ &RQSUHVLRQHVIUHQWHDOJDVWRHQVDOXG &RQH[SHFWDWLYDVGHVPHVXUDGDVUHVSHFWRDORVUHVXOWDGRVGHULYDdos de la información periodística utilitarista que exigen en el marco de sus derechos.
Con base en las reformas, el principal constitutivo del acto médico, dquiere una dimensión de rendición pública de cuentas, al perder su carácter de privacidad con el consecuente aumento de procesos jurídicos por responsabilidad médica.TRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA MÉDICA22
E. RELACIÓN MÉDICO-SOCIEDAD: Dos visiones: Hay detrimento del status profesional de causa multifactorial.
Es evidente también como paradoja, la insatisfaccos por responsabilidad médica.TRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA MÉDICA22
E. RELACIÓN MÉDICO-SOCIEDAD: Dos visiones: Hay detrimento del status profesional de causa multifactorial.
Es evidente también como paradoja, la insatisfacción de sectores de la sociedad, respecto a los procesos de atención en salud por: SITUACIONES RELACIONADAS CON: 'HVKXPDQL]DFLyQGHODDWHQFLyQHQVDOXG 5XSWXUDGHOVHFUHWRSURIHVLRQDO $EDQGRQRGHOSDFLHQWH ,PSRVLFLyQWHUDSpXWLFD 0DJQLWXGGHHYHQWRDGYHUVR &RQÀLFWRVGHLQWHUpVFDPXÀDGRV &RPHUFLDOL]DFLyQGHODSURIHVLyQ 1HJOLJHQFLD ,PSHULFLDHLPSUXGHQFLDHQHODFWRPpGLFR 'HVFRQRFLPLHQWRGHODDXWRQRPtDGHOSDFLHQWHDWUDYpVGHOFRQVHQtimiento informado 1DUFLVLVPRPpGLFR ,QDGHFXDGDUHODFLyQFRQLQGXVWULDIDUPDFpXWLFD\RWURV
F. AV ANCES CIENTÍFICOS ACELERADOS: En razón que las tecnologías, avancesFLHQWt¿FRV\HQJHQHUDOHO conocimiento presentan acelerados avances Y que como consecuencia las decisiones médicas son cada vez más complejas. Y por lo tanto, los procesos de educación continuada adquieren mayor importancia en el ejercicio profesional.MEMORIAS DEL ENCUENTRO DE TRIBUNALES DE ÉTICA MÉDICA 7DPELpQFRPRFRQVHFXHQFLDODIRUPDFLyQPpGLFDVHKDWHFQL¿FDdo en detrimento de la humanización. Las empresas de salud no dedican tiempos o rubros para capacitación del recurso humano.
3. RIESGOS MORALES ASOCIADOS CON DIFERENTES ROLES: Relación Médico-Paciente y Sistemas de Salud: El Médico representa al paciente, a la empresa y a sí mismo.
Médico y Aseguradoras: Selección de IPS con criterio de tarifas bajas sin control de calidad o controlar costos con prácticas antiéticas, como tramitología, barreras burocráticas, glosas, etc.
El Médico y las Instituciones de Salud: riesgo moral con incentivos antiéticos hacia los profesionales o compra de insumos de menor calidad y ahorros en nómina. E l M é d i c o i n v e s t i g a d o r e n l a i n d u s t r i a f a r m a c é u t i c a : Incentivos
para lograr la formulación de determinados medicamentos. Investigación en productos rentables El Médico Académico: Publicitarse y visibilizarse para avanzar en su carrera, sin investigación pertinente.
El Médico Empresario: Incentivar uso de determinados servicios más allá de la verdad, la indicación o la autodemanda.
Reto ético del ejercicio profesionalTRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA MÉDICA24
4. QUIEN SERÍA EL RESPONSABLE DE GARANTIZAR EL
BENEFICIO DEL PACIENTE?
El Estado? El Asegurador? El Médico? Las Instituciones de Salud? (OFRQÀLFWRGHLQWHUHVHVHQ0HGLFLQDVLWXDFLyQHQODTXHHO juicio Médico sobre su interés primario (vida y salud de las personas)
WLHQGHDHVWDULQGHELGDPHQWHLQÀXHQFLDGRSRUXQLQWHUpVVHFXQGD ULR
(económico o personal y se presenta cuando el secundario prima sobre el primario y su causa principal la multiplicidad de roles que simultáneamente ejerce el profesional de la salud.
SITUACIONES ECONÓMICAS O DE OTRA ÍNDOLE
Compromisos ideológicos Religión Política Situaciones Personales Rivalidades Prejuicios Intereses Académicos Figuración Reconocimiento Sociales y Familiares Relaciones industriales
5. LOS FINES DE LA MEDICINA EN LA ACTUALIDAD: FIN TRADICIONAL: Propender por el bienestar y salud del ser humanoMEMORIAS DEL ENCUENTRO DE TRIBUNALES DE ÉTICA MÉDICA 25
FINES EMERGENTES DE HOY: El poder de transformarse a sí mismo Ya que el hombre posee Mutar su naturaleza Subyace el deseo de eternidad o eterna juventud, perfección, belleza Fines emergentes de esta nueva época llamados la trampa de la tecnología.
Plantean una visión diferente de la Medicina: Liberar del sufrimiento la muerte, la determinación genética y la fealdad.
NUEV AS FORMAS DE LA MEDICINA: La biotecnología, es muy poderosa y hace difícil diferenciar entre ORWHUDSpXWLFR\HOVXHxRFLHQWt¿FR y emergen las nuevas formas de
la Medicina: Predictiva De reemplazo Regenerativa Antienvejecimiento Desarrollo del Genoma Biología molecular Nanotecnología Ingenierías biomédicas
6. QUE HACER FRENTE AL CONFLICTO?
E l M édi co debe poseer una formación humanística y Ética que le permita poseer los principios SDUDLGHQWL¿FDUHOULHVJRPRUDO y resolYHUHOFRQÀLFWRDIDYRUGHODVDOXG\YLGDGHOSDFLHQWH Hay que evitar que el ERROR cometido por muchos se vuelva una
verdad.TRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA MÉDICA26
A. CUATRO OBJETIVOS FUNDAMENTALES DE LA
MEDICINA PARA RECORDAR:
1. Prevención de la enfermedad y lesiones
2. Promoción de la salud, alivio de
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