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TSB - 110012220000201900061 00 previo a abrir desacato

Tribunal Superior de Bogotá

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Detalles

Título
TSB - 110012220000201900061 00 previo a abrir desacato
Autor
Tribunal Superior de Bogotá
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Extinción de Dominio
Año

República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio Bogotá, D.C., catorce (14) de abril de dos mil diecinueve (2019)

Radicado: Tutela 110012220000201900061

Procedencia: Sala Penal, Tribunal de Medellín – Secretaría Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá Bien afectado: M.I. 167-10373 y 10624546

Demandante: Arnoldo Sacristán Mahecha Accionados: Fiscalía 45 Especializada de Extinción de Dominio / Sociedad de

Activos Especiales SAS –SAE Magistrado: William Salamanca Daza Previo a abrir incidente de desacato, requiérase al Fiscal 45 de Extinción de Dominio, solicitándole que informe si dio cumplimiento a la orden de tutela de 8 de abril del corriente. Para cumplir con lo anterior, la autoridad cuenta con el término de un (1) día. Cúmplase William Salamanca Daza Magistrado 2 República de Colombia Tutela 110012220000201900061 00

Rama Judicial Accionante: Arnoldo Sacristán Mahecha

Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal de Extinción de Dominio Bogotá, D.C., catorce (14) de abril de dos mil diecinueve (2019)

Oficio: Señor

FISCAL 45 DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN

CARRERA 64 C No. 67-300 TORRE G, PISO 2

Tel. 4446677 EXT. 2214 / e-mail: armel.gutierrez@fiscalia.gov.co Medellín – Antioquia

Radicado: Tutela 110012220000201900061

Bien afectado: M.I. 167-10373 y 10624546

Demandante: Arnoldo Sacristán Mahecha

Accionados: Fiscalía 45 Especializada de Extinción de Dominio

Magistrado: William Salamanca Daza Distinguido Fiscal, Por medio del presente, tomando en consideración que el accionante dentro del presente asunto manifiesta que no se ha cumplido con la orden de tutela del 8 de abril del corriente, el Magistrado ponente ha dispuesto requerirle para que informe si atendió lo allí dispuesto, el tenor del auto en comento, es el siguiente: “Previo a abrir incidente de desacato, requiérase al Fiscal 45 de Extinción de Dominio, solicitándole que informe si dio cumplimiento a la orden de tutela de 8 de abril del corriente.” Para dar respuesta a lo solicitado, cuenta con el término de un (1) Su respuesta puede ser remitida vía fax, desde luego confirmando el recibo del documento, al abonado 4055200 ext. 8762, y entregada en medio físico en la Secretaría de la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal de Bogotá o puesta en medio digital al correo electrónico

secsedtribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co. Clemente Ignacio Sierra Duque Auxiliar Judicial Grado

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