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TSDJ ANT-23001-31-21-001-2015-00001-01 (ACUMULADO 23001-31-21-001-2015-00179-00)-(03-11-2016)

Tribunal Superior de Antioquia

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Detalles

Título
TSDJ ANT-23001-31-21-001-2015-00001-01 (ACUMULADO 23001-31-21-001-2015-00179-00)-(03-11-2016)
Autor
Tribunal Superior de Antioquia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Extinción de Dominio
Año
2016

Página 1 de 290 1

TRIBUNAL SUPERIOR

DISTRITO JUDICIAL DE ANTIOQUIA SALA TERCERA CIVIL ESPECIALIZADA EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS Medellín, tres (03) de noviembre de dos mil dieciséis (2016). Benjamín de J. Yepes Puerta Magistrado Ponente

Proceso: Radicado:

Solicitantes: Opositores:

Instancia: Providencia:

Síntesis: Decisión: Restitución de Tierras. 230013121001 -2015-00001 -00

Tomás Alberto Fuentes Guerra y otros veintiún (21) reclamantes, de 27 solicitudes ACUMULADAS. Gustavo León Martínez y otros. Única. Sentencia No. 019(R). En esta acumulación de solicitudes operó la tutela judicial a favor de veinte reclamantes (25 soücitudesj que ¡unto a sus familias respectivas sufrieron ¡lectios vicfimizanfes en la parcelación tVundo Nuevo: zona en la cual se enquisfó la violencia en la década de ¡os noventa con el grupo denominado "Los Mochacabezas". Se accede o los pretensiones de los solicitantes, excepto o los de Morco Tullo Sierra Pacheco y Climoco Miguel Estrella Sánchez. Se decreta compensación y medidas de segundos ocupantes. Agctodc el trámite que establece el Capitule III, del Titule IV, de lo Ley 1448, precede lo Sala a emitir la sentencia que en derechc, justicia y equidad ccrrespcndo en ios veintisiete (27) solicitudes acumuladas de

Ley 1448, precede lo Sala a emitir la sentencia que en derechc, justicia y equidad ccrrespcndo en ios veintisiete (27) solicitudes acumuladas de restitución y fcrmclizcción de tierras obondcnadas y despejadas, presentada ante el Juzgada Primera Civil del Circuitc Especiclizadc en Restitución de Tierras de Mcnterío—Córdcbo per TOMÁS ALBERTO FUENTES

GUERRA, HILDA TULIA MEZA RIVERO, ANA ISABEL ME'NDEZ BLANCO, JUAN

FRANCISCO ACOSTA MONTES, ELIZABETH PACHECO DE CONTRERAS, MARCO TULIO SIERRA PACHECO, NOEMY DEL CARMEN GONZÁLEZ SALAZAR, Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 2 de 290

PANTALEÓN JOSÉ MIRANDA MONTES, PEDRO SANTANA PATERNINA HEREDIA,

MANUEL GREGORIO ROJAS HERAZO, JUANA MEZA DE HERAZO, MIGUEL

ANTONIO YANEZ GASPAR, CLÍMACO MIGUEL ESTRELLA SÁNCHEZ', DIONISIA MARÍA HOYOS GONZÁLEZ, MIGUEL ANTONIO MADERA HERNÁNDEZ, JOSÉ MIGUEL GÓMEZ CUELLO, y en la que se acumularon ios sclicitudes de JOSÉ

JOAQUÍN SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, MARÍA VALOY DORIA DE SIERRA, GUSTAVO

LEÓN MARTÍNEZ MEDINA2, ISABEL DEL CARMEN CÁCERES RAMOS, NEFTALÍ

ANTONIO OTERO PADILLA y CARLOS ENRIQUE PACHECO FUENTES, quienes

LEÓN MARTÍNEZ MEDINA2, ISABEL DEL CARMEN CÁCERES RAMOS, NEFTALÍ ANTONIO OTERO PADILLA y CARLOS ENRIQUE PACHECO FUENTES, quienes actúan a través de obcgadc adscrita o la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS Y ABANDONADAS FORZOSAMENTE - TERRITORIAL CÓRDOBA; trámite en el cual fueron admitidas las oposiciones de GUSTAVO LEÓN MARTÍNEZ MEDINA,

NAFER DE JESÚS SUÁREZ RUIZ, OCTAVIO PÉREZ SÁNCHEZ, JESÚS MARÍA

RAMÍREZ, JORGE ELÍAS CORDERO SÁNCHEZ, ERNESTO ENRIQUE CORDERO

SÁNCHEZ3, HERNANDO MANUEL CANCHILA, GUSTAVO DOMINGO PERNETT

CUITIVA, CARLOS DARÍO NEGRETE, CLAUDIO LÓPEZ BEDOYA, ALFREDO VEGA

ROJAS, BLANCA ROSA SÁNCHEZ CALDERÓN, MARIANO JOSÉ FUENTES

HERNÁNDEZ'!, ANDRÉS AGUSTÍN VARGAS MOLINA, ISIDRO GABRIEL PÉREZ

MONTES, JOSÉ DEL CARMEN ROMERO CORDERO, ÓSCAR ANTONIO APARICIO,

ARLES DE JESÚS RUIZ ECHEVERRY, GUILLERMO ECHEVERRY ARANGO, EUDES DE

JESÚS ADARVE y ÓSCAR SANTIAGO PACHECO RIVERO y SOLEIL MARÍA

ZAPATA MEJÍA.

I. SÍNTESIS DEL CASO.

1. Fundamentos tácticos.

Las solicitudes fueren presentadas cclectivomente en tente les hechas

ZAPATA MEJÍA.

I. SÍNTESIS DEL CASO.

1. Fundamentos tácticos.

Las solicitudes fueren presentadas cclectivomente en tente les hechas que ccnfigurcrcn y dieren lugar o les respectivas despejes y cbcndcncs fcrzodcs ccurriercn en circunstancias similares de tiempc, mcdc y lugar. A 1 Actuando en nombre propio y representación de sus hermanos, herederos de CLÍMACO ESTRELLA NEGRETE. 2 Gustavo León es opositor en la solicitud con radicado 2015-001, y solicitante en lo 2015179, acumulado o ésto. Ello es lo que justifico que figure tonto como reclamante y opositor. 3 En relación con lo parcelo 67—B. 4 Actuando en nombre propio y representación de sus hermanos, herederos del señor Miguel Mariano Hoyos. Sentencio No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 3 de 290 saber, todos los reclamantes fueren adjudicotarics del entonces Instituto Cclcmbicnc de lo Reforme Agraria—Inccrc (ticy Inccderen liquidación) en la parcelación Mundo Nuevo—Montería, y en lo década de les noventa (la mayoría de ellos) se vieren impelidos a abandonar c vender sus parcelas en medie de un ccntextc de viclencia ccasicnodc per el occicnar del grupo poramilitor dencminodc "Los Mochacabezas" c "Les Mecha", quienes infundieron terror en la pcbloción y vicientorcn sus derechos humanes. Teda lo entramado de occntecimientcs conllevó o que, en lo fecho actual, quienes habitan les predios objete de restitución ostenten diversas

infundieron terror en la pcbloción y vicientorcn sus derechos humanes. Teda lo entramado de occntecimientcs conllevó o que, en lo fecho actual, quienes habitan les predios objete de restitución ostenten diversas calidades, ccmc de sujetes de reforma agrario y segundes y terceres ocupantes que per algún motive llegaren a les predios, incluso también ccmc víctimas de la viclencia del ccnflictc armado. Le antericr ccmpcrtó que el área social de la Unidad de Tierras realizara un Informe Técnicc de verificación sccicdemcgráficc en la parcelación, amparado en un enfoque de acción sin dañe. A ccntinuQción se onctorán, en concrete, les hechos relevantes de cada uno de las sclicitudes, expuestos per lo Unidad de Tierras. 1.1. TOMÁS ALBERTO FUENTES GUERRA. 1.1.1. Sale de su predio. Parcela No. 87—E, ubicado en lo vereda Granado, ccrregimientc Patio Benito, en el año 1991, tros lo incursión que una noche hicieren o su finco un grupo de hombres armados, quienes obligaren a tumbarse en el suele o todos les miembros de su familia, les golpearen, se llevaren une de sus hijos y le prendieron fuego o su coso. Se desplazó hacia Planeta Pica, donde vive actualmente ccn uno de sus hijos, pagando arriende. 1.1.2. En 1993 vende verbclmente, per 10 millones de peses, la finca al señor JOSÉ ARGUMEDO, también parcelero de Mundo Nueve. 1.1.3. Actualmente, el prcpletcric inscrita de la parcela es el señor

señor JOSÉ ARGUMEDO, también parcelero de Mundo Nueve. 1.1.3. Actualmente, el prcpletcric inscrita de la parcela es el señor GUSTAVO LEÓN MARTÍNEZ MEDINA, quien adquirió en el año 1998 per escritura pública Nc. 135 del 13 de marzo, ctcrgcdc en lo Nctarío Único de Planeta Pica, y quien lo habita. Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 4 de 290 1.2. HILDA TULIA MEZA RIVERO. 1.2.1. Acude en calidad de compañera permanente supérstite de FELIPE SANTIAGO ROMERO GUEVARA (q.e.p.d ), a quien el Instituto Cclombionc de lo Reforma Agrario le adjudicó los Parcelas No. 82—A y 42— C, ubicados en las veredas El Totume y Mola Noche, respectivamente, ambas del ccrregimientc Lo Monta. 1.2.2. En el eñe 1993 se desplazaren hacia el barrio Canto Clore de Montería, luego de que un comandante de les grupos paromilitares, al que le decían "Cariaco", se metió ccn el podre de la redamante. Un vecino le dio 2 millones de peses o éste poro que solieron, pero dicha sumo nc se trotó de compre de los tierras. 1.2.3. Actualmente el prcpietoric de ambos predios es el Instituto Cclcmbionc de Desarrolle Rural, tros revccatcrio de los adjudicaciones que se hiciera mediante Resolución Nc. 1558 del 15 de julio del mismo año.

1.2.3. Actualmente el prcpietoric de ambos predios es el Instituto Cclcmbionc de Desarrolle Rural, tros revccatcrio de los adjudicaciones que se hiciera mediante Resolución Nc. 1558 del 15 de julio del mismo año. 1.2.4. Según el informe de segundes ocupantes, los parcelas las detentan DIANIS SOFÍA PE'REZ MISAL y NAFFER SUÁREZ ccmc meros tenedores.

1.3. ANA ISABEL MÉNDEZ BLANCO.

1.3.1. Compañera supérstite de LUIS JOSÉ MERCADO RODRÍGUEZ (q.e.p.d.), adjudicatario inicial de lo Parcela No. 43, ubicado en lo vereda Villa de les Usuarias, ccrregimientc de Patio Benito. 1.3.2. Abandona en el eñe 1991 tros intimidación que le hicieran "Les Mochacabezas" de que tenía que desocupar. Sale hacia donde un hermane en Mcntelíbonc. 1.3.3. El prcpietoric presente del predio es JESÚS MARÍA RAMÍREZ GARCÍA, quien adquirió per escritura pública 1597 del 5 de junio en el año 2007, de la Notaría 2° de Mcnterío.

1.4. JUAN FRANCISCO ACOSTA MONTES.

Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 5 de 290 1 1.4.1. Adjudicatario de los Parcelas No. 42—C y 43—C, ubicados en las veredas Villa de les Usuarios y El Tctumc, de les ccrregimientcs de Patio Benito y Nueva Lucía, respectivamente.

1 1.4.1. Adjudicatario de los Parcelas No. 42—C y 43—C, ubicados en las veredas Villa de les Usuarios y El Tctumc, de les ccrregimientcs de Patio Benito y Nueva Lucía, respectivamente. 1.4.2. Se ve fcrzodc o abandonar sus predios en 1993 debido o los amenazas que recibió, o través de un emisoric, de que tenía que desaparecerse de allí. A les ccinc años vende ambos fincas o LUIS MANUEL ATENCIA MARTÍNEZ, quien en lo misma escritura de adquisición engloba les terrenos. 1.4.3. Éste último transfiere lo propiedad o ALBA LUZ PÉREZ MAZO, prcpietcria actual, mediante escritura de vento Nc. 3481 del 14 de diciembre de 2011. 1.5. ELIZABETH PACHECO DE CONTRERAS. 1.5.1. Cónyuge supérstite de CALIXTO MANUEL CONTRERAS JARAMILLO (q.e.p.d). 1.5.2. En ageste de 1997 se ve forzada o abandonar la Parcela No. 63, ubicada en la vereda Cielo Azul, ccrregimientc Patio Benito, luego que unes hombres hicieren presencia en su cosa, fueren atendidos per su maride en el patio y ante la negativo de éste de venderles la tierra, escuchó que le ccmprorían o lo viudo y le pidieren que les accmpañora. En ese memento ccmc se encentraba sin comisa, entró a lo cosa a buscar uno y salió en ccmpcñÍG de eses hombres, y desde entonces nc ha vuelto. 1.5.3. El predio fue adjudicado nuevamente per el Instituto

ccmc se encentraba sin comisa, entró a lo cosa a buscar uno y salió en ccmpcñÍG de eses hombres, y desde entonces nc ha vuelto. 1.5.3. El predio fue adjudicado nuevamente per el Instituto Cclcmbionc de lo Reforma Agraria abriéndose un nueve folie de matrícula, el cual se encuentra cerrado per des ventas parciales y de los que se abrieren des folies de matrícula inmcbilioria, siendo actualmente sus titulares

HERNANDO MANUEL CANCHILLA RAMOS y JORGE ELÍAS CORDERO SÁNCHEZ

y ERNESTO ENRIQUE CORDERO SÁNCHEZ, respectivamente. 1.6. MARCO TULIO SIERRA PACHECO. 1.6.1. Salió desplazado ccn su familia de su Parcela No. 58—G, ubicada en la vereda Mala Noche, ccrregimientc Lo Monto, en el año 1992, Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 6 de 290 cansados de ver la situación de viclencia en lo región donde, entre otras cosos, motaban tanto a personas ccmc animales. 1.6.2. El predio fue adjudicado nuevamente per el Instituto Cclcmbicnc de lo Reformo Agrario y, actualmente, su prcpietoric es GUSTAVO DOMINGO PERNEn CUITIVA, quien le adquirió per compraventa efectuado el 19 de febrero de 1999, mediante escritura pública Nc. 333 de la Notaría 3° de Montería.

1.7. NOEMY DEL CARMEN GONZÁLEZ SALAZAR.

efectuado el 19 de febrero de 1999, mediante escritura pública Nc. 333 de la Notaría 3° de Montería.

1.7. NOEMY DEL CARMEN GONZÁLEZ SALAZAR.

1.7.1. Cónyuge supérstite de PEDRO ANASTASIO JIME'NEZ PLAZA (q.e.p.d.), propietario inicial de los Parcelas No. 59 y 59-62, ubicados, los dos, en lo vereda Villa de los Usuarios, corregimiento Patio Bonito. 1.7.2. Un día, en 1991, llegaron o lo zona dos camiones con personas uniformadas como de policías, reunieron o los hiombres y mujeres separadamente y, tros acusarlos de ser colaboradores de lo guerrilla, les dieron un mes poro abandonar los parcelas. Un mes después lo familia sale poro Planeta Rico al barrio 22 de agosto. 1.7.3. Los predios fueron adjudicados posteriormente o CARLOS DARÍO NEGRETE BENAVIDES, quien es su dueño actual. En lo parcelo 59-62 vive un hijo de éste. 1.8. PANTALEÓN JOSÉ MIRANDA MONTES. 1.8.1. Abandona su tinca, lo Parcela No. 54, ubicado en lo vereda Villa de les Usuarios, ccrregimientc Patio Benito, en el eñe 1991 per temer de les grupos armados, quienes le dieren lo orden de obondcnar el predio. 1.8.2. Nc ha perdido lo titularidad de su tinco, nc obstante en la misma se encuentran viviendo tres familias: CLAUDIO LÓPEZ BEDOYA, LUIS ARTURO NEGRETE LÓPEZ (en 1 he) y BLANCA ROSA SÁNCHEZ (en un cuarterón).

se encuentran viviendo tres familias: CLAUDIO LÓPEZ BEDOYA, LUIS ARTURO NEGRETE LÓPEZ (en 1 he) y BLANCA ROSA SÁNCHEZ (en un cuarterón). 1.9. PEDRO SANTANA PATERNINA HEREDIA. 1.9.1. Luego de lo incursión en les años 90 de les paromilitares a la zona, "Les Mochacabezas" le indicaren que si nc se quería morir tenía que Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 7 de 290 salir de SU propiedad, y así procedió a mediados de 1991, dejando lo Parcela No. 70, ubicada en la vereda Villa de les Usuarios, ccrregimientc Patio Benito. 1.9.2. Lo finco fue adjudicada nuevamente en 1993 o GERMÁN ARGUELLO MERCADO, quien lo vende en 2002 o BLANCA ROSA SÁNCHEZ CALDERÓN y ALFREDO MANUEL VEGA ROJAS, mismos que en el eñe en cemente realizan división material y actualmente sen sus dueños y lo habitan. El predio, además, está siendo ccupodc per CLAUDIO LÓPEZ BEDOYA. 1.10. MANUEL GREGORIO ROJAS HERAZO. 1.10.1. Es adjudicctaric de la Parcela No. 71 en abril de 1983, situada en la vereda Villa de les Usuarias, ccrregimientc Pctic Benita. En el mismo oñc le adjudican uno quinta porte (4 ha) de la Parcela No. C—1, ubicada en lo vereda Les Lcbcs, ccrregimientc de Nuevo Lucía.

mismo oñc le adjudican uno quinta porte (4 ha) de la Parcela No. C—1, ubicada en lo vereda Les Lcbcs, ccrregimientc de Nuevo Lucía. 1.10.2. Solió ccn tcdc su núcleo familiar eche días después del Gccntecimientc de incursión pcramilitar relatado en el numeral 1.7.2. 1.10.3. La Parcela No. 71 lo exploto eccnómiccmente uno hija del señor RAFAEL VEGA, quien se dice le compró al señor MIGUEL MARIANO FUENTES HOYOS, prcpietoric actual. 1.10.4. La Parcela No. C—1 tue adjudicada en segunda ocasión o MARCELINO RUIZ RAMOS, quien la vendió a ANDRÉS AGUSTÍN VARGAS MOLINA, titular inscritc. 1.11. JUANA MEZA DE HERAZO. 1.11.1. Acude en calidad de ccmpcñera supérstite de EVARISTO HERAZO PEÑA (q.e.p.d.), adjudicctaric de lo Parcela No. 76 (hoy Parcelo No. 70) y uno quinta porte (4 ha) de lo Parcelo No. C—1. 1.11.2. El núcleo tcmiliar abandona el predio en 1991 debido o la viclencia que se daba en la zona ccn matanzas, torturas y desaparicicnes. 1.11.3. De lo Parcelo No. 76 el prcpietoric actual es el ex cónyuge de la sclicitonte, e ISIDRO GABRIEL PÉREZ MONTES en prcpcrción de 1 ha 1250 Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 8 de 290

de la sclicitonte, e ISIDRO GABRIEL PÉREZ MONTES en prcpcrción de 1 ha 1250 Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 8 de 290 m2. De la Parcela No. C—1 es ANDRÉS AGUSTÍN VARGAS MOLINA como tuve cpcrtunidod de verse (1.10.4). 1.12. MIGUEL ANTONIO YANEZ GASPAR. 1.12.1. Se ve cbligodc o abandonar su Parcela No. Q, Iccalizada en lo vereda Les Lcbcs, ccrregimientc Nuevo Lucía, en agosto de 1991, como consecuencio del miedo que le infundieron los octos de violencio en lo región y unos notos que llegobon o su coso, donde le informaban que tenío que desolcjor. 1.12.2. El Instituto Cclcmbionc de lo Retormo Agrorio decloró lo coducidod odministrotivo o su odjudicoción, y o trovés de lo Resolución Nc. 1585 del 4 de ageste de 1994, la titula o nombre de JOSÉ DEL CARMEN ROMERO CORDERO, quien ol día de ticy conserva lo titularidad y detenta el bien junte ccn el señor OSCAR ANTONIO APARICIO FERNÁNDEZ. Este último, posee un cuarterón de terreno. 1.13. CLÍMACO MIGUEL ESTRELLA SÁNCHEZ. 1.13.1. A su podre, el señor CLÍMACO ESTRELLA NEGRETE (q.e.p.d.), le adjudicaren lo Parcela No. 56, situado en lo vereda Malo Noche, ccrregimientc Lo Monte.

1.13.1. A su podre, el señor CLÍMACO ESTRELLA NEGRETE (q.e.p.d.), le adjudicaren lo Parcela No. 56, situado en lo vereda Malo Noche, ccrregimientc Lo Monte. 1.13.2. En el predio habitó la tomilia ESTRELLA hasta el oñc 1992, cuando unes metieses le dijeren al señor ESTRELLA NEGRETE (q.e.p.d.) que si nc vendía tenía que salir. Le dieren per el terreno $250.000 y salieren en febrero. 1.13.3. En 2011 el predio tue adquirido en "compraventa" per une de sus hermanes, AMAURY SAUL ESTRELLA SÁNCHEZ, y pcstericrmente enajenado a GUILLERMO ECHEVERRY ARANGO y ARLES DE JESÚS RUIZ ECHEVERRY, quienes le explotan en ganadería. 1.14. DIONISIA MARÍA HOYOS GONZÁLEZ. 1.14.1. Compañera permanente supérstite de ALFREDO ANTONIO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ (q.e.p.d.), ccn quien habitó en compañía de sus 9 hijos Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.1^^ Página 9 de 290 la Parcela No. 3-26—D, localizada en lo vereda Granado, ccrregimientc Patio Benito. 1.14.2. En des ccosicnes en 1992, des hombres identificodcs ccmc paromilitares llegaren o su caso exigiéndole 2 millones de peses o su espese, y ccmc éste manifestó nc contar ccn eso sumo de dinero, le dijeren

ccmc paromilitares llegaren o su caso exigiéndole 2 millones de peses o su espese, y ccmc éste manifestó nc contar ccn eso sumo de dinero, le dijeren que tenía que desocupar lo parcela, razón per la que se llenaren de temer y en 1993 abandonan. 1.14.3. RODRÍGUEZ JIMÉNEZ (q.e.p.d.) vende lo finca en 2006 oí señor EUDES DE JESÚS ADARVE, quien conservo la titularidad del mismo y la ocupe actualmente. 1.15. MIGUEL ANTONIO MADERA HERNÁNDEZ. 1.15.1. Acude ccmc heredero de MANUEL FRANCISCO MADERA FERNÁNDEZ (q.e.p.d.), adjudicataric de la Parcela No. 43—D, situada en lo vereda El Tctumc, ccrregimientc Nuevo Lucía. 1.15.2. Entre 1993 y 1994 unes hombres entraren a lo región ccmprandc las tierras, o le que su padre accedió debido que se llenó de mucho nervio, al peco tiempc se marcharen hacia Planeta Rico. 1.15.3. El Instituto Cclcmbionc de lo Retarme Agrario le revoca la adjudicación en 1999 y, un año más tarde, le transfiere o NURIS PEREZ, quien le vende a GLADIS MARINA VERBEL BELTRÁN, prcpietoria actual. 1.15.4. El predio le habitan tres tamilios: GLADYS MARÍA VERBEL MIRANDA (1 ha), OCTAVIO PÉREZ (1 cuarterón) y JOSÉ SUÁREZ ESPITIA (1 cuarterón).

1.16. JOSÉ MIGUEL GÓMEZ CUELLO.

MIRANDA (1 ha), OCTAVIO PÉREZ (1 cuarterón) y JOSÉ SUÁREZ ESPITIA (1 cuarterón). 1.16. JOSÉ MIGUEL GÓMEZ CUELLO. 1.16.1. En 2001 llegó un terrateniente o lo zona distinguido per tener nexos ccn las cutcdetensos, posaba cose per coso indicándole o sus dueños que tenían que venderle los fincas. 1.16.2. Cuando llegaren a su Parcela, la No. 77, ubicada en la vereda El Totumo, corregimiento Nuevo Lucio, su compoñero le indicó que nc querían venderle porque de allí derivaban su sustente, o le que le Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 10 de 290 contestaron que tenía lo lengua muy larga y que se lo iban a cortar. Peco tiempc después salieren desplazadas. 1.16.3. El titular inscrito del predio sigue siendo el reclomonte, no obstonte lo ocupon OSCAR SANTIAGO PACHECO RIVERO y MARIO FRANCISCO ROBLEDO PRADA. 1.17. CARLOS ENRIQUE PACHECO FUENTES. 1.17.1. Unos hombres uniformodos le monifestorcn que tenío que venderle (lo Parcela 67—B) o unos cochocos, o ORLANDO PINEDA, y onte su monifestodo resistencio, pues necesitobo lo tierro poro levontor o sus hijos, le mondoron o decir que si nc le compraban o él, le compraban o la viudo. 1.17.2. Per tanto, se llenó de mucho miedo, nc aguantó tanta presión y tuve que venderle o ORLANDO PINEDA en el oñc 1997.

le mondoron o decir que si nc le compraban o él, le compraban o la viudo. 1.17.2. Per tanto, se llenó de mucho miedo, nc aguantó tanta presión y tuve que venderle o ORLANDO PINEDA en el oñc 1997. 1.17.3. Aunque el negccic se hizo per 15 millones de peses, únicamente le entregaren 3 millones y 10 terneros. 1.18. JOSÉ JOAQUÍN SÁNCHEZ HERNÁNDEZ. 1.18.1. Le adjudicaren lo Parcela No. 46 en 1979, y 18 años más tarde se ve cbligcdc o venderla o boje precie, porque unes señores iban de parcelo en parcela "enplstclodcs" diciendc que tenían que vender. 1.19. MARÍA VALOY DORIA DE SIERRA. 1.19.1. Ella y su ccmpcñerc GABRIEL ANTONIO SIERRA MAUSSA (q.e.p.d.) se vincularen ccn lo Parcela No. 81—C, lo cuol tuvieron que vender en el oño 1996 tros vorios visitos que les efectuoron unos señores y, odemós, ol ver que todos los porceleros estobon soliendo del sector, lo que les infundió miedo y preocupoción por estor en medio del ccnflictc armado interne. 1.20. GUSTAVO LEÓN MARTÍNEZ MEDINA 1.20.1. Vendió su Parcela No. 39—A en 1998, cuando unes señores llegaren o la zcno manifestando que necesitobcn las tierras, elle Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 11 de 290

señores llegaren o la zcno manifestando que necesitobcn las tierras, elle Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 11 de 290 generó un clima de tensión en el sectcr que nc le fue ajene. Transfirió al precie que le impusieren les ccmprcdcres. 1.20.2. Ccn el prcductc de esto vento adquirió la Parcela No. 87—E, que reclamo TOMÁS ALBERTO FUENTES GUERRA. 1.21. ISABEL DEL CARMEN CÁCERES RAMOS. 1.21.1. También en 1998 ello y su ccmpcñerc CÉSAR ARTURO HERNÁNDEZ LÓPEZ (q.e.p.d.) tuvieren que vender su parcelo, lo No. 33, ol ver "tanta violencia y tanto muerto" en la región; además, señalan que unos señores llegoron ccmprondo los fierros, quienes trobojobon poro un señor mofioso de opellido Robledo. 1.22. NEFTALÍ ANTONIO OTERO PADILLA. 1.22.1. Fue el último que se quedó viviendo en el sector, pero se vio obligodo o vender en el oño 2000, y ounque pidió que le pogoron 2 millones de pesos por hiectáreo, únicomente logró que le dieron 1 millón de pesos por codo uno.

2. Síntesis de las pretensiones. 2.1. Se odopten los medidos pertinentes que goronticen los derechios de los occionontes con los de les cpcsitcres, terceres c segundes ccupcntes en ccndicicnes de vulnerabilidad, inccrpcrcndc un enteque de acción sin dañe.

de los occionontes con los de les cpcsitcres, terceres c segundes ccupcntes en ccndicicnes de vulnerabilidad, inccrpcrcndc un enteque de acción sin dañe. 2.2. Se crdene lo restitución material en calidad de prcpietcrics a JOSÉ MIGUEL GÓMEZ CUELLO y PANTALEÓN JOSÉ MIRANDA MONTES, per hicberse ccnfigurcdc ei cbondcnc fcrzodc de sus predios. 2.3. Ordenar lo restitución jurídica y material a título de prcpietcrics de

TOMÁS ALBERTO FUENTES GUERRA, JUAN FRANCISCO ACOSTA MONTES,

MARCO TULIO SIERRA PACHECO, PEDRO SANTANA PATERNINA HEREDIA,

MANUEL GREGORIO ROJAS HERAZO, MIGUEL ANTONIO YANEZ GASPAR,

CARLOS ENRIQUE PACHECO FUENTES, JOSÉ JOAQUÍN SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, GUSTAVO LEÓN MARTÍNEZ MEDINA, NEFTALÍ ANTONIO OTERO PADILLA, y sus cónyuges c compañeras permanentes, respecte de las parcelas Nos. 87—E, Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 12 de 290 42—C y 43—C, 58—G, 70, 71 y 1/5 de C—1, Q, 67—B, 46, 39—A y 36, respectivamente. 2.4. Ordenar lo restitución jurídica y material o fcvcr de las cónyuges c ccmpcñeras permanentes supérstites, y herederas, de EVARISTO ERAZO

respectivamente. 2.4. Ordenar lo restitución jurídica y material o fcvcr de las cónyuges c ccmpcñeras permanentes supérstites, y herederas, de EVARISTO ERAZO

PEÑA (q.e.p.d ), FELIPE SANTIAGO ROMERO GUEVARA (q.e.p.d.), LUIS JOSE'

MARCADO RODRÍGUEZ (q.e.p.d ), CALIXTO MANUEL CONTRERAS JARAMILLO

(q.e.p.d ), PEDRO ANASTASIO JIMÉNEZ PLAZA (q.e.p.d.), CLÍMACO ESTRELLA

NEGRETE (q.e.p.d ), ALFREDO ANTONIO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ, MANUEL FRANCISCO MADERA FERNÁNDEZ (q.e.p.d ), GABRIEL ANTONIO SIERRA MAUSSA (q.e.p.d.) y CÉSAR ARTURO HERNÁNDEZ LÓPEZ (q.e.p.d.), respecte de los parcelas 70 y 1 /5 de C—1, 82—A y 42—C, 43, 63, 59 y 59-62, 56, 3-26— D, 43—D, 81—C y 33, respectivamente. 2.5. Declarar prcbadc lo presunción legal ccnsagrodo en el numeral 2 literal "o" del art. 77 de lo Ley 1448, y aplicar los ccnsecuencics jurídicas ccrrespcndientes en cuente a les negccics jurídicas celebradas scbre los parcelas cbjetc de restitución. 2.6. Declarar prcbadc le presunción legal ccnsagrodo en el numeral 3 del art. 77 de lo Ley 1448, y ccmc ccnsecuencio declarar lo nulidad de les cotes ccrrespcndientes.

2.6. Declarar prcbadc le presunción legal ccnsagrodo en el numeral 3 del art. 77 de lo Ley 1448, y ccmc ccnsecuencio declarar lo nulidad de les cotes ccrrespcndientes. 2.7. Impartir los órdenes de que troto el artículo 91 ibídem y aquellos ccncernientes o las medidas de reparación y satisfacción integrales ccnsagrodos en tavcr de los víctimas y sus núcleos tcmiliares.

3. Trámite judicial de lo solicitud y oposiciones.

Superado el inadmiscrics, se admitió per el juez InstructcrA quien una vez surtidas los nctiticocicnes en les términos de lo Ley 1448, aceptó los siguientes cpcsicicnes que fueren presentadas dentro de cpcrtunidod legal: 5 Fol. 75, C.l. Actuación Juzgado. 5 Fol. 160, C.l. Actuación Juzgado. Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 13 de 290 3.1. GUSTAVO LEÓN MARTÍNEZ MEDINA. Referente a la Parcela No. 87— E.7 Señala que llegó o lo región de Mundo Nuevo desde el año 1984, posteriormente adquirió por adjudicación lo Parcelo Nc. 39-A, de lo cual fue despejado, siendo que ccn el precie de lo vento obligada, y lo ayuda de sus hiermcncs, compró la Parcela No. 87—E. Aclaro que poro esto vento el señor TOMÁS ALBERTO FUENTES GUERRA solicitó y consiguió cutcrización del Instituto Cclcmbicnc de lo Reformo Agraria, de donde se pedio concluir que

señor TOMÁS ALBERTO FUENTES GUERRA solicitó y consiguió cutcrización del Instituto Cclcmbicnc de lo Reformo Agraria, de donde se pedio concluir que actuó ccn pleno ccnciencia de que sus cctuacicnes estaban revestidas de legalidad. Así mismo, indica que nc tuve ccnccimientc de actos de viclencia c amenazas en centra del accicnonte. Ccmc argumentes exceptivos planteó "buena fe exenta de culpa", "derecho a la compensación y/c segunde ccupante" y no "revictimización per parte del Estada", solicitando, en consecuencia, que en coso de occederse o los pretensiones se le reconozco su colidod de opositor de bueno fe exento de culpo y en tol virtud se le compense en los términos de lo ley 1448, y en coso que no se le reconozco lo bueno te cuoliticodo con lo que octuó, se le reconozco como segundo ocúpente de bueno te en condición de vulnerabilidad y victimización. 3.2. NAFER DE JESÚS SUÁREZ RUIZ. Referente a la Parcela No. 82—A.» Indica que tue su podre, JOSE' DE LOS ÁNGELES SUÁREZ ESPITIA (q.e.p.d.), quien le compró el predio cbjetc de sclicitud al señor FELIPE SANTIAGO ROMERO GUERRA (q.e.p.d.), y que pcstericrmente entró en posesión de este, el cual tuve que abandonar poro solver su vida y lo de sus hijos, per le que también es víctima de lo violencio. Expone, osí mismo, que no obstonte ser plenomente conocidos los hechos de violencio vividos en Mundo Nuevo, no sobío de omenozos o

hijos, per le que también es víctima de lo violencio. Expone, osí mismo, que no obstonte ser plenomente conocidos los hechos de violencio vividos en Mundo Nuevo, no sobío de omenozos o hechos de violencio relocionodos con los hobitontes del sector. Y que, de cuolquier monero, el desplozomiento de lo occiononte nodo tuvo que ver 7 Fol. 554 y ss. C.2. Actuación Juzgado. 8 Fcis. 829 y ss., C.3. Actuación Juzgado. Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 14 de 290 con el negocio celebrado por su podre, pues ocurrió muchc antes del cbondcnc fcrzodc. Aduce ccmc medies exceptivos "buena fe exenta de culpa" y "derecho a la compensación cpcsitcr y/c segunde ccupante". Solicita se le reccnczco su calidad de cpcsitcr que actuó de bueno fe exenta de culpo y se le compense, y, en cose de que elle nc se crdene, se reccnczco su calidad de segunde ccupante en condición de vulnerabilidad. 3.3. OCTAVIO PÉREZ SÁNCHEZ. Referente a las Parcelas No. 42—C, 43— C. y 43—D9 Informo nc ccnstorle les hechos en que se fundamentan los sclicitudes. De cualquier mcdc, sostiene que les accionantes nc realizaren en su memento ninguna acción per les presuntos desplozomientcs, rozón per lo cual se están cprcvechandc pora sacar prcvechc de la ley y lucrarse de les beneficies que brinda el Gobierne.

memento ninguna acción per les presuntos desplozomientcs, rozón per lo cual se están cprcvechandc pora sacar prcvechc de la ley y lucrarse de les beneficies que brinda el Gobierne. Específicamente, en cuente la Parcela 42—C, manifiesta que la permutó ccn la señero HILDA TULIA MEZA RIVERA, siendo que ésto ccmc lo dejó enmantar, y ccmc la suyo se encuentra totalmente mecanizado, quiere socar prcvechc ahora de elle. Referente o lo Parcela 43—C, que la compró c LUIS ATENCIA MARTÍNEZ en el oñc 2011, luego de le cual lo puse o nombre de su hijo ALBA LUZ PÉREZ MAZO. Y en le que hoce o lo Parcela 43—D, indica que lo compró a GLADYS MARINA VERBEL BELTRÁN en diciembre del oñc 2000, ambos negccics realizadas de manera legal y a un precie juste paro la época. Sostiene que compró otras parcelas en el sector (42-A, 42-B, 79-A), ic que denota que es uno persona que le gusto el campo y se ha dedicado o lo agricultura y ganadería. 9 Fols. 782 y ss., C.3. Actuación Juzgado. Sentencia No. 019(R). Radicado: 230013121001-2015-00001-00.Página 15 de 290 Como excepciones prepuse "buena fe exenta de culpa" y "ausencia de daños a los reclamantes", sclicitandc lo desestimación de los pretensiones y, subsidiariamente, se le indemnice integralmente. 3.4. JESÚS MARÍA RAMÍREZ GARCÍA. Referente a la Parcela No. 43.'°

de daños a los reclamantes", sclicitandc lo desestimación de los pretensiones y, subsidiariamente, se le indemnice integralmente. 3.4. JESÚS MARÍA RAMÍREZ GARCÍA. Referente a la Parcela No. 43.'° informa que el hijo de la sclicitcnte, JOSE' LUIS MERCADO ME'nDEZ, le vendió el inmueble en 2007, luego de que le quedara per sucesión de su finado podre. Que la venta contó ccn el oval del I

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