TSDJ ANT-23001-31-21-002-2013-00009-01-(09-06-2016)
Tribunal Superior de Antioquia
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Detalles
- Título
- TSDJ ANT-23001-31-21-002-2013-00009-01-(09-06-2016)
- Autor
- Tribunal Superior de Antioquia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2016
TRIBUNAL SUPERIOR
DISTRITO JUDICIAL DE ANTIOQUIA
SALACIVIL ESPECIALIZADA EN RESTITUCION DE TIERRAS
SALAPRIMERA
SENTENCIA Magistrado Sustanciador JAVIER ENRIQUE CASTILLO CADENA Medellin, nueve (09) de junio de dos mi dieciséis (2016) Expediente No. 23001-31-21-002-2013-00009-00 Sentencia No. 004 Proceso Restitucién y formalizacion de Tierras.
Accionante : Gladys del Socorro Pernett Fernandez y otros Opositores : Guillermo Ledn Restrepo Rico y Gabriel Jaime Vasquez Guerrero.
Sinopsis _: En el presente asunto se encontraron probados los supuestos de hechodelapresuncionlegal quetrata el articulo 77.2 literal a) de la Ley 1448 de 2011, sin que se hiciera lo propio respecto de la presuncién de derecho también invocada, deviniendo como consecuencia la admision que existié ausencia de consentimiento o de causa licita en los negocios juridicos celebrados y que ocurrieron en el marco del despojo de los inmuebles delas victimas solicitantes, razon porla cual se protegid su derechoa la restitucién invocado a través de la UNIDAD. Se procede a dictar sentencia dentro del proceso especial de formalizaci6n y restitucion de tierras despojadas, de conformidad con el tramite establecido con el capitulo IV de la Ley 1448 de 2011, presentado por la Unidad Administrativa Especial de Gestion de Restitucién de Tierras DespojadasDireccién Territorial Cordoba (en adelante LA UNIDAD) en representaci6én de GLADYS DEL
SOCORRO PERNETT FERNANDEZy otros; proceso quefueinstruido por el Juzgado SegundoCivil del Circuito Especializado en Restitucién de Tierras de Monteria- (Cordoba).
1. ANTECEDENTES 1.1. De las pretensiones La Unidad Administrativa Especial de Gestion de Restitucion de Tierras Despojadas-Direccion Territorial Cordoba, previa la inclusion en el registro de tierras despojadas, presentsolicitud fin que se ordene,en favordelossolicitantes y victimas del conflicto armado Colombiano,la restitucion juridica y material de los predios que se describen a continuacién:
SOLICITANTE CEDULA CALIDAD COMPANERA0 CONYUGE PREDIO
MANUELESTEBAN GAVIRIA BERTHACECILIA HERNANDEZ MARTINEZ VIO Parcela 9 Cedro
CORDERO 8.865.169 PROPIETARIO wapTiNEZ TORRES CocidoSENTENCIA
Proceso Accionante
Opositores Expediente : De restitucion y formalizacién detierras.
: Gladys del Socorro Pernett Fernandez-otros. : Guillermo Leon Restrepo Rico y Gabriel Jaime Vasquez Guerrero : 23001-31-21-002-2013-00009-00
PABLOJOSE NAVARRO PEREZ 6.868.050 PROPIETARIO Parodianeue SEVERIANOANGELBELLO Parcela 20 CedroMORENO 10.895.844 PROPIETARIO BERLIDES MERCEDESARGELLAGARES ado
CERESCARMEN MADRID DE 4.979.721 PROPIETARIO MIGUELISAAC PEREZ PEREZ(Desaparecido) Parcela 44 Arquia ELISEO RODRIGUEZGARCIA MERCEDESISABEL CEPEDA PEREZ Parcela 50 Gedro6.888.335 PROPIETARIO Cocido GLADYSDELSOCORRO PERNETT Parcela 56 CedroSeeNAREZ 34.962.314 PROPIETARIO Coto 3.705.940 RUTH MARIA RUIZ DEARGUMEDOANTONIOCARLOSARGUMEDO PROPIETARIO Parcela 46 ArquiaARIZ 6.879.202 EVA LEONIDA GALLEGO ORDOSGOITIAISAEL ANTONIO BORJA ORTIZ PROPIETARIO Parcela 61 Arquia TOMASA ELENATRIANA MACHADOJERONIMO MANUELJIMENEZ 6.890.771 PROPIETARIO Parcela 64 ArquiaPAYAREZ NEDIS DEL CARMEN CASTILLO LOPEZ ELADINOJOSE FLOREZGOMEZ 8.428.300 PROPIETARIO Parcela 89 Arquia MANUELANTONIO SANCHEZ 8.320.473 PROPIETARIO BERTHA ISABEL PEREIRA SOLIPA Parcela 93 SANCHEZ Cedro Cocido(sic)
MANUELESTEBAN HERNANDEZ
PEDROZA 6.574.812 PROPIETARIO ISIDORA MARIA VEGA PINTO Parcela 149 Ariquia ELSA DEL CARMEN GALARCIO 34.971.221 PROPIETARIO Parcela 155 ArquiaFLOREZ a ANA MARIA CAVADIA FERNANDEZJOSE VELASQUEZGARCIA 6.871.596 PROPIETARIO Parcela 156 Arquia
ARGEMIROJOSE MESTRA PETRO 2.786.709 PROPIETARIO CARMEN LUCIA ALMANZA VIDAL Parcela 22
Chavarries Se efectuo a favor de los siguientessolicitantes, similar pretension de restitucion, pero en este caso, en calidad de representantes de la sucesion de los propietariosfallecidos:
SOLICITANTE CEDULA RELACION RESPECTO PROPIETARIOS PREDIO
DEL PROPIETARIO FALLECIDOS
MERINALDA ISABEL MUNOZ NAVARROY 25.760.305 Y COMPANERA
ELIZABETH CHALJUB SIERRA 26.171.249 PERMANENTE/HIJA JOSE CHALJUB Parcela 3
ZURIQUE Cedro Cocido 25.840.749
GUILLERMINA DEL CARMEN GUZMAN (Guillermina) COMPANERA GUSTAVO MOISES Parcela 59
RODRIGUEZquien actua a través de MARTHA 50.908.272 PERMANENTE/HIJA ORTEGA CAVADIA Arquia ORTEGA GUZMAN (Martha) ENITH DEL CARMEN RAMOS SUAREZ Y 25.852.595 Y COMPANERA DIEGO NELALARCON Parcela 66 FREDYALFONSOALARCON LAZA 78.729.812 PERMANENTE/HIJO ALARCON Arquia Ademas delo anterior, invocé LA UNIDAD Ia apiicacién de la presuncién legal contenida enel articulo 77 numeral 1° de la ley 1448 de 2011, y como consecuencia se decretarala inexistencia de las escrituras publicas que se relacionaron en la solicitud. Conjuntamente sesolicito ta declaratoria
de nulidad absoluta de los negocios ocurridos con posterioridad a los documentos de los que se pidié su inexistencia. Formulé por demas,enelescrito introductorio, pretensiones con relacion a los predios restituidos, al retorno de los solicitantes; pretensiones subsidiarias, entre ellas la compensacidny otras peticiones que denominaron especiales. 1.2. Fundamentos Facticos3
SENTENCIA Proceso : De restitucion y formalizaciondetierras.
Accionante : Gladys del Socorro Pernett Fernandez-otros.
Opositores : Guillermo Leén Restrepo Rico y Gabriel Jaime Vasquez Guerrero Expediente : 23001-31-21-002-2013-00009-00
Como fundamento de sus pretensiones, la Unidad sefialé que los fundos objeto de restitucidn, ubicados en los predios conocidos como Cedro Cocido; Arquia; Micono y Los Chavarries pertenecientes al corregimiento de Leticia, vereda el Tronco del Municipio de Monteria — Cordoba; inicialmente habian pertenecido a los hermanos CASTANOGILquienessehabian hechoa ellos enel afio 1985; predios que en su conjunto conformaban el de mayor extension denominado “Cedro Cocido” con una cabida aproximada de 1.410,95 Has; el mismo que para el afio 1986, fue objeto de divisién material, quedando la heredad fraccionada en los 4 predios descritos (Cedro Cocido; Arquia; MiconoyLos Chavarries) y de los cuales se aperturaronlosfolios de matricula inmobiliaria No.140-31117; 140-31118; 140-31119 y 140-31120, respectivamente.
Posteriormente,las aludidas haciendasfueron transferidas en donacion a la Fundacionpara la Paz de Cérdoba (FUNPAZCOR) -creada el 14 de noviembre de 1990 por colaboradores cercanos a los Hermanos Castafo—; entidad administrativa que propicié el despojo de las parcelas de los solicitantes cuando quiso recuperarlos fundos queinicialmente habian dado en donacién a campesinos delaZona,entre las cuales se encuentran las 18 parcelas que ocupanlaatenci6n de la Sala. En razon de las donacionesrealizadas por FUNPAZCOR,sedio apertura a sendosfolios de matricula inmobiliaria y el consecuencial cierre de los 4 lotes conocidos como Cedro Cocido; Arquia; Micono y Los Chavarries; donaciones que se otorgaron a los solicitantes y/o sus causahabientes, pero bajo seriaslimitaciones al uso, goce, acceso,disfrute y explotacién de los predios entregados, sumadoala relacion de sumision fundada en el miedo generado por sus principales benefactores “la casa Castafio”. Ademasdeloanterior, se efectud por la Unidad, un detallado recuento histérico de las circunstancias de violencia ocurridas en el Departamento de Cordoba y que generaron el desplazamiento en el sector, mas exactamente de los predios en comento; los mismo que a mediados de 1995 a 1997, facilmente reingresaron a FUNPAZCOR-quepara ese entonces era la encargada definanciar las AUC, dejando de ladoel proyecto social de reforma agraria para el cual se habia creadodebido al actuar de sus empleados y
emisarios quienes,sin recurrir a grandes despliegues de violencia, presionaron y atemorizaron a los parceleros para que entregaran las parcelas donadas a cambio de un monto preestablecido porla misma fundacion, en la mayoria de los casos, en cuantia de $1.000.000,00 por hectarea, aunado a los descuentos por concepto de impuestos,escrituracion, entre otros. 1.3. Situacién especifica de los solicitantes y los predios.SENTENCIA Proceso : De restitucién y formalizaciéndetierras.
Accionante : Gladys del Socorro Pernett Fernandez-otros.
Opositores : Guillermo Leon Restrepo Rico y Gabriel Jaime Vasquez Guerrero Expediente : 23001-31-21-002-2013-00009-00
Los predios, ahora objeto de demanda derestitucion fueron adquiridos en la siguiente forma por donacion de FUNDACION PARA LA PAZ DE CORDOBAFunpazcorporlos siguientes instrumentos publicos, todos ellos otorgados en la Notaria Segunda de Monteria (Cor.):
PARCELA FMI DONATARIO CALIDAD E.P. FECHA 3 CEDRO COCIDO 4140-43480 JOSE CHALJUB ZURIQUE PROPIETARIO 1485 —_20-nov-91 9 CEDRO COCIDO 140-43481__| MANUELESTEBAN GAVIRIA CORDERO PROPIETARIO 1500 20-nov-91
11 CEDRO COCIDO 140-43490 PABLOJOSE NAVARRO PEREZ PROPIETARIO 1489 20-nov-91 20 CEDRO COCIDO 140-44265 SEVERIANOANGEL BELLO MORENO PROPIETARIO 1931 30-dic-91 44 CEDRO COCIDO 140-52844 NELLY DEL CARMEN MADRIDDE PEREZ PROPIETARIO 2232 29-ago-94 50 CEDRO COCIDO 4140-43358 ELISEO RODRIGUEZGARCIA PROPIETARIO 1339 _01-nov-91 56 CEDROCOCIDO 140-43482 GLADYS DEL SOCORROPERNETT FERNANDEZ PROPIETARIO 1481 20-nov-91 46 ARQUIA 140-43363 ANTONIOCARLOSARGUMEDOARIZ PROPIETARIO 1370 01-nov-91 59 ARQUIA 140-43523 GUSTAVO MOISES ORTEGA CAVADIA PROPIETARIO 1477 20-nov-94 61 ARQUIA 140-43549 ISAEL ANTONIO BORJA ORTIZ PROPIETARIO 1519 20-nov-91 64 ARQUIA 140-43528 JERONIMOMANUELJIMENEZ PAYAREZ PROPIETARIO 1484 20-nov-91 66 ARQUIA 140-43533 DIEGO NELALARCONALARCON(Q.E.P.D) PROPIETARIO 1509 20-nov-91 89 ARQUIA 140-43539 ELADINO JOSE FLOREZGOMEZ PROPIETARIO 1494 20-nov-91 93 ARQUIA 140-4323 MANUELANTONIO SANCHEZSANCHEZ PROPIETARIO 1913 30-dic-91
MANUELESTEBAN HERNANDEZ PEDROZA E ISIDORA 149 ARQUIA 140-43314__| MARIA VEGA PINTO PROPIETARIO 1355 04-nov-91 155 ARQUIA 140-43525 ELSA DEL CARMEN GALARCIO FLOREZ PROPIETARIO 1492 20-nov-91 156 ARQUIA 140-43542 JOSE VELASQUEZ GARCIA PROPIETARIO 1507 20-nov-91 22 CHAVARRIES 140-43503 ARGEMIROJOSE MESTRA PETRO PROPIETARIO 1512 20-nov-91
A continuacion, se relacionara la situacion factica de cada uno de los solicitantes en relaci6n con las parcelas reclamadas. Las pruebas especificas del caso correspondenalas allegadas por la UNIDAD con Ia solicitud. 1.3.1. PARCELA3. Cedro Cocido. 1.3.1.1. Reclamantes: MERINALDA ISABEL MUNOZ NAVARRO,identificada con cédula de ciudadania No. 25.760.305 expedida en MonteriaCordoba; y ELIZABETH CHALJUB SIERRA, identificada con cédula de ciudadania No. 26.171.249 expedida en San Pelayo, compafera permanente e hija respectivamente de JOSE CHALJUB ZURIQUE(q.e.p.d) quien al momento del despojo ostentaba la calidad de propietario de la parcela No. 3 Cedro Cocido. 1.3.1.2. Hechos especificos. Segun la UNIDAD,las peticionarias en solicitud separada y frente a los hechos objeto de abandono o
despojo del predio denominado parcela No.3, de manera puntualsefialaronlosiguiente: MERINALDA ISABEL MUNOZ NAVARROrefirid que “Fragosoles propuso quelevendieranla parcela, porqueellos estaba comprando todo, ellos comentaron que todo el mundo estaba vendiendo y que tenian que vender porque no se podian quedar unas parcelas sin comprar. La solicitante decidié vender porque necesitaba dinero para los cuidados de su esposo. Ellos le decian al sefior enfermo usted esta muy enfermo usted ya no puedeir por alla. Para el afio 2000 decidieron vender a FRAGOSO....la sefiora Teresa le dijo que lo pensarabien,yella tomé la decision de manera voluntaria de vender porquelo necesitaba lesirvid de mucho.(...}5
SENTENCIA Proceso : De restitucion y formatizacion detierras.
Accionante : Gladys del Socorro Pernett Fernandez-otros.
Opositores : Guillermo Leon Restrepo Rico y Gabriel Jaime Vasquez Guerrero Expediente : 23001-31-21-002-2013-00009-00
La solicitante hablo directamente con Fragosoyle dijo que iba a vender en 4 millones, sin embargo, Sor Teresaledijo que le daban 3 millones pero que selos iba a pagar en cuotas. La solicitante manifiesta que ella nunca firmé nada ni quedo ningun soporte de la negociacién,el dia que le dieron el saldo restante delvalor de la venta les entregaron un reporte de los abonos quelehabian dado, donde constaban las fechas y conceptos de pago”!
Ensolicitudinicial, agrega que‘...para el afio 1993 comenzaron a tener problemas, ya que estaba presionando a la mayoria de todoslo parceleros, ellos escuchaban que iban a tener problemas con esastierras, ya que esastierras no eran de ellos, que esastierras eran ajenas, que en la zona se comentaba que los duefios de estastierras eran las AUTODEFENSAS...a raiz de todo esto su compariero empez6 a enfermarse mucho mas aun ya que él se encontraba enfermo(...) Tiempo después en este mismo afio 2000 la fundacién vio que el compafiero de ella les debia un dinero, ellos vieron que ellos no tenian plata para pagarles ese dinero, asi queellos le dicen que la forma de pagar eso es vendiendolatierra, y que ellos le descontabanloqueellos le habian prestado a suesposo para los medicamentos....asi que ella decide vender(...)"? ELIZABETH CHALJUB SIERRA, quienfigura comohija del sefior CHALJUB ZURIQUEy actuando en representacion de sus hermanos, declaré ante la UNIDAD que: “(...) desde el afio 1991 su padre adquirié un predio con una cabida superficial de 23hectareasdetierra juntolafinca grande llamado PARCELA No,3con una cabida superficial de 5 hectareas (...) que desde el afio 1991 desde su donacién de la parcela ya se sentia presencias de gruposilegales al margen de Ja ley tales como PARAMILITARES, AUTODEFENSAS MANCUSO, Ia declarante manifiesta su papa muereenel afio 1995 a causa deuna enfermedad quedando a cargolasefiora
con la que su padre convivia en ese momento, manifestando que para el afio 1997-1998 personas pertenecientes al grupo PARAMILITARESquerian que todoslos parceleros vendieran sustierras, la declarante manifiesta que la persona que habia quedado a cargo de esa parcela “presumen quebajola presion de estos paramilitares al igual que otros parceleros de la zona vendié de igual manera esa parcela” ...que si sabe que ella vendié a unatal sor teresa esa parcela ya quelos hijos de esa sefiora se quejaban porqueella habia vendido eso y no les dio nada de dinero (...)"? 1.3.2. Parcela 9. Cedro cocido 1.3.2.1. Reclamante: MANUEL ESTEBAN GAVIRIA CORDERO, identificado con cédula de ciudadania No. 6.865.169 expedida en Monteria (Cor.). 1.3.2.2. Hechos especificos GAVIRIA CORDERO,manifest a la UNIDAD que enel afio 1993 salieron delafinca, que le pagaron $200.000 mensuales porel arriendo de las parcelas. Que en el mes de agosto de ese mismoafio lo habia llamado un abogado de FUNPAZCORD de nombre MARCELO SANTOS,quien |e dijo que estaba comprandoesastierras, para lo cualle dio la suma de $5.000.000 en 3 partidas; que comovio que todos los demas parceleros estaban dejandolos predios,él no queria quedarse solo en esa Zona, por eso aceptd el negocio, ademas de haberse enterado que esas tierras las habian dado los CASTANO,dicho por miembros de Ja FUNDACION,enrazondeello le dio miedoy letocé vender’.
En la declaracion rendida ante la UNIDADeneldiligenciamiento del formulario paralainclusion en el registro se dijo: 1 Folio 820 vto del cuademo No.5delasolicitud 2 Folio 845 vto del cuademo No.5delasolicitud 3 Folio 824 vto del cuademo No.5delasolicitud 4 Folio 52 y vto C1.SENTENCIA Proceso : De restitucion y formalizacion detierras.
Accionante : Gladys del Socorro Pernett Fernandez-otros.
Opositores : Guillermo Leon Restrepo Rico yGabriel Jaime Vasquez Guerrero Expediente : 23001-31-21-002-2013-00009-00 “Sali el tres de agosto de 1993. Todo comenzd con la promesa de que nosprestarian dinero para hacerla casa naturalmente estabamos contentos por esta noticia y decidimos esperar un tiempo y acatar las ordenes de no sembrarel predio, pero luego de un tiempo se nos informé las verdaderas intenciones que eran para la compra de estas parcelas; yo acepteé el dinero me marche y mas nunca regresé al predio. Nunca hubo instigacion o amenaza alguna simplemente recibimos el dinero y salimos del predio”®.
1.3.3. Parcela 11. Cedro Cocido 1.3.3.1. Reclamante: PABLO JOSE NAVARRO PEREZ,identificado con cédula de ciudadania No. 6.868.050, expedida en MonteriaCordoba 1.3.3.2. Hechos especificos. Relata la UNIDAD que en su solicitud, NAVARROrefirid que los hechos del despojo ocurrieron
aproximadamente para el mes de octubre de 2004, donde el encargado de comprarsufinca, asi como la de otros parceleros, era el Doctor Marcelo Santos, quien le dijo que esastierras las necesitaba Funpazcor. Que segtnelsolicitante, nunca pudovivir en la finca, en razon a que noselo permitieron, ademas que siempre habia alguien controlando la entrada y que lo nico que él hacia era pasarporel BancoAgrario a cobrarlo del arriendo de su parcela que consistia en la suma de $30.000 mensuales. Que su desplazamiento fue producto de la presién ejercida por los hermanos Castafio a traves de terceros como OLIVERIO ALVAREZ SERNA,sobre quien pesa medida de aseguramiento porlos varios delitos cometidos. 1.3.4. Parcela 20. Cedro cocido 1.3.4.1. Reclamante: SEVERIANO ANGEL BELLO MORENO,identificado con cédula de ciudadania No. 10.895.844 expedida enValencia (Cor.). 1.3.4.2. Hechos especificos. Refiere la UNIDAD que SEVERIANO ANGEL BELLO MORENO,les sefialé como fecha del despojo el afio 1999, en que empezé a sentir presencia de gruposilegales al margen de la ley tales como los paramilitares, grupo Casa Castafioé. SEVERIANO ANGEL BELLO MORENO actla en el presente tramite por intermedio de su hijo ORLANDO MANUEL BELLO ARGEL, quien en declaracién rendida ante la UNIDAD manifestd lo
siguiente: 5 Folio 672 C3 5 Folio 54 C17
SENTENCIA Proceso : De restitucion y formalizacion detierras.
Accionante : Gladys del Socorro Pernett Fernandez - otros.
Opositores : Guillermo Leén Restrepo Rico y Gabriel Jaime Vasquez Guerrero Expediente : 23001-31-21-002-2013-00009-00 “(...) que desde el afio 1991 su padre adquirié una parcela llamada “PARCELA 20" con 5 Hectareas(...) que su padre se dedicaba a explotar econémicamente {a parcela con cultivos de yuca, platano, tomate, ademas de esto tenia potreros con ganado con un aproximado de 16 reses y aves de corral, comoprincipal actividad econdmica era la del tomate que era el que se vendia en el corregimiento de Leticia (...). Que desde el afio 2001 se comenzé a sentir la presencia de gruposilegales al margen delaley tales como PARAMILITARES, grupo CASA CASTANO comandadosporfos ‘HERMANOS CASTANO”...que a su papa lo contacté el administrador de la finca cedro cocido, que fue quien le dijo que necesitaban que vendieran las tierras...manifiesta no tener muchaclaridad en los hechos ocurridos ya que en esos momentos se encontraba prestando el servicio militar, pero relata que su padre después de haber escuchado de que necesitabalas tierras su padre la vendio ya que fue una noticia impactante saber que estas personas pertenecen al grupo PARAMILITAR, manifiesta saber que su padre
vendié esastierras a 1 mill6n de pesos por hectareas, una vez vendié su padre no volvid a saber ni a tener vinculos con esas tierras (...)"”. 1.3.5. PARCELA44. Cedro Cocido. 1.3.5.1. Reclamante: NELLY DEL CARMEN MADRID DE PEREZ,identificada con cédula de ciudadania No. 34.979.721, expedida en MonteriaCordoba. 1.3.5.2. Hechos especificos Segiin declaracién rendida a ante la UNIDAD, se tiene que NELLY DEL CARMEN MADRID DE PEREZ,narré que: ‘(...) los llevaron en buses para hacer entrega de lostitulos en la finca de Cedo Cocido, una vez estandoalli les dicen que se le iban hacer entrega de las tierras pero las mismas iban a quedararrendadas,y(sic) inmediatamenterecibieron los titulos aparecieron los arrendatarios, donde inmediatamentela sefiora se la arrendé a la sefora SORE TERESA, dedicandola para pasto para ganado donde la fundacion le daba cada mes 38.000 pesos que tenian queir a buscarala fundacion de los cuales la declarante los reclamaba cada tres meses, tiempo después el gerente de la fundacion le habia mandado razones para que se presentara en la oficina, y ella le dijo que no tenia afan de recoger esos cheches, tiempo después lleg6 este mismo gerente ledijo que él no la estaba llamandopararecibir los chequessino querecibiera la plata de la parcela que se le iba a pagar... esta personaledijo...quela Unica que faltaba por entregareraella, al (sic) vista de todo esto se acercé ala
fundacion quellegara a donde el pagadorel sefior HUMBERTO SIFUENTESeste sefiorle entregé un cheque porvalor de 5.000.000 millones de pesos,saliendo del todo de esa parcela en el aio 1999(...)"8 1.3.6. Parcela 50. Cedro Cocido. 1.3.6.1. Reclamante: ELISEO RODRIGUEZ GARCIA., identificado con cédula de ciudadania No. 6.888.335, expedida en MonteriaCordoba. 4.3.6.2. Hechos especificos. Dice LA UNIDAD que el reclamante afirma que esa tierra la tenia arrendada a la fundacion FUNPAZCOR,quienesIa utilizaban para ganaderia ya queasilo establecia una clausula en la minuta de donacién. Que comofecha del despojo se sefialé los afios 1999-2000 y que, segun declaracion,el solicitante se vio obligado a abandonary trasferir su parcela porque el sefior MARCELO SANTOS,le manifesto que necesitaba el predio, que era una orden de arriba, de los jefes y como él sabia que
7 Folio 708 vio del cuademo No.4 delasolicitud 8 Folios 949 del cuademo No.5delasolicitud. 434SENTENCIA Proceso : De restitucién y formalizacion detierras.
Accionante : Gladys del Socorro Pernett Fernandez-otros.
Opositores : Guillermo Leon Restrepo Rico yGabriel Jaime Vasquez Guerrero Expediente : 23001-31-21-002-2013-00009-00
esos predios eran de CASTANOY DESORTERESA,accedié a venderportemor, negocio porel que le entregaron una bonificacion de $5.000.000. Que el actor y su nucleo familiar fueron forzados a desplazarse del predio por presion ejercida porlos hermanos CASTANO,através de miembros delafundacién y de terceros quienesal parecer estaban vinculados con ésta?. 1.3.7. PARCELA56Cedro Cocido. 1.3.7.1. Reclamante: GLADYS DEL SOCORRO PERNETT FERNANDEZ,identificada con cédula de ciudadania No. 34.962.314, expedida en MonteriaCordoba. 1.3.7.2. Hechos especificos. GLADYS DEL SOCORRO PERNETT FERNANDEZ, en declaracién rendida ante la UNIDAD y respecto delas circunstancias del despojo, manifesto que": “(...) para el afio 2000 le dijeron que tenia que ir a la oficina de funpazcor, y que cuando llego alla, un sefior de nombre MARCELO SANTOS,le dijo que necesitaban las tierras y que tenia un comprador para ellas, y, comoella sabia quiénes eran los duefios de 1a fundaci6n, no se opusoaello, agrega que le pagaron la suma de $3.800.000 porqueella les debia de un préstamo, y que ese mismo afio se desplazé ala vereda aguas negras del corregimiento de los garzones municipio de Montaria.
(...) que para el afio 2009 le dijeron que fuera a la Notaria para firmar las escrituras, y lo pusieron a firmar una escritura de compraventa que correspondia a la parcela 56 de propiedad de una sefiora GLADYS PERNETT,predio que nunca habitd y/o exploto, sin embargo respecto a su predio no firmo documentos de venta” (...) fue forzada a desplazarse del inmueble por presion ejercida por MARCELO SANTOS y SOR TERESA GOMEZ ALVAREZ, quieneshacian parte delajunta directiva de FUNPAZCOR,sobreesta Ultima pesa una condenaporel delito de Homicidio Agravado,tentativa de homicidio en concurso con concierto para delinquir agravado y amenazas impuestasporel Juzgado Primero Especializado de Cundinamarca Radicado No. 2010-004(...)" 1.3.8. Parcela 46. Arquia. 1.3.8.1. Reclamante: ANTONIO CARLOS ARGUMEDOARIZ,identificado con cédula de ciudadania No. 3.705.949, expedida en Barranquilla. 1.3.8.2. Hechos especificos Relata la UNIDAD,queenlasolicitud, se dejé consignado: 3 Folio 49 vto C1 y 587 vto C3 de Ja solicitud. ‘0 Folio 41 19
SENTENCIA Proceso : De restitucion y formalizacion detierras.
Accionante : Gladys del Socorro Pernett Fernandez - otros.
Opositores : Guillermo Leén Restrepo Rico yGabriel Jaime Vasquez Guerrero Expediente : 23001-31-21-002-2013-00009-00 “(...) esa tierra la tenia arrendada a los ganaderos de la region ya le habian prohibido hacer cualquier clase de cultivo y cualquier clase de animales en esepredio, el declarante manifiesta que los administradores de esastierras no los dejabasi quierair a ver esastierras.
El declarante manifiesta que le daban TREINTA MIL PESOS ($30,000) por hectareas queellos iban a buscaraesaplata ala FUNDACION y el doctor MARCELO SANTAOSeraquien les entregaba ese dinero, asi dur6 un tiempo alrededorde9 afios recibiendoeldinero producto del arriendo de este predio. (...) que para principios de 2000 miembros de ta fundaciénles dijeron que tenian que vender esa parcela, el declarante manifiesta que el entro en temor porque se escuchaba que la esas personas estaban relacionadas con PARAMILITARES,y el declarante alega que en ese mismo afio se dirigié a las oficinas de ta fundacion, donde se reunié con el doctor MARCELO SANTOS, quienle dijo que vendiera la parcela por CINCO MILLONES DE PESOS($5.000.000), el declarante temeroso de que si no vendia le podia pasar algo malo, acepto, pero el declarante manifiesta que ese dinero no se lo entregaron todo junto sino que se lo pagaron entres partidas(...)’"" 1.3.9. PARCELA59. Arquia.
1.3.9.1. Reclamante: GUILLERMINA DEL CARMEN GUZMANRODRIGUEZ,identificada con cédula de ciudadania No. 25.840.749, expedida en Cereté - Cordoba, compafiera permanente de GUSTAVO MOISES ORTEGA CAVADIA (q.e.p.d) quien al momento del despojo ostentaba la calidad de propietario de la parcela No. 59 Arquia. 1.3.9.2. Hechos especificos. Se informa por la UNIDAD,que: “El sefior ORTEGA CAVADIA Q.E.P.D.vivid en la parcela comocinco afios aproximadamente y que parael afio 1997 se vio obligado a vender su parcela en vista de que todos los parceleros habian vendido y ademas porque sabia que quienes estaban detras de esa compras eran SOR TERESA GOMEZ Y MARCELO SANTOS, quienes representaban a FUNPAZCOR,queera una empresadelos hermanoscastafiojefes de la AUC"! En declaracién rendida por MARTHA ORTEGA GUZMAN,hija dela solicitante GUILLERMINA DEL CARMEN GUZMAN RODRIGUEZ, la misma,refiriéndose a las circunstancias que ocasionaron el despojo del inmueble, narré que: 4...) porque el sefior MARCELO SANTOSleofrecié comprara su predio por un millon de pesos (1.000.000) la hectarea, en este instante accedid a vender su predio...4, (...) que no hacian presencia los grupos armadosal margen de fa ley...que su
padre no lo amenazaron para que vendiera su predio.(...) 6. En ese momento los vecinos de {a zona todos fueron vendiendo sus predios y las autoridades no hacian presencia. 7 (...) que no se dieron hechos de violencia en la zona que los convenciera a transferir el derecho sobreel predio (...)"3 1.3.10. PARCELA61. Arquia. 4.3.10.1. Reclamante: ISAEL ANTONIO BORJA ORTIZ,identificado con cédula de ciudadania No. 6.879.292, expedida en MonteriaCérdoba. 1.3.10.2. Hechos especificos.
11 FI, 551 vto. C3 12 Folio 68 del cuaderno No.1 delasolicitud 8 Folio 1045 vto cuademoNo.6delasolicitud 3510
SENTENCIA Proceso : De restitucion y formalizacion detierras.
Accionante : Gladys del Socorro Pernett Fernandez - otros.
Opositores : Guillermo Leén Restrepo Rico y Gabriel Jaime Vasquez Guerrero Expediente : 23001-31-21-002-2013-00009-00
ISAEL ANTONIO BORJA ORTIZ,en la declaracion rendida ante la UNIDAD manifesto que: “(...) Una vez se le donoestatierra los donantes de la misma nunca permitieron que trabajaranlatierra quesi ellos querian irse a vivir a esa parcela estas personas tenian que volverse trabajador de la hacienda, manifestando que tiempo después se la arrendaron a la fundacion dondeleentregaban una bonificacion porel arriendo suma de dinero casi de 48.000 mil pesos,
que él nuncavivid en esatierra ya que él viviaen AGUAS NEGRAS. Tiempo después enelafio de 1997-1998, manifiesta que se regolavoz en el pueblo que estaban entregandodinero para que las personas entregaranlastierras, en esa épocaél venia cada dos meses a la fundacién y él hablaba mas era con el Doctor MARCELO SANTOS, manifestando que esa persona era quien negociabalastierras, que en esatierra el grupo que comandan eran las AUTODEFENSAS yy quesi éslas personas querianlatierra nuevamente él no sepodia oponerala decision que ellos estaban tomando(...)'4 1.3.11. PARCELA64. Arquia. 1.3.11.1. Reclamante: JERONIMO MANUEL JIMENEZ PAYAREZ, identificado con cédula de ciudadania No. 6.890.771, expedida en MonteriaCordoba. 1.3.11.2, Hechos especificos. JERONIMO MANUELJIMENEZ PAYAREZ,enladeclaracion rendida ante la UNIDAD manifesto que: ‘Las circunstancias que motivaron el abandono del predio fue porque el abogado de la fundacién FUNPAZCOR el Dr. MARCELO SANTOS meofrecié un mill6n de pesos (1.000.000) por hectarea porque ellos mismos querian quedarse con las tierras, inicialmente me pagaban el arriendo, pagandome mensualmentetreinta y cinco mil pesos ($35.000) por la parcela porque esoestaba Ileno de ganado, por medio de represarias (sic) yo acepté a venderla, me ofrecieron cinco millones de
pesos(5.000.000) por las 5 hectareas donadas —parcela No. 64 de ese dinero me entregaron y me descontaron el valor de las escrituras, me dieron unas laminas de eternit que también fueron descontadas de ese dinero, me entregaron un total de tres millones ochocientos (3.800.000), el Dr. MARCELO mepididla escritura original, se la entregué y el mismo MARCELO era quien hacia los negocios con los parceleros, quien era el abogadodela fundacién.” “La razon masimportante para salir fue pormiedo ya que esastierras eran de los hermanos CASTANOGIL”'5 1.3.12. Parcela 66.-Arquia. 1.3.12.1, Reclamante: ENITH DEL CARMEN RAMOS SUAREZ y FREDY ALFONSO ALARCON LAZA,identificados con cédula de ciudadania No.25.852.595 de Cereté - Cordoba y 78.729.812 de Ciénaga de Oro - Cordoba, respectivamente. 1.3.12.2. Hechos especificos. La solicitante ENITH DEL CARMEN RAMOS SUAREZ,manifesto ante la UNIDAD que DIEGO NEL ALARCON ALARCON(q.e.p.d), para el momento del despojo, era su marido, agregandolosiguiente a sudeclaracion's: % Folio 1015
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