TSDJ BAQ SEJP - 08001221900120210006000-(20-09-2023)
Tribunal Superior de Barranquilla
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Detalles
- Título
- TSDJ BAQ SEJP - 08001221900120210006000-(20-09-2023)
- Autor
- Tribunal Superior de Barranquilla
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2023
Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla Sala Penal de Justicia y Paz
Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia
SIGCMA
Auto No. 677
Asunto: Medida de aseguramiento
Postulados: Salvatore Mancuso Gómez y otros Grupo armado: Bloque Resistencia Tayrona de las AUC Radicado del proceso: 08001-22-19-001-2021-00060-00
REPÚBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL
SALA PENAL DE JUSTICIA Y PAZ
MAGISTRATURA DE CONTROL DE GARANTÍAS Barranquilla, Atlántico Veinte (20) de septiembre de dos mil veintitrés (2023)
AUTO NO. 677
(Acta 061 de 2023)
Radicado 08001221900120210006000
ÍNDICE
I. ASUNTO 2
II. COMPETENCIA 3
III. CONSIDERACIONES 3
1. Problema jurídico 3
2. Tesis de la Sala 3
3. Aspectos generales de la medida de aseguramiento en Justicia y Paz 4 3.1. Norma de referencia 4Página 2 de 92 Auto 677 de 2023
Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona
3. Aspectos generales de la medida de aseguramiento en Justicia y Paz 4 3.1. Norma de referencia 4Página 2 de 92 Auto 677 de 2023
Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia 3.2. Características de la medida de aseguramiento 4 3.3. Requisitos para imponer medida de aseguramiento 6 3.4. Metodología probatoria frente a la inferencia razonable de responsabilidad: Análisis de contexto 7
4. Caso concreto 9 4.1. Aproximación histórica a la estructura
Bloque Resistencia Tayrona 10 4.2. Situación jurídica de los procesados: requisitos de postulación y de imputación 12 4.3. Inferencia razonable de autoría. Estudio aleatorio de hechos para cada postulado 38 4.4. Casos objetados 77 4.5. Síntesis de la decisión 86
IV. DECISIÓN 86
I. ASUNTO
En esta oportunidad la Sala se pronuncia sobre la petición de medida de aseguramiento sustentada por la Fiscal 10 Delegada ante este Tribunal en contra de SALVATORE MANCUSO GÓMEZ y otros 18 postulados1, exintegrantes del BLOQUE RESISTENCIA
medida de aseguramiento sustentada por la Fiscal 10 Delegada ante este Tribunal en contra de SALVATORE MANCUSO GÓMEZ y otros 18 postulados1, exintegrantes del BLOQUE RESISTENCIA
TAYRONA de las AUTODEFENSAS UNIDAS DE COLOMBIA
(AUC).
1 Afranio Manuel Reyes Martínez, Carlos Edwin Montejo Vitola, Daniel Eduardo Giraldo Contreras, Dimas Nicolás Avendaño Jiménez, Eduardo Enrique Vengoechea Mola, Edwar Cortés Niño, Eliseo Beltrán Cadena, Ever Antonio Caicedo Pérez, Fredy Rafael Ospino Valenc ia, Jairo Enrique Sará Sarmiento, José Daniel Mora López, José del Carmen G élvez Albarracín, Libardo Enrique Ramos Rivera, Nodier Giraldo Giraldo, Omar Martín Ochoa Ballesteros, Ricardo Beltrán Luque, Rosendo León Galeano y Walfran Exait Terán Mutis.Página 3 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia Los hechos son los comunicados en las sesiones de audiencia de formulación de imputación celebradas los días 20, 21 y 22 de junio y 4 de julio de 2023 (Acta 0 44), según los patrones de macrocriminalidad de MUERTES VIOLENTAS , DESAPARICIÓN
formulación de imputación celebradas los días 20, 21 y 22 de junio y 4 de julio de 2023 (Acta 0 44), según los patrones de macrocriminalidad de MUERTES VIOLENTAS , DESAPARICIÓN
FORZADA, DEPORTACIÓN – EXPULSIÓN - TRASLADO O
DESPLAZAMIENTO FORZADO DE POBLACIÓN CIVIL ,
VIOLENCIA BASADA EN GÉNERO y RECLUTAMIENTO ILÍCITO.
II. COMPETENCIA
Se obtiene por haberse tramitado en este Tribunal la imputación, referida a crímenes acaecidos en los Departamentos de Magdalena, La Guajira, Bolívar y Atlántico. Esas comprensiones geográficas hacen parte del ámbito atribuido a esta Magistratura a través del Acuerdo PSAA11-8035 del 15 de marzo de 2011.
III. CONSIDERACIONES
1. Problema jurídico
Debe la Sala definir en esta oportunidad si se cumplen las condiciones del artículo 18 de la Ley 975 de 2005, modificado por la Ley 1592 de 2012, para imponer a los diecinueve (19) postulados vinculados a este proceso una nueva medida de aseguramiento por los hechos expuestos en la audiencia de formulación de imputación.
2. Tesis de la salaPágina 4 de 92 Auto 677 de 2023
Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co
Rad: 0800122190012021006000
Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia
Para los procesados FREDY RAFAEL OSPINO VALENCIA y ROSENDO LEÓN GALEANO no se satisfacen los requisitos de la norma en comento, por ello no se les impondrá medida de aseguramiento.
Frente a los demás se satisfacen las exigencias legales . Serán amparados con medida de aseguramiento; sin embargo, ello no ocurrirá por la totalidad de los hechos.
3. Aspectos generales de la medida de aseguramiento en Justicia y Paz
3.1. Norma de referencia
Ley de Justicia y Paz (975 de 2005):
Artículo 18. Modificado por la Ley 1592 de 2012 , artículo 18. Formulación de imputación. El fiscal delegado para el caso solicitará a magistrado que ejerza las funciones de control de garantías la programación de un audiencia preliminar para formu lación de imputación, cuando de los elementos materiales probatorios, evidencia física, información legalmente obtenida, o de la versión libre pueda inferirse razonablemente que el desmovilizado es autor o partícipe de uno o varios delitos que se investiga n dentro del patrón de macrocriminalidad en el accionar del grupo armado organizado al margen de la ley que se pretenda esclarecer.
En esta audiencia, el fiscal hará la imputación fáctica de los
uno o varios delitos que se investiga n dentro del patrón de macrocriminalidad en el accionar del grupo armado organizado al margen de la ley que se pretenda esclarecer.
En esta audiencia, el fiscal hará la imputación fáctica de los cargos investigados y solicitará al magistrado disponer la detención preventiva del imputado en el centro de reclusión que corresponda, según lo dispuesto en la presente ley (…)
3.2. Características de la medidaPágina 5 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia de aseguramiento
La Sala ratifica en esta ocasión los argumentos ampliamente expuestos en el Auto 402 del 8 de junio de 2023, cuando impuso medida de aseguramiento a SALVATORE MANCUSO GÓMEZ y otros postulados por hechos del Bloque Córdoba, Frente Mojana y de Casa Castaño, grupos que en una época integraron una “federación” llamada AUTODEFENSAS UNIDAS DE COLOMBIA (AUC), en lo que respecta a las características de la medida de aseguramiento en Justicia y Paz y a la flexibilización probatoria a partir de un análisis de contexto.
Empero, es preciso recalcar que la medida de aseguramiento:
1. Es una anticipación de la pena alternativa (artículos 3, 29 y
a partir de un análisis de contexto.
Empero, es preciso recalcar que la medida de aseguramiento:
1. Es una anticipación de la pena alternativa (artículos 3, 29 y 66 de la Ley 975 de 2005 y CSJ 34606 de 2010, 44035 de 2014, 48714 de 2016, 52938 de 2018, 56755 de 2020 y 59628 de 2023).
2. No es preventiva pues no hay riesgos para el proceso judicial, las pruebas, la comunidad o las víctimas, porque el postulado está presente y tiene la obligación de colaborar al máximo, cesar cualquier hostilidad y entregar a los menores combatientes, a los secuestrados y las armas, so pena de ser excluido.
3. Es obligatoria para que las víctimas reciban un mensaje de no impunidad y los postulados sean protegidos ante posibles reacciones vindicativas.Página 6 de 92 Auto 677 de 2023
Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia
4.Hay un alejamiento del esquema retributivo y un marcado acercamiento a una idea de justicia restaurativa.
5.En Justicia y Paz no opera la revocatoria de la medida de aseguramiento ni la libertad por vencimiento de términos (CSJ 38105 de 2012) , pero sí una sustitución
acercamiento a una idea de justicia restaurativa.
5.En Justicia y Paz no opera la revocatoria de la medida de aseguramiento ni la libertad por vencimiento de términos (CSJ 38105 de 2012) , pero sí una sustitución especial que regula el artículo 18A de la Ley de Justicia y Paz, siempre y cuando se materialice, entre otras exigencias, una privación efectiva de la libertad por un periodo de 8 años con vigilancia del INPEC (CC C-015/14).
3.3. Requisitos para imponer medida de aseguramiento
1. Existencia de postulación al proceso de Justicia y Paz. (CSJ
27484/07)
2. Que haya sucedido una imputación formal a partir de la metodología de patrones de macrocriminalidad, es decir, sin detallar hecho por hecho, y sin presentar los crímenes como circunstancias individuales o aisladas (Decreto 1069 de 2015
(art. 2.2.5.1.2.2.9.) 2.
3. Deben obrar elementos materiales probatorios o versión libre que permitan inferir razonablemente que el
2 Aclárese que esta metodología en ningún momento autoriza la reducción o supresión de las víctimas, o de los crímenes, porque ello desconocería por completo los principios de verdad y justicia (Auto 089 de 2019).Página 7 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico
Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia desmovilizado es autor o partícipe de uno o varios delitos que se investigan dentro del patrón de macrocriminalidad en el accionar del grupo armado organizado al margen de la ley que se pretenda esclarecer (AP1046-2023 del 19 de abril de 2023, rad. 59628, donde se reiteraron las decisiones AP del 26 de mayo de 2011, rad. 36163; y AP5920-2021 de 9 de diciembre de 2021, rad. 58457).
3.4. Metodología probatoria frente a la inferencia razonable de responsabilidad: Análisis de contexto
Debe operar una flexibilidad probatoria que lleve al juzgador a ejercicios mentales o de inferencia diferentes a los que cotidianamente se aplican en los procesos judiciales ordinarios, que permitan llegar a conclusiones en un caso, a partir de patrones o conductas sistemáticas o repetitivas oc urridas en otros. No hay, pues, un juicio individual, sino una valoración global o de sistema.
Esta flexibilización probatoria para casos difíciles es lo que se ha denominado: análisis de contexto.
Los profesores MÓNICA BUSTAMANTE RÚA y LUIS EDUARDO
TORO GARZÓN, sobre el tema precisaron:
El contexto es la materialización del indicio, pues se constituye de
denominado: análisis de contexto.
Los profesores MÓNICA BUSTAMANTE RÚA y LUIS EDUARDO
TORO GARZÓN, sobre el tema precisaron:
El contexto es la materialización del indicio, pues se constituye de hechos que no son los de directa violación, sino que rodean la violación y están íntimamente relacionados con ella en cuanto la provocan o la posibilitan. En este punto, el contexto comparte la naturaleza del indicio en la medida que se constituye en prueba indirecta y no goza por loPágina 8 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia tanto de la observación directa del juez, pero que no por ello debe ser excluido dada la importancia de los elementos de juicio que aporta a las condiciones que rodean los hechos objeto del debate probatorio (Toro, & Bustamante, 2019, p. 7).3
Por otro lado, como se dijera en otro documento académico.
… parece que el contexto es útil como método de investigación y como herramienta de valoración porque involucra a profesionales de múltiples disciplinas (historiadores, matemáticos, estadísticos, antropólogos, geógrafos, entre otros), pero no enfocados a la elaboración de un producto o documento final, sino a la recolección de solventes datos (método de investigación) que permitan en un eventual
antropólogos, geógrafos, entre otros), pero no enfocados a la elaboración de un producto o documento final, sino a la recolección de solventes datos (método de investigación) que permitan en un eventual proceso judicial otorgar al juzgador información ordenada, solvente y amplia sobre múltiples circunstancias que pueden orientar la resolución de un conflicto, en especial si se trata de masivas violaciones de derechos humanos, para develar a través de patrones o conductas sistemáticas hechos que con los medios probatorios ordinarios no podrían reconstruirse (método de valoración)4.
La Sala de Casación Civil de la H. Corte Suprema de Justicia ha entendido la temática de la que se viene hablando como la articulación de un test de sistematicidad (STC7641 del 22 de septiembre de 2020).
Epílogo:
3 Toro, L., Bustamante, M. (2019). La investigación y la prueba de contexto como elementos de política criminal para la persecución del crimen organizado. Bogotá, Colombia. Revista Criminalidad. 62 (1), 101 – 115. https://www.policia.gov.co/revista/revista-criminalidad-volumen-62-no-1
4 Pérez, C. (2021). El análisis de contexto en la decisión judicial transicional: el forcejeo entre la verdad y la paz. Revista Temas Procesales, (25), 26 -47. https://www.procesalyjusticia.org/_files/ugd/0e0037_44dc46c23455474886d05be88434d d33.pdfPágina 9 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000
d33.pdfPágina 9 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia
La Magistratura de Control de Garantías tiene un compromiso con la reconstrucción de la verdad, y su función dista de la del Juez de Control de Garantías en el proceso penal ordinario, aspecto que hasta le permite apartarse de la adecuación jurídica que hace la Fiscalía, por ser la decisión de medida de aseguramiento un acto jurisdiccional y no de parte (CSJ 36163 de 2011 y 33039 de 2019)5.
4. Caso concreto
A continuación, se hará una semblanza de la estructura armada organizada referida en este proceso.
Seguidamente, se analizará la situación actual de cada uno de los 19 procesados. De manera esquemática y separada se destacarán la fecha de postulación, los detalles de la imputación y la inferencia razonable de responsabilidad a partir de algunos casos seleccionados aleatoriamente por el Tribunal o sobre el único cargo imputado . Para ell o se aplicarán las reglas de inferencia bajo análisis de contexto.
Finalmente, se abordará n tres casos que fueron objetados por dos postulados.
5 “Como se evidencia el magistrado de control de garantías no está facultado para discutir el nomen
inferencia bajo análisis de contexto.
Finalmente, se abordará n tres casos que fueron objetados por dos postulados.
5 “Como se evidencia el magistrado de control de garantías no está facultado para discutir el nomen iuris que la fiscalía ha dado a los hechos por los cuales se realiza la formulación de imputación. Situación distinta se predica de la solicitud de medida de aseguramiento en donde el magistrado competente, en aplicaci ón del artículo 308 del Código de Procedimiento Penal, debe verificar los elementos materiales probatorios y evidencia física de donde se infiere que el imputado puede ser autor o partícipe de una conducta punible, y de manera adicional comprobar la correcta tipificación”.Página 10 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia
4.1. Aproximación histórica a la estructura Bloque Resistencia Tayrona
Con relación a su creación, evolución y área de injerencia, la Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal de Barranquilla hizo la siguiente reconstrucción6:
El naciente Bloque, mal llamado “Resistencia Tayrona” operó en las zonas comprendidas entre el Rio (sic) Palomino en el municipio de Dibulla en el departamento de la Guajira, hasta el sector conocido como puente
El naciente Bloque, mal llamado “Resistencia Tayrona” operó en las zonas comprendidas entre el Rio (sic) Palomino en el municipio de Dibulla en el departamento de la Guajira, hasta el sector conocido como puente Córdoba en la troncal del Caribe; entre El Rodadero y Ciénaga; el sector de los corregimientos de San Pedro de la Sierra y Siberia con sus respectivas veredas y todas las veredas de la parte media y alta de la sierra nevada de Santa Marta, correspondientes a los corregimientos de Minca, Bonda y Guachaca, hasta su desmovilización colectiva ocurrida el 3 de febrero del 2006.
No obstante lo anterior, s i partimos de los orígenes del grupo armado ilegal tenemos que desde su origen, aproximadamente en el año 1976, operó en la vereda de Quebrada del Sol, extendiendo su control a las veredas de Machete Pelao, El Mamey, El Encanto, El Diablo, Casa e Tabla, La Aguacatera, La Y, Río de Piedra, El Boquerón, Cañaveral, Mendihuaca, San Tropel, Los Cocos, La Revuelta, El Trompo, El Trompito, El Orinoco, Buritaca, Perico Aguao, Brisas del Caribe, Don Diego, Los Linderos y Marquetalia, los Achotes, Honduras, todas, del Corregimiento de Guachaca, Municipio de Santa Marta.
Luego de la unión, con LOS CHAMIZOS, para los años 80, el Grupo extendió su accionar hasta la ciudad de Santa Marta y sus corregimientos y veredas cercanas como Gaira, EL Rodadero y Taganga.
Para el año de 1985 hizo presencia en los corregimientos de Bonda con
extendió su accionar hasta la ciudad de Santa Marta y sus corregimientos y veredas cercanas como Gaira, EL Rodadero y Taganga.
Para el año de 1985 hizo presencia en los corregimientos de Bonda con sus veredas como Masinga, El Curval, Girocasaca, Vira y Las Tinajas; también en el corregimiento de Minca y sus veredas, Nuevo Horizonte, El Campano, La Tagua, Los Moros, Cerro Kennedy y San Lorenzo. En el año de 1987 incursión en la Guajira haciendo presencia en Dibulla y los
6 Sentencia del 18 de diciembre de 2018. MP. José Haxel de la Pava Marulanda. Rad. 2013-80003.Página 11 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia corregimientos de Palomino, Mingueo y Río Ancho; en las veredas de San Salvador, Río Negro, Campano Viejo, Campana Nueva, La punta de los Remedios, Casa Japón, Casa Aluminio, El Mamey, Las Flores, Pénjamo y Puente Bomba.
Luego de la fusión con el Bloque norte, en el mes de marzo del año 2002, ya como Frente, mal llamado “Resistencia Tayrona”, perdió su dominio
y Puente Bomba.
Luego de la fusión con el Bloque norte, en el mes de marzo del año 2002, ya como Frente, mal llamado “Resistencia Tayrona”, perdió su dominio sobre la Guajira, debido a que en esta región se creó el Frente, también, mal llamado, “Resistencia Contra Insurgencia Wayuu” (sic); sin embargo, extendió su campo de acción en la Sierra Nevada de Santa Marta, llegando a los corregimientos de Ciénaga, como son San Pedro de La Sierra y Siberia y las veredas de El Mico, San Javier, Palmichal, Guáimaro, Parranda Seca, Lourdes, La Unión, La Secreta, la Zeta.
(…)
Para el año 2005 se independizaron del Bloque Norte de las AUC, con miras a la desmovilización asumiendo como Bloque, mal llamado “Resistencia Tayrona”, con la misma organización, organigrama, y dirigido por Hernán Giraldo Serna como comandante general y los mismos postulados en sus correspondientes rangos, sin la presencia de Adán Rojas Mendoza, quien pasó como hombre de confianza de operaciones especiales del Bloque Norte, para luego desmovilizarse con ese grupo y no con el mal llamado Bloque Resistencia Tayrona, siendo que para la época no figuraba en el organigrama.
De otro lado , con relación al proyecto de unificación con las AUTODEFENSAS UNIDAS DE COLOMBIA, este mismo Tribunal brindó el siguiente contexto sobre tal fusión7:
El grupo de Hern án Giraldo Serna, dej ó de ser un grupo de Autodefensas netamente campesinas, y pas ó a tener un grupo entrenado militarmente y con poder para atacar a los grupos subversivos
El grupo de Hern án Giraldo Serna, dej ó de ser un grupo de Autodefensas netamente campesinas, y pas ó a tener un grupo entrenado militarmente y con poder para atacar a los grupos subversivos que todavía se movían por la Sierra Nevada, para lo cual en asocio de Gaudencio Uriel Mora o El Sargento, miembros del Comando del Ejército Nacional del Batallón Córdoba, con sede en Santa Marta, y miembros del naciente Frente Zona Bananera le dieron a las ACMG, una estructura militar.
7 Sentencia del 29 de agosto de 2017. MP. José Haxel de la Pava Marulanda. Rad. 2014-81105.Página 12 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia
No obstante la incorporación del grupo de Hernán Giraldo a las AUC, éste se mantuvo al margen del proyecto de unificaci ón de las autodefensas a nivel nacional, liderado por Carlos Castańo Gil al frente de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá –ACCU-, bajó el rotulo de Coordinadora Nacional de Autodefensas, situaci ón que aunada a conflictos surgidos entre Jairo Musso Torres, a. “Pacho
de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá –ACCU-, bajó el rotulo de Coordinadora Nacional de Autodefensas, situaci ón que aunada a conflictos surgidos entre Jairo Musso Torres, a. “Pacho Musso”, segundo al mando de Hernán Giraldo, y la casa Castańo por el control de las rutas de narcotr áfico, dio lugar a un enfrentamiento armado entre la denominada “Casa Castańo”, con el apoyo del grupo armado ilegal conocido como “Los Rojas ” y el grupo al mando de Hernán Giraldo, esto es las ACMG.
El referido en frentamiento armado produjo el debilitamiento de las ACMG, razón por la cual el 24 de febrero de 2002, en reunión celebrada en la vereda Los Cocos, el Comandante paramilitar Rodrigo Tovar Pupo, a. “Jorge 40”, ordenó la fusión de las ACMG con el Bloque Norte de las AUC, y fue así como el grupo bajo el mando de Hernán Giraldo pasó a ser el Frente Resistencia Tayrona de las AUC, quedando Giraldo Serna como su Comandante Político y Edgar Ariel Córdoba Trujillo como su Comandante Militar
4.2. Situación jurídica de los procesados: Requisitos de postulación y de imputación
Procesado No. 1 Nombre/ alias Afranio Manuel Reyes Martínez (a. “8.1 y 70 Saavedra”). Cédula de ciudadanía 10.903.339 de Valencia (Córdoba) Código en Justicia y Paz 11-001-60-00253-2010-84370 Fecha de desmovilización 3 de febrero de 2006
Saavedra”). Cédula de ciudadanía 10.903.339 de Valencia (Córdoba) Código en Justicia y Paz 11-001-60-00253-2010-84370 Fecha de desmovilización 3 de febrero de 2006 Fecha de postulación 7 de octubre de 2010 Situación jurídica Privado de la libertad en la Cárcel de Santa Marta Casos imputados en este proceso (número de víctimas por patrón)
Patrón o delitos Número de víctimas Muertes violentas 1 Desplazamiento forzado 13 Otros delitos 5 Total víctimas 19Página 13 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia Medidas de aseguramiento anteriores Sala de Justicia y Paz Tribunal Superior de Barranquilla de fecha 20 de febrero de 2019 (Acta 025).
Sala de Justicia y Paz Tribunal Superior de Bogotá de fecha 27 de julio de 202 2 (Acta 006) Sustituciones de medida de aseguramiento Sala de Justicia y Paz Tribunal Superior de Barranquilla de fecha 21 de febrero de 2019 (Acta 028)
Nota: El 15 de diciembre de 20 22 (Acta 133) se le revocó la sustitución concedida
Sala de Justicia y Paz Tribunal Superior de Barranquilla de fecha 21 de febrero de 2019 (Acta 028)
Nota: El 15 de diciembre de 20 22 (Acta 133) se le revocó la sustitución concedida el 20-2-2019.
Igualmente, dejó sin efectos el concepto favorable emitido por esta Sala el 14 de enero de 2019 para la suspensión de 2 sentencias impuestas en la justicia ordinaria – permanente. Suspensiones condicionales de la ejecución de la pena Sala de Justicia y Paz Tribunal Superior de Barranquilla de fecha 14 de enero de 2019 (Acta 002) -decisión dejada sin efectos-. Sentencias en Justicia y Paz Sala de Justicia y Paz Tribunal Superior de Barranquilla de fecha 18 de diciembre de 2018. Informe ARN Registro de asistencias al proceso de Reintegración
Fecha ingreso: 14.05.2019
Fecha de corte: 13.06.2023
Nota: se encuentra suspendido por causal sobreviniente (detención intramural desde el 8-52022).
Fecha Asistencias Año 2019 21 Año 2020 16 Año 2021 21 Año 2022 4
TOTAL 52
Actividad económica: No registra
Presentaciones personales ante la Sala Fecha Presentaciones Año 2019 4 Año 2020 2Página 14 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000
Año 2019 4 Año 2020 2Página 14 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia Total 6
Procesado No. 2 Nombre/ alias Carlos Edwin Montejo Vitola (a. “Esteban, El Turco o Noventa”) Cédula de ciudadanía 91.440.933 de Barrancabermeja (Santander) Código en Justicia y Paz 11001-60-00253-2006-81688 Fecha de postulación 3 de febrero de 2006 Fecha de desmovilización 15 de agosto de 2006 Situación jurídica Libertad Casos imputados en este proceso (número de víctimas por patrón)
Patrón o delito Número de víctimas Desaparición forzada 1 Desplazamiento forzado 9 Otros delitos 4 Total víctimas 14
Medidas de aseguramiento anteriores Sala de Justicia y Paz Tribunal Superior de Barranquilla de fechas 13 de agosto de 2012 (Acta 034), 6 de junio de 2013 (Acta 029), 20 de febrero de 2019 (Acta 025) y 27 de septiembre de 2022 (Acta 104).
Sala de Justici a y Paz Tribunal Superior de
(Acta 034), 6 de junio de 2013 (Acta 029), 20 de febrero de 2019 (Acta 025) y 27 de septiembre de 2022 (Acta 104).
Sala de Justici a y Paz Tribunal Superior de Bogotá de fecha 27 de julio de 2022 (Acta 006) Sustituciones de medida de aseguramiento Sala de Justicia y Paz Tribunal Superior de Barranquilla de fechas 25 de julio de 2017 (Acta 152), 21 de febrero de 2019 (Acta 028) y 27 de septiembre de 2022 (Acta 104).
Sala de Justicia y Paz Tribunal Superior de Bogotá de fecha 27 de julio de 2022 (Acta 006) Suspensiones condicionales de la ejecución de la pena N.A. Sentencias en Justicia y Paz N.A. Informe ARN Registro de asistencias al proceso de Reintegración
Fecha ingreso: 25.01.2018
Fecha de corte: 31.07.2023
Fecha Asistencias Año 2018 25 Año 2019 18 Año 2020 19Página 15 de 92 Auto 677 de 2023 Medida de aseguramiento Bloque Resistencia Tayrona Rad: 0800122190012021006000 Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico Telefax: 3885005 Ext 1046. www.ramajudicial.gov.co des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia Año 2021 22 Año 2022 16
des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia Año 2021 22 Año 2022 16 Año 2023 7
TOTAL 107
Actividad económica: No registra.
Presentaciones personales ante la Sala Fecha Presentaciones Año 2022 1 Año 2023 1 Total 2
Procesado No. 3 Nombre/ alias Daniel Eduardo Giraldo Contreras (a. “15, El Grillo o Comandante Medina”). Cédula de ciudadanía 84.455.895 de Santa Marta (Magdalena) Código en Justicia y Paz 11001-60-00253-2006-81440 Fecha de desmovilización 3 de febrero de 2006 Fecha de postulación 15 de agosto de 2006 Situación jurídica Privado de la libertad en la Cárcel Modelo de Barranquilla Casos imputados en este proceso (número de víctimas por patrón)
Patrón o delito Número de víctimas Desplazamiento forzado 4 Otros 3 Total víctimas 7
Medidas de aseguramiento anteriores Sala de Justicia y Paz Tribunal Superior de Barranqu
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