TSDJ BAQ SEJP - Acta 002 de 2026
Tribunal Superior de Barranquilla
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Detalles
- Título
- TSDJ BAQ SEJP - Acta 002 de 2026
- Autor
- Tribunal Superior de Barranquilla
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2026
Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla Sala Penal de Justicia y Paz
Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz
SIGCMA
REPÚBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
BARRANQUILLA
SALA PENAL DE JUSTICIA Y PAZ
MAGISTRATURA DE CONTROL DE GARANTÍAS
Acta No. 002 - 2026 Fecha 19 de enero de 2026 Radicado de la Sala 080012219000-2024-00098-00 Tipo de audiencia Formulación de imputación Postulados y códigos en J. y P.
1. Dairo Antonio Castaño González 11001-60-00253-2011-84573
2. Edwin Manuel Tirado Morales 11001-60-00253-2008-83154
3. Jairo Alberto Echavarría Saldarriaga 11001-60-00253-2008-83250
4. Jesús Ignacio Roldán Pérez 11001-60-00253-2006-82611
5. Jorge Humberto Victoria Oliveros 11001-60-00253-2006-80588
6. José Heriberto Navarro Martínez 11001-60-00253-2008-83575
7. Manuel Antonio Castellanos Morales 11001-60-00253-2008-83383
6. José Heriberto Navarro Martínez 11001-60-00253-2008-83575
7. Manuel Antonio Castellanos Morales 11001-60-00253-2008-83383
8. Manuel de Jesús Contreras Baldovino 11001-60-00253-2010-84114
9. Salvatore Mancuso Gómez 11001-60-00253-2006-80008
10. Sergio Manuel Córdoba Ávila 11001-60-00253-2008-83370
11. Teófilo Hurtado Pérez 11001-60-00253-2010-84305
Defensa
Confianza: Doctores Beatriz Eliana Quintero Benítez y Brenda Esperanza
Acosta.
Público: Doctor Jorge Luis Ruiz Cobas.
Fiscalía Doctores: Eduardo Manuel Buelvas Torres —Fiscal 11 de la Dirección de Justicia Transicional— y Brenda Patricia Reyes Gutiérrez —Fiscal de Apoyo al Delegado 11 de la DNJT—.
Grupos armados Bloque Córdoba y Frente la Mojana de las AUC.Página 2 de 16 Acta 002 de 2026
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Defensoría del Pueblo: Doctores Martha Fanny Padilla Rodríguez,
Francisco Valerio Cuentas Viloria, Lourdes María Peña Barros, Katya
Representantes de Víctimas1
Defensoría del Pueblo: Doctores Martha Fanny Padilla Rodríguez,
Francisco Valerio Cuentas Viloria, Lourdes María Peña Barros, Katya Margarita Cure Roca, Derlys Maybritt Castro y Ana Morales Valega.
Inicio 19 de enero de 2026 a las 9:27 a. m. Finalización parcial 19 de enero de 2026 a las 2:18 p. m. Enlace a los registros de la audiencia Consulte aquí
ÍNDICE
Nota: Este índice cuenta con hipervínculos.
A. FRENTE LA MOJANA (tabla naranja):
Tema Página COMUNICACIÓN DE HECHOS A MANUEL DE JESÚS CONTRERAS BALDOVINO Patrón de desplazamiento forzado 5 COMUNICACIÓN DE HECHOS A JAIRO ALBERTO ECHAVARRÍA SALDARRIAGA Patrón de desplazamiento forzado 7 COMUNICACIÓN DE HECHOS A JOSÉ HERIBERTO NAVARRO MARTÍNEZ Patrón de desplazamiento forzado 11 Otros delitos 12
B. BLOQUE CÓRDOBA (tabla verde):
Tema Página
COMUNICACIÓN DE HECHOS A JESÚS IGNACIO ROLDÁN PÉREZ
1 Contrario a lo que ocurre con la Fiscalía, la Defensa y la Procuraduría, cuya presencia es permanente, si bien el nombre de los abogados de víctimas se incluye en esta carátula, no todos participan simultáneamente en cada sesión, ni asisten al cien por ciento de la diligencia. Para conocer exactamente sus tiempos, deben verificarse en esta acta los horarios individuales de conexión
participan simultáneamente en cada sesión, ni asisten al cien por ciento de la diligencia. Para conocer exactamente sus tiempos, deben verificarse en esta acta los horarios individuales de conexión y de desconexión.Página 3 de 16 Acta 002 de 2026
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NOTA: De conformidad con lo previsto en el parágrafo 4 del artículo 1 de la Ley 2213 de 2022, la presente audiencia se realiza en la modalidad remota a través de la plataforma digital MICROSOFT TEAMS.
19 de enero de 2026: sesión de la mañana2
Siendo las 9:27 a. m., se verifica la asistencia de los sujetos procesales. Comparecieron los doctores EDUARDO MANUEL BUELVAS TORRES —Fiscal 11 de la Dirección Nacional de Justicia Transicional—, BRENDA PATRICIA REYES GUTIÉRREZ —Fiscal de Apoyo al Delegado 11 de la DNJT—, BRENDA ESPERANZA ACOSTA — Defensora suplente de JESÚS IGNACIO ROLDÁN PÉRZ —, JORGE LUIS RUIZ COBAS —Defensor Público—, BORYS GUTIÉRREZ STAND — Procurador 43 Judicial II Penal —, MARTHA FANNY PADILLA
RODRÍGUEZ, FRANCISCO VALERIO CUENTAS VILORIA,
RUIZ COBAS —Defensor Público—, BORYS GUTIÉRREZ STAND — Procurador 43 Judicial II Penal —, MARTHA FANNY PADILLA
RODRÍGUEZ, FRANCISCO VALERIO CUENTAS VILORIA,
LOURDES MARÍA PEÑA BARROS, KATYA MARGARITA CURE ROCA, DERLYS MAYBRITT CASTRO CERVERA y ANA MORALES VALEGA —Representantes de Víctimas de la Defensoría del Pueblo —, así como los siguientes postulados:
1. Jairo Alberto Echavarría Saldarriaga 2. Manuel de Jesús Contreras Baldovino
3. Jesús Ignacio Roldán Pérez3
Además, el señor Magistrado, el Técnico de Sistemas de la Sala y el Oficial Mayor del Despacho de Control de Garantías
2 El Ingeniero de la Sala deja constancia de que el postulado José Heriberto Navarro Martínez no se encuentra presente al inicio de la diligencia, debido a que en el lugar donde reside no hay fluido eléctrico, por lo que se conectará en el transcurso de la vista pública.
3 Desde la cárcel Modelo de Barranquilla.Página 4 de 16 Acta 002 de 2026
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I. Asuntos iniciales
https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz concurren desde la sede física del Tribunal; todos conectados a través de la plataforma digital.
I. Asuntos iniciales
La Magistratura —mediante Auto 020— reconoce personería jurídica a la doctora BRENDA ESPERANZA ACOSTA , en calidad de Defensora suplente del postulado JESÚS IGNACIO ROLDÁN PÉREZ.
II. Imputación
1. MANUEL DE JESÚS CONTRERAS BALDOVINO
1.1. Identificación
El Ente Acusador expone la hoja de vida del postulado
MANUEL DE JESÚS CONTRERAS BALDOVINO:
Nombre Alias Causa Cédula Fecha de nacimiento Militancia Desmovilización Postulación Zona de injerencia Manuel de Jesús Contreras Baldovino “Peluca” 110016000253201084114 8.374.988 de Nechí (Antioquia) 10 de mayo de 1976 en Nechí (Antioquia) Desde enero de 1997 hasta su desmovilización (Privado de la libertad en junio o julio de 2001 hasta noviembre o diciembre de 2002) 14 de julio de 2005 15 de diciembre de 2009 Bolívar y Sucre
Sin observaciones.
1.2. ImputaciónPágina 5 de 16 Acta 002 de 2026
14 de julio de 2005 15 de diciembre de 2009 Bolívar y Sucre
Sin observaciones.
1.2. ImputaciónPágina 5 de 16 Acta 002 de 2026
Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz El Ente Acusador imputa los siguientes delitos vinculados al Frente la Mojana:
FRENTE LA MOJANA
Patrón de desplazamiento forzado
NOTA: El señor Fiscal aclara que el postulado responde en calidad de coautor.
No. Sala No. FGN No. Carpeta FGN Víctima Directa Día Mes Año Departamento Municipio Delito 1. 11 452587 Iván Escobar Macia 28 06 1998 Bolívar Montecristo Desplazamiento forzado 2. 53 114677 Aireldeis María Caldera Urieta, Ana Rosa Mejía Mauris, Darinel José Caldera Urieta, Delfina Rodelo Guerrero, Edilma del Carmen Campo Jaramillo, Edilsa María Agamez Zabaleta, Erneth Caldera Rodríguez Fidel Ruiz Caldera, Francisco Javier Jaramillo Vargas, Gregoria Isabel Romero González, Héctor Julio González Rodelo, Jhonys Jimenez García, Julio Manuel
Zabaleta, Erneth Caldera Rodríguez Fidel Ruiz Caldera, Francisco Javier Jaramillo Vargas, Gregoria Isabel Romero González, Héctor Julio González Rodelo, Jhonys Jimenez García, Julio Manuel Quintana Reyes, Liliana Leguia Zabala, Luis Julio González Rodelo, María del Socorro Dávila Muñeton, María Valentina Suarez Baena, Rosiris del Carmen Castro Flórez, Tulio Gilberto Rodelo Polanco, Yalsiris Enith Meza Caldera, Yanet del Carmen Gómez Salas y Lourdes Ospino Romero 27 06 1998 Bolívar Montecristo Desplazamiento forzado Nota: Los hechos se comunican con la s circunstancias de mayor punibilidad prevista s en los numerales 5 y 10 del artículo 58 del CP.
Sin observaciones, el postulado afirma que ambos casos son producto de una incursión de las autodefensas en Montecristo, Bolívar.
(9:57 a. m.) Previo traslado a los sujetos procesales, — mediante Auto 021— se declara legalmente formulada la imputación al postulado MANUEL DE JESÚS CONTRERASPágina 6 de 16 Acta 002 de 2026
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Barranquilla – Atlántico. Colombia https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz BALDOVINO por los casos que integran el patrón de desplazamiento forzado.
Luego, el Ente Acusador le retira el hecho 6 —carpeta FGN 628330, otros delitos—.
2. JAIRO ALBERTO ECHAVARRÍA SALDARRIAGA
2.1. Identificación
El señor Fiscal presenta la hoja de vida del postulado JAIRO
ALBERTO ECHAVARRÍA SALDARRIAGA:
Nombre Alias Causa Cédula Fecha de nacimiento Militancia Desmovilización Postulación Zona de injerencia Jairo Alberto Echavarría Saldarriaga “Ismael, canoso o costeño” 11001-6000253200883250 98.615.605 30 de agosto de 1974 en Caucasia (Antioquia) Desde junio de 1996 hasta su desmovilización (Desvinculado de las AUC 17 de julio de 2000 – 31 de julio 2004) 2 de febrero de 2005 28 de enero de 2008 Bolívar, Sucre y Antioquia
Sin observaciones.
2.2. Imputación
Seguidamente, el Delegado Fiscal le imputa los siguientes casos:
FRENTE LA MOJANA
Patrón de desplazamiento forzado
NOTA: El señor Fiscal aclara que el postulado responde en
Seguidamente, el Delegado Fiscal le imputa los siguientes casos:
FRENTE LA MOJANA
Patrón de desplazamiento forzado
NOTA: El señor Fiscal aclara que el postulado responde en calidad de coautor.Página 7 de 16 Acta 002 de 2026
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No. Sala No. FGN No. Carpeta FGN Víctima Directa Día Mes Año Departamento Municipio Delito 1. 1 341398 Donaldo Mendoza Cárcamo 12 09 1998 Sucre Majagual Desplazamiento forzado 2. 53 114677 Aireldeis María Caldera Urieta, Ana Rosa Mejía Mauris, Darinel José Caldera Urieta, Delfina Rodelo Guerrero, Edilma del Carmen Campo Jaramillo, Edilsa María Agamez Zabaleta, Erneth Caldera Rodríguez Fidel Ruiz Caldera, Francisco Javier Jaramillo Vargas, Gregoria Isabel Romero González, Héctor Julio González Rodelo, Jhonys Jimenez García, Julio Manuel Quintana Reyes, Liliana Leguia Zabala, Luis Julio González Rodelo, María del Socorro Dávila Muñeton, María Valentina Suarez Baena, Rosiris del
García, Julio Manuel Quintana Reyes, Liliana Leguia Zabala, Luis Julio González Rodelo, María del Socorro Dávila Muñeton, María Valentina Suarez Baena, Rosiris del Carmen Castro Flórez, Tulio Gilberto Rodelo Polanco, Yalsiris Enith Meza Caldera, Yanet del Carmen Gómez Salas y Lourdes Ospino Romero 27 06 1998 Bolívar Montecristo Desplazamiento forzado Nota: Los hechos se comunican con la s circunstancias de mayor punibilidad prevista s en los numerales 5 y 10 del artículo 58 del CP.
Sin observaciones.
(10:17 a. m.) Previo traslado a los sujetos procesales, — mediante Auto 022— se declara legalmente formulada la imputación al postulado JAIRO ALBERTO ECHAVARRÍA SALDARRIAGA por los casos que integran el patrón de desplazamiento forzado.
A su vez, el Delegado Fiscal retira el hecho 6 —carpeta FGN 628330, otros delitos— a este procesado.
3. JESÚS IGNACIO ROLDÁN PÉREZ
Ante la ausencia de JESÚS IGNACIO ROLDÁN PÉREZ por dificultades médicas en sesión pretérita, el Ente Acusador presenta las estructuras armadas: Bloque Córdoba y FrentePágina 8 de 16 Acta 002 de 2026
Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co
Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz Mojana de las AUC , así como los patrones de macrocriminalidad.
Acto seguido, expone su hoja de vida:
Nombre Alias Causa Cédula Fecha de nacimiento Militancia Desmovilización Postulación Zona de injerencia Jesús Ignacio Roldán Pérez “Monolec he, diecioch o, cagalech e o leche” 110016000253200682611 8.011.963 de Amalfi (Antioquia) 6 de junio de 1968 en Guadalupe (Antioquia) Desde el primer semestre de 1988 hasta su desmovilización 18 de diciembre de 2004 15 de agosto de 2006 Córdoba y Antioquia
El postulado manifiesta su desacuerdo con que, por haber sido considerado hombre de confianza de VICENTE y CARLOS CASTAÑO GIL para la época, se le atribuyan hechos respecto de los cuales no impartió órdenes ni estuvo presente. Sostiene que, entre 1988 y 1994, dentro del grupo de “los Tangueros”, el segundo al mando de los hermanos CASTAÑO GIL fue alias “Capitán Victoria” , quien posteriormente fungió como comandante de bloque en los Llanos Orientales.
entre 1988 y 1994, dentro del grupo de “los Tangueros”, el segundo al mando de los hermanos CASTAÑO GIL fue alias “Capitán Victoria” , quien posteriormente fungió como comandante de bloque en los Llanos Orientales.
Agrega que no fue comandante de tropa s, ni patrulló con unidades bajo su mando. A su vez, refiere que en 1989 sufrió impactos de bala en la pierna izquierda, motivo por el cual permaneció fuera de actividad armada hasta finales de 1992. Indica que en 1993 y 1994 se dedicó a administrar fincas d e los hermanos CASTAÑO, y que, tras la muerte de FIDEL CASTAÑO, fue asignado como jefe de seguridad de los mismos. Finalmente, afirma que nunca operó dentro de un bloque, sino que solo prestó servicios directos a los hermanos CASTAÑO.
3.1. ImputaciónPágina 9 de 16 Acta 002 de 2026
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Bloque Córdoba:
BLOQUE CÓRDOBA
Patrón de desaparición forzada
NOTA: El señor Fiscal aclara que el postulado responde en calidad de coautor.
No. Sala No. FGN No. Carpeta FGN
Patrón de desaparición forzada
NOTA: El señor Fiscal aclara que el postulado responde en calidad de coautor.
No. Sala No. FGN No. Carpeta FGN Víctima Directa Día Mes Año Departamento Municipio Delito 1. 8 150910 Jorge Luis Sierra López (a. “Dumar”) 16 04 2004 Antioquia San Pedro de Urabá Desaparición forzada y homicidio agravado Nota: El hecho se comunica con la s circunstancias de mayor punibilidad prevista s en los numerales 5 y 10 del artículo 58 del CP.
El postulado reconoce su participación y señala que los escoltas de CARLOS CASTAÑO GIL fueron aprehendidos en el corregimiento de Tomate de San Pedro de Urabá, Antioquia. Posteriormente trasladados a la base “Acuarela”, donde fueron ejecutados e inhumados, agrega que en ese lugar se encuentran los restos de múltiples víctimas.
(10:58 a. m.) Previo traslado a los sujetos procesales, — mediante Auto 023— se declara legalmente formulada la imputación al postulado JESÚS IGNACIO ROLDÁN PÉREZ por el único caso que integra el patrón de desaparición forzada.
Ante inquietud de la Defensa, el Ministerio Público señala que, aunque no se cuenta con el corpus delicti , existe prueba indirecta para atribuir un concurso heterogéneo del tipo penal de desaparición forzada con el de homicidio agravado.Página 10 de 16 Acta 002 de 2026
que, aunque no se cuenta con el corpus delicti , existe prueba indirecta para atribuir un concurso heterogéneo del tipo penal de desaparición forzada con el de homicidio agravado.Página 10 de 16 Acta 002 de 2026
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La Sala selecciona el caso para revisarlo en sede de medida de aseguramiento.
Luego de que la Fiscalía le comunicara el único hecho —ítem 11, carpeta FGN 628725— que no integra los patrones principales, el postulado lo objeta, al señalar que e n el año 1991 la zona era controlada por el grupo “Independientes del Salvador” , ajeno a las AUC.
Siendo las 11:05 a. m., la Magistratura decreta un receso para que el Ente Acusador revise el caso.
(11:26 a. m.) Reanudada la diligencia, el señor Fiscal retira el caso 11 —carpeta FGN 628725, otros delitos— a este procesado.
4. JOSÉ HERIBERTO NAVARRO MARTÍNEZ
4.1. Identificación
Seguidamente se vincula JOSÉ HERIBERTO NAVARRO MARTÍNEZ, a quien el Ente Acusador le expone la estructura
4. JOSÉ HERIBERTO NAVARRO MARTÍNEZ
4.1. Identificación
Seguidamente se vincula JOSÉ HERIBERTO NAVARRO MARTÍNEZ, a quien el Ente Acusador le expone la estructura armada del Frente Mojana de las AUC, los patrones de macrocriminalidad y su hoja de vida:Página 11 de 16 Acta 002 de 2026
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Sin observaciones.
4.2. Imputación
El Delegado Fiscal le imputa el siguiente hecho:
FRENTE LA MOJANA
Patrón de desplazamiento forzado
Córdoba
Sin observaciones.
4.2. Imputación
El Delegado Fiscal le imputa el siguiente hecho:
FRENTE LA MOJANA
Patrón de desplazamiento forzado
NOTA: El señor Fiscal aclara que el postulado responde en calidad de coautor.
No. Sala No. FGN No. Carpeta FGN Víctima Directa Día Mes Año Departamento Municipio Delito 1. 53 114677 Aireldeis María Caldera Urieta, Ana Rosa Mejía Mauris, Darinel José Caldera Urieta, Delfina Rodelo Guerrero, Edilma del Carmen Campo Jaramillo, Edilsa María Agamez Zabaleta, Erneth Caldera Rodríguez Fidel Ruiz Caldera, Francisco Javier Jaramillo Vargas, Gregoria Isabel Romero González, Héctor Julio González Rodelo, Jhonys Jimenez García, Julio Manuel Quintana Reyes, Liliana Leguia Zabala, Luis Julio González Rodelo, María del Socorro Dávila Muñeton, María Valentina Suarez Baena, Rosiris del Carmen Castro Flórez, Tulio Gilberto Rodelo Polanco, Yalsiris Enith Meza Caldera, Yanet del Carmen Gómez Salas y Lourdes Ospino Romero 27 06 1998 Bolívar Montecristo Desplazamiento forzado Nota: Los hechos se comunican con la s circunstancias de mayor punibilidad prevista s en los numerales 5 y 10 del artículo 58 del CP.
27 06 1998 Bolívar Montecristo Desplazamiento forzado Nota: Los hechos se comunican con la s circunstancias de mayor punibilidad prevista s en los numerales 5 y 10 del artículo 58 del CP.
Sin observaciones.Página 12 de 16 Acta 002 de 2026
Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz
(11:46 a. m.) Previo traslado a los sujetos procesales, — mediante Auto 024— se declara legalmente formulada la imputación al postulado JOSÉ HERIBERTO NAVARRO MARTÍNEZ por el único caso del patrón desplazamiento forzado.
Acto seguido, la FGN le imputa los siguientes ilícitos:
Otros delitos
NOTA: El señor Fiscal aclara que el postulado responde en calidad de coautor.
No. Sala No. FGN No. Carpeta FGN Víctima Directa Día Mes Año Departamento Municipio Delito 2. 6 628330 María del Carmen Zea Ortega 08 03 1998 Bolívar Montecristo Desplazamiento forzado y destrucción y apropiación de bienes protegidos Nota: El hecho se comunica con las circunstancias de mayor punibilidad previstas en los numerales 5 y 10 del artículo 58 del CP
Sin observaciones.
forzado y destrucción y apropiación de bienes protegidos Nota: El hecho se comunica con las circunstancias de mayor punibilidad previstas en los numerales 5 y 10 del artículo 58 del CP
Sin observaciones.
(11:40 a. m.) Previo traslado a los sujetos procesales, — mediante Auto 025— se declara legalmente formulada la imputación al postulado JOSÉ HERIBERTO NAVARRO MARTÍNEZ por el único caso que no hace parte de los patrones principales.
Comunicados la totalidad de los hechos atribuidos a los once postulados, la Sala declara clausurada la etapa de imputación y da paso a la fase de medida de aseguramiento.
III. Medida de aseguramientoPágina 13 de 16 Acta 002 de 2026
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1. Sustentación de la medida
(11:43 a. m.) El señor Fiscal con fundamento en el artículo 18 inciso 2 de la Ley 975 de 2005, modificado por la Ley 1592 de 2012, solicita que se imponga medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario a los once postulados que integran este radicado por los hechos que fueron imputados en las sesiones de audiencia celebradas los días 4, 5, 18 y 19 de noviembre de 2025 (Acta 078), así como en esta sesión.
postulados que integran este radicado por los hechos que fueron imputados en las sesiones de audiencia celebradas los días 4, 5, 18 y 19 de noviembre de 2025 (Acta 078), así como en esta sesión.
2. Sustentación de la sustitución
Los doctores RUIZ COBAS y QUINTERO BENÍTEZ 4 NO se oponen a la solicitud de imposición de medida de aseguramiento.
Seguidamente, la abogada BEATRIZ ELIANA QUINTERO BENÍTEZ solicita la sustitución de la medida de aseguramiento para la totalidad de sus prohijados. Resalta la activa participación y aporte al esclarecimiento de la verdad en el marco de la Justicia Ordinaria Transicional (JOT). De conformidad con los informes emitidos por la ARN y Fiscalía, se verifica que han avanzado de manera satisfactoria en su proceso de reintegración a la vida civil, por lo cual: cumplen con la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 18A de la Ley 975 de 2005.
(12:14 a.m.) Se levanta la sesión.
4 Ingresa a la vista pública a partir de las 11:44 a. m.Página 14 de 16 Acta 002 de 2026
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Siendo las 1:43 p. m., y al ser una continuación, la Sala deja
https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz 19 de enero de 2026: sesión de la tarde5
Siendo las 1:43 p. m., y al ser una continuación, la Sala deja constancia de la asistencia de los sujetos procesales . Comparecieron los doctores EDUARDO MANUEL BUELVAS TORRES —Fiscal 11 de la Dirección Nacional de Justicia Transicional —, BRENDA PATRICIA REYES GUTIÉRREZ —Fiscal de Apoyo al Delegado 11 de la DNJT —, BRENDA ESPERANZA ACOSTA — Defensora suplente de JESÚS IGNACIO ROLDÁN PÉRZ —, BEATRIZ ELIANA QUINTERO BENÍTEZ —Defensor de confianza —,JORGE LUIS RUIZ COBAS —Defensor Público —, BORYS GUTIÉRREZ STAND —Procurador 43 Judicial II Penal—, MARTHA FANNY PADILLA RODRÍGUEZ, FRANCISCO VALERIO CUENTAS VILORIA, DERLYS MAYBRITT CASTRO CERVERA y ANA MORALES VALEGA —Representantes de Víctimas de la Defensoría del Pueblo—.
Además, el señor Magistrado, el Técnico de Sistemas de la Sala y el Oficial Mayor del Despacho de Control de Garantías concurren desde la sede física del Tribunal; todos conectados a través de la plataforma digital.
3. Continuación sustentación de sustitución
El abogado JORGE LUIS RUIZ COBAS solicita la sustitución de la medida de aseguramiento para sus prohijados debido a que han participado y contribuido al esclarecimiento de la verdad
3. Continuación sustentación de sustitución
El abogado JORGE LUIS RUIZ COBAS solicita la sustitución de la medida de aseguramiento para sus prohijados debido a que han participado y contribuido al esclarecimiento de la verdad ante la Justicia Ordinaria Transicional, han continuado con su
5 El Ingeniero de la Sala deja constancia que la cárcel Modelo de Barranquilla aún no se vincula a la diligencia.Página 15 de 16 Acta 002 de 2026
Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz proceso y adaptación a la vida civil, y no tienen delitos dolosos con posterioridad a la desmovilización.
Por su parte, la doctora BRENDA ESPERANZA ACOSTA autoriza que la diligencia se adelante sin la presencia de su defendido, JESÚS IGNACIO ROLDÁN PÉREZ , y solicita que no se imponga medida de aseguramiento ; de manera subsidiaria, plantea la sustitución de la cautela.
4. Traslado a los sujetos procesales
El señor Fiscal se muestra de acuerdo con la sustitución de la medida de aseguramiento para diez postulados, y, frente a ROLDÁN PÉREZ , indica que se atiene a lo que resuelva esta Magistratura, en espera de la decisión de la Corte Suprema de Justicia dentro del radicado 080012219000-2023-00087-00.
ROLDÁN PÉREZ , indica que se atiene a lo que resuelva esta Magistratura, en espera de la decisión de la Corte Suprema de Justicia dentro del radicado 080012219000-2023-00087-00.
La doctora ANA REMIGIA MORALES VALEGA —Representante de Víctimas de la Defensoría del Pueblo —, no presenta oposición , se acoge a lo que decida esta Sala.
El Delegado del Ministerio Público conceptúa de manera favorable para que se le sustituya la cautela a los once desmovilizados; precisa que sigue a la espera de lo que decida la Corte Suprema de Justicia en el radicado mencionado.
Quedan agotadas las intervenciones.
5. Asuntos finalesPágina 16 de 16 Acta 002 de 2026
Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz Consensuada la agenda con los sujetos procesales, la Sala —mediante Auto 026— FIJA el día 30 de enero de 202 6 a la 1:30 p. m. para la audiencia de notificación de las decisiones de medida de aseguramiento y sustitución.
A su vez, advierte al Delegado de la Fiscalía que, en caso de presentarse novedades relacionadas con el cumplimiento de los requisitos del artículo 18A de la Ley de Justicia y Paz por parte de los postulados, deberá ponerlas en conocimiento de este Tribunal.
presentarse novedades relacionadas con el cumplimiento de los requisitos del artículo 18A de la Ley de Justicia y Paz por parte de los postulados, deberá ponerlas en conocimiento de este Tribunal.
(2:18 p. m.) Se levanta la sesión.
NOTA FINAL: En los cuadros del acta figuran los hechos y los datos biográficos de los postulados con las aclaraciones y correcciones que se presentaron a lo largo de la diligencia. Los ilícitos retirados no constan en este documento.
CARLOS ANDRÉS PÉREZ ALARCÓN
Magistrado
JUAN PABLO SÁNCHEZ JIMÉNEZ
Secretario de la audienciaFirmado Por: Carlos Andres Perez Alarcon Magistrado Sala 01 Justicia Y Paz Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico
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