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TSDJ BAQ SEJP - Acta 006 de 2026

Tribunal Superior de Barranquilla

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Detalles

Título
TSDJ BAQ SEJP - Acta 006 de 2026
Autor
Tribunal Superior de Barranquilla
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2026

Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz

REPÚBLICA DE COLOMBIA

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE

BARRANQUILLA

SALA PENAL DE JUSTICIA Y PAZ

MAGISTRATURA DE CONTROL DE GARANTÍAS

Acta No. 006 - 2026 Fecha 29 de enero de 2026 Radicado de la Sala 080012219000-2024-00100-00 Tipo de audiencia Medida de aseguramiento y sustitución: solicitud y traslados. Postulados y códigos en J. y P.

1. Cardenio Caicedo Mena 11001-60-00253-2010-84460

2. Jhon Jairo Arrieta Zuleta 11001-60-00253-2012-84664

3. Pablo Antonio Peinado Padilla 11001-60-00253-2009-83696

4. Rosendo León Galeano 11001-60-00253-2006-81581

5. Salvatore Mancuso Gómez 11001-60-00253-2006-80008

Defensa

Confianza: Doctora Beatriz Eliana Quintero Benítez.

Público: Doctor Jorge Luis Ruiz Cobas.

Fiscalía Doctoras Diana Mercedes Salazar Solís —Fiscal 10 de la Dirección Nacional de Justicia Transicional— y Sandra Patricia Ahumada Ruiz —Fiscal de apoyo a la Delegada 10 de la DNJT— Grupo armado Frente Contrainsurgencia Wayúu de las AUC.

Doctoras Diana Mercedes Salazar Solís —Fiscal 10 de la Dirección Nacional de Justicia Transicional— y Sandra Patricia Ahumada Ruiz —Fiscal de apoyo a la Delegada 10 de la DNJT— Grupo armado Frente Contrainsurgencia Wayúu de las AUC. Ministerio Público Doctor Eduardo Gregorio Benavides González —Procurador 49 Judicial II Penal—. Representantes de Víctimas1

Públicos: Doctores José Ángel Acendra Palacio, Reginaldo Rafael Lora

Lentino y Reinaldo Reyes Recio Montaño. Inicio 29 de enero de 2026 a las 9:04 a. m. Finalización 29 de enero de 2026 a las 9:47 a. m. Enlace a los registros de la audiencia Consulte aquí

1 Contrario a lo que ocurre con la Fiscalía, la Defensa y la Procuraduría, cuya presencia es permanente, si bien el nombre de los abogados de víctimas se incluye en esta carátula, no todos participan simultáneamente en cada sesión, ni asisten al cien por ciento de la diligencia. Para conocer exactamente sus tiempos, deben verificarse en esta acta los horarios individuales de conexión y de desconexión.Página 2 de 5 Acta 006 de 2026

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Barranquilla – Atlántico. Colombia https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz NOTA: De conformidad con lo previsto en el parágrafo 4 del artículo 1 de la Ley 2213 de 2022, la presente audiencia se realiza en la modalidad remota a través de la plataforma digital MICROSOFT TEAMS.

29 de enero de 2026: única sesión

Siendo las 9:04 a. m., se verifica la asistencia de los sujetos procesales. Comparecieron los doctores DIANA MERCEDES SALAZAR SOLÍS —Fiscal 10 de la Dirección Nacional de Justicia Transicional—, SANDRA PATRICIA AHUMADA RUIZ —Fiscal de apoyo a la Delegada 10 de la DNJT —, BEATRIZ ELIANA QUINTERO BENÍTEZ —Defensora de Confianza—, JORGE LUIS RUIS COBAS — Defensor Público —, EDUARDO GREGORIO BENAVIDES GONZÁLEZ —Procurador 49 Judicial II Penal —, REINALDO REYES RECIO MONTAÑO y REGINALDO RAFAEL LORA LENTINO — Representantes de víctimas de la Defensoría del Pueblo —; así como los siguientes postulados:

1. Cardenio Caicedo Mena 2. Pablo Antonio Peinado Padilla

3. Jhon Jairo Arrieta Zuleta2 4. Rosendo León Galeano

5. Salvatore Mancuso Gómez

Además, el señor Magistrado, el Técnico de Sistemas de la Sala y el Oficial Mayor del Despacho de Control de Garantías concurren desde la sede física del Tribunal; todos conectados a través de la plataforma digital.

Sala y el Oficial Mayor del Despacho de Control de Garantías concurren desde la sede física del Tribunal; todos conectados a través de la plataforma digital.

2 Se conecta desde el establecimiento “La Permanente” Central de Policías de Valledupar.Página 3 de 5 Acta 006 de 2026

Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz

1. Asunto previo

La Sala advierte que, tanto la Fiscalía General de la Nación como la Agencia Nacional para la Reincorporación y Normalización (ARN) presentaron los insumos requeridos en audiencia pretérita, los cuales fueron compartidos a los sujetos procesales y pueden ser consultados en el expediente digital.

2. Solicitud de medida de aseguramiento

(9:14 a. m.) La señora Fiscal con fundamento en el artículo 18 inciso 2 de la Ley 975 de 2005, modificado por la Ley 1592 de 2012, solicita que se imponga medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario a los cinco postulados que integran este radicado por los hechos que fueron imputados en las sesiones de audiencia celebradas el día 1 de diciembre de 2025 (Acta 088).

Por otro lado, y ante la consulta de la Magistratura, afirma que únicamente SALVATORE MANCUSO GÓMEZ y JHON JAIRO ARRIETA ZULETA , cuentan con anotaciones (relativas a

Por otro lado, y ante la consulta de la Magistratura, afirma que únicamente SALVATORE MANCUSO GÓMEZ y JHON JAIRO ARRIETA ZULETA , cuentan con anotaciones (relativas a imputaciones en la JOP) con posterioridad a su desmovilización.

3. Sustentación de la sustitución de la medida de aseguramiento

Los doctores RUIZ COBAS y QUINTERO BENÍTEZ NO se oponen a la solicitud de imposición de medida de aseguramiento.Página 4 de 5 Acta 006 de 2026

Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz Seguidamente, la abogada BEATRIZ ELIANA QUINTERO BENÍTEZ solicita la sustitución de la medida de aseguramiento para la totalidad de sus prohijados. Resalta la activa participación y aporte al esclarecimiento de la verdad en el marco de la Justicia Ordinaria Transicional (JOT). De conformidad con los informes emitidos por la ARN y Fiscalía, se verifica que han avanzado de manera satisfactoria en su proceso de reintegración a la vida civil, por lo cual: cumplen con la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 18A de la Ley 975 de 2005.

El abogado JORGE LUIS RUIZ COBAS solicita la sustitución de la medida de aseguramiento para dos de sus prohijados —

requisitos establecidos en el artículo 18A de la Ley 975 de 2005.

El abogado JORGE LUIS RUIZ COBAS solicita la sustitución de la medida de aseguramiento para dos de sus prohijados — exceptúa a JHON JAIRO ARRIETA ZULETA —, debido a que han participado y contribuido al esclarecimiento de la verdad ante la Justicia Ordinaria Transicional, han continuado con su proceso y adaptación a la vida civil, y no tienen delitos dolosos con posterioridad a la desmovilización.

Advierte que, en caso de que varíen las condiciones en el proceso adelantado en la JOP en contra de ARRIETA ZULETA, se solicitará la sustitución de las medidas de aseguramiento, previa verificación del cumplimiento de los requisitos para su concesión.

4. Traslados

La señora Fiscal se muestra de acuerdo con la sustitución de la medida de aseguramiento para los postulados que cumplen los requisitos del artículo 18A de la ley 975 de 2005.

El doctor REGINALDO RAFAEL LORA LENTINO — Representante de Víctimas de la Defensoría del Pueblo —, solicita que sePágina 5 de 5 Acta 006 de 2026

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salvo a JHON JAIRO ARRIETA ZULETA.

https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz le conceda la sustitución de la cautela a todos los postulados,

salvo a JHON JAIRO ARRIETA ZULETA.

El Delegado del Ministerio Público conceptúa de manera favorable para que se le sustituya la cautela a cuatro desmovilizados.

5. Asunto final

La Sala convoca a los sujetos procesales fija el día 29 de abril de 2026 a la 1:30 p.m. para la notificación de las decisiones de medida de aseguramiento y sustitución.

Finalmente, ante algunas manifestaciones de los postulados ROSENDO LEÓN GALEANO y CARDENIO CAICEDO MENA, la Sala los invita a coordinar lo pertinente con sus abogados defensores.

(9:47 a. m.) Finaliza la audiencia.

CARLOS ANDRÉS PÉREZ ALARCÓN

Magistrado

JUAN PABLO SÁNCHEZ JIMÉNEZ

Secretario de la audienciaFirmado Por: Carlos Andres Perez Alarcon Magistrado Sala 01 Justicia Y Paz Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico

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