TSDJ BAQ SEJP - Acta 022 de 2026
Tribunal Superior de Barranquilla
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Detalles
- Título
- TSDJ BAQ SEJP - Acta 022 de 2026
- Autor
- Tribunal Superior de Barranquilla
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2026
Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia https:// www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz
REPÚBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
BARRANQUILLA
SALA PENAL DE JUSTICIA Y PAZ
MAGISTRATURA DE CONTROL DE GARANTÍAS
Acta No. 022 – 2026. Fecha 18 de marzo de 2026. Radicado de la Sala 080012219000-2024-00096-00. Tipo de audiencia Medida de aseguramiento y sustitución: decisión. Postulado y código en
J. y P.
1. Arnover Carvajal Quintana 11001-60-00253-2011-84541
2. Carlos Mario Machado Amorocho 11001-60-00253-2008-83552
3. Dairo Antonio Castaño González 11001-60-00253-2011-84573
4. Edmundo de Jesús Guillén Hernández 11001-60-00253-2008-83270
5. Efraín Rafael Carbonell Pérez 11001-60-00253-2008-83293
6. Jaimer Marabith Pérez Pérez 11001-60-00253-2007-83010
7. Jairo Alfonso Samper Cantillo 11001-60-00253-2012-84652
8. Jorge Escorcia Orozco 11001-60-00253-2013-84785
9. José Gregorio Mangonez Lugo 11001-60-00253-2007-82791
8. Jorge Escorcia Orozco 11001-60-00253-2013-84785
9. José Gregorio Mangonez Lugo 11001-60-00253-2007-82791
10. Miguel Ramón Posada Castillo 11001-60-00253-2008-83279
11. Salvatore Mancuso Gómez 11001-60-00253-2006-80008
12. Rolando René Garavito Zapata 11001-60-00253-2008-83489
Defensa Público: Doctor Jorge Luis Ruiz Cobas —Defensor de los postulados Dairo Antonio Castaño González, Efraín Rafael Carbonell Pérez y Jairo Alfonso Samper
Cantillo—.
Confianza: Doctora Beatriz Eliana Quintero Benítez —Defensora de los demás postulados—.
Fiscalía Doctora: Ilsy Carolina Herrera Herrera —Fiscal 31 de la Dirección de Justicia
Transicional— Grupos armados Frente Pivijay, Resistencia Chimila, Armín Ramos, William Rivas, Víctor Villareal y Tomás Freyle Guillen del Bloque Norte de las AUC. Ministerio Público No asistió el Representante del Ministerio Público. Representantes de Víctimas1
Defensoría del Pueblo : Doctores Robinson Navarro Casallas y Elfira
Elena García Sarmiento.
1 Contrario a lo que ocurre con la Fiscalía, la Defensa y la Procuraduría, cuya presencia es permanente, si bien el nombre de los abogados de víctimas se incluye en esta carátula, no todos participan simultáneamente en cada sesión, ni asisten al cien por ciento de la diligencia. ParaPágina 2 de 14 Acta 022 de 2026
participan simultáneamente en cada sesión, ni asisten al cien por ciento de la diligencia. ParaPágina 2 de 14 Acta 022 de 2026
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De confianza: Doctora Ana Yolanda Rodríguez Blanco.
Inicio 18 de marzo de 2026 a las 2:07 p. m. Finalización 18 de marzo de 2026 a las 3:31 p. m. Enlaces a los registros de la audiencia Consulte aquí
NOTA: de conformidad con lo previsto en el parágrafo 4 del artículo 1 de la Ley 2213 de 2022, la presente audiencia se realiza en la modalidad remota a través de la plataforma digital MICROSOFT TEAMS.
18 de marzo de 2026: única sesión
Siendo las 2:07 p. m., se verifica la asistencia de los sujetos procesales. Comparecieron los doctores ILSY CAROLINA HERRERA HERRERA —Fiscal 31 de la Dirección Nacional de Justicia Transicional—, BEATRIZ ELIANA QUINTERO BENÍTEZ —Defensora de confianza —, JORGE LUIS RUIZ COBAS —Defensor Público —, ELFIRA ELENA GARCÍA SARMIENTO y ROBINSON NAVARRO CASALLAS —Representantes de víctimas de la Defensoría del Pueblo —, ANA YOLANDA RODRÍGUEZ BLANCO —Representante de víctimas
ELFIRA ELENA GARCÍA SARMIENTO y ROBINSON NAVARRO CASALLAS —Representantes de víctimas de la Defensoría del Pueblo —, ANA YOLANDA RODRÍGUEZ BLANCO —Representante de víctimas de confianza—; así como los siguientes postulados:
1. Carlos Mario Machado Amorocho 2. Dairo Antonio Castaño González
3. Jaimer Marabith Pérez Pérez 4. Miguel Ramón Posada Castillo
5. José Gregorio Mangonez Lugo 6. Jorge Escorcia Orozco
7. Rolando René Garavito Zapata 8. Edmundo de Jesús Guillén Hernández
9. Jairo Alfonso Samper Cantillo 10. Efraín Rafael Carbonell Pérez
conocer exactamente sus tiempos, deben verificarse en esta acta los horarios individuales de conexión y de desconexión.Página 3 de 14 Acta 022 de 2026
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1. Decisión Medida de aseguramiento
(2:13 p. m.) Luego de hacer un resumen y de reiterar que el texto oficial es el que se cargó en horas de la mañana del expediente digital, se notifica formalmente el auto con la lectura
1. Decisión Medida de aseguramiento
(2:13 p. m.) Luego de hacer un resumen y de reiterar que el texto oficial es el que se cargó en horas de la mañana del expediente digital, se notifica formalmente el auto con la lectura y presentación de la parte resolutiva:
AUTO 119
En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, Sala Penal de Justicia y Paz, Magistratura de Control de Garantías;
RESUELVE
PRIMERO: DECLARAR que, aunque quedan imputados, por los siguientes hechos no es posible imponer medida de
aseguramiento:
Carpeta FGN Postulado Razón 630187 Jorge Escorcia Orozco Víctimas N.N.: ausencia de inferencia razonable de responsabilidad 630188 139230 Dairo Antonio Castaño González 282748Página 4 de 14 Acta 022 de 2026
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SEGUNDO: IMPONER medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario, por los hechos que constan en el Acta 061 de 2025, excepto los indicados en el numeral anterior, a los siguientes
postulados:
1. ARNOVER CARVAJAL QUINTANA (a. “Poca Lucha, Andrés, Mauricio o Nelson”) identificado con cédula de ciudadanía
excepto los indicados en el numeral anterior, a los siguientes postulados:
1. ARNOVER CARVAJAL QUINTANA (a. “Poca Lucha, Andrés, Mauricio o Nelson”) identificado con cédula de ciudadanía 71.253.887 de Carepa, Antioquia, y código en Justicia y Paz 11 -001-60-00253-2011-84541. Delitos: actos de terrorismo (art. 144 C.P.) y homicidio en persona protegida (art. 135
C.P.).
2. CARLOS MARIO MACHADO AMOROCHO (a. “el niño”) , identificado con cédula de ciudadanía 7.141.656 de Santa Marta, Magdalena, y código en Justicia y Paz 11 -0016000253-2008-83552. Delitos: actos de terrorismo (art. 144
C.P.), homicidio en persona protegida (art. 135 C.P.), exacción o contribuciones arbitrarias (art. 163 C.P.), destrucción y apropiación de bienes protegidos (art. 154 C.P.) y deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil (art. 159 C.P.).
3. DAIRO ANTONIO CASTAÑO GONZÁLEZ (a. “Coco o Tayson”), identificado con cédula de ciudadanía 78.711.377 de Montería, Córdoba, y código en Justicia y Paz 11 -00160-00253-2011-84573. Delitos: actos de terrorismo (art. 144 C.P.), homicidio en persona protegida (art. 135
C.P.), homicidio en persona protegida en grado de tentativa (art. 27
terrorismo (art. 144 C.P.), homicidio en persona protegida (art. 135 C.P.), homicidio en persona protegida en grado de tentativa (art. 27 C.P), acceso carnal violento en persona protegida (art. 138 C.P.), destrucción y apropiación de bien es protegidos (art. 154 C.P.), deportación, expulsión, traslado o desplazami ento forzado de población civil (art. 159 C.P.), exacción o contribuciones arbitrarias (art. 163 C.P.), desaparición forzada (art. 165 C.P.).Página 5 de 14 Acta 022 de 2026
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4. EDMUNDO DE JESÚS GUILLÉN HERNÁNDEZ (a. “Caballo”), identificado con cédula de ciudadanía 78.698.761 de Montería, Córdoba, y código en Justicia y Paz 11 -001-60-00253-2008-83270. Delitos: actos de terrorismo (art. 144 C.P.), tortura en persona protegida (art. 137 C.P.), homicidio en persona protegida (art. 135 C.P.), acceso carnal violento en persona protegida (art. 138 C.P.), exacción o contribuciones arbitrarias (art. 163 C.P.), destrucción y apropiación de bienes protegidos (art. 154 C.P.) y deportación, e xpulsión, traslado o
en persona protegida (art. 138 C.P.), exacción o contribuciones arbitrarias (art. 163 C.P.), destrucción y apropiación de bienes protegidos (art. 154 C.P.) y deportación, e xpulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil (art. 159 C.P.).
5. EFRAÍN RAFAEL CARBONELL PÉREZ (a. “Pin o Maicol”) , identificado con cédula de ciudadanía 12.630.886 de Ciénaga, Magdalena, y código en Justicia y Paz 11 -0016000253-2008-83293. Delitos: actos de terrorismo (art. 144
C.P.), homicidio en persona protegida (art. 135 C.P.) y deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil (art. 159 C.P.) y desaparición forzada (art. 165 C.P.).
6. JAIMER MARABITH PÉREZ PÉREZ (a. “Bondo, Jairo o Tomás”), identificado con cédula de ciudadanía 19.592.793 de Fundación, Magdalena, y código en Justicia y Paz 11001-60-00253-2007-83010. Delitos: actos de terrorismo (art. 144 C.P.), homicidio en persona protegida (art. 135 C.P.), deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil (art. 159 C.P.) y desaparición forzada (art. 165 C.P.).
7. JAIRO ALFONSO SAMPER CANTILLO (a. “Lucho, Víctor Pipón o Juan David”), identificado con cédula de ciudadanía
159 C.P.) y desaparición forzada (art. 165 C.P.).
7. JAIRO ALFONSO SAMPER CANTILLO (a. “Lucho, Víctor Pipón o Juan David”), identificado con cédula de ciudadanía 72.306.195 de Polonuevo, Atlántico, y código en Justicia y Paz 11 -001-60-00253-2012-84652. Delitos: actos de terrorismo (art. 144 C.P.), homicidio en persona protegida (art. 135
C.P.), deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil (art. 159 C.P.) y desaparición forzada (art. 165 C.P.).Página 6 de 14 Acta 022 de 2026
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8. JORGE ESCORCIA OROZCO (a. “Rocoso”), identificado con cédula de ciudadanía 72.210.984 de Barranquilla, Atlántico, y código en Justicia y Paz 11 -00160-002532013-84785. Delitos: actos de terrorismo (art. 144 C.P.), homicidio en persona protegida (art. 135 C.P.), acceso carnal violento en persona protegida (art. 138 C.P.), destrucción y apropiación de bienes protegidos (art. 154 C.P.), deportación, expulsión, traslado o
en persona protegida (art. 135 C.P.), acceso carnal violento en persona protegida (art. 138 C.P.), destrucción y apropiación de bienes protegidos (art. 154 C.P.), deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil (art. 159 C.P.) y desaparición forzada (art. 165 C.P.).
9. JOSÉ GREGORIO MANGONEZ LUGO (a. “Carlos o Carlos Tijeras”), identificado con cédula de ciudadanía 4.020.271 de Tolú, Sucre, y código en Justicia y Paz 11001 -6000253-2007-82791. Delitos: actos de terrorismo (art. 144 C.P.), homicidio en persona protegida (art. 135 C.P.) y deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil (art.
159 C.P.).
10. MIGUEL RAMÓN POSADA CASTILLO (a. “Rafa”) , identificado con cédula de ciudadanía 15.614.855 de Tierralta, Córdoba, y código en Justicia y Paz 11 -0016000253-2008-83279. Delitos: actos de terrorismo (art. 144
C.P.), homicidio en persona protegida (art. 135 C.P.), tortura en persona protegida (art. 137 C.P.), acceso carnal violento en persona protegida (art. 138 C.P.), destrucción y apropiación de bienes protegidos (art. 15 4 C.P.), deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil (a rt. 159 C.P.), exacción o
protegidos (art. 15 4 C.P.), deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil (a rt. 159 C.P.), exacción o contribuciones arbitrarias (art. 163 C.P.) y lesiones en persona protegida (art. 136 C.P.).
11. SALVATORE MANCUSO GÓMEZ (a. “Mono Mancuso, Manuel, Santander Lozada, Cacique o Triple Cero”) , identificado con cédula de ciudadanía 6.892.624 de Montería ,Página 7 de 14 Acta 022 de 2026
Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia https://www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz Córdoba, y código en Justicia y Paz 11 -001-60002532006-80008. Delitos: actos de terrorismo (art. 144 C.P.), homicidio en persona protegida (art. 135 C.P.), homicidio en persona protegida en grado de tentativa (art. 27 C.P.), lesiones en persona protegida (art. 136 C.P.) , tortura en persona protegida (art. 137 C.P.), acceso carnal violento en persona protegida (art. 138 C.P.), destrucción y apropiación de bienes protegidos (art. 154 C.P.), deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de pobla ción civil (art. 159 C.P.), exacción o contribuciones arbitrarias (art. 163 C.P.),
apropiación de bienes protegidos (art. 154 C.P.), deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de pobla ción civil (art. 159 C.P.), exacción o contribuciones arbitrarias (art. 163 C.P.), reclutamiento ilícito (art. 162 C.P.) y desaparición forzada (art. 165 C.P.).
12. ROLANDO RENÉ GARAVITO ZAPATA (a. “Nicolás o Care Niño”) , identificado con cédula de ciudadanía 10.770.756 de Montería, Córdoba, y código en Justicia y Paz 11 -001-60-00253-2008-83489. Delitos: actos de terrorismo (art. 144 C.P.), homicidio en persona protegida (art. 135
C.P.), lesiones en persona protegida (art. 136 C.P.) y deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil (art. 159 C.P.).
TERCERO: ALERTAR a la Fiscalía sobre los casos que presentan observaciones, los cuales se encuentran sintetizados en el epígrafe 6 de esta providencia.
CUARTO: LÍBRESE boleta de detención en contra de los postulados vinculados al presente radicado, salvo para aquellos que sean beneficiados con la sustitución de esta medida de aseguramiento, de conformidad con la providencia que se emitirá a continuación.Página 8 de 14 Acta 022 de 2026
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1. Se han sometido a los programas de reintegración dirigidos por la ARN.
2. Han continuado con su cooperación judicial en procura de la consecución de la verdad.
3. No tienen imputaciones vigentes (salvo SALVATORE MANCUSO GÓMEZ, quien es beneficiario de una protección especial —SU-429 de 2023—).
TERCERO: SUSTITUIR por medidas no privativas de la libertad, según lo regulado en el artículo 18A de la Ley 975 de 2005, la medida de aseguramiento impuesta mediante Auto
119 de 2026, a los siguientes procesados:
1. ARNOVER CARVAJAL QUINTANA (a. “Poca Lucha, Andrés, Mauricio o Nelson”) identificado con cédula de ciudadanía 71.253.887 de Carepa, Antioquia, y código en Justicia y Paz 11-001-60-00253-2011-84541.
2. CARLOS MARIO MACHADO AMOROCHO (a. “el niño”) , identificado con cédula de ciudadanía 7.141.656 de Santa Marta, Magdalena, y código en Justicia y Paz 11 -0016000253-2008-83552.
3. DAIRO ANTONIO CASTAÑO GONZÁLEZ (a. “Coco o Tayson”), identificado con cédula de ciudadanía
6000253-2008-83552.
3. DAIRO ANTONIO CASTAÑO GONZÁLEZ (a. “Coco o Tayson”), identificado con cédula de ciudadanía 78.711.377 de Montería, Córdoba, y código en Justicia y Paz 11-00160-00253-2011-84573.
4. EDMUNDO DE JESÚS GUILLÉN HERNÁNDEZ (a. “Caballo”), identificado con cédula de ciudadaníaPágina 12 de 14 Acta 022 de 2026
Palacio de Justicia, Calle 40 No. 44-80 Piso 3, Edificio Centro Cívico des01sjpbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia https://www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz 78.698.761 de Montería, Córdoba, y código en Justicia y Paz 11-001-60-00253-2008-83270.
5. EFRAÍN RAFAEL CARBONELL PÉREZ (a. “Pin o Maicol”) , identificado con cédula de ciudadanía 12.630.886 de Ciénaga, Magdalena, y código en Justicia y Paz 11 -0016000253-2008-83293.
6. JAIMER MARABITH PÉREZ PÉREZ (a. “Bondo, Jairo o Tomás”), identificado con cédula de ciudadanía 19.592.793 de Fundación, Magdalena, y código en Justicia y Paz 11001-60-00253-2007-83010.
7. JAIRO ALFONSO SAMPER CANTILLO (a. “Lucho, Víctor
de Fundación, Magdalena, y código en Justicia y Paz 11001-60-00253-2007-83010.
7. JAIRO ALFONSO SAMPER CANTILLO (a. “Lucho, Víctor Pipón o Juan David”), identificado con cédula de ciudadanía 72.306.195 de Polonuevo, Atlántico, y código en Justicia y Paz 11-001-60-00253-2012-84652.
8. JORGE ESCORCIA OROZCO (a. “Rocoso”), identificado con cédula de ciudadanía 72.210.984 de Barranquilla, Atlántico, y código en Justicia y Paz 11 -00160-002532013-84785.
9. JOSÉ GREGORIO MANGONEZ LUGO (a. “Carlos o Carlos Tijeras”), identificado con cédula de ciudadanía 4.020.271 de Tolú, Sucre, y código en Justicia y Paz 11001 -6000253-2007-82791.
10. MIGUEL RAMÓN POSADA CASTILLO (a. “Rafa”) , identificado con cédula de ciudadanía 15.614.855 de Tierralta, Córdoba, y código en Justicia y Paz 11 -0016000253-2008-83279.Página 13 de 14 Acta 022 de 2026
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11. SALVATORE MANCUSO GÓMEZ (a. “Mono Mancuso,
Barranquilla – Atlántico. Colombia https://www.ramajudicial.gov.co/salas-de-justicia-y-paz
11. SALVATORE MANCUSO GÓMEZ (a. “Mono Mancuso, Manuel, Santander Lozada, Cacique o Triple Cero”) , identificado con cédula de ciudadanía 6.892.624 de Montería , Córdoba, y código en Justicia y Paz 11 -001-60002532006-80008.
12. ROLANDO RENÉ GARAVITO ZAPATA (a. “Nicolás o Care Niño”) , identificado con cédula de ciudadanía 10.770.756 de Montería, Córdoba, y código en Justicia y Paz 11-001-60-00253-2008-83489.
CUARTO: DISPONER que los procesados suscriban nuevas actas de compromiso, de conformidad con el artículo 2.2.5.1.2.4.3 del Decreto 1069 de 2015 (antes artículo 39 del Decreto 3011 de 2013), bajo las siguientes condiciones:
1. Presentarse trimestralmente ante este Tribunal de manera presencial o virtual (correo electrónico).
2. Continuar con el proceso de reintegración liderado por la ARN (de no haberlo culminado).
3. Informar cualquier cambio de residencia.
4. No salir del país sin previa autorización de este Tribunal o Sala homóloga.
5. Observar buena conducta.
6. No realizar conducta o acto que atente contra los derechos de las víctimas.
7. No tener o portar armas de fuego de defensa personal o de uso privativo
homóloga.
5. Observar buena conducta.
6. No realizar conducta o acto que atente contra los derechos de las víctimas.
7. No tener o portar armas de fuego de defensa personal o de uso privativo de las fuerzas militares.Página 14 de 14 Acta 022 de 2026
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8. No residir o acudir a los municipios en los que delinquió, salvo para el desarrollo de actividades judiciales en el marco de la Ley 975 de 2005, previa autorización de este Tribunal u otra autoridad judicial.
9. No aproximarse a las víctimas y/o a los integrantes de sus grupos familiares.
QUINTO: ENTERAR de esta decisión al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, a la Policía Nacional, a Migración Colombia y a la ARN.
Decisión notificada en estrados. Sin recursos. Se declara ejecutoriada.
Siendo las 3:31 p. m., finaliza la audiencia.
CARLOS ANDRÉS PÉREZ ALARCÓN
Magistrado
JUAN PABLO SÁNCHEZ JIMÉNEZ
Secretario de la audienciaFirmado Por: Carlos Andres Perez Alarcon Magistrado Sala 01 Justicia Y Paz Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico
JUAN PABLO SÁNCHEZ JIMÉNEZ
Secretario de la audienciaFirmado Por: Carlos Andres Perez Alarcon Magistrado Sala 01 Justicia Y Paz Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico
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