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TSDJ BOG SC - 000202501100 00-(13-05-2025)

Tribunal Superior de Bogotá

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Detalles

Título
TSDJ BOG SC - 000202501100 00-(13-05-2025)
Autor
Tribunal Superior de Bogotá
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2025

REPÚBLICA DE COLOMBIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C.

Sala Primera Civil de Decisión

Magistrado sustanciador: Marco Antonio Álvarez Gómez

Bogotá, D.C., trece (13) de mayo de dos mil veinticinco (2025)

Se resuelve la solicitud de tutela de Gabriel Eduardo Bastidas Monsalve contra el Juzgado 49 Civil del Circuito de la ciudad1

ANTECEDENTES

1. El señor Bastidas pidió proteger sus derechos al mínimo vital, dignidad humana, acceder a la justicia y debido proceso, vulnerados por el juez accionado en el pleito ejecutivo que promovió contra Luis Alejandro Sarmiento Suárez (exp. 2009-678), toda vez que no se ha pronunciado sobre la entrega de títulos que requirió el 7 de octubre de 2024.

2. El juez adujo que el 6 de mayo emitió la decisión extrañada. Los demás intervinientes guardaron silencio.

CONSIDERACIONES

Para negar la tutela basta señalar que su propósito cayó en el vacío, por sustracción de materia, pues si la pretensión del accionante apuntaba a que el juez resolviera la solicitud de entrega de depósitos judiciales2, al haberlo hecho ya, como lo revela el auto del día 6 de este mes3, necio resultaría cualquier pronunciamiento estimatorio. Con todo, se requerirá al juzgado para que, en firme su auto, haga efectiva la orden que emitió.

Memórese que si la tutela fue diseñada para proteger los derechos fundamentales vulnerados o amenazados por la acción u omisión de una autoridad (C. Pol., art. 86), es claro

Memórese que si la tutela fue diseñada para proteger los derechos fundamentales vulnerados o amenazados por la acción u omisión de una autoridad (C. Pol., art. 86), es claro

1 Discutido y aprobado en sesión de 12 de mayo. 2 PrimeraInstancia, C004EjecutivoCostas, 001Principal, pdf. 028SolicitudEntregaTitulos, 029CorreoSolicitudEntregaTitulos, 030CorreoAllegaSolicitudEntregaDinero , 031CorreoSolicitudEntregaDineros 3 PrimeraInstancia, C004EjecutivoCostas, 001Principal, pdf. 039AutoTerminaProceso, registro en Siglo XXI: https://consultaprocesos.ramajudicial.gov.co/Procesos/NumeroRadicacion , lista estado: https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/c/document_library/get_file?uuid=e7c285fc0e0e-6940-7736-32658998be52&groupId=6098902, publicado en: https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/c/document_library/get_file?uuid=f69f27641ede-ddba-9b75-e9535e93e236&groupId=6098902República de Colombia

Tribunal Superior de Bogotá D.C. Sala Civil

Exp. 000202501100 00 2 que su prosperidad está condicionada a que, al momento del fallo, subsistan los motivos que dieron lugar a ella, razón por la cual si desaparecen por haber cesado la conducta o superado la omisión, la orden de tutela caerá “en el vacío por sustracción de materia”4.

DECISIÓN

Por lo expuesto, el Tribunal Superior de Bogotá, en Sala Primera Civil de Decisión,

la omisión, la orden de tutela caerá “en el vacío por sustracción de materia”4.

DECISIÓN

Por lo expuesto, el Tribunal Superior de Bogotá, en Sala Primera Civil de Decisión, administrando justicia en no mbre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, deniega el amparo solicitado por Gabriel Eduardo Bastidas Monsalve, pero requiere al juez y a su secretaría en el sentido expresado en las motivaciones de este fallo.

Si la sentencia no se impugna, remítase a la Corte Constitucional.

NOTIFÍQUESE,

Firmado Por:

Marco Antonio Alvarez Gomez Magistrado Sala 006 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Ricardo Acosta Buitrago

4 Corte Constitucional, Sentencia T-033 de 1994.República de Colombia

Tribunal Superior de Bogotá D.C. Sala Civil

Exp. 000202501100 00 3 Magistrado Sala Civil Despacho 015 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

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