TSDJ BOG SC - 001202500233 01-(09-06-2025)
Tribunal Superior de Bogotá
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Detalles
- Título
- TSDJ BOG SC - 001202500233 01-(09-06-2025)
- Autor
- Tribunal Superior de Bogotá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2025
REPÚBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C.
Sala Civil Bogotá, D.C., nueve (9) de junio de dos mil veinticinco (2025) Acción de tutela No. 001202500233 01 Revisada la actuación se advierte que el proceso está incurso en la causal de nulidad prevista en el numeral 8° del artículo 133 del CGP, habida cuenta que se omitió vincular a los demandantes dentro del proceso objeto de amparo, quienes, obviamente, tienen interés para intervenir en este juicio constitucional. Al respecto, el artículo 16 del Decreto 2591 dispone que las providencias que se profieran en el trámite de tutela “se notificarán a las partes o a los intervinientes, por el medio que el juez considere más expedito o eficaz”; así mismo, el artículo 5 del Decreto 306 de 1992 prevé que “todas las providencias que se dicten en el trámite de una acción de tutela se deberán notificar a las partes o a los intervinientes (…) el juez velará porque de acuerdo con las circunstancias, el medio y la oportunidad de la notificación ase guren la eficacia de la misma y la posibilidad de ejercer el derecho de defensa”. Por lo expuesto, el Tribunal de Bogotá, Sala Civil,
RESUELVE
1. Declarar la nulidad de lo todo lo actuado a partir del auto admisorio.
2. Ordenar al juzgado que rehaga la actuación, según los lineamientos trazados en esta providencia, relativos a la notificación de los demandantes dentro del proceso No. 2023-1215.
2. Ordenar al juzgado que rehaga la actuación, según los lineamientos trazados en esta providencia, relativos a la notificación de los demandantes dentro del proceso No. 2023-1215.
En firme, remítase el expediente al despacho de origen.República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá D.C. Sala Civil Exp. 001202500233 01 2
NOTIFÍQUESE,
Firmado Por:
Marco Antonio Alvarez Gomez Magistrado Sala 006 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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