TSDJ BOG SC - 023201700021 01-(22-01-2019)
Tribunal Superior de Bogotá
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TSDJ BOG SC - 023201700021 01-(22-01-2019)
- Autor
- Tribunal Superior de Bogotá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2019
República de Colombia Tribunal Superior de Bogo tá Sala Ci v i l Bogotá D.C., veintidós (22) de enero de dos mil diecinueve (2019).
Ref : Proceso verbal de la Soci edad adm i n i s t r ador a del G i m n a sio Nuev o Suba Ltda. y otra contra José ! b a ldo Yopasa y otros.
En orden a resolver el recurso de súplica int e r puesto p or la p a rte demandante contra el auto de 3 de d i ciembr e de 2018, p rof eri do por el Magistrado Ricardo Acosta B u i tra go dent r o d e l p r o c e s o de la referencia, para declarar una nulidad por i n d ebi da notificación, basten las sigu ientes, CONSIDERACIONES Es necesario aceptar que la parte de m and ant e no al l e gó tempestivamente la prueba para demostrar e l c umpli m iento del requisito de publicidad del emplazamiento previsto en e l p a r á g rafo 2° del artículo 108 del CGP, relativo a la permanen cia d e l con ten i do de aquel "en la página web del respec tivo m edi o d e comunicación , durante el término del emplazamiento" (se subray a ) . Pero también se impone reconocer que la s o ciedad d e mand a n t e, aunque en forma tardía, adosó la certificación c o rrespon diente q u e da cuenta del cumplimiento de dicha exigencia, como l o evidenci a el documento visible al folio 8 del cuaderno 4 , por l o que seRepública de Co/tJmbia T,ibunal Superior de Bogolá D.C Sala Ciuzi revocará el auto suplicado, en atención que la nulidad p r o nunci a da
T,ibunal Superior de Bogolá D.C Sala Ciuzi revocará el auto suplicado, en atención que la nulidad p r o nunci a da cayó en el vacío. DECISIÓN Por lo expuesto, el Tribunal Superior de Bogotá , en Sala Dual Civil de Decisión, REVOCA el auto de 3 d e diciembre de 2018, p roferi do por el Magistrado Sustanciador dentro del proceso de la referencia, a cuyo despacho retornará el expediente. Sin costas en esta instancia por la prosperidad del recu r so.
NOTIFÍQUESE
Magistrado 2
Exp.: 023201700021 01