🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TSDJ BOG SC - 033201300837 01-(07-03-2019)

Tribunal Superior de Bogotá

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TSDJ BOG SC - 033201300837 01-(07-03-2019)
Autor
Tribunal Superior de Bogotá
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2019

República de Colombia Tribunal Superior de BogotáSala Civil Bogotá D.C., siete (7) de marzo de dos mil diecinueve (2019).

Ref.: Proceso ejecutivo de Bancolombia S.A. contra Belisario AurelioAlmeciga García.

Para resolver el recurso de queja interpuesto por la parte demandadacontra el auto de 17 de septiembre de 2018, en virtud del cual el Juzgado4° Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias se abstuvo de conceder—por extemporáneala apelación formulada dentro del proceso de lareferencia respecto del auto de 3 de julio anterior, que ordenó unacomisión para materializar la entrega de un inmueble, bastan lassiguientes, CONSIDERACIONES te Es evidente que el recurso en cuestión no podía ser concedido, nosolo por extemporáneo, como lo puntualizó la juzgadora, sino tambiénpor improcedente. Se afirma lo primero, porque la oportunidad prevista en el inciso 2° delnumeral 1? del artículo 322 del CGP, venció el 9 de julio de 2018, habidacuenta que el auto censurado se notificó por estado el 4 de julio anterior(fl. 20, cdno. 1), lo que significa que la impugnación planteada el día 11fue inoportuna. Y se sostiene lo segundo, porque la orden de comisionarno es decisión apelable, si se repara en el listado de providencias que,de manera taxativa, fueron enlistadas en el artículo 321 de esacodificación.República de Colombia

Tribunal Superior de Bogotá D.C.Sala Civil 2: Así las cosas, luce correcta la decisión de la juez de primer grado. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior de Bogotá, Sala civil,DECLARA BIEN DENEGADO el recurso de apelación que interpuso laparte demandada contra el auto de 3 de julio de 2018, proferido por elJuzgado 4° Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias dentro delproceso de la referencia. Costas del recurso a cargo de la parte recurrente; como agencias enderecho se incluirá la suma de $400.000,00.

NOTIFÍQUESE Exp.: 033201300837 01 2

Consultar sobre este documento ...