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TSDJ BOG SC - 110013103022200200597 03-(31-08-2015)

Tribunal Superior de Bogotá

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Detalles

Título
TSDJ BOG SC - 110013103022200200597 03-(31-08-2015)
Autor
Tribunal Superior de Bogotá
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2015

RI.13714

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

DE BOGOTÁ - SALA CIVIL

Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de agosto del año dos mil quince (2015).

REF: ABREVIADO DE DE PERTENENCIA DE MARLEN RONCANCIO REYES Y OTROS CONTRA

LA ASOCIACIÓN DE AMIGOS CIUDAD BOLÍVAR –BOGOTÁ ASOBOLÍVARY OTROS.

RAD. 110013103022200200597 03

MAGISTRADA PONENTE. NANCY ESTHER ANGULO QUIROZ.

Discutido y aprobado en Sala del 9 de julio de 2015. Acta N° 29

I. ASUNTO Resuelve el Tribunal el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia proferida el 28 de noviembre de 2014, por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Descongestión de esta ciudad.

II. ANTECEDENTES 1). PETITUM: En el libelo introductorio de la presente acción las personas que integran la parte actora, adelante reseñadas, por medio de apoderado judicial especialmente constituido para el efecto,RI. 13714 Rad.110013103022200200597 03

Ref. Proceso Abreviado de Pertenencia de Marlen Roncancio Reyes y otros vs. Asociación de Amigos Ciudad Bolívar –Bogotá Asobolívary Otros. 2 demandaron a Central Cooperativa de Desarrollo Social Coopdesarrollo y a la Asociación de Amigos

Ciudad Bolívar –Asobolívar-, para que se declare que adquirieron por prescripción extraordinaria el dominio de los inmuebles -viviendas de interés socialrelacionados en el cuadro siguiente, respectivamente, cuyos linderos y demás características que los individualizan se indicaron en la demanda, los cuales hacen parte de un lote de mayor extensión identificado con el folio de matrícula inmobiliaria N° 50C-1423076:

DEMANDANTE INMUEBLE PRETENDIDO EN USUCAPIÓN

1 Marlen Roncancio Reyes y Edward Fermín Bautista Albarracín CASA 11 MANZANA C → AL NORTE: Frente de la casa, que da a la vía que separa de la manzana D, en extensión de 5 metros; SUR: Parte posterior que colinda con la casa #10 de la manzana C en extensión de 5 metros; ORIENTE: Colinda con la casa #9 en extensión de 12 metros; OCCIDENTE: Colinda con la casa #13 de la manzana C en extensión de 12 metros; dirección actual Calle 17C #134-70 MJ65. 2 Luis Roberto Sánchez Pérez1 LOTE 10 MANZANA H→ AL NORTE: Con la vía que separa de la manzana I en extensión de 5 metros; SUR: Con el lote #9 de la manzana H en extensión de 5 metros; ORIENTE: Con el lote #8 de la misma manzana; OCCIDENTE: Con el lote # 12 de la misma manzana en extensión de 12 metros. 3 Carlos Alberto Tovar Pimentel y Angelina Isabel Cárdenas Cárdenas, quienes cedieron a Ramiro Gamboa Benavides CASA #7 DE LA MANZANA B→ AL NORTE: Con la vía que separa de la

metros. 3 Carlos Alberto Tovar Pimentel y Angelina Isabel Cárdenas Cárdenas, quienes cedieron a Ramiro Gamboa Benavides CASA #7 DE LA MANZANA B→ AL NORTE: Con la vía que separa de la manzana C en extensión de 5 metros; SUR: Colinda con la casa #6 de la misma manzana en extensión de 5 metros; ORIENTE: Con las casas #4 y #5 de la manzana B, y parte con el lote #3 de la misma manzana en extensión de 12 metros; OCCIDENTE: Colinda con la casa #9 de la misma manzana en extensión de 12 metros; dirección actual Calle 17C #134-70 MJ 42. 4 Claudia Jacqueline Albadan Lara y Carlos Julio Pardo Gerena CASA #12 DE LA MANZANA D→ AL NORTE: Colinda con la casa #13 de la manzana D en extensión de 5 metros, en posesión del señor José Miller Molina; SUR: Con la vía que separa de la manzana C en extensión de 5 metros; ORIENTE: Con la casa #10 de la misma manzana en extensión de 12 metros, en posesión del Señor Luis Pedro Campos; OCCIDENTE: Con la casa #14 de la misma manzana en extensión de 12 metros, en posesión de la Señora Flor Páez; dirección actual Calle 17C #134-70 MJ 76. 5 Luz Faride Acero Cruz y Rómulo Zabala Reyes, cedido a María Hercilia Charfuelan Malte CASA #5 DE LA MANZANA C → AL NORTE: En extensión de 12 metros con la vía que separa a las manzanas C y D; SUR: En extensión de 12 metros con la casa #4 de la manzana C; ORIENTE: En una extensión de 4

con la vía que separa a las manzanas C y D; SUR: En extensión de 12 metros con la casa #4 de la manzana C; ORIENTE: En una extensión de 4 metros con la vía principal de la Urbanización Villa Andrea; OCCIDENTE: En extensión de 4 metros con el lote #7 de la misma manzana.; dirección actual Calle 17 # 134-70 cuya MJ no fuimos informados. Del LOTE #16 DE LA MANZANA C→ AL NORTE: En extensión de 5 metros con el predio #17 de la misma manzana C; SUR: En extensión de 5 metros con la vía que separa a la manzana C de la manzana B; ORIENTE: En una extensión de12 metros con el predio #14 de la misma manzana C; OCCIDENTE: En

1 Persona que desistió de la demanda –fl.254 C.1-, el cual le fue aceptado mediante providencia del 31 de octubre de 2003 –fl.255 Cd.1-.RI. 13714 Rad.110013103022200200597 03 Ref. Proceso Abreviado de Pertenencia de Marlen Roncancio Reyes y otros vs. Asociación de Amigos Ciudad Bolívar –Bogotá Asobolívary Otros. 3 extensión de12 metros con el predio #18 de la misma manzana C; dirección actual Calle 17C # 134-70 cuya MJ no fuimos informados. 6 Martha Rocío Cristancho Paipa CASA #8 DE LA MANZANA D→ AL NORTE: En extensión de 5 metros con el lote #9 de la misma manzana; SUR: En extensión de 5 metros con la

vía que separa a esta manzana de la C; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el lote #6 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con la casa #10 de la misma manzana; dirección actual Calle 17 # 134-70 cuya MJ no fuimos informados. 7 Alba Janett Moreno Vargas CASA #13 DE LA MANZANA C → AL NORTE: En extensión de 5 metros con la vía que separa de la manzana D; SUR: En extensión de 5 metros con la casa #12 de la manzana C; ORIENTE: En extensión de 12 metros con la casa #11 de la manzana C; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con la casa #15 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C #134-70 cuya MJ no fuimos informados. 8 María Julia Rivera de Salamanca CASA #23 DE LA MANZANA A → AL NORTE: En extensión de 5 metros con la vía peatonal que separa de la manzana B; SUR: En extensión de 5 metros con el lote #22 de la misma manzana; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #21 de la misma manzana; OCCIDENTE: Con vía peatonal en extensión de 12 metros; dirección actual Calle 17C #134-70 MJ

13. 9 Florinda Medina López CASA #23 DE LA MANZANA D→ AL NORTE: Con la vía que separa dela manzana E en extensión de 5 metros; SUR: En extensión de 5 metros con la casa #22 de la misma manzana; ORIENTE: En extensión de 12 metros con la casa #21 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12

metros con la casa #25 de la misma manzana D; dirección actual Calle 17C

la casa #22 de la misma manzana; ORIENTE: En extensión de 12 metros con la casa #21 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con la casa #25 de la misma manzana D; dirección actual Calle 17C #134-70 MJ 88. 10 María de los Ángeles Montenegro CASA #12 DE LA MANZANA C → AL NORTE: En extensión de 5 metros con la casa #13 de la misma manzana; SUR: En extensión de 5 metros con la vía que separa de la manzana B; ORIENTE: En extensión de 12 metros con la casa #10 de la manzana C; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con la casa #14 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 51. 11 Yesid Fajardo Pulido y Alix Gómez Tovar CASA #19 DE LA MANZANA J → AL NORTE: En extensión de 5,6 metros con el lote #18 de la misma manzana; SUR: En extensión de 5,6 metros con la vía que separa de la manzana I; ORIENTE: En extensión de 12 metros con la casa #17 de la misma manzana; OCCIDENTE: Con el lote #21 en extensión de 12 metros de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 222. 12 Myriam Esguerra Luque CASA #5 DE LA MANZANA I → AL NORTE: En extensión de 5 metros con el predio de Gustavo Triana, casa #6 de la misma manzana; SUR: Con la vía que separa de la manzana H en extensión de 5 metros; ORIENTE: En extensión de 12 metros con la casa #3 de la misma manzana;

con el predio de Gustavo Triana, casa #6 de la misma manzana; SUR: Con la vía que separa de la manzana H en extensión de 5 metros; ORIENTE: En extensión de 12 metros con la casa #3 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el lote #7 de la manzana I; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 190. 13 Blanca Susana Ruíz Navarrete CASA #17 DE LA MANZANA C → AL NORTE: En extensión de 5 metrosRI. 13714 Rad.110013103022200200597 03 Ref. Proceso Abreviado de Pertenencia de Marlen Roncancio Reyes y otros vs. Asociación de Amigos Ciudad Bolívar –Bogotá Asobolívary Otros. 4 con la vía que separa de la manzana D; SUR: En extensión de 5 metros con el lote #16 de la misma manzana; ORIENTE: En extensión de 12 metros con la casa lote #15 de la manzana C; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el lote #19 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 cuya MJ no nos fue informada. 14 Sandra Milena Martínez Sierra CASA #4 DE LA MANZANA H → AL NORTE: En extensión de 5 metros con la vía que separa de la manzana I; SUR: En extensión de 5 metros con el lote #3 de la misma manzana H; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el lote #2 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el lote #6 de la manzana H; dirección actual Calle 17C # 134-70 cuya MJ no nos fue informada.

con el lote #2 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el lote #6 de la manzana H; dirección actual Calle 17C # 134-70 cuya MJ no nos fue informada. 15 Blanca Nubia Ferro Garay CASA #16 DE LA MANZANA B → AL NORTE: En extensión de 5 metros con el predio #17 de la manzana B; SUR: En extensión de 5 metros con la vía peatonal que separa de la manzana A; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #14 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con la casa #18 de la manzana B; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 33. 16 Luz Marina Chinome Paipa CASA #9 DE LA MANZANA E → AL NORTE: En extensión de 5 metros con la vía que separa de la manzana F; SUR: En extensión de 5 metros con el predio #8 de la misma manzana; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #7 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el predio #11 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 115. 17 Emilio Gerardo Criollo Álvarez CASA #15 DE LA MANZANA C → AL NORTE: En extensión de 5 metros con la vía que separa de la manzana D; SUR: En extensión de 5 metros con el lote 14 de la manzana C; ORIENTE: En extensión de 12 metros con la

casa #13 de la manzana C; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con la casa lote #17 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 cuya MJ no nos fue informada. 18 Cristóbal Bulla Méndez y Clelia María Sánchez Vargas CASA #4 DE LA MANZANA D → AL NORTE: En extensión de 12 metros con la casa #5 de la misma manzana; SUR: En extensión de 12 metros con la casa #3 de la misma manzana; ORIENTE: Con la vía principal de la urbanización Villa Andrea en extensión de 5 metros; OCCIDENTE: En extensión de 5 metros con el lote #7 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 98. 19 Marleny Aguirre CASA #23 DE LA MANZANA C → AL NORTE: En extensión de 5 metros con la vía que separa de la manzana D; SUR: En extensión de 5 metros con el predio #22 de la misma manzana C; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #21 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el lote #25 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 23. 20 Oscar Javier Rodríguez y Doris Martínez Cárdenas CASA #14 DE LA MANZANA K → AL NORTE: En extensión de 4,90 metros con la vía que separa de la manzana L; SUR: En extensión de 4,90 metros con el predio #13 de la misma manzana; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el lote #12 de la misma manzana; OCCIDENTE: En

metros con la vía que separa de la manzana L; SUR: En extensión de 4,90 metros con el predio #13 de la misma manzana; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el lote #12 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el lote #16 de la misma manzana; direcciónRI. 13714 Rad.110013103022200200597 03 Ref. Proceso Abreviado de Pertenencia de Marlen Roncancio Reyes y otros vs. Asociación de Amigos Ciudad Bolívar –Bogotá Asobolívary Otros. 5 actual Calle 17C # 134-70 MJ 260. 21 Ezequiel Muñoz Laverde y Olga Lucia Bejarano Salcedo CASA #10 DE LA MANZANA B → AL NORTE: En extensión de 5 metros con el predio #11 de la misma manzana; SUR: En extensión de 5 metros con la vía que separa de la manzana A; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #8; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con la casa #12; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 30. 22 Melquisedec Medina Medina CASA #19 DE LA MANZANA D → AL NORTE: En extensión de 5 metros con la vía que separa de la manzana E; SUR: En extensión de 5 metros con el predio #18 de la misma manzana; ORIENTE: En extensión de 12 metros

con el predio #17 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el predio #21 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 90. 23 Ana María Orduña Díaz CASA #9 DE LA MANZANA I → AL NORTE: En extensión de 5 metros con el predio #10 de la misma manzana; SUR: En extensión de 5 metros con la vía que separa de la manzana H; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #7 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el predio #11 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 192. 24 María Stella Roncancio Reyes CASA #7 DE LA MANZANA C → AL NORTE: En extensión de 5 metros con la vía que separa de la manzana D; SUR: En extensión de 5 metros con el predio #6 de la misma manzana; ORIENTE: En extensión de 12 metros con los predios #5 y #4 y parte del #3 de la misma manzana C; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el predio #9 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 295. 25 Wilson Eduardo Ortiz y Luz Marina Orozco CASA #19 DE LA MANZANA A → AL NORTE: En extensión de 5 metros con la vía que separa de la manzana B; SUR: En extensión de 5 metros con el predio #18 de la misma manzana; ORIENTE: En extensión de 12 metros

con el predio #17 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el predio #21 de la manzana A; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 15. 26 María Victoria Arias CASA #9 DE LA MANZANA J → AL NORTE: En extensión de 5 metros con el predio #12 de la misma manzana; SUR: En extensión de 5 metros con la vía peatonal que separa de la manzana I; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #7 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el predio #11 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 217. 27 Carmen Inés Cuaspa Chalacan CASA #3 DE LA MANZANA D→ AL NORTE: En extensión de 12 metros con la casa #4 de la misma manzana; SUR: En extensión de 12 metros con la casa #2 de la misma manzana; ORIENTE: En extensión de 5 metros con la vía que separa de la manzana J de la urbanización; OCCIDENTE: En extensión de 5 metros en parte con el lote #6 y en parte con el #7 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 99. 28 Héctor Mauricio López y Gloria Inés Hernández López CASA 22 DE LA MANZANA D → AL NORTE: En extensión de 5 metrosRI. 13714 Rad.110013103022200200597 03 Ref. Proceso Abreviado de Pertenencia de Marlen Roncancio Reyes y otros vs. Asociación de Amigos Ciudad Bolívar –Bogotá Asobolívary Otros. 6 con la casa #21 de la manzana D; SUR: En extensión de 5 metros con la

–Bogotá Asobolívary Otros. 6 con la casa #21 de la manzana D; SUR: En extensión de 5 metros con la vía peatonal que separa de la manzana C; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el lote #20; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el lote #24 de la misma manzana D; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ no nos fue informado. 29 Diego Fernando López y Carolina Ardila Sarmiento CASA #12 DE LA MANZANA B → AL NORTE: En extensión de 5 metros con la casa #13 de la manzana B; SUR: En extensión de 5 metros con la vía peatonal que separa a esta manzana de la manzana A; ORIENTE: En extensión de 12 metros con la casa #10 de la misma manzana B; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con la casa #14 de la misma manzana; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 31. 30 Clara Inés Quevedo Güiza y Gilberto Antonio Castro H. CASA #25 DE LA MANZANA J → AL NORTE: En extensión de 12 metros con la casa 26 de la misma manzana J; SUR: En extensión de 12 metros con la casa #24 de la misma manzana; ORIENTE: Con los predios 21 y 22 de la misma manzana J; OCCIDENTE: Con la vía que separa de la manzana D de la Urbanización; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 226.

31 Doris Sarmiento Varón CASA #9 DE LA MANZANA B→ AL NORTE: Con la vía que separa de la manzana C en extensión de 5 metros; SUR: Con el predio #8 de la misma manzana B en extensión de 5 metros; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #7 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el predio #11 de la misma manzana B; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 41. 32 Alix Aurora Fajardo Álvarez CASA 17 DE LA MANZANA L→ AL NORTE: En extensión de 5 metros con la casa #18 de la misma manzana L; SUR: En extensión de 5 metros con la vía que separa a esta manzana de la manzana K; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #15 de la misma manzana L; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el predio #19 de la misma manzana L; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 275. 33 Elsy Matiz Lara y Doris Hernández Rodríguez CASA 25 DE LA MANZANA D→ AL NORTE: En extensión de 5 metros con la vía que separa a la manzana D de la manzana E; SUR: En extensión de 5 metros con el predio identificado con el #24 de la misma manzana D; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #23 de la misma

manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con espacio vacío, futura avenida; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 86. 34 Omar Santos Bonilla CASA 18 DE LA MANZANA D→ AL NORTE: En extensión de 5 metros con el predio número 19 de la misma manzana D; SUR: En extensión de 5 metros con la vía peatonal que separa a esta manzana de la manzana C; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #16 de la misma manzana; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el predio #20 de la misma manzana D; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 79. 35 Elvia Moreno de Piratova CASA 26 DE LA MANZANA H→ AL NORTE: En extensión de 12 metros con la casa #27 de la misma manzana H; SUR: En extensión de 12 metros con la casa #25 de la misma manzana H; ORIENTE: En extensión de 5 metros con el predio #22 de la misma manzana; OCCIDENTE: Con la vía principal que separa de la manzana B; dirección actual Calle 17C # 134-70

MJ 175.RI. 13714 Rad.110013103022200200597 03

Ref. Proceso Abreviado de Pertenencia de Marlen Roncancio Reyes y otros vs. Asociación de Amigos Ciudad Bolívar –Bogotá Asobolívary Otros. 7 36 Elvia Moreno de Piratova cedido a José Parmenio Sarmiento Toro y Ana Silvia Ayala Fernández De la CASA #10 DE LA MANZANA C→ AL NORTE: En extensión de 5 metros con la casa #11 de la manzana C; SUR: En extensión de 5 metros

José Parmenio Sarmiento Toro y Ana Silvia Ayala Fernández De la CASA #10 DE LA MANZANA C→ AL NORTE: En extensión de 5 metros con la casa #11 de la manzana C; SUR: En extensión de 5 metros con la vía que separa a la manzana C de la manzana B; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #8 de la misma manzana C; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el predio #12 de la misma manzana C; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 50. 37 Eusebio Ciprian Martínez y Luz Dary Bernal Torres CASA 12 DE LA MANZANA J→ AL NORTE: En extensión de 5 metros con la vía que separa a esta manzana J de la manzana K; SUR: En extensión de 5 metros con el predio #11 de la misma manzana J; ORIENTE: En extensión de 12 metros con el predio #10 de la misma manzana J; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el predio #14 de la misma manzana J; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 234. 38 José Medardo Ortiz Reyes CASA 16 DE LA MANZANA D→ AL NORTE: En extensión de 5 metros con el predio #17 de la misma manzana D; SUR: En extensión de 5 metros con la vía que separa a la manzana D de la manzana C; ORIENTE: En

extensión de 12 metros con el predio #14 de la misma manzana D; OCCIDENTE: En extensión de 12 metros con el predio #18 de la misma manzana D; dirección actual Calle 17C # 134-70 MJ 78. Como consecuencia de las anteriores declaraciones, reclamaron que se ordene al señor Registrador de Instrumentos Públicos de esta ciudad, Zona Centro, la inscripción de la sentencia en el libro correspondiente, y la apertura de folio de matrícula para cada uno de los predios, singularizando el derecho de dominio en cabeza de cada uno de los accionantes, segregándolos del de mayor extensión. Finalmente solicitaron se disponga la expedición de tantas copias de la sentencia como demandantes hubiere, para su pertinente protocolización e inscripción. 2). CAUSA: Como fundamentos fácticos de la presente acción se indicaron los hechos relevantes que admiten el siguiente compendio: Afirmaron, que “la necesidad de vivienda llevó a un grupo de personas a asociarse y constituir la Asociación de Amigos Ciudad Bolívar, para lo cual efectuaron aportes en dinero, celebraron promesas de compraventa; y esta persona jurídica, a su vez, gestionó un crédito con la entidad Cooperativa CUPOCRÉDITO, recursos con los cuales pudieron negociar el predio donde hoy se asienta la Urbanización Villa Andrea, dentro de la cual tienen sus viviendas”.RI. 13714 Rad.110013103022200200597 03 Ref. Proceso Abreviado de Pertenencia de Marlen Roncancio Reyes y otros vs. Asociación de Amigos Ciudad Bolívar

–Bogotá Asobolívary Otros. 8 Que al haber hecho aportes en dinero con la esperanza de adquirir un lote con la finalidad de construir una vivienda, “llevó a gran parte de los asociados a ingresar al predio y tomar posesión material y real del mismo, desde comienzos del mes de febrero de 1994, unos con acta de entrega de ASOBOLÍVAR, otros sin esta ”; época desde la cual se dividió materialmente el lote de mayor extensión y los poseedores han ejercido actos de señores y dueños, han construido viviendas, han instalado servicios públicos, tales como energía, teléfono, agua, alcantarillado, recolección de basuras, “han cedido la posesión de los predios, siendo la posesión siempre pacífica, ininterrumpida, y sin perturbación alguna”. Señalaron que “ ni ASOBOLÍVAR, ni CUPOCRÉDITO, ni FIDUBANCOOP, han adelantado acción reivindicatoria alguna, durante el tiempo en que han tenido derechos sobre el predio, respetando LA POSESIÓN pacífica, que desde mil novecientos noventa y cuatro han ejercido los demandantes”, superando así los 5 años previstos por el legislador para las viviendas de interés social, sin que se hubiera presentado interrupción civil o natural. 3). ACTUACIÓN PROCESAL: La demanda así presentada 2 se admitió mediante providencia del 5 de septiembre de 2002, ordenando su enteramiento al extremo pasivo, así como de las personas indeterminadas que se

crean con derecho sobre los inmuebles que se pretenden usucapir, quienes luego de notificarse en debida forma contestaron y ejercieron su derecho de contradicción así: a). La Asociación de Amigos Ciudad Bolívar se opuso a las pretensiones, por cuanto los bienes solicitados en “prescripción extraordinaria de derecho de dominio no son para vivienda de interés social, toda vez que, en primer lugar, son lotes de terreno cuyo valor excede de 135 salarios mínimos; y segundo, todas esta personas que figuran como demandantes en el proceso N° 20020597, fueron invasoras de cada uno de los inmuebles descritos en el capítulo de pretensiones”. Adicionalmente formuló las excepciones de mérito que denominó “falta de requisitos legales para declarar la prescripción adquisitiva extraordinaria de derecho de dominio de los bienes inmuebles objeto de la demanda en este proceso” y la genérica.

2 Luego de la sustitución que milita a folios 180-206 Cd.1.RI. 13714 Rad.110013103022200200597 03 Ref. Proceso Abreviado de Pertenencia de Marlen Roncancio Reyes y otros vs. Asociación de Amigos Ciudad Bolívar –Bogotá Asobolívary Otros. 9 b). Central Cooperativa de Desarrollo Social “Coopdesarrollo” se opuso a las pretensiones y formuló las exceptivas que denominó “falta de los requisitos para adquirir el dominio por prescripción extraordinaria para viviendas de interés social” y “las excepciones genéricas o innominadas”. c). El curador ad litem designado para las personas indeterminadas no formuló reparo alguno, manifestando que se atenía a lo que resultare probado en el proceso. Agotado el trámite propio de la primera instancia, el 28 de noviembre de 2014 el Juzgado

c). El curador ad litem designado para las personas indeterminadas no formuló reparo alguno, manifestando que se atenía a lo que resultare probado en el proceso. Agotado el trámite propio de la primera instancia, el 28 de noviembre de 2014 el Juzgado Primero Civil del Circuito de Descongestión de Bogotá dictó sentencia, en la cual acogió las pretensiones incoadas por 29 de 38 demandantes, en tanto negó las de los restantes 3 y adoptó las determinaciones que decisión en tal sentido implica. Inconforme con la decisión que acogió las pretensiones de algunos de los demandantes, el apoderado judicial de Central Cooperativa de Desarrollo Social “Coopdesarrollo” formuló en su contra recurso de apelación, el cual fue concedido en el efecto de ley, motivo por el que se encuentra la actuación ante esta Corporación.

III. LA SENTENCIA IMPUGNADA El a quo, en lo medular, señaló que en el presente asunto los demandantes -a excepción de María Hercilia Charfuelan Malte (cesionaria de Luz Faride Acero Cruz y Rómulo Zabala Reyes), Martha Rocío Cristancho Paira, Alba Yanett Moreno Vargas, Myriam Esguerra Luque, Blanca Susana Ruíz Nabarrete, Sandra Milena Martínez Sierra, Emilio Gerardo Criollo Álvarez y Elvia

3 Alba Janett Moreno Vargas Blanca Susana Ruíz Navarrete Emilio Gerardo Criollo Álvarez Luz Faride Acero Cruz y Rómulo Zabala Reyes cedido a María Hercilia Charfuelan Malte Martha Rocío Cristancho Paipa Myriam Esguerra Luque Sandra Milena Martínez SierraRI. 13714 Rad.110013103022200200597 03

Martha Rocío Cristancho Paipa Myriam Esguerra Luque Sandra Milena Martínez SierraRI. 13714 Rad.110013103022200200597 03 Ref. Proceso Abreviado de Pertenencia de Marlen Roncancio Reyes y otros vs. Asociación de Amigos Ciudad Bolívar –Bogotá Asobolívary Otros. 10 Moreno de Piratova-, acreditaron los presupuestos necesarios para adquirir la propiedad de los inmuebles reclamados. Lo anterior, porque teniendo en cuenta el material probatorio recaudado, del cual es dable afirmar, según su juicio, que se configuran los requisitos que habilitan la procedencia “de la prescripción adquisitiva de dominio sobre viviendas de interés social, así: Primero: la posesión material que han ejercido los demandantes, con la convicción de ánimo de señores y dueños sobre cada uno de los inmuebles que conforman el predio de mayor extensión y que se encuentran descritos en el acápite de pretensiones de este proveído, sin reconocer dominio ajeno; Segundo: convicción materializada en los actos que han realizado de los demandantes en las viviendas, por más de 5 años; tercero: la posesión material la han ejercido sobre bienes susceptibles de ser adquiridos por prescripción, en tanto que se trata de bienes privados y no de los que la Ley Civil considera imprescriptibles y Cuarto: que cada una de las viviendas que hacen parte del predio de mayor extensión, son consideradas de interés social”.

IV. LA APELACIÓN

La parte demandada sustentó su inconformidad con el fallo de primer grado aduciendo, en resumen, que los inmuebles sobre los cuales se acogieron las pretensiones no fueron identificados plenamente, “no allegó ninguna prueba documental que acreditase la existencia de cada uno de los inmuebles”; que “el dictamen pericial rendido por el auxiliar de la justicia es notablemente insuficiente la manifestación realizada en tal sentido ya que no aportó soporte alguno”. Así mismo y luego de hacer un recuento de las pruebas recaudadas al interior del juicio, sostuvo que las mismas resultan insuficientes para acreditar la posesión en cabeza de los demandantes, respecto de los cuales se acogieron las pretensiones; es así que “el juez a quo al analizar que ni los documentos, ni los cuatro (4) testimonios, ni los trece (13) interrogatorios de parte, le aportaban la prueba de la posesión de los demandantes, de forma errónea se fundamentó en el dictamen pericial para asegurar que los demandantes habían poseído sus predios por un lapso de tiempo que excede los cinco años exigidos por la ley”. Adujo que el dictamen no puede servir como soporte de la decisión, en cuanto acredita posesión en cabeza de los demandantes, pues “el experticio en mención, y para el caso en estudio,RI. 13714 Rad.110013103022200200597 03 Ref. Proceso Abreviado de Pertenencia de Marlen Roncancio Reyes y otros vs. Asociación de Amigos Ciudad Bolívar –Bogotá Asobolívary Otros. 11 solo puede ser prueba para determinar si los inmuebles objeto de la pertenencia son o no viviendas

de interés social”; que éste “no prueba la posesión real y material que dicen ejercer los demandantes sobre cada uno de estos predios, ni el juez puede trasladar la carga probatoria de probar la posesión, ya que esta recae sobre la parte demandante”. Manifestó que “no existe prueba en el expediente ni en el experticio que demuestre que las personas que atendieron al perito son los demandantes, y tampoco se puede afirmar legalmente , que por el simple hecho de mencionarse en el experticio que fue atendido por un supuesto demandante, ello es prueba de los actos de señor y dueño por el lapso de tiempo exigido por la ley ” (Sic), por lo que solicitó la revocatoria de la sentencia objeto de alzada, en lo que accedió a las pretensiones. V.- CONSIDERACIONES 1). PRESUPUESTO PROCESALES: Sea lo primero advertir, la presencia de los presupuestos procesales necesarios para considerar válidamente trabada la relación jurídico-procesal, por cuanto la demanda reúne los requisitos mínimos de ley; las personas e

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