TSDJ BOG SC - 2014-00805-01-(27-06-2018)
Tribunal Superior de Bogotá
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Detalles
- Título
- TSDJ BOG SC - 2014-00805-01-(27-06-2018)
- Autor
- Tribunal Superior de Bogotá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2018
REPUBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ
SALA CIVIL
AUDIENCIA DE ALEGATOS Y FALLO
ACTA DE AUDIENCIA
PROCESO DE AGROCAMPO S.A.S CONTRA LIRIS RAQUEL
RODRIGUEZ. RAD-. 2014-00805-01
En Bogotá, D.C., a losveintisiete(27)díasdel mes de juniode dos mil dieciocho (2018), fecha y hora señalada,la Sala de Decisión conformada por los magistrados,JAIME CHAVARRO MAHECHA, y MARTHA PATRICIA GUZMAN ALVAREZ quien la preside,se constituyeron en audiencia pública conforme al art. 327 del C.G.P. en el proceso de lareferencia.La magistrada LIANA AIDA LIZARAZO VACA se encuentracon excusa justificada. Se deja constancia que compareció el apoderado de la parte demandante CARLOS FERNANDO MORENO GARCIA quien se identificócon la C.C. No. 18.393.182 y exhibió la T.P No. 121.129 delC.Sde laJ. A continuación,se concedió eluso de lapalabraalapoderado de la partedemandante quien sustentoelrecursode apelaciónen virtud de lareconformación de lasala. Efectuada lasustentacióndel recurso,se procedió a proferirel fallo correspondiente, el cual en la parte resolutiva establece lo siguiente, En virtuda lo expuesto,elTribunal Superior del DistritoJudicial de Bogotá D.C., en Sala Civilde Decisión, administrando justicia
en nombre de laRepública de Colombia y por autoridadde laley. RESUELVE REVOCAR La sentenciaproferidael 18 de marzo de 2016 por la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, por las razones anotadas en estaprovidencia,para en su lugarDISPONER: PRIMERO: DECLARAR que la demandada Liris Raquel Rodríguez ha infringidolos derechos de propiedad industrialde lasociedad Agrocampo S.A.S., por tenerinscritoun establecimiento de comercio con el nombre "Agrocampo Toluviejo''ante la Cámara de Comercio.
SEGUNDO: DECLARAR que la demandada Liris Raquel Rodríguez ha infringidolos derechos de propiedad industrialde la sociedad Agrocampo S.A.S., por usar sin autorizaciónlegal, la marca denominativa Agrocampo.
TERCERO: ORDENAR a laCámara de Comercio de Sincelejo
(Sucre),retirela expresión "Agrocampo" del registromercantildel establecimientode comercio Agrocampo Toluviejo.
CUARTO: Sin costas.
QUINTO: ORDENAR ladevolución del expedientealJuzgado de origen.
Decisión que se notificaen estrados. No siendo otro el objeto de la presente,se termina, dejando constanciaque laaudienciase grabó en un disco compacto que se adjuntacomo parteintegrantedel acta. Los Magistrados