TSDJ BOG SEJP - 110016000253201500337-(22-08-2017)
Tribunal Superior de Bogotá
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Detalles
- Título
- TSDJ BOG SEJP - 110016000253201500337-(22-08-2017)
- Autor
- Tribunal Superior de Bogotá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2017
Rad. 110016000253201500337
AUTODEFENSAS CAMPESINAS DE PUERTO BOYACÁ (ACPB)
Terminación Anticipada del Proceso
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ
SALA JUSTICIA Y PAZ
Magistrada Ponente: ALEXANDRA VALENCIA MOLINA
Bogotá D.C., (22) de agosto de dos mil diecisiete (2017).
Estructura Paramilitar: AUTODEFENSAS CAMPESINAS DE PUERTO
BOYACÁ.
Radicación: 110016000253201500337 N.I. 2815
1. OBJETO DE LA DECISIÓN Procede la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, a proferir sentencia por Terminación Anticipada del Proceso, en los términos del parágrafo del artículo 18 de la Ley 1592 de 2012, en contra de los postulados
JORGE ALBERTO GARCÍA RUEDA, ELISEO VELASCO ÁVILA, LEÓNIDAS
SILVA ACEVEDO, OSIAS GARRIDO SUÁREZ, FERNANDO VARGAS
HERNÁNDEZ, CARLOS CALDERÓN GARCÍA, DARÍO MARTÍNEZ CALDERÓN,
RUBÉN DARÍO MORALES GONZÁLEZ, JOSÉ OSWALDO CORTÉS CRUZ,
ALEXANDER SUÁREZ DÍAZ, TITO MAHECHA MAHECHA, ÁNGEL MARÍA HERNÁNDEZ CARRILLO, WALDO DE JESÚS DIOSA GARCÍA, y SAÚL ARNOLDO CEBALLOS MORALES, desmovilizados de la estructura armada
HERNÁNDEZ CARRILLO, WALDO DE JESÚS DIOSA GARCÍA, y SAÚL ARNOLDO CEBALLOS MORALES, desmovilizados de la estructura armada ilegal Autodefensas Campesinas de Puerto Boyacá (ACPB), por los delitos cometidos durante y con ocasión del conflicto armado colombiano, en atención a la solicitud elevada a esta Sala por la Fiscalía 34 de la Dirección Nacional de Justicia Transicional. 1Rad. 110016000253201500337
A U7'0DEFENSAS CAMPESINAS DE PUERTO BOYA oí (ACPB)
Terminación Anticipada del Proceso
2. ANTECEDENTES PROCESALES La Fiscalía 34 de la Dirección Nacional de Justicia Transicional, radicó escrito de cargos para audiencia de Terminación Anticipada del Proceso respecto de los postulados JORGE ALBERTO GARCÍA RUEDA, ELISEO
VELASCO ÁVILA, LEÓNIDAS SILVA ACEVEDO Y OSIAS GARRIDO SUÁREZ,
FERNANDO VARGAS HERNÁNDEZ, CARLOS ARTURO CALDERÓN GARCÍA,
DARÍO MARTÍNEZ CALDERÓN, RUBÉN DARÍO MORALES GONZÁLEZ, JOSÉ
OSWALDO CORTÉS CRUZ, ALEXANDER SUÁREZ DÍAZ, TITO MAHECHA
MAHECHA, ÁNGEL MARÍA HERNÁNDEZ CARRILLO, WALDO DE JESÚS DIOSA GARCÍA y SAÚL ARNOLDO CEBALLOS MORALES, exintegrantes de la desmovilizada estructura paramilitar Autodefensas Campesinas de Puerto Boyacá (ACPB). Para tal fin, indicó que su petición tenía como fundamento
DIOSA GARCÍA y SAÚL ARNOLDO CEBALLOS MORALES, exintegrantes de la desmovilizada estructura paramilitar Autodefensas Campesinas de Puerto Boyacá (ACPB). Para tal fin, indicó que su petición tenía como fundamento la sentencia de Segunda Instancia proferida por de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dentro del Radicado 455471, en la que fueron reconocidos cinco patrones de macrocriminalidad, a saber: -Patrón de macrocriminalidad de Desaparición Forzada. - Patrón de macrocriminalidad de Reclutamiento Ilícito. -Patrón de macrocriminalidad de Violencia Basada en Género. -Patrón de macrocriminalidad de Homicidio. - Patrón de macrocriminalidad de Desplazamiento Forzado. Para el efecto, solicitó incorporar a la Terminación Anticipada del Proceso, las decisiones proferidas por esta jurisdicción en contra del postulado ARNUBIO TRIANA MAHECHA comandante paramilitar y otros 26 postulados más de la denominada estructura criminal Autodefensas Campesinas de Puerto Boyacá, respecto de quienes ya ha tenido lugar sentencia en esta jurisdicción. Por lo anterior, la Fiscalía sostuvo que con la sentencia de segunda instancia proferida por la Honorable Corte Suprema de Justicia, se evidencia el cumplimiento de las exigencias previstas en el artículo 2.2.5.1.2.2.4 del Decreto 1069 de 2015, para la identificación de Patrones de Macrocriminalidad. De igual manera, el ente acusador indicó que previo a elevar la petición de Terminación Anticipada del proceso, recibió solicitud del abogado defensor de los postulados, doctor JAIME VERGARA BEJARANO, quien le hizo saber
Macrocriminalidad. De igual manera, el ente acusador indicó que previo a elevar la petición de Terminación Anticipada del proceso, recibió solicitud del abogado defensor de los postulados, doctor JAIME VERGARA BEJARANO, quien le hizo saber Se trata de la sentencia de Primera Instancia proferida por una de las Salas de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, del 16 de diciembre de 2014, y la sentencia de Segunda Instancia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, dentro del rad. 45547 del 16 de diciembre de 2015, en la que fueron reconocidos cinco patrones de macrocriminalidad cometidos por las ACPB 2Rad. 110016000253201500337 AUTODEFENSAS CAMPESINAS DE PUERTO BOYA CA (ACPB) Terminación Anticipada del Proceso la procedencia de dicha figura procesal respecto de quienes representa, en atención a que cada uno de ellos fue escuchado en diligencia de versión libre y sujeto de formulación de imputación respecto de los hechos sobre los cuales tendría lugar la terminación del proceso. Previo lo anterior, el representante de la Fiscalía General de la Nación solicitó la acumulación de 2 escritos de acusación, respecto de 14 postulados, escuchados en diligencia de versión libre y formulación de imputación por los hechos que ahora hacen parte de esta decisión, cometidos durante y con ocasión a su militancia en la estructura paramilitar
ACPB. 2
El 27 de febrero de 2017, esta Sala dispuso la instalación de la respectiva audiencia para escuchar los argumentos de la Fiscalía en lo que a la solicitud de Terminación Anticipada del proceso se refiere, petición de la cual se
ACPB. 2
El 27 de febrero de 2017, esta Sala dispuso la instalación de la respectiva audiencia para escuchar los argumentos de la Fiscalía en lo que a la solicitud de Terminación Anticipada del proceso se refiere, petición de la cual se corrió traslado a los demás sujetos procesales y por la que se tomó la decisión de aceptar la solicitud, tal como se verá con posterioridad. Decisión respecto de la cual, ninguno de los sujetos procesales interpuso recurso alguno.
3. INDENTIDAD DE LOS POSTULADOS La Fiscalía hizo referencia a los datos biográficos de cada uno de los postulados que hacen parte de la solicitud de Terminación Anticipada, las circunstancias particulares de su pertenencia a la estructura paramilitar y su desmovilización, como se relaciona a continuación3:
3.1. Postulado Jorge Alberto García Rueda. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía 1\452 91.495.152 de Bucaramanga, Santander, nació el 1 de marzo de 1977 en San Vicente de Chucurí, Santander, hijo de Jorge García Cardozo y María Esperanza Rueda Fuentes, bachiller y antes de ingresar a la estructura se desempeñó en el área de la construcción. En el ario 1995, siendo menor de edad, fue reclutado en la estructura paramilitar, por parte de José Anselmo Martínez, alias Ramón, luego en 1996, fue enviado a las estructuras que operaban en el departamento del Cesar, donde estuvo hasta octubre de 1996. Durante el año 1997, se trasladó a un grupo de autodefensas que operaba en Lebrija, Santander y de ahí regresó al grupo que operaba en San Vicente de Chucurí, Santander,
trasladó a un grupo de autodefensas que operaba en Lebrija, Santander y de ahí regresó al grupo que operaba en San Vicente de Chucurí, Santander, = Record 01:13:00, audiencia del 20 de febrero de 2017. Según información contenida en el Escrito de Acusación presentado por la Fiscalía 3Rad. 110016000253201500337 AUTODEFENSAS CAMPESINAS DE PUERTO BOYACÁ (ACPB) Terminación Anticipada del Proceso hasta principios del año 1999, cuando se presentó a prestar servicio militar en el Batallón Luciano de Luyer, donde sólo estuvo hasta septiembre de ese ario, cuando fue dado de baja anticipadamente. Al salir del Ejército, se fue a vivir a Bucaramanga donde una tía, pero en el año 2000 se incorporó nuevamente a la organización paramilitar de San Vicente de Chucurí, bajo el mando de Omar Beltrán, alias Polocho. A comienzos del ario 2001, hizo parte del grupo de alias Gustavo Alarcón, en el Corregimiento de San Blas, en Simití, Bolívar, donde su función principal consistió en reclutar jóvenes de la región del Chucurí para incorporarlos al Bloque Central Bolívar. En la estructura paramilitar fue conocido con el alias de Jimmy Barranca o Jorge lünga. Fue capturado el 9 de junio de 2002 y se desmovilizó privado de la libertad con la estructura paramilitar Bloque Central Bolivar el 31 de enero de 2006 y fue postulado por el Gobierno Nacional a la Ley de Justicia y Paz el 26 de junio de 2007. 3.2. Postulado Eliseo Velasco Ávila.
con la estructura paramilitar Bloque Central Bolivar el 31 de enero de 2006 y fue postulado por el Gobierno Nacional a la Ley de Justicia y Paz el 26 de junio de 2007. 3.2. Postulado Eliseo Velasco Ávila. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 91.041.138 de San Vicente de Chucurí, Santander, nació el 1 de mayo de 1968 en esa misma población, hijo de Roberto Velasco y Juana Ávila, estudió hasta sexto grado y antes de ingresar a la estructura se desempeñó en el área de la construcción. Ingresó a las autodefensas que operaban en la región del Chucurí, Santander, el 12 de febrero de 1994, donde fue conocido con el alias de León o Camacho, realizó labores de patrullero, pero a los tres meses fue enviado a San Vicente de Chucurí, Santander como urbano. En marzo de 1996, se incorporó al grupo paramilitar ubicado en la Hacienda Bella Cruz en La Gloria, Cesar, al mando de alias Pasos o Manaure, donde permaneció hasta mayo de ese ario, cuando regresó a la estructura de San Vicente de Chucurí, Santander bajo las órdenes de Alfredo Santamaría y José Anselmo Martínez Bernal, hasta el 25 de julio de 2002, cuando fue capturado. Se desmovilizó privado de la libertad el 14 de diciembre de 2005 con el Bloque Central Bolívar y fue postulado por el Gobierno Nacional a la Ley de Justicia y Paz el 12 de febrero de 2007. 3.3. Postulado Leónidas Silva Acevedo.
privado de la libertad el 14 de diciembre de 2005 con el Bloque Central Bolívar y fue postulado por el Gobierno Nacional a la Ley de Justicia y Paz el 12 de febrero de 2007. 3.3. Postulado Leónidas Silva Acevedo. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 91.042.588 de San Vicente de Chucurí, Santander, nació el 4 de noviembre de 1970 en esa misma población, hijo de Leónidas Silva y Luz Mila Acevedo, estudió hasta noveno 4Rad.110016000253201500337 AUTODEFENSAS CAMPESINAS DE PUERTO BOYAD( (ACPB) Terminación Anticipada del Proceso grado, prestó servicio militar en el Batallón de Caldas en la ciudad de Bucaramanga en el año 1989 y antes de ingresar a la estructura paramilitar se desempeñó como agricultor. Ingresó a la estructura paramilitar de la región del Chucurí en Santander, a mediados del ario 1993, donde ejerció como patrullero y fue conocido con el alias de John. En enero de 1994 fue encargado como comandante de la base La Unión, pero a finales de 1995 decidió dedicarse a actividades del campo en predios de su familia, aunque continuó colaborando con el grupo armado ilegal. Fue capturado el 18 de octubre de 2002, se desmovilizó privado de la libertad el 28 de enero de 2006 con las ACPB y fue postulado por el Gobierno Nacional el 22 de agosto de 2007. 3.4. Postulado Osias Garrido Suárez. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 1.102.714.115 de San Vicente
por el Gobierno Nacional el 22 de agosto de 2007. 3.4. Postulado Osias Garrido Suárez. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 1.102.714.115 de San Vicente de Chucurí, Santander, nació el 3 de noviembre de 1983 en esa misma población, hijo de Norberto Garrido y Martha Cecilia Suárez, estudió hasta noveno grado y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como agricultor. Ingresó en enero de 2002 al Frente Ramón Danilo que operaba en la región de Chucurí, Santander, recibió entrenamiento por mes y medio en el corregimiento Centenario de El Carmen de Chucurí, Santander, desarrolló la actividad de patrullero de la zona rural, fue conocido en la estructura con el alias de Barragán, y decidió desmovilizarse individualmente el 10 de diciembre de 2005, cuando se entregó en la vereda Líbano Alto al Batallón Luciano de Luyer de San Vicente de Chucurí, fue capturado el 17 de marzo de 2010 y postulado por el Gobierno Nacional el 27 de marzo de 2013. 3.5. Postulado Fernando Vargas Hernández. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 91.135.143 de Cimitarra, Santander, nació el 5 de marzo de 1980 en esa misma población, hijo de José Rafael Vargas y Lilia Hernández, estudió hasta grado once y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como jornalero. Ingresó a la estructura armada ilegal a finales de 1998, fue enviado a instrucción en la escuela localizada en San Fernando en Cimitarra,
ingresar a la estructura se desempeñó como jornalero. Ingresó a la estructura armada ilegal a finales de 1998, fue enviado a instrucción en la escuela localizada en San Fernando en Cimitarra, Santander, fue conocido con el alias de Leonel, lo enviaron a una escuadra llamada Las Montoyas, donde permaneció por dos años, luego a mediados de 2001, durante cuatro meses perteneció al grupo de alias Kankil que operaba en Cimitarra, Santander, donde permaneció por 4 meses. 5Rad. 110016000253201500337 AU7'0DEFENSAS CAMPESINAS DE PUERTO BOYA a (ACPB) Terminación Anticipada del Proceso Finalmente fue enviado como urbano a Puerto Boyacá, encargado del puesto de control paramilitar de la entrada del pueblo. Se desmovilizó colectivamente con las ACPB el 28 de enero de 2006 y fue postulado por el Gobierno Nacional el 18 de marzo de 2013. 3.6. Postulado Carlos Calderón García. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 1.099.543.032 de Cimitarra, Santander, nació el 8 de marzo de 1979 en Yopal, Casanare, hijo de Luis Arturo Calderón y María Luz Mérida García Holguín, estudió hasta quinto de primaria y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como ayudante técnico de soldadura y pintura. Ingresó al grupo armado ilegal en febrero de 2001, fue enviado a entrenamiento a la base Guatemala en Puerto Boyacá, a realizar el curso denominado Apocalipsis, fue conocido con el alias de Harold, lo asignaron a grupos paramilitares de contraguerrilla y a la zona del cruce de Palaguas en
entrenamiento a la base Guatemala en Puerto Boyacá, a realizar el curso denominado Apocalipsis, fue conocido con el alias de Harold, lo asignaron a grupos paramilitares de contraguerrilla y a la zona del cruce de Palaguas en Puerto Boyacá, donde estuvo hasta el ario 2003, luego lo trasladaron como patrullero a Cimitarra y Bolívar, Santander con la estructura paramilitar ACPB se desmovilizó colectivamente con las ACPB el 28 de enero de 2006 y fue postulado por el Gobierno Nacional 18 de marzo de 2013. 3.7. Postulado Darío Martínez Calderón. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 4.438.215 de La Dorada, Caldas, nació el 16 de octubre de 1983 en Puerto Parra, Santander, hijo de Darío Martínez y Teresa Calderón Valdés, estudió hasta séptimo grado y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como jornalero. En el mes de enero de 2000, siendo menor de edad, fue reclutado por la estructura armada ilegal ACPB y enviado a curso de entrenamiento en la base Tres Cero Dos, ubicada en la vereda San Fernando de Cimitarra, Santander, fue conocido con el alias de Gabriel, luego enviado a grupos paramilitares de contraguerrilla móviles en la vereda Las Montoyas de Puerto Parra, Santander, donde estuvo por año y medio. Luego fue trasladado al kilómetro 25 vereda Campo Padilla de Cimitarra, Santander, con funciones de radio operador y de allí fue enviado a Puerto Boyacá a cumplir la misma labor hasta mediados del año 2002, cuando fue trasladado al Frente Rescate y finalmente enviado al Frente Paramilitar
con funciones de radio operador y de allí fue enviado a Puerto Boyacá a cumplir la misma labor hasta mediados del año 2002, cuando fue trasladado al Frente Rescate y finalmente enviado al Frente Paramilitar Conquistadores del Minero. Se desmovilizó colectivamente el 28 de enero de 2006 y postulado por el Gobierno Nacional el 18 de marzo de 2013. 3.8. Postulado Rubén Darío Morales González. 6Rad. 110016000253201500337 AU7'0DEFENSAS CAMPESINAS DE PUERTO BOYA a (ACPB) Terminación Anticipada del Proceso Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 10.176.856 de La Dorada, Caldas, nació el 18 de noviembre de 1970 en Puerto Parra, Santander, hijo de Rubén Morales y Ana Silvia González, estudió hasta quinto de primaria y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como mecánico, soldador y jornalero. Ingresó a mediados del ario 1998) en la estructura paramilitar, se desempeñó como conductor de alias KanlaZ comandante del grupo que operaba en el corregimiento de Puerto Araujo en Cimitarra, Santander, fue conocido con el alias de Sayayín. Luego en el año 2003, fue enviado a un curso de entrenamiento en la base El Alcohol de la vereda Campo Padilla de Cimitarra, Santander y de ahí trasladado a los grupos de contraguerrillas móviles, para finalmente ser asignado al esquema de seguridad personal de Arnubio Triana Mahecha, alias Botalón. Se desmovilizó colectivamente con las ACPB el 28 de enero de 2006 y fue postulado por el Gobierno Nacional el 18 de marzo de 2013.
Arnubio Triana Mahecha, alias Botalón. Se desmovilizó colectivamente con las ACPB el 28 de enero de 2006 y fue postulado por el Gobierno Nacional el 18 de marzo de 2013. 3.9. Postulado José Oswaldo Cortés Cruz. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 7.255.401 de Puerto Boyacá, Boyacá, nació el 19 de noviembre de 1982 en Otanche, Boyacá, hijo de Rafael de jesús Cortés y Karen Cecilia Cruz Reina, estudió hasta sexto grado y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como minero de esmeraldas. A mediados del ario 1998, siendo menor de edad, por intermedio de un primo suyo, fue reclutado por la estructura paramilitar ACPB, por alias Gabino, asignado a la seguridad personal de Arnubio Triana Mahecha, alias Botalón, actividad que desarrolló hasta el año 2000, cuando fue enviado al grupo de contraguerrilla que operaba en Puerto Parra, Santander, luego trasladado como urbano a Puerto Boyacá y para el año 2004 al Frente Velandia. Se desmovilizó colectivamente con las ACPB el 28 de enero de 2006 y fue postulado por el Gobierno Nacional el 18 de marzo de 2013. 3.10. Postulado Alexander Suárez Díaz. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 75.088.311 de Manizales, Caldas, nació el 10 de septiembre de 1978 en Palestina, Caldas, hijo de Gilberto Antonio Suárez González y Ana de Jesús Díaz, bachiller y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como jornalero.
Caldas, nació el 10 de septiembre de 1978 en Palestina, Caldas, hijo de Gilberto Antonio Suárez González y Ana de Jesús Díaz, bachiller y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como jornalero. 7Rad. 110016000253201500337 AUTODEFENSAS CAMPESINAS DE PUERTO norAcif (ACPB) Terminación Anticipada del Proceso Ingresó al grupo armado ilegal en mayo de 2000, enviado a curso de entrenamiento en la base paramilitar Yarumal en Caño Venado de Cimitarra, Santander, conocido con el alias de Tomas, luego enviado a Puerto Romero en Puerto Boyacá, Boyacá, donde permaneció hasta el 28 de enero de 2006, cuando se desmovilizó colectivamente con las ACPB, fue postulado por el Gobierno nacional el 18 de marzo de 2013. 3.11. Postulado Tito Mahecha Mahecha. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía 142 7.251.063 de Puerto Boyacá, Boyacá, nació el 2 de julio de 1966 en esa misma población, hijo de Tito Mahecha y Ascensión Mahecha Mogollón, estudió hasta séptimo grado y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como obrero de compañías petroleras. Ingresó a las autodefensas en marzo de 2001, fue conocido con el alias de Tito o Urbano, y se desempeñó como conductor todo el tiempo de su vinculación y estuvo en todas las áreas de influencia de las ACPB. Se desmovilizó colectivamente con esa estructura el 28 de enero de 2006 y fue postulado por el Gobierno Nacional el 13 de enero de 2006.
vinculación y estuvo en todas las áreas de influencia de las ACPB. Se desmovilizó colectivamente con esa estructura el 28 de enero de 2006 y fue postulado por el Gobierno Nacional el 13 de enero de 2006. 3.12. Postulado Ángel María Hernández Carrillo. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 7.251.353 de Puerto Boyacá, Boyacá, nació el 14 de marzo de 1968 en esa misma población, hijo de Froilán Hernández y Julia Carrillo, estudió hasta quinto de primaria y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como conductor. Ingresó al grupo armado ilegal a mediados de 1997, fue conocido con el alias de Chuzo o Jhon Jairo, la mayor parte del tiempo estuvo en Puerto Serviez en el casco urbano de Puerto Boyacá, donde su función era vigilar para la estructura paramilitar la zona de Vasconia, La Sierra y La Pesca. Se desmovilizó colectivamente con las ACPB el 28 de enero de 2006 y fue postulado por el Gobierno Nacional el 5 de junio de 2013. 3.13. Postulado Waldo De Jesús Diosa García. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 7.254.035 de Puerto Boyacá, Boyacá, nació el 28 de noviembre de 1977 en esa misma población, hijo de Gildardo Antonio Diosa y María Aurora García Ballesteros, estudió hasta tercero de primaria, prestó servicio militar y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como agricultor. 3Rad. 110016000253201500337
AU7'0DEFENS2IS CAMPESINAS DE PUERTO BOYACÁ (ACPB)
Terminación Anticipada del Proceso
estructura se desempeñó como agricultor. 3Rad. 110016000253201500337 AU7'0DEFENS2IS CAMPESINAS DE PUERTO BOYACÁ (ACPB) Terminación Anticipada del Proceso Ingresó a la estructura armada ilegal a finales del ario 1998, fue conocido con el alias de Gómez, enviado a la escuela base Ocho, ubicada en Campo Seco, Cimitarra, Santander, luego lo trasladaron a la base Las Montoyas en Puerto Parra, Santander donde estuvo por 3 meses y regresó a la Escuela Base Ocho y después a un grupo de contraguerrilla en el sector de Las Montoyas, allí estuvo por 3 arios. En el año 2000 fue enviado a un grupo móvil a Campo Capote en Puerto Parra, Santander donde fue radio operador, después lo enviaron a Puerto Serviez por ocho meses y luego a la base paramilitar ubicada en Dos Hermanos en Cimitarra, Santander. Finalmente para el año 2002, lo asignaron al grupo de escoltas de Álvaro Sepúlveda Quintero, alias Cesar, segundo comandante de las ACPB, siendo jefe de escoltas en el año 2004. Se desmovilizó colectivamente con las ACPB el 28 de enero de 2006 y postulado el 5 de junio de 2013. 3.14. Postulado Saúl Arnoldo Ceballos Morales. Se identifica con la Cédula de Ciudadanía N2 7.255.052 de Puerto Boyacá, Boyacá, nació el 4 de septiembre de 1979 en San Luis, Antioquía, hijo de Arnoldo Ceballos y María del Socorro Morales, estudió hasta tercero de primaria y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como agricultor.
Arnoldo Ceballos y María del Socorro Morales, estudió hasta tercero de primaria y antes de ingresar a la estructura se desempeñó como agricultor. El 4 de agosto de 1997, siendo menor de edad, fue reclutado por la estructura armada ilegal ACPB, conocido con el alias de Alfredo, fue enviado a curso de entrenamiento en la Base Ocho, ubicada de Cimitarra, Santander, luego enviado a la zona rural de Cimitarra, Santander, donde estuvo hasta diciembre de 1998, cuando fue trasladado al Frente Urbano de Puerto Boyacá. Se desmovilizó colectivamente con las ACPB el 28 de enero de 2006 y fe postulado por el Gobierno Nacional el 28 de septiembre de 2012. Finalmente, se adelantaron las sesiones de incidente de reparación integral a las víctimas de carácter excepcional, en la sede del Tribunal con retransmisiones desde Puerto Boyacá - Boyacá y San Vicente de Chucurí - Santander, fueron escuchadas las víctimas que asistieron y sus apoderados presentaron las afectaciones en cada caso e hicieron las alegaciones finales junto con los demás sujetos procesales.
4. INTERVENCIONES
4.1 Fiscalía. Reiteró su petición de emitir fallo condenatorio en contra de los postulados
JORGE ALBERTO GARCIA RUEDA, ELISEO VELASCO ÁVILA, LEONIDAS
9Rad. 110016000253201500337
AUTODEPENSAS CAMPESINAS DE PUERTO BOYAC.Á (ACPB)
Terminación Anticipada del Proceso
SILVA ACEVEDO, OSIAS GARRIDO SUÁREZ, FERNANDO VARGAS
AUTODEPENSAS CAMPESINAS DE PUERTO BOYAC.Á (ACPB)
Terminación Anticipada del Proceso
SILVA ACEVEDO, OSIAS GARRIDO SUÁREZ, FERNANDO VARGAS
HERNÁNDEZ, CARLOS CALDERÓN GARCÍA, DARÍO MARTÍNEZ CALDERÓN,
RUBÉN DARÍO MORALES GONZÁLES, JOSÉ OSWALDO CORTÉS CRUZ,
ALEXANDER SUÁREZ DÍAZ, TITO MAHECHA MAHECHA, ÁNGEL MARÍA HERNÁNDEZ CARRILLO, WALDO DE JESÚS DIOSA GARCÍA y SAÚL ARNOLDOCEBALLOS MORALES, señalando que el proceso ha sido respetuoso de los derechos fundamentales de los sujetos procesales, igualmente solicitó la Fiscalía, que se tenga en cuenta para el fallo, en el momento de tazar las penas, partir de las penas más graves al tratarse de crímenes atroces que como se demostró en la sentencia matriz, se trata de crímenes de guerra y lesa humanidad. 4.2 Ministerio Público El señor representante del Ministerio Público no se opuso a que se declare la terminación anticipada del proceso, salvo en el hecho 11, por tratarse de hechos que no hicieron parte de declaración de patrones de macrocriminalidad de la sentencia del 16 de diciembre de 2015, rad. 45547. En lo demás mostró total acuerdo. 4.3 Representantes de Víctimas El apoderado de las víctimas, Héctor Rodríguez solicitó que se imponga la máxima pena prevista en la legislación penal vigente aplicable al caso y se conmine a los postulados a seguir participando en el proceso de
El apoderado de las víctimas, Héctor Rodríguez solicitó que se imponga la máxima pena prevista en la legislación penal vigente aplicable al caso y se conmine a los postulados a seguir participando en el proceso de esclarecimiento de la verdad, principalmente en lo que tiene que ver con la búsqueda de las personas desaparecidas. 4.4 Defensa El defensor de los postulados Mariano Atehortua Osorio, solicitó que en la Terminación Anticipada del proceso, se tenga en cuenta la participación voluntaria de los postulados para la determinación de la pena. 4.5 Postulados Carlos Arturo Calderón García: Solicitó una disminución de la pena como quiera que su arribo al proceso fue de manera voluntaria. Pidió perdón a las víctimas, a todo el país y la sociedad por las cosas horribles que se vivieron. También indicó tener conocimiento de una fosa donde se encuentra la 10Rad. 110016000253201500337 AUTODEFENSAS CAMPESINAS DE PUERTO BOYACA - (ACPB) Terminación Anticipada del Proceso víctima de Carlos Daza Fonnegra y manifestó expresa su voluntad para colaborar.
Ángel María Hernández Carrillo: Pidió perdón a las víctimas y el núcleo familiar, a Colombia, la comunidad internacional y afirmó su propósito de no repetición. Solicitó tener en cuenta su situación desde la desmovilización, para la disminución de penas.
Tito Mahecha Mahecha: Expresó que desde la fecha de su desmovilización ha cumplido con todas las tareas asignadas por los organismos encargados para su desmovilización, hizo un recuento de sus empleos y cursos técnicos.
Tito Mahecha Mahecha: Expresó que desde la fecha de su desmovilización ha cumplido con todas las tareas asignadas por los organismos encargados para su desmovilización, hizo un recuento de sus empleos y cursos técnicos.
También enfatizó en su presentación voluntaria, y pidió que esto se tenga en cuenta para la disminución de la apena.
Waldo de Jesus Diosa García: Pidió perdón a las víctimas por lo que hizo y solicitó disminución de la pena por su colaboración en el proceso, tras su presentación voluntaria y su aporte en el proceso de construcción de verdad.
Rubén Darío Morales: Pidió perdón a las víctimas y la comunidad colombiana por los lamentables hechos que cometieron. Pidió tener en cuenta para la disminución de la pena la presentación voluntaria Oswaldo Cortez Cruz, Gabino Cortes Cruz, Alexander Suarez Diaz: y Fernando Vargas Hernández, pidieron perdón a las víctimas y el pueblo colombiano.
Darío Martínez Calderón: Señaló que en versión libre manifestó su voluntad de entregar una fosa ubicada en la Vereda la Chisposa en Cimitarra
Santander.
Eliseo Velasco Ávila: Pidió perdón a las víctimas y manifestó haber cumplido con los compromisos de la desmovilización.
Osias Garrido Suarez: Pide perdón a las víctimas y manifestó su arrepentimiento por los hechos cometidos durante su pertenencia a ACPB. 4.6 Otros Intervinientes 4.6.1. Unidad Administrativa para la Atención y Reparación a las Víctimas En sus alegatos de conclusión, aclaró que la víctima Deisy Liliana Triana Páez ya fue incluida junto con su madre, la señora Gloria Inel Páez Espitia,
En sus alegatos de conclusión, aclaró que la víctima Deisy Liliana Triana Páez ya fue incluida junto con su madre, la señora Gloria Inel Páez Espitia, en el registro único de víctimas por vía administrativa. 11Rad. 110016000253201500337 AUTODEFENSAS CAMPESINAS DE PUERTO BOYACÁ (ACPB) Terminación Anticipada del Proceso 4.6.2. Fondo Para la Reparación de las Víctimas. Se comprometió a entregar un informe pormenorizado de los bienes objeto de extinción de dominio en esta decisión y las razones por las cuales no se ha adecuado un método de administración eficiente, en aras de garantizar la mejor utilización de los recursos que destinados a la reparación de las víctimas.
5. CONSIDERACIONES.
Luego de agotados los trámites de ley, esta Sala de conocimiento es competente para conocer la solicitud de Terminación Anticipada del proceso en los términos contenidos en el parágrafo del artículo 18 de la Ley 1592 de 2003. Vale la pena manifestar que a pesar de subsistir el apremio por conocer el contexto de la guerra, también lo es, que dentro del conjunto de normas que regulan la justicia transicional de la Ley 1592 o ley de Justicia y Paz, se encuentra la figura procesal de la Terminación Anticipada del Proceso, aplicable siempre y cuando se cumpla con el fundamento con el que dicha figura fue concebida para esta jurisdicción