🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TSDJ BOG SP - 11001 22 15 000 2022 02104 00-(02-11-2022)

Tribunal Superior de Bogotá

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TSDJ BOG SP - 11001 22 15 000 2022 02104 00-(02-11-2022)
Autor
Tribunal Superior de Bogotá
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2022

REPÚBLICA DE COLOMBIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ

SALA DE DECISIÓN PENAL Magistrado ponente

ALBERTO POVEDA PERDOMO

Aprobado Acta Nº. 167

SENTENCIA DE TUTELA DE PRIMERA INSTANCIA Radicación 11001 22 15 000 2022 02104 00

Demandante(s) CÉSAR ANDRÉS CHACÓN PEÑA Demandado(s) Comisión de Disciplina Judicial de Bogotá Derecho(s) Debido proceso Decisión Declara improcedente por hecho superado Bogotá, D.C., miércoles, dos (2) de noviembre de dos mil veintidós (2022).

I. ASUNTO

1. Resolver la acción de tutela instaurada por CÉSAR ANDRÉS CHACÓN PEÑA contra la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá.

II. FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

2. Competencia. De conformidad con lo establecido en el artículo 86

Fundamental y en el Decreto 333 de 2021, es competente la Corporación para conocer en primera instancia de la tutela propuesta contra la Comisión de Disciplina Judicial de la ciudad.

3. El problema y su sol ución. El accionante señaló que la Comisión de Disciplina Judicial de Bogotá no había tramitado una queja que presentó el 14 de julio pasado ; s in embargo, al responder la demanda, la magistrada MARTHA INÉS MONTAÑA SUÁREZ, adscrita a esa Corporación, informó que mediante auto de 31 de octubre de 2022 dispuso estarse a lo resuelto en decisión MARTHA INÉS MONTAÑA SUÁREZ, adscrita a esa Corporación, informó que mediante auto de 31 de octubre de 2022 dispuso estarse a lo resuelto en decisión de 31 de octubre de 2019, en la que desestimó de plano la misma queja. Esa determinación, agregó, fue debidamente comunicada al quejoso mediante correo electrónico.

4. Así es claro que el supuesto que dio origen al amparo se solucionó y se configura la carencia actual de objeto por hecho superado como causal deTutela de 1ª instancia Radicación: 11001 22 15 000 2022 02104 00

Accionante(s): CÉSAR ANDRÉS CHACÓN PEÑA Accionado(s): Comisión de Disciplina Judicial de Bogotá Decisión: Declara improcedente por hecho superado Página 2 de 2 improcedencia de la tutela. En todo caso, se exhortará a la demandada para que no incurra en este tipo de omisiones.

III. DECISIÓN A mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior de Bogotá, en Sala de Decisión Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,

RESUELVE 1º. DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de tutela. 2º. EXHORTAR a la autoridad demandada para que, en lo sucesivo, se abstenga de incurrir en comportamientos como el que originó la presentación de la queja. 3º. ANUNCIAR que contra esta sentencia procede la impugnación. En caso de no presentarse recurso se ENVIARÁ la actuación a la Corte Constitucional para su eventual revisión. de la queja. 3º. ANUNCIAR que contra esta sentencia procede la impugnación. En caso de no presentarse recurso se ENVIARÁ la actuación a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Notifíquese y cúmplase

ALBERTO POVEDA PERDOMO

Magistrado

SUSANA QUIROZ HERNÁNDEZ RAMIRO RIAÑO RIAÑO

Magistrada Magistrado

Consultar sobre este documento ...