TSDJ BOG SP - 11001 6099 069 2019 04915 01-(12-08-2021)
Tribunal Superior de Bogotá
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Detalles
- Título
- TSDJ BOG SP - 11001 6099 069 2019 04915 01-(12-08-2021)
- Autor
- Tribunal Superior de Bogotá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2019
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ DC
SALA DE DECISIÓN PENAL
Magistrado ponente: FERNANDO ADOLFO PAREJA REINEMER Radicación: 11001 6099 069 2019 04915 01
Procedencia: JUZGADO 54 PENAL DEL CIRCUITO DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ
Procesado: EDWIN SALVADOR PULIDO
Delito: CONCURSO DE ACTOS SEXUALES Y ACCESO CARNAL ABUSIVO CON
MENOR DE 14 AÑOS AGRAVADOS
Asunto: APELACIÓN SENTENCIA ORDINARIA ABSOLUTORIA
Decisión: CONFIRMA
Aprobado acta: Nº 106 ELECTRÓNICA
Ciudad y fecha: BOGOTÁ DC, 12 DE AGOSTO DE 2021
1. OBJETO
Se resuelve la apelación interpuesta por el ministerio público contra la sentencia proferida el 21 de julio de 2020 por el Juzgado 54 Penal del Circuito de Bogotá, por la cual absolvió al procesado EDWIN SALVADOR PULIDO de los delitos de acceso carnal con menor de 14 años agravado y actos sexuales abusivos con menor de 14 años agravado, en concurso homogéneo sucesivo.
2. HECHOS
ANATAIDA MORENO el 4 de abril del 2019 denunció que el 31 de marzo del 2019, al llegar a su casa, sus 3 hijas LFFM de 10 años, DPMG de 14 años y MJFB de 12 años, le manifestaron que temían quedarse con su padrastro porque éste las tocaba libidinosamente en sus partes íntimas, además de pedirle a LFFM que le practicara
DPMG de 14 años y MJFB de 12 años, le manifestaron que temían quedarse con su padrastro porque éste las tocaba libidinosamente en sus partes íntimas, además de pedirle a LFFM que le practicara sexo oral, a cambio de lo cual le ofrecía dinero.
3. ANTECEDENTES PROCESALES
(i) El 6 de abril de 2019 ante el Juzgado 75 de Garantías se legalizó la captura del procesado, se le imputó autoría de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, actos sexuales abusivos con menorRadicado 11001 6000 721 2013 00652 01 Página 2 de 23
de 14 años y acto sexual violento, agravados, cargos que no aceptó, y la fiscalía no lo solicitó detención; (ii) el 2 de agosto de 2019 la fiscalía presentó acusación , repartida al Juzgado 54 Penal del Circuito de Bogotá; (iii) el 6 de septiembre de 2019 se hizo la audiencia de acusación , en la que la fiscalía precisó que la calificación era acceso carnal abusivo con menor de 14 años y actos sexuales abusivos con menor de 14 años, en concurso; (iv) el 7 de febrero de 2020 se aplazó la audiencia preparatoria; (v) el 5 de marzo de 2020 se hizo la audiencia preparatoria; (vi) el 23 de abril, 8, 22 de mayo y 12 de junio de 2020 se hizo el juicio; (vii) el 21 de julio de 2020 se profirió absolución , apelada por el Ministerio Público; (viii) el 5 de febrero de 2021 el caso se repartió al ponente.
julio de 2020 se profirió absolución , apelada por el Ministerio Público; (viii) el 5 de febrero de 2021 el caso se repartió al ponente.
4. COMPETENCIA
Esta Sala de Decisión Penal es competente para resolver la apelación porque según el artículo 34 -1 de l CPP, es superior funcional y territorial del juzgado que profirió la sentencia apelada.
5. SENTENCIA APELADA
El juzgado absolvió al procesado. Analizó la sentencia del 20 de mayo de 2020, radicado 52.045, sobre l a incorpora ción como testimonio adjunto de las declaraciones anteriores. Que las víctimas comparecieron a juicio y estuvieron disponibles en condiciones físicas e intelectuales para dar su testimonio, y todas se retractaron de los hechos, por lo cual la fiscalía, en los testimonios de DPMG y MJFB incorporó las declaraciones iniciales ante el psicólogo del CTI, como te stimonio adjunto . Que las declaraciones anteriores de DPMG y MJFB serán analizadas como testimonio adjunto , pues respecto de la menor LFFM no se hizo lectura de la entrevista, por lo cual su testimonio se analizará en directo.
Transcribió las versiones de DPMG y MJFB y las analizó, luego de lo cual precisó que en las declaraciones en juicio las víctimas se retractaron, coincidiendo en que era una invención de las tres paraRadicado 11001 6000 721 2013 00652 01 Página 3 de 23
sacar de la casa al procesado porque maltrataba físicamen te a su
retractaron, coincidiendo en que era una invención de las tres paraRadicado 11001 6000 721 2013 00652 01 Página 3 de 23
sacar de la casa al procesado porque maltrataba físicamen te a su mamá, no las dejaba ir a fiestas y ni asomar por la ventana, y que no cre ía las declaraciones anteriores porque los hechos que expusieron las víctimas no correspondían a aquéllos por los que la fiscalía acusó, y los transcribió, en relación con el acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado y los actos sexuales con menor de 14 años agravado, en concurso.
Que la fiscalía no demostró que DPMG y MJFB hubiesen sido accedidas, a pesar de que se incorporaron sus declaraciones anteriores. De DP dijo que se probó que el procesado la besaba en la boca y los senos, sin manipular sus genitales, lo mismo que con MJ. De DPMG se probó que el acusado tocó sus senos y cola , además la veía al ducharse; de MJFB que le daba besos en la boca y en los senos , al tiempo que los manipulaba . Y de LFFM, que la obligaba a hacerle felación y a cambio le daba dinero. Que no es posible condena r, pues las demás pruebas corroboran la retractación de las víctimas . Que la denunciante narró la difícil relación con el procesado , con quien se iban a los golpes , lo que presenciaban sus hijas, a quienes no las dejaba ir a reuniones ni asomarse a la ventana, lo que coincide con la retractación de ellas.
Que cuando las niñas hicieron la revelación a su progenitora, no se
presenciaban sus hijas, a quienes no las dejaba ir a reuniones ni asomarse a la ventana, lo que coincide con la retractación de ellas.
Que cuando las niñas hicieron la revelación a su progenitora, no se mostraron afectadas, no dieron detalles de los abusos, insistiendo que la retractación reviste mayor importancia , teniendo en cuenta los hechos por los que se acusó. Analizó la declaración de la médico, quien atendió a las víctimas por urgencias en el Hospital de Suba, concluyendo que a ninguna de ellas se les encontró alteración de sus estructuras anatómicas, lo que desvirtúa la base fáctica por la que acusó la fiscalía y que se suma al reconocimiento de las víctimas sobre que sus denuncias fueron mentira y que su propósito era sacar al procesado de sus vidas, insistiendo en que en la menor LF no hubo hallazgos, a pesar de haber dicho que tuvo relaciones con el procesado dos días antes del examen.
Que la médico forense NANCY ALMANZA valoró a LFFM, y no halló huellas de lesión, indicando que la niña tenía un himen semianular íntegro no elástico y un ano de tono de forma usual, ambos sinRadicado 11001 6000 721 2013 00652 01 Página 4 de 23
lesiones recientes ni antiguas, insistiendo que ante esta profesional la víctima d io un relato distinto , pues dijo que el procesado la accedía analmente, a pesar de que ante la médico inicial dijo que la penetración era vaginal. Que existen dudas insalvables sobre si se agotaron los verbos rectores imputados, evidenciando que la fiscalía no probó las conductas atribuidas, manteniendo a favor del
penetración era vaginal. Que existen dudas insalvables sobre si se agotaron los verbos rectores imputados, evidenciando que la fiscalía no probó las conductas atribuidas, manteniendo a favor del procesado la presunción de inocencia.
6. APELACIÓN
El Ministerio público dijo que se denunció cómo tres niñas de 10, 12 y 13 años fueron víctimas de vejámenes sexuales por el procesado durante 9 meses, aclarando 7 episodios por la fiscalía. De LFFM de 10 años, dijo que fue tocada en sus senos, cola y vagina, así como penetrada vía vaginal y oral , actos vistos por su hermana MJFB, quedando probado el acceso al haberla penetrado por la boca. Citó la sentencia de la Corte Suprema del 6 de abril del 2006, radicado
24096. De MJFB de 12 años, dijo que el procesado la besaba en la boca, le tocaba los senos, la cola y en la vagina, así como sexo oral.
De DPMG de 13 años, dijo que el procesado la beso en la boca y en la vagina , además de tocarle la cola , los senos y la vagina , obligándola a hacerle sexo oral, también le introdujo los dedos en la vagina, consumando, con estas dos menores, el acceso carnal.
Que las niñas conta ron los vejámenes de los que fueron víctimas por su padrastro , que denuncia ron y fueron valoradas por una profesional en el Hospital de Suba, quien dio cuenta en juicio de lo relatado por ellas con tristeza y llanto , además de haber sido valoradas, después, por distintos profesionales de Medicina Legal a quienes contaron sus experiencias, siendo contestes en sus
profesional en el Hospital de Suba, quien dio cuenta en juicio de lo relatado por ellas con tristeza y llanto , además de haber sido valoradas, después, por distintos profesionales de Medicina Legal a quienes contaron sus experiencias, siendo contestes en sus versiones. Que en juicio DP MG se retractó porque se puso de acuerdo con sus hermanas, pues el procesado le pegaba a su mamá y querían que se fuera , indicando que supieron los detalles que dieron de los actos, en YouTube, además de negar lo dicho antes, lo que no es lógico. Que la denunciante coadyu vó la retractación porque le aseguraron que todo era inventado, responsabilizando al CTI porque la presionaron para que dijera que entre más rápido se detuviera al procesado, le entregarían sus hijas.Radicado 11001 6000 721 2013 00652 01 Página 5 de 23
Que deben creerse las declaraciones iniciales, pues para la menor DPMG no fue fácil acercarse a su madre a contarle vivencias íntimas, por lo cual no es un invento, dados los detalles que dieron de los accesos. En estas retractaciones están en juego los derechos de las víctimas, fáciles de manipular por adultos, debiéndose determinar factores que llevaron a la retractación e insistió en los relatos ante los médicos, que no fueron bien valorados por el juzgado. Que fue caótica la situación después que las menores revelaron los hechos, pues fueron dejadas en una fundación 8 meses y el procesado fue detenido, lo que pudo causar un sentimiento de culpa frente a su mamá y 3 hermanos menores , pues las niñas aseguraron en sus entrevistas iniciales que el procesado era amable , teniendo un
detenido, lo que pudo causar un sentimiento de culpa frente a su mamá y 3 hermanos menores , pues las niñas aseguraron en sus entrevistas iniciales que el procesado era amable , teniendo un sentimiento benigno hacia éste, a pesar de lo cual lo denunciaron.
Que la retracción de DPMG es un libreto repetido por las otras dos víctimas, sobre haber acordado perjudicar al procesado , pero mostraron sentimientos de tristeza , según la profesional que las atendió. Que el juzgado no valoró bien las pruebas, pues concluyó que no se demostró el acceso, a pesar de que la penetración en la boca de la menor LFMM fue vista por su hermana MJFB y contada a DPMG, relatada por todas con detalles sobre la eyaculación y los movimientos de la cabeza de su hermana durante la felación. Que el juzgado erró al decir que la denunciante ni las víctimas se afectaron en una revelación sin detalles, omitiendo que cuando fueron valoradas en el Hospital de Suba, la profesional vio llanto en las niñas, lo que hace creíble sus dichos. Que el hecho de que la denunciante traslade la responsabilidad al CTI, muestra su interés en favorecer al procesado, alterando la verdad.
Que el juzgado erró al valorar el examen ginecológico de las víctimas, pues al no observar alteraciones en sus zonas genitales , sugirió que lo denunciado era mentira , lo que no es posible hacer porque según la propia profesional , el hecho de que no se evidencien lesiones, no descarta el abuso, pues la penetración oral y anal, los tocamientos u otros actos sexuales no dejan rastros
porque según la propia profesional , el hecho de que no se evidencien lesiones, no descarta el abuso, pues la penetración oral y anal, los tocamientos u otros actos sexuales no dejan rastros patológicos. Que la lucha contra los delitos sexuales de los que son víctimas NNA, es necesaria, según la Convención sobre los Derechos del Niño y la protección penal en Colombia . Solicitó revocar la absolución y condenar al procesado al estar demostradasRadicado 11001 6000 721 2013 00652 01 Página 6 de 23
las conductas atribuidas, con los testimonios de las tres víctimas ante el médico de urgencias, los psicólogos y los médicos legistas.
7. CONSIDERACIONES
7.1 RECURSO DEL MINISTERIO PÚBLICO
7.1.1 TESTIMONIO ADJUNTO
El juzgado , respecto de las víctimas MJFB y DPMG, valoró sus declaraciones como testimonio adjunto. En el proceso penal de ley 906 los dichos de la víctima fuera del proceso y antes de la audiencia de juicio pueden entrar con distintos fines, y de éstos depende la forma de hacerlo. Si la víctima viene al juicio y declara, sus dichos anteriores pueden entrar de mano o en voz de quien lo recaudó o escuchó, y se puede usar para medir la coherencia entre ambas, para determinar su credibilidad y mérito demostrativo en su contrainterrogatorio, según el artículo 393-b del CPP. También para impugnar su credibili dad, según el artículo 403 -4 del CPP, y para refrescar la memoria del testigo, si aduce no recordar algún aspecto relevantes, según el artículo 392-d del CPP.
impugnar su credibili dad, según el artículo 403 -4 del CPP, y para refrescar la memoria del testigo, si aduce no recordar algún aspecto relevantes, según el artículo 392-d del CPP.
Si la víctima viene al juicio y declara, y también ha dado una versión anterior por fuera del proceso, que resultan distintas u opuestas, como en los casos de retractación, la fiscalía puede usar los dichos anteriores y por fuera del proceso, no para valorar la credibilidad y mérito demostrativo, sino para que se deseche la declaracción en la audiencia de juicio y se la dé a los dichos anteriores por fuera del proceso. En este caso la doctrina los denomina testimonio adjunto, en cuya versión es válido que la condena se base, no en lo que la víctima dijo dentro de la audiencia de juicio , sino en sus dichos anteriores por fuera del proceso, que ha debido entrar según el debido proceso investigativo y probatorio, y en especial que las partes haya expuesto a la víctima su dicho anterior por fuera del proceso para que explique la diferencia entre las dos versiones.Radicado 11001 6000 721 2013 00652 01 Página 7 de 23
Si la víctima no viene a la audiencia de juicio, lo dicho por ella antes y por fuera del proceso puede entrar al proceso como testimonio de referencia, si se cumplen los requisitos de los artículos 437 y subsiguientes del CPP, lo cual es diferente.
En este caso s e cumplieron los requisitos y si bien la fiscalía , al poner de presente a las víctimas MJFB y DPMG sus dichos anteriores para que l os leyeran, no expresó , en concreto, que los solicitaba como testimonio adjunto, s í manifestó que lo hacía dadas las
poner de presente a las víctimas MJFB y DPMG sus dichos anteriores para que l os leyeran, no expresó , en concreto, que los solicitaba como testimonio adjunto, s í manifestó que lo hacía dadas las nuevas versiones de las víctimas , quienes se estaban retractando, lo que fue autorizado por el juzgado, luego de lo cual, en cada caso, se hizo la lectura y se corrió traslado a la de fensa para que contrainterrogara sobre las declaraciones iniciales y la del juicio.
7.1.3 DICHOS ANTERIORES DE LAS VÍCTIMAS
La fiscalía presentó a los tres médicos que atendieron a las víctimas y leyeron las anamnesis de cada una , de las cuales en juicio se retractaron. La fiscalía, por eso, le pidió al juzgado que creyera los dichos anteriores y no los que dijeron las víctimas en el juicio, sino para demostrar los hechos jurídicos expuestos en la acusación. Se analizarán los relatos de las víctimas en la audiencia de juicio y en sus exámenes médico legista e historia clínica.
7.2 RESPONSABILIDAD DEL PROCESADO
7.2.1 HECHOS EN QUE FUE VÍCTIMA DPMG
DPMG, víctima de 15 años1 en su declaración en juicio, dijo que el procesado era su padrastro y la convivencia con él no era buena ni mala, y que a pesar de que era gruñón, era buena gente2. Indicó:
“43:00 ¿… porqué el señor EDWIN está en la cárcel? … él está en la cárcel por algo que él no hizo … por una simple mentira…
mala, y que a pesar de que era gruñón, era buena gente2. Indicó:
“43:00 ¿… porqué el señor EDWIN está en la cárcel? … él está en la cárcel por algo que él no hizo … por una simple mentira… … ¿cuál es la verdad …?
1 Minuto 14:00 de juicio del 8 de mayo de 2020 – expediente virtual remitido por el juzgado. 2 Minuto 37:00 de juicio del 8 de mayo de 2020 – expediente virtual remitido por el juzgado.Radicado 11001 6000 721 2013 00652 01 Página 8 de 23
… yo y mis hermanas nos pusimos de acuerdo y dijimos algo que no era … yo no me he sentido muy bien desde que yo conté eso … ¿Qué fue lo que tu dijiste … sobre esta situación? … que me tocaba a mí y a mis hermanas, pero eso nunca fue cierto. ¿… que te tocaba en dónde? En las partes íntimas
45:30 … ¿por qué cambiaste esa versión? … eso nunca pasó … yo y mis hermanas inventamos eso porque no lo queríamos más en la casa … porque él le pegaba a mi mamá, no nos dejaba salir, nos pasaba gritando…
46:26 … ¿Quién … ideó esa idea? La … tuve yo
¿A ti nadie te interrogó sobre esta situación con alguna autoridad? Que yo me acuerde … no fue así como que me dijeron que diga la verdad y cosas así … La primera vez fue con un señor … (inaudible) ¿Recuerdas … qué fue lo que dijiste al señor …? … que ese señor me tocaba a mí y a mis hermanas ¿… tú habías recibido orientación sexual? Si
La primera vez fue con un señor … (inaudible) ¿Recuerdas … qué fue lo que dijiste al señor …? … que ese señor me tocaba a mí y a mis hermanas ¿… tú habías recibido orientación sexual? Si
56:00 ¿Qué fue lo que tu dijiste en la entrevista sobre esos tocamientos? … que yo había visto que él tocaba a mi hermana … a la otra y … que me pedía besos a mí, pero … eso … fue mentira. … ¿por qué has guardado tanto tiempo silencio frente a esta situación …? Porque no había tenido la oportunidad de decir la verdad … yo … me siento con culpa y triste
58:42 … tu le dijiste a tus hermanas lo que tenían que decir … Yo le dije a mis hermanas que (inaudible)
01:00:44 … tu dijiste algo más de lo que nos has dicho el día de hoy? … eso fue lo único que yo dije aparte … sobre los tocamientos en tus partes íntimas ¿dijiste algo más …? … dije que a veces me tomaba fotos …
01:02:35 Si te ponemos de presente esa entrevista, podrías recordar qué dijiste Si señora
01:03:35 Se le pone de presente la entrevista … 01:19:44 ¿… la lectura que hiciste … es la información que le diste al entrevistador? Todo lo que está en las hojas … fue lo que yo le dije al señor 01:21:19 … qué fue exactamente lo que le dijiste al entrevistador (…) … que él tocaba a mi hermana, que hac ía que le tocara la parte a él, que le daba plata a mi hermana, que él a veces…
01:25:34 ¿Le dijiste algo al entrevistador de lo que te pasó a ti?
(…) … que él tocaba a mi hermana, que hac ía que le tocara la parte a él, que le daba plata a mi hermana, que él a veces…
01:25:34 ¿Le dijiste algo al entrevistador de lo que te pasó a ti? Muy pocas palabras
01:32:38 ¿Cuáles … partes del cuerpo que tú le dijiste al entrevistador que fueron tocadas…? A mí fueron los senos, más nada, fue lo único que yo dije de mi ¿Le dijiste … en cuántas oportunidades ocurrieron esas situaciones? … unas dos ¿leíste el documento que te enviaron por WhatsApp? Sí señora ¿A qué se debe la inconformidad, si el documento dice que fueron 7 veces? No, 7 veces se presentó lo de mis hermanas, lo mío fueron 2 vecesRadicado 11001 6000 721 2013 00652 01 Página 9 de 23
… ¿le dijiste que habías sido tocada en alguna otra parte … o había pasado otra situación? No, solamente le dije eso que le estoy diciendo a usted, que eso nunca pasó
02:30:27 SE LE PIDE QUE LEA DE LAS PAGINAS 3 A 5 DE LA ENTREVISTA:
“… manifestó que su padrastro … les decía que les diera besos o que se dejara tocar en … la cola, senos y vagina. Después se refirió que su padrastro le tocaba el pecho … en la segunda oportunidad … como 5 días después … ella se bañaba y su padrastro la observaba de la puerta … a la tercera vez fue 2 días después cuando Edwin entró buscando a su hermana Luisa y cuando se descubrió con la toalla y refirió que Edwin … la miró … que la cuarta fue 1 día
… a la tercera vez fue 2 días después cuando Edwin entró buscando a su hermana Luisa y cuando se descubrió con la toalla y refirió que Edwin … la miró … que la cuarta fue 1 día después cuando ella se encontraba con su hermana María José e ingresó al cuarto buscando a su mamá y se quedó un rato mirándola, cuando su mamá l o llamo, ella se pudo cubrir con sus manos … la quinta vez dijo que fue 4 días después que su mamá fue a un cumpleaños y se quedó sola en casa, luego Edwin la llamó al cuarto, la subió a la cama y le tocó las piernas por encima de la ropa, la mitad de la cola con las manos por debajo de ropa … su padrastro la acostó … después llegó su mamá sin pasar nada, dado que estaba peleando con él … en una sexta ocasión ella se bañaba con ropa y cuando Edwin entró, se llenó de agua y le lanzó en el short … en la vagina al levantar su pantalón....
Después, Émily llamó a Luisa, Edwin la regañó diciéndole que Luisa estaba ocupada y no podía bajar … ella … se asomó … y observó cuando su hermana Luisa estaba arrodillada chupándole el pene a Edwin donde la cabeza de su hermana se movía de adelanta hacia atrás … se escuchaba como si chupara una paleta. … cuando llegó Luisa vio que se encontraba fatigada y con los cachetes rosados. Le preguntó … cómo estaba Edwin, y ella respondió, se encontraba sin ropa … Luisa le comentó que Edwin le daba dinero para que le chupara el pene o se lo besara. También como para que se lo dejara meter … ella le dijo que no porque le dolía … que
sin ropa … Luisa le comentó que Edwin le daba dinero para que le chupara el pene o se lo besara. También como para que se lo dejara meter … ella le dijo que no porque le dolía … que … cuando bajaba del cuarto de su padrastro, bajaba … entre $ 5.000 y $ 2.000, había cambiado … agregó que en la boca de su hermana salió un líquido porque el señor Edwin le decía a su hermana que se tomara algo dando más dinero … Después se manifestó en la segunda oportunidad que su hermana siempre salía pálida y era cuando se metía al baño para bañarse.
Su padrastro le manifestó que su hermana no dijera nada … LUISA porque se la pasaba llorando de dolor … le preguntó a la menor ha pasado algo más y respondió cuando la mamá se iba a trabajar a las 5:00 am era cuando Edwin pasaba a Luisa para el cuarto de él, le tocaba los senos, la cola, diciendo que eso fue lo que manifestó su hermana Luisa … además le daba dinero para que no dijera nada … Le preguntó a la menor desde cuándo ocurrieron esos hechos y contestó, desde … marzo del presente año … La menor no refirió amenazas ni testigo de los hechos … describió a Edwin como amable, recochero y alto y gordo … dijo la menor que ella por no dejarse tocar de su padrastro Edwin se alejaba y se sacaba a María José (inaudible) dice que yo lloraba y sólo le tocaba lo senos, la cola , sin decirle nada más … ella no dejó ir a sus hermanas, es cuando sucedió con su padrastro, luego su mamá lo llam ó furiosa y sospechaba que ellas habían contado qué pasara, luego la mamá la llevó al Hospital de Suba…”.
sus hermanas, es cuando sucedió con su padrastro, luego su mamá lo llam ó furiosa y sospechaba que ellas habían contado qué pasara, luego la mamá la llevó al Hospital de Suba…”.
01:56:55 Algunas cosas de las que están ahí no son ciertas … Tu nos dijiste … que lo que tu dijiste era mentira Si, eso no pasó ¿… esa fue la información que tú le diste al entrevistador…? Algunas cosas, no todo lo que está en el formato fue lo que yo dije
01:58:08 ¿… qué … no es cierto? (…) La parte que dice que cuando él me tocó la cola, eso nunca fue cierto, la parte que dice cuando yo le dije que me dolía el pecho, eso nunca fue cierto, yo nunca dije eso y ya dije toda la verdad, no fue cierto nada de lo que pasó ahí.
02:00:44 LA FISCALÍ A SOLICITA QUE SE TENGA LA ENTREVISTA COMO PRUEBA DE
REFERENCIA.
02:01:10 ¿lo … que es mentira, lo hiciste en el momento de la entrevista o con anterioridad?Radicado 11001 6000 721 2013 00652 01 Página 10 de 23
Todo eso fue planeado tres días antes
CONTRAINTERROGATORIO
02:02:08 ¿Por qué se inventaron los presuntos hechos que tú dices? Todo eso se inventó (…) Yo dije todo eso con mis hermanas para que él se fuera de la casa … porque él pasaba gritando, no nos dejaba salir, a mi mamá le decía cosas que yo no hacía, y pues me daba rabia … pero … me siento como culpable.
02:05:55 (…) ¿Tú hiciste una declaración ante ese entrevistador? Sí señora
pues me daba rabia … pero … me siento como culpable.
02:05:55 (…) ¿Tú hiciste una declaración ante ese entrevistador? Sí señora ¿Recuerdas si leíste esa información …? No toda
02:08:00 ¿… por qué el entrevistador escribió … otros tocamientos que tú no dijiste? … no sé por qué lo diría … la fiscalía quería que capturaran al señor rápido y él decía que mi mamá estaba encubriéndolo …
REDIRECTO
02:12:00 ¿Qué quieres decir cuando dices que no te imaginabas que esto iba a llegar tan lejos? … que se fuera de la casa, eso era lo que yo quería ¿de donde adviertes que el entrevistador quería que se fuera a la cárcel? Porque él incluso le dijo a mi abuela que ayudara con la información y mi abuela le dijo que no, que … ella no sabía nada de eso y no se iba a meter en esos problemas …
INTERROGA EL MINISTERIO PÚBLICO
01:16:35 … ¿Cuáles cosas … en el informe son ciertas? (…) … la que dice que un día salió mi hermana fatigada … y la de la plata … ¿… cómo fueron esas situaciones? Eso yo lo dije, eso fue lo que yo me inventé con lo de la plata y las otras cosas ¿Cómo es la relación con tu mamá? Bien ¿sabes si tu mamá tiene alguna relación con EDWIN SALVADOR PULIDO? No, mi mamá con él no tiene contacto porque … allá no tienen teléfono … ¿Alguna persona te ha indicado lo que debes decir en esta audiencia? No señora…”.
De la declaración DPMG en juicio se advierte: (i) negó los hechos
No, mi mamá con él no tiene contacto porque … allá no tienen teléfono … ¿Alguna persona te ha indicado lo que debes decir en esta audiencia? No señora…”.
De la declaración DPMG en juicio se advierte: (i) negó los hechos indicando, que el procesado está en la cárcel por algo que es mentira; (ii) que esa mentira fue acordada con sus dos hermanas; (iii) que esa situación la está haciendo sentir culpa y tristeza ; (iv) que pretendían con sus hermanas que el procesado se fuera de la casa porque le pegaba a su mamá, no las dejaba salir y las gritaba; (v) que la idea fue de ella ; (vi) que guardó silencio hasta el juicio porque no había podido decir la verdad.
Al ponérsele de presente su declaración anterior, la víctima leyó que el procesado le decía a ella y a sus hermanas que se dejaran tocarRadicado 11001 6000 721 2013 00652 01 Página 11 de 23
la cola , los senos y la vagina , des cribió 7 eventos, que las veía bañarse, describiendo agresiones y que en una de éstas ella vio por debajo de la puerta cuando su hermana LUISA estaba arrodillada chupándole el pene al procesado, describiendo que movía la cabeza de atrás hacia adelante y se escuchaba como si chupara una paleta, indicando que LUISA le dijo que el procesado le daba dinero para que le chupara el pene y refirió las agresiones que sufrió su hermana LUISA, como ésta le contó.
Al ser interrogada sobre su declaraci ón anteriores, la víctima dijo
que le chupara el pene y refirió las agresiones que sufrió su hermana LUISA, como ésta le contó.
Al ser interrogada sobre su declaraci ón anteriores, la víctima dijo que algunas de esas cosas no son ciertas y que hubo cosas que están en la entrevista que ella no dijo, pero insistió que nada de eso es cierto. En el contrainterrogatorio explicó que el acuerdo con sus hermanas era para q ue el p rocesado se fuera de la casa y n o imaginó que las cosas irían tan lejos , insistiendo en que se siente culpable. Que la entrevista hay cosas que ella no dijo , precisando que el entrevistador dijo que querían que capturaran al procesado rápido. Que unas cosas que obran en la entrevista previa sí las dijo, por ejemplo, lo referente a que su hermana salió fatigada y lo de la plata, pero nada más, es decir, que, frente a la entrevista anterior, reconoció haberle dicho algunas cosas al entrevistador y negó otras, pero mantuvo su tesis inicial de negar los hechos denunciados.
A JULY HERRERA, médico que atendió a las menores en el Hospital de Suba3 se le pusieron de presente las historias clínicas 4. De la historia clínica de DP, de 14 años, refirió que el p rocesado está enojado con ellas porque le deben cosas, ref irió tocamientos y besos, que l e prohibió hablar con niños, solo la deja hablar con niñas y la celaba cuando salía a jugar con los amigos o por su forma de vestir y las mira ba cuando se bañaban, por eso se bañan con ropa interior5. En el examen físico no se hizo ningún hallazgo6.
niñas y la celaba cuando salía a jugar con los amigos o por su forma de vestir y las mira ba cuando se bañaban, por eso se bañan con ropa interior5. En el examen físico no se hizo ningún hallazgo6.
De esta víctima, la fiscalía presentó a INGRID CAÑÓN, quien el 4 de abril de 2019 le hizo examen médico legal a la víctima DPMG de 14 años7, se le puso de presente el informe, lo reconoció y leyó el relato
3 Minuto 06:00 del juicio del 12 de junio de 2020 – expediente virtual remitido por el juzgado. 4 Minuto 21:10 del juicio del 22 de mayo de 2020 – expediente virtual remitido por el juzgado. 5 Minuto 42:50 del juicio del 22 de mayo de 2020 – expediente virtual remitido por el juzgado. 6 Minuto 43:40 del juicio del 22 de mayo de 2020 – expediente virtual remitido por el juzgado. 7 Minuto 45:00 del juicio del 23 de abril del 2020 – expediente remitido virtualmente por el juzgado.Radicado 11001 6000 721 2013 00652 01 Página 12 de 23
de los hechos8: “… estoy bajo protección por problemas c
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