TSDJ BOG SP - 110016000000201800026 02-(19-10-2023)
Tribunal Superior de Bogotá
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Detalles
- Título
- TSDJ BOG SP - 110016000000201800026 02-(19-10-2023)
- Autor
- Tribunal Superior de Bogotá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2023
Radicación: 11001600000020180002602
Procesado: Carlos Alberto García Hernández Delito: Concierto para delinquir
Avenida Calle 24 (Luis Carlos Galán, La Esperanza) No. 53 – 28 – P. 7, OF. 715D PBX 423 33 90 EXT. 8744 aconstitucionalesdes18sptsbta@cendoj.ramajudicial.gov.co Bogotá, D.C. – Colombia
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, D.C.
SALA DE DECISIÓN PENAL
Magistrado ponente: RAFAEL ENRIQUE LÓPEZ GÉLIZ
Radicación 11001600000020180002602 (046.20) Procedencia Juzgado 11 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento Acusado Carlos Alberto García Hernández Delito Concierto para delinquir Decisión Declara desierto recurso de casación Aprobación Acta No. 156 Fecha 19 de octubre de 2023
I. OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
Esta Sala declarará desierto el recurso extraordinario de casación interpuesto frente a la sentencia de segunda instancia proferida el 10 de diciembre de 2020, en contra de Carlos Alberto García Hernández y otros por el delito de concierto para delinquir.
II. ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTE
2.1. Mediante sentencia del 12 de mayo de 2020, el Juzgado 11 Penal del Circuito con función de Conocimiento de Bogotá declaró penalmente responsable a Carlos Alberto García Hernández por los
2.1. Mediante sentencia del 12 de mayo de 2020, el Juzgado 11 Penal del Circuito con función de Conocimiento de Bogotá declaró penalmente responsable a Carlos Alberto García Hernández por los delitos de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, parte o municiones en concurso homogéneo y sucesivo, en concurso heterogéneo con concierto para delinquir agravado y hurto calificado y agravado.
Igualmente, se condenó a Alberto Novoa Miranda y Katherine Briced Murillo Díaz por los ilícitos de Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, parte o municiones enRadicación: 11001600000020180002602
Procesado: Carlos Alberto García Hernández Delito: Concierto para delinquir
Avenida Calle 24 (Luis Carlos Galán, La Esperanza) No. 53 – 28 – P. 7, OF. 715D PBX 423 33 90 EXT. 8744 aconstitucionalesdes18sptsbta@cendoj.ramajudicial.gov.co Bogotá, D.C. – Colombia
2 concurso heterogéneo con concierto para delinquir y hurto calificado y agravado.
2.2. Determinación contra la cual los defensores interpusieron recurso de apelación, mismo que fue resuelto por esta Corporación mediante providencia del 10 de diciembre de 2020, confirmando el proveído de primer grado.
2.3. La lectura de la decis ión de segunda instancia se llevó a cabo en audiencia del 21 de enero de 2021. Los apoderados de los
proveído de primer grado.
2.3. La lectura de la decis ión de segunda instancia se llevó a cabo en audiencia del 21 de enero de 2021. Los apoderados de los encartados interpusieron, de forma independiente, recurso de casación.
2.4. El 7 de diciembre de 2022 se realizó la notificación personal a Carlos Alberto del fallo de segundo grado, por lo que el término para sustentar demanda de casación inició el 16 de diciembre de 2022 y culminó el 17 de febrero de 2023.
2.5. En auto del 23 de marzo de 2023, aprobado con acta No.44, se declaró desierto el recurso de casación.
2.6. A través de correo electrónico del 17 de abril de 2023, allegado por parte de la Secretaría de la Sala, se advirtió que Carlos Alberto García Hernández no contaba con representación , pues el profesional del derecho de signado por parte de la Defensoría del Pueblo para representar sus intereses informó que culminó su contrato con la entidad desde el mes de junio de 2022 , o sea, antes de que empezara a correr el mencionado término . Por tal razón, mediante proveído del 25 de abril de presente anualidad se dispuso:
PRIMERO. DEJAR SIN EFECTO el trámite realizado en Secretaría con relación al conteo de términos para sustentar recurso de casación, en lo que a CARL OS ALBERTO GARCÍA HERNÁNDEZ respecta.Radicación: 11001600000020180002602
Procesado: Carlos Alberto García Hernández Delito: Concierto para delinquir
HERNÁNDEZ respecta.Radicación: 11001600000020180002602
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3 2.7. Mediante correo electrónico allegado al Despacho el 13 de junio del año que avanza, la Dra. Ludy Santia go Santiago solicitó prórroga para sustentar recurso extraordinario de casación , la cual fue negada por la Sala mediante auto del 26 de julio de 2023. La Dra. Ludy presentó recurso de reposición contra esta decisión , que fue resuelto negativamente mediante auto del 10 de agosto de 2023, aprobado mediante acta No. 111.
2.8. Según constancia secretarial fechada e l 10 de octubre de 2023, la defensa de los procesados Alberto Novoa Miranda y Katherine Briced Murillo Díaz sustentaron en término el recurso extraordinario de casación. En tanto que, respecto de Carlos Alberto García Hernández, no fue sustentado el recurso.
III. CONSIDERACIONES DE LA SALA
El artículo 183 de la Ley 906 de 2004, modificado por el artículo 98 de la Ley 1395 de 2010 establece:
Artículo 183. Oportunidad. El recurso se interpondrá ante el Tribunal dentro de los cinco (5) días siguientes a la última notificación y en un término posterior común de treinta (30)
98 de la Ley 1395 de 2010 establece:
Artículo 183. Oportunidad. El recurso se interpondrá ante el Tribunal dentro de los cinco (5) días siguientes a la última notificación y en un término posterior común de treinta (30) días se presentará la demanda que de manera precisa y concisa señale las causales invocadas y sus fundamentos.
Si no se presenta la demanda dentro del término señalado se declara desierto el recurso, mediante auto que admite el recurso de reposición.
Pues bien, mediante auto del 17 de abril del año en curso, se dejó sin efecto el conteo de términos para sustentar recurso de casación, en lo que a CARLOS AL BERTO GARCÍA HERNÁNDEZ respecta. Asimismo, se reconoció personería jurídica para actuar a la Dra. Ludy Santiago Santiago el 2 de mayo y se dispuso la remisión del enlace del expediente para la sustenta ción del recurso, lo que enRadicación: 11001600000020180002602
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4 efecto se realizó por parte de la Secretaria de la Sala el 3 de mayo de 2023, según obra en el expediente1.
Así las cosas, el término de 30 días hábiles para presentar la
4 efecto se realizó por parte de la Secretaria de la Sala el 3 de mayo de 2023, según obra en el expediente1.
Así las cosas, el término de 30 días hábiles para presentar la demanda corrió entre el 4 de mayo y el 16 de junio del presente año. Sin embargo, vencido este, según constancia secretarial adiada el 10 de octubre de 2023, no fue presentada la correspondiente demanda.
En consecuencia, se declarará desierto el recurso de casación interpuesto por la defensa técnica de Carlos Alberto García Hernández.
En cuanto al recurso impetrado por los defensores de Alberto Novoa Miranda y Katherine Briced Murillo Díaz, dado que la Secretaria de la Sala certificó que fue sustentado dentro del término, se concederá el mismo. Para lo cual, se dispone el envío del expediente ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, para lo correspondiente.
Por lo expuesto, el Tribunal Super ior del Distrito Judicial de Bogotá,
IV. RESUELVE:
PRIMERO. DECLARAR DESIERTO el recurso extraordinario de casación interpuesto por la defensa técnica de Carlos Alberto García Hernández contra la sentencia de segunda instancia emitida por esta Corporación el 10 de diciembre de 2020.
SEGUNDO. REMITIR el expediente ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, a efectos de desatar el recurso extraordinario de casación, respecto de Alberto Novoa Miranda y Katherine Briced Murillo Díaz.
1 Archivo 21 /Correo remite link.Radicación: 11001600000020180002602
Procesado: Carlos Alberto García Hernández Delito: Concierto para delinquir
Murillo Díaz.
1 Archivo 21 /Correo remite link.Radicación: 11001600000020180002602
Procesado: Carlos Alberto García Hernández Delito: Concierto para delinquir
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5 TERCERO. Contra el presente proveído procede recurso de reposición.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
RAFAEL ENRIQUE LÓPEZ GÉLIZ
Magistrado
Aprobado Virtual
JULIÁN HERNANDO RODRÍGUEZ PINZÓN
Magistrado
Ausencia Justificada
CARLOS HÉCTOR TAMAYO MEDINA
Magistrado