TSDJ BOG SP - 110016000000201802491 01-(29-05-2023)
Tribunal Superior de Bogotá
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Detalles
- Título
- TSDJ BOG SP - 110016000000201802491 01-(29-05-2023)
- Autor
- Tribunal Superior de Bogotá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2023
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ
SALA PENAL
Magistrado Ponente
ALBERTO POVEDA PERDOMO
Aprobado Acta No. 69
INTERLOCUTORIO DE SEGUNDA INSTANCIA
Bogotá D.C., lunes, veintinueve (29) de mayo de dos mil veintitrés (2023).
Radicación 11001 60 00 000 2018 02491 01 Procedente Juzgado 12 Penal del Circuito de Bogotá Condenado BLANCA IRIS CASTAÑO MUÑOZ Delito Prevaricato por acción y prevaricato por omisión Asunto Auto que decreta preclusión por muerte
I. ASUNTO
1. La Sala evalúa la posibilidad de decretar la preclusión de la actuación penal en el asunto adelantado contra BLANCA IRIS CASTAÑO MUÑOZ en el proceso seguido en su contra por los delitos de prevaricato por acción y prevaricato por omisión.
II. ANTECEDENTES PROCESALES
2. Mediante sentencia de 13 de octubre de 2020 el Juzgado 12
Penal del Circuito de Bogotá condenó a BLANCA IRIS CASTAÑO MUÑOZ a 48 meses de prisión, multa de 66.66 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 80 meses.
3. El recurso de apelación contra esa determinación correspondió al despacho del magistrado FERNANDO ADOLFO PAREJA REINEMER, quien se declaró impedido mediante auto de 18 de noviembre de 2020. Por medio
por 80 meses.
3. El recurso de apelación contra esa determinación correspondió al despacho del magistrado FERNANDO ADOLFO PAREJA REINEMER, quien se declaró impedido mediante auto de 18 de noviembre de 2020. Por medio de interlocut orio de 11 de mayo de 2021, la Sala, integrada por los magistrados ALBERTO POVEDA PERDOMO y RAFAEL ENRIQUE LÓPEZ GÉLIZ, aceptó dicha manifestación, por lo que el primero pasó a ser el ponente del asunto.Auto Penal de II Instancia Radicación: 11001 60 00 000 2018 02491 01
Procesado: BLANCA IRIS CASTAÑO MEDINA Delito: Prevaricato por acción y otro Decisión: Decreta preclusión Página 2 de 3
4. A través de oficio adiado el 22 de marzo de 2023, LUZ ALBA PAREDES, hija de la procesada, informó que ésta falleció el día 16 de ese mes.
5. En consecuencia, en auto de 27 de marzo anterior, se ordenó requerir a la Registraduría Nacional del Estado Civil para que certificara el fallecimiento de la encausada y aportara el correspondiente registro civil de defunción.
6. En respuesta recibida el 19 de mayo de 2023 a través de correo electrónico oficial1, la Registraduría Nacional del Estado Civil informó que la búsqueda en el Sistema de Información de Registro Civil (SIRC) arrojó como resultado el Registro Civil de Defunción con indicativo serial N°. 10895997, inscrito en la Notaría 21 del Círculo de Bogotá.
7. En dicho documento consta que, en efecto, BLANCA IRIS
como resultado el Registro Civil de Defunción con indicativo serial N°. 10895997, inscrito en la Notaría 21 del Círculo de Bogotá.
7. En dicho documento consta que, en efecto, BLANCA IRIS CASTAÑO MUÑOZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía N°. 41.785.005, murió el 16 de marzo de 2023.
III. CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL
8. Según numeral 1° del artículo 332 del Código de Procedimiento Penal, es causal de preclusión la imposibilidad de iniciar o continuar el ejercicio de la acción punitiva.
9. Y conforme a lo señalado en el numeral 1° del artículo 82 de la Ley 599 de 2000, la muerte del procesado es una causal que extingue la potestad del Estado para perseguir y sancionar el delito.
10. Así las cosas, la muerte de BLANCA IRIS CASTAÑO, ocurrida el último 16 de marzo, impide continuar con el proceso.
11. En consecuencia, se declarará, con efectos de cosa juzgada, la preclusión de la persecución penal contra la procesada por los hechos que fueron objeto de juzgamiento en esta causa. Asimismo, se revocarán todas
1 Suscrito por el técnico operativo OMAR HERNANDO VARGAS ROJAS, titular de la cuenta ohvargas@registraduria.gov.coAuto Penal de II Instancia Radicación: 11001 60 00 000 2018 02491 01
Procesado: BLANCA IRIS CASTAÑO MEDINA Delito: Prevaricato por acción y otro Decisión: Decreta preclusión Página 3 de 3
Radicación: 11001 60 00 000 2018 02491 01
Procesado: BLANCA IRIS CASTAÑO MEDINA Delito: Prevaricato por acción y otro Decisión: Decreta preclusión Página 3 de 3
las medidas cautelares que se le hayan impuesto con ocasión del mismo, pues así lo exige el artículo 334 de la codificación procesal.
IV. DECISIÓN
Corolario de lo anterior, el Tribunal Superior de Bogotá, en Sala Penal,
RESUELVE
1°. DECLARAR LA PRECLUSIÓN en favor de BLANCA IRIS CASTAÑO MUÑOZ por los hechos que dieron origen al presente proceso.
2°. LEVANTAR todas las medidas cautelares que le hayan sido impuestas con ocasión de la presente causa criminal.
3°. ADVERTIR que la presente decisión queda notificada en estrados y contra ella solo procede el recurso de reposición.
4°. REMITIR copia de esta providencia en fo rmato PDF y por correo electrónico a las partes e intervinientes y al juzgado de primera instancia.
Comuníquese y cúmplase
ALBERTO POVEDA PERDOMO
Magistrado
RAFAEL ENRIQUE LÓPEZ GÉLIZ JULIÁN HERNANDO RODRÍGUEZ PINZÓN
Magistrado Magistrado