TSDJ BOG SP - 110016000013200901943 01-(26-02-2019)
Tribunal Superior de Bogotá
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Detalles
- Título
- TSDJ BOG SP - 110016000013200901943 01-(26-02-2019)
- Autor
- Tribunal Superior de Bogotá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2019
República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá Sala Penal
Magistrado ponente : Juan Carlos Garrido Barrientos Radicación : 110016000013200901943 01 [915]
Procesado : BLANCA MÉNDEZ MANRIQUE Procedencia : Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá Delito : Actos sexuales con menor de 14 años agravados Motivo : Apelación sentencia ordinaria Decisión : Decreta extinción de la acción penal Aprobada : Acta número 016
Bogotá D. C., veintiséis (26) de febrero de dos mil diecinueve (2019).
Vistos
En vista de que se configuró una causal de extinción de la acción penal adelantada contra BLANCA MÉNDEZ MANRIQUE así se declarará y no se resolverá el recurso de apelación interpuesto, por su defensora , contra la sentencia del 14 de mayo de 2013, proferida por el Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de esta ciudad1.
Antecedentes y consideraciones
1.- Los hechos aparecen consignados en el escrito de acusación 2y, con fundamento en ellos, el 14 de octubre de 2010 3, ante el Juzgado Decimoprimero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, se llevó a cabo la formulación de imputación en contra de BLANCA MÉNDEZ MANRIQUE, a quien se atribuyó, en calidad de autora, la comisión de un concurso de actos sexuales con menor de 14 años agravados, con
1 Folios 242 a 265 carpeta
MÉNDEZ MANRIQUE, a quien se atribuyó, en calidad de autora, la comisión de un concurso de actos sexuales con menor de 14 años agravados, con
1 Folios 242 a 265 carpeta 2 Folios 11 a 14 carpeta 3 Folios 9 y 10 carpetaRadicación: 110016000013200901943 01 [915] Procesada: BLANCA MÉNDEZ MANRIQUE Delito: Actos sexuales con menor de 14 años agravados Página 2 de 4 arreglo a lo previsto en los artículos 31, 209 y 211 – numeral 2. º del Código Penal, cargo que no aceptó4.
Radicado el escrito de acusación el 12 de noviembre de 2010 5, las diligencias fueron asignadas al Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de esta capital que celebró la audiencia respectiva el 31 de marzo de 20116, la preparatoria el 26 de julio siguiente7 y el juicio oral en sesiones del 30 de enero8 y el 13 de junio de 20129 y del 410 y el 611 de marzo de 201312. El 11 de marzo ulterior 13 se anunció el sentido del fallo y el 14 de mayo siguiente 14 se corrió traslado para la individualización de pena y se dio lectura a la sentencia.
2.- El 1 de febrero de 2019, se recibió el oficio 20330-04-LFS-17-008915, suscrito por la señora fiscal diecisiete seccional de Bogotá , en el que informó que BLANCA MÉNDEZ MANRIQUE falleció y, para tal efecto, allegó certificación de necropsia médico legal y copia d el registro civil de
suscrito por la señora fiscal diecisiete seccional de Bogotá , en el que informó que BLANCA MÉNDEZ MANRIQUE falleció y, para tal efecto, allegó certificación de necropsia médico legal y copia d el registro civil de defunción, del 11 de diciembre de 2014, con indicativo serial 08798643 de la Notaria Veintiuno del Círculo de esta capital.
3.- La Sala no se pronunciará sobre la alzada interpuesta por la defensa porque encuentra acreditados los presupuestos para decretar la extinción de la acción penal conforme a los artículos 82 - numeral 1.º - del Código
4 Folio 9 carpeta 5 Folios 11 a 14 carpeta 6 Folios 28 a 30 carpeta 7 Folios 40 y 41 carpeta 8 Folios 50 y 51 carpeta 9 Folios 63 y 64 carpeta 10 Folios 182 y 183 carpeta 11 Folios 190 y 191 carpeta 12 Folios 140 y 141 carpeta 13 Folio 193 carpeta 14 Folio 266 carpeta 15 Folio 10 a 12 cuaderno del TribunalRadicación: 110016000013200901943 01 [915] Procesada: BLANCA MÉNDEZ MANRIQUE Delito: Actos sexuales con menor de 14 años agravados Página 3 de 4 Penal y 77 del Código de Procedimien to Penal, por causal sobre la que la Sala de Casación Penal comentó16:
«… La extinción de la acción penal es una forma de dar por terminada la actuación cuando se presenta una circunstancia que impide al Estado continuar con la pretensión punitiva, y de contera,
Sala de Casación Penal comentó16:
«… La extinción de la acción penal es una forma de dar por terminada la actuación cuando se presenta una circunstancia que impide al Estado continuar con la pretensión punitiva, y de contera, exonera al sujeto pasivo de la acción, de sufrir la imposición de una sanción, al tener efectos de cosa juzgada».
Criterio que complementó con la precisión del funcionario competente para declararla y la oportunidad pertinente17:
«… habrá de decretarse por el juez que tenga a su cargo el proceso y ante quien se pruebe la ocurrencia del hecho que impide proseguir la actuación.
» Ello es así, por cuanto la muerte del sujeto pasivo de la acción es una circunstancia que per se impide al Estado iniciar o continuar el ejercicio punitivo, deviniendo como necesario que una vez el juez advierta su ocurrencia, se declare a través de una decisión judicial investida de la fuerza vinculante de la cosa juzgada».
4.- En firme este auto, cesará el procedimiento, con efectos de cosa juzgada, se actualizarán las anotaciones correspondientes, en obedecimiento del artículo 334 del Código de Procedimiento Penal, y se archivará el encuadernamiento. Determinación liberatoria q ue no cobija la acción civil derivada de la conducta punible, habida cuenta de que no fue ejercida en este proceso - artículo 98 del Código Penal -.
En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en Sala de Decisión Penal,
16 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Sala de Casación Penal. Sentencia del 16 de marzo
En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en Sala de Decisión Penal,
16 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Sala de Casación Penal. Sentencia del 16 de marzo de 2016. M. P. Eyder Patiño Cabrera. Rad. 44679. 17 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Sala de Casación Penal. Sentencia del 6 de abril de
2016. M. P. Patricia Salazar Cuéllar. Rad. 44698.Radicación: 110016000013200901943 01 [915] Procesada: BLANCA MÉNDEZ MANRIQUE Delito: Actos sexuales con menor de 14 años agravados Página 4 de 4
Resuelve
Primero. Declarar la extinción de la acción penal adelantada contra BLANCA MÉNDEZ MANRIQUE, por los cargos de actos sexuales con menor de 14 años agravados de que trata este proceso.
Segundo. En firme este auto, se actualizarán las anotaciones correspondientes y se devolverá el encuadernamiento al juzgado de origen.
Contra esta providencia procede el recurso de reposición en los términos previstos en el Código de Procedimiento Penal.
Notifíquese y cúmplase,
Juan Carlos Garrido Barrientos
Dagoberto Hernández Peña Hermens Darío Lara Acuña