TSDJ BUG SCF - 76-520-31-10-002-2016-00204-01
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SCF - 76-520-31-10-002-2016-00204-01
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2016
DECISIONES JUDICIALES CON PERSPECTIVA DE GÉNERO - El enfoque diferencial es ineludible en los casos de mujeres que son víctimas de prejuicios, discriminaciones, violencia y estereotipos/DECISIONES JUDICIALES CON PERSPECTIVA DE GÉNERO - Para el ejercicio de un buen manejo probatorio es importante mirar si existe algún tipo de estereotipo de género o prejuicio que puedan afectar o incidir en la decisión final/ JUSTICIA – Su aplicación no se hace con rostro de mujer o con rostro de hombre, sin con rostro humano / DIVORCIO POR ULTRAJES, TRATO CRUEL O MALTRAMIENTOS DE OBRA - Un solo ultraje o un único acto de violencia son suficientes para estructurar la causal/DIVORCIO POR ULTRAJES, TRATO CRUEL O MALTRATAMIENTOS DE OBRA - Tiene una estrecha relación con la violencia doméstica que se ejerce con mayor ahínco contra las mujeres/VIOLENCIA PSICOLÓGICA – Concepto y características/DIVORCIO POR ULTRAJES, TRATO CRUEL O MALTRATAMIENTOS DE OBRA – El cónyuge demandado, de manera cotidiana, sistemática y prolongada, mediante conductas irrespetuosas y desconsideradas, cometió ultrajes en la especie de maltrato psicológico que comprometieron el honor de la demandante, su autodeterminación y desarrollo personal/VIOLENCIA PSICOLÓGICA – Quienes pueden ofrecer una mejor versión acerca de los hechos son, por regla general, las personas más cercanas a la víctima/VIOLENCIA
PSICOLÓGICA – La ausencia de un dictamen pericial no impide su demostración en el proceso.
NOTA DE RELATORÍA: Decisión relevante por su enfoque de perspectiva de género y el análisis probatorio de la violencia psicológica contra la mujer.
FUENTES FORMALES: Constitución Política, artículos 13 42, 43 y 93; Código Civil, artículos 154 (numeral 3) y 176; Ley 1257 de 2008; Ley 1761 de 2015; Código General del Proceso, artículo 281; Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer; Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer.
CITAS DE JURISPRUDENCIA: Corte Constitucional, sentencias T-967 de 2014, T145 de 2017, T-012 de 2016, C-985 de 2010, T-012 de 2016, T-967 de 2014, C-408 de 1996; Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, sentencia 405 del 17 de noviembre de 1989, del 7 de junio de 1989, del 22 de julio de 1986, del 21 de julio de 1987, sentencia 307 del 5 de agosto de 1987, sentencia 261 del 19 de julio de 1989 y del 13 de junio de 1990.
Magistrada ponente : Orlando Quintero García Sentencia segunda instancia del : 27.9.2018
Aprobada mediante acta : 20
Decisión : modifica el numeral 4 de la sentencia apelada
Demandante : MATDB.
Demandado : JABR
Procedencia : Juzgado Segundo Promiscuo de Familia Palmira Radicación : 76-520-31-10-002-2016-00204-01