TSDJ BUG SL - 76-109-31-005-001-2015-00169-01- S-036-(14-03-2018)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SL - 76-109-31-005-001-2015-00169-01- S-036-(14-03-2018)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2018
CONTRATO REALIDAD – La contratación con las empresas de servicios temporales solo procede en los casos de prestación de servicios esporádicos/INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTO – Si existe contrato de trabajo no se puede hablar de la terminación de la obra para la cual fue vinculada la persona/SANCIÓN MORATORIA – La mala fe de la empleadora es evidente al utilizar los convenios cooperativos y el contrato en misión para desdibujar el contrato de trabajo.
FUENTES FORMALES: Constitución Política, artículo 53; Código Sustantivo del Trabajo, artículos 23, 24 y 65; Ley 50 de 1990, artículo 77.
Magistrada ponente : María Matilde Trejos Aguilar Sentencia segunda instancia del : 14.3.2018
Aprobada mediante acta : 008
Decisión : confirma la sentencia apelada
Observación : Demandante : Nancy Nubia Sandoval Cruz
Demandado : Colpensiones
Procedencia : Juzgado Tercero Laboral del Circuito Buenaventura Radicación : 76-109-31-005-001-2015-00169-01S-036