TSDJ BUG SL - 76-109-31-05-002-2015-00131-01- S-017-(21-02-2018)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SL - 76-109-31-05-002-2015-00131-01- S-017-(21-02-2018)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2018
INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN JUSTA CAUSA – No se demostró que la duración de la obra fuera establecida o que el contrato terminó por acuerdo entre las partes/ESTABILIDAD LABORAL DEL TRABAJADOR DISCAPACITADO – La autorización para despedir es necesaria cuando el trabajador padece discapacidad calificada como moderada, grave o profunda por autoridad competente.
FUENTES FORMALES: Código Sustantivo del Trabajo, artículos 61 y 64 (numeral3; Ley 361 de 1997, artículo 26.
CITAS DE JURISPRUDENCIA: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, decisión SL5163-201T; Corte Constitucional, sentencia C-531 de 2000.
Magistrada ponente : María Matilde Trejos Aguilar Sentencia segunda instancia del : 21.2.2018
Aprobada mediante acta : 005
Decisión : modifica y revoca algunos puntos de la sentencia apelada
Observación : Demandante : Julio César Hernández Riascos
Demandado : Construcciones y Alquileres Hermanos
SAS
Procedencia : Juzgado Segundo Laboral del Circuito Buenaventura Radicación : 76-109-31-05-002-2015-00131-01S-017