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TSDJ BUG SL - 76-111-31-05-001-2016-00255-00- S-023-(28-02-2018)

Tribunal Superior de Buga

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Detalles

Título
TSDJ BUG SL - 76-111-31-05-001-2016-00255-00- S-023-(28-02-2018)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2018

RETROACTIVO PENSIONAL – La desafiliación del sistema es condición para percibir las mesadas retroactivas/INTERESES MORATORIOS DEL ARTÍCULO 141 DE LA LEY 100 DE 1993 – Se deben liquidar sobre cada una de las mesadas causadas y no son compatibles con la indexación.

FUENTES FORMALES: Ley 100 de 1993, artículo 141; Ley 797 de 2003, artículo 9; Acuerdo 049 de 1990, artículos 13 y 35.

CITAS DE JURISPRUDENCIA: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, decisión 21049 del 13 de febrero de 2004.

Magistrada ponente : María Matilde Trejos Aguilar Sentencia segunda instancia del : 28.2.2018

Aprobada mediante acta : 006

Decisión : confirma la sentencia consultada

Observación : Demandante : Elizabeth Escobar Rodríguez

Demandado : Colpensiones Procedencia : Juzgado Laboral del Circuito Buga Radicación : 76-111-31-05-001-2016-00255-00S-023

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