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TSDJ BUG SL - 76-834-31-05-001-2016-00303-01-(23-10-2019)

Tribunal Superior de Buga

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Detalles

Título
TSDJ BUG SL - 76-834-31-05-001-2016-00303-01-(23-10-2019)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2019

INCAPACIDADES MÉDICAS – El empleador tiene derecho a que el fondo de pensiones le reembolse lo que pago por dicho con cepto a partir del día 181/INCAPACIDADES MÉ DICAS Y RETROACTIVO PENSIONAL – Son compatibles siempre y cuando no se reconozcan por el mismo periodo.

FUENTES FORMALES: Decreto 1049 de 1999; Decreto 1463 de 2001, artículo 23; Ley 1438 de 2011, artículo 28.

CITAS DE JURISPRUDENCIA: Corte Constitucional, sentencia T-333 de 2013.

Magistrada ponente : María Matilde Trejos Aguilar Sentencia segunda instancia del : 23.10.2019

Aprobada mediante acta : 37

Decisión : confirma la sentencia apelada Observación : Demandante : Joaquín Antonio Ramírez y otra

Demandado : Colpensiones

Procedencia : Juzgado Primero Laboral del Circuito

Tuluá Radicación

: 76-834-31-05-001-2016-00303-01S-103-19

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