TSDJ BUG SL - 76-834-31-05-001-2016-00303-01-(23-10-2019)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SL - 76-834-31-05-001-2016-00303-01-(23-10-2019)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2019
INCAPACIDADES MÉDICAS – El empleador tiene derecho a que el fondo de pensiones le reembolse lo que pago por dicho con cepto a partir del día 181/INCAPACIDADES MÉ DICAS Y RETROACTIVO PENSIONAL – Son compatibles siempre y cuando no se reconozcan por el mismo periodo.
FUENTES FORMALES: Decreto 1049 de 1999; Decreto 1463 de 2001, artículo 23; Ley 1438 de 2011, artículo 28.
CITAS DE JURISPRUDENCIA: Corte Constitucional, sentencia T-333 de 2013.
Magistrada ponente : María Matilde Trejos Aguilar Sentencia segunda instancia del : 23.10.2019
Aprobada mediante acta : 37
Decisión : confirma la sentencia apelada Observación : Demandante : Joaquín Antonio Ramírez y otra
Demandado : Colpensiones
Procedencia : Juzgado Primero Laboral del Circuito
Tuluá Radicación
: 76-834-31-05-001-2016-00303-01S-103-19