TSDJ BUG SP - 19-455-60-00-628-2014-00179-01-(19-09-2024)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 19-455-60-00-628-2014-00179-01-(19-09-2024)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2024
DELITOS SEXUALES CONTRA MENORES DE EDAD - Ante la dificultad probatoria que se puede presentar en estos eventos, se ha traído del derecho español el término de “corroboración periférica”, encaminada a tener en cuenta la versión de la víctima en consonancia con el análisis de los hechos demostrados en el transcurso de toda la práctica probatoria, y que pueden hacer más creíble sus dichos/DELITOS SEXUALES CONTRA MENORES DE EDAD – El juez debe valorar las declaraciones de los menores de edad, bajo el tamiz de la sana crítica, justipreciándolas con los demás medios suasorios y examinándolas imparcialmente /ACCESO CARNAL O ACTO SEXUAL ABUSIVOS CON INCAPAZ DE RESISTIR - Apreciado el testimonio de la ofendida en juicio, la forma como negó el acontecer delictual, sin mayores detalles, inclusive la negativa de hechos que fueron dados a conocer por profesionales que la valoraron, y lo dictaminado por el médico psiquiatra, permiten concluir sin lugar a dudas que la niña venía siendo manipulada, inclusive, con un libreto aprendido, tal como lo develó el psiquiatra en juicio oral, razón por la cual, el testimonio de la ofendida no tiene peso alguno, y en consecuencia, su intención de retractación no tiene la vocación de prosperidad, por el contrario, sus expresiones previas al juicio oral en cuanto a las circunstancias moda les del delito y responsabilidad penal de su padre en la ejecución, por sus características de claridad, detalle y contundencia, así como la correspondencia con los otros medios de prueba, hacen que se tornen creíbles. Sentencia de segunda instancia (AC-033-24) del 19 septiembre de 2024, con ponencia del Dr. Juan
características de claridad, detalle y contundencia, así como la correspondencia con los otros medios de prueba, hacen que se tornen creíbles. Sentencia de segunda instancia (AC-033-24) del 19 septiembre de 2024, con ponencia del Dr. Juan Carlos Santacruz López. Decisión: confirma la sentencia condenatoria.