TSDJ BUG SP - 76-001-60-00-193-2011-21816-01-(22-10-2021)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-001-60-00-193-2011-21816-01-(22-10-2021)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2021
JUSTICIA PENAL
BUGA
SENTENCIA SEGUNDA INSTANCIA
Código:
GSP-FT-09
Versión: 2
Fecha de aprobación: 22/05/2012
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA
SALA DE DECISIÓN PENAL
Magistrada Ponente:
MARTHA LILIANA BERTÍN GALLEGO
Radicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
Discutido y aprobado según Acta No.391 Guadalajara de Buga, veintidós (22) de octubre de dos mil veintiuno (2021)
1.- OBJETIVO
Resolver el recurso de apelación presentado por la Defensa de Carlos Alberto Campuzano Tobón contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Buenaventura el 8 de octubre de 2020, por medio de la cual condenó al referido y a James Minotta Bustamante a 25 años y 8 meses de prisión por los delitos de Homicidio tentado en concurso con Hurto calificado agravado.
2.- ANTECEDENTES
2.1.- El 3 de abril de 2013, ante el Juez Quinto Penal Municipal con funciones de control de garantías de Buenaventura, se adelantó audiencia preliminar de formulación de imputación en contra de Carlos Alberto Campuzano Tob ón, por los delitos de Homicidio agravado en grado de tentativa (Art. 103, 104 núm. 2 y 7, y art. 27
formulación de imputación en contra de Carlos Alberto Campuzano Tob ón, por los delitos de Homicidio agravado en grado de tentativa (Art. 103, 104 núm. 2 y 7, y art. 27 C.P.), en concurso con Hurto calificado agravado (Art. 240 y 241 núm. 9 y 10 C.P.) yRadicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
Procesados: James Minotta Bustamante y Carlos Alberto Campuzano Tobón Delito: Homicidio agravado en grado de tentativa y Hurto calificado agravado
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Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego (Art.365 C.P.), con fundamento en los siguientes hechos:
“Los hechos por los cuales usted está hoy aquí en este acto público, los leo textualmente, son los siguientes: “denuncio el siguiente hecho: el día 21 de junio del 2009, siendo las 7:00 de la noche, mi hermano José Mauricio Yepes Montoya, fue víctima de intento de homicidio por robarlo en Buenaventura Valle, saliendo, mi hermano trabajaba en una motocarro transportando carnes frías ya que é l trabajaba con la empresa Ricarnes asociados en Buenaventura, iba mi hermano saliendo de Loboguerrero, cuando se encont ró con un compañero de trabajo James Min otta Bustamante el cual mi hermano lo saluda y éste no le responde el saludo, mi hermano espera un rato hasta que este compañero se fuera, mi hermano se monta en su motocarro y se dirige a Buenaventura y ya llegando a Buenaventura, le arrinconan la
espera un rato hasta que este compañero se fuera, mi hermano se monta en su motocarro y se dirige a Buenaventura y ya llegando a Buenaventura, le arrinconan la moto hacia la orilla lo hacen bajar de la misma y le pegan 3 tiros en la cabeza y en la espalda y lo arrojaron a 10 metros de la motocarro a un monte, los tipos dándolo por muerto se fueron hurtándole también la suma de $2. 000.000 de pesos que llevaba en efectivo. Él dice que los agresores fueron Carlos Campuzano y James Minotta Bustamante a quien no hemos podido dar con su dirección de residencia, pero sabemos que vive en Buenaventura. Mi hermano con este atentado quedó parapléjico, no puede caminar, está postrado en cama, tiene pérdida de vista, trauma craneoencefálico y fractura de oído izquierdo…”
2.2.- El 8 de octubre de 2013, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Buenaventura, Valle, adelantó audiencia de formulación de acusación en contra de Carlos Alberto Campuzano Tobón y James Minotta Bustamante. En ese acto, la Fiscalía les atribuyó formalmente, la anterior descripción fáctica y la jurídica comunicada en la audiencia preliminar.
2.3.- La audiencia preparatoria se llevó a cabo el 15 de octubre de 2013 . Se decretaron las pruebas solicitadas por las Partes.
2.4.- El juicio oral inició el mismo 15 de octubre de 2013. La Fiscalía y bancada de la Defensa presentaron su respectiva teoría del caso.Radicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
2.4.- El juicio oral inició el mismo 15 de octubre de 2013. La Fiscalía y bancada de la Defensa presentaron su respectiva teoría del caso.Radicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
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2.5.- Continuó el juicio oral el 8 de abril de 2014. Se dio apertura al debate probatorio. Por la Fiscalía se practicaron los testimonios de:
2.5.1 Wilmer Leyton Piamba. Integrante de la Policía Nacional hace 11 años. Actualmente labora en el CAI Pailón de Buenaventura, en el grado de subintendente. No ha hecho curso de policía judicial. En esa ciudad labora hace 2 año s, 4 meses. (La Defensa interviene indicando que la actividad desplegada por este testigo fue objeto de estipulación). Este servidor fue quien realizó la captura de James Minotta Bustamante en el barrio Cascajal de esa ciudad. No se continuó la práctica del testimonio.
2.5.2.- Carlos Andrés Arboleda Villa. Funcionario de policía judicial adscrito a la SIJIN de Buenaventura. Investigador del grupo de vida. Conoce los motivos por los cuales fue citado a declarar en este proceso, al respecto indicó: “ Mi persona en compañía de mi subintendente Pedro Felipe Torres Estupiñán, tuvimos conocimiento de unos hechos ocurridos en el año 2009, en junio o julio no recuerdo el mes, ocurrido en el sector del “gallinero”, vía que conduce Buenaventura – Cali, donde l a señora
de unos hechos ocurridos en el año 2009, en junio o julio no recuerdo el mes, ocurrido en el sector del “gallinero”, vía que conduce Buenaventura – Cali, donde l a señora esposa de la víctima daba el testimonio o ponía en conocimiento unos hechos donde fue víctima su esposo, el señor Mauricio Yepes Montoya, quien recibió tres impactos por arma de fuego en la región de la cabeza. Una vez se recibe esta información s e procede a realizar entrevista a la señora Maryluz Castaño Serna, quien es la esposa de la víctima… se realiza entrevista a la señora Paola Estrella, compañera sentimental para la fecha de los hechos, con la cual tiene un niño… Se realizó también entrevis ta a la señora Martha Nury Tobón, quien es la administradora del establecimiento de razón social Ricarnes, empresa donde laboraba la víctima y los indiciados. Una vez se tiene conocimiento que después de la ocurrencia de los hechos el señor José Mauricio f ue llevado al hospital Departamental, se solicita epicrisis… posteriormente se solicitó epicrisis a la unidad del Valle de Lili en Cali… También se solicitó a Medicina Legal que la víctima fuera valorada por psiquiatría y un reconocimiento médico legal. Se solicitó también la foto cédula de los indiciados; se solicitaron los antecedentes penales. Se solicitó al CINAR… entidad que da a conocer si los indiciados tenían permiso para portar armas de fuego. Se solicitó a la estación de policía más cercana a la residencia de la víctima para que pasaran revistas constantes a la v íctima y a sus familiares… LaRadicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
armas de fuego. Se solicitó a la estación de policía más cercana a la residencia de la víctima para que pasaran revistas constantes a la v íctima y a sus familiares… LaRadicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
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denuncia fue recibida en el año 2011, dos años después de la ocurrencia de los hechos. Los hechos, no me acuerdo la fecha exacta, no sé si era en junio o julio. Una hermana o hermano de la víctima puso en conocimiento ante la Fiscalía General de la Nación, estos hechos. A nosotros nos hace presencia la señora Maryluz Castaño Serna en el año del 2012, porque nosotros, como tal, no sabíamos de ese caso…” Indicó que la víctima duró 2 años en estado de inconsciencia . Personalmente practicó la entrevista de Paola Estrella y a la víctima José Mauricio. Reconoció el documento contentivo de la entrevista realizada a Paola Estrella. Le dio lectura. Expresó que el 16 de julio de 2012 solicitó a Ricarnes información acerca del personal y la relación del parque automotor. (Se suspendió la audiencia porque el testigo pasó en vela la noche anterior por turno en su trabajo y no ha tomado alimentos).
El 22 de julio de 2014 continuó la audiencia. Prosiguió el relato del deponente, relacionando las actividades investigativas que se realizaron. Leyó los informes contentivos de los resultados de dichas labores. Participó en el procedimiento de captura de Carlos Alberto Campuzano Tobón. Contrainterrogatorio. La noticia criminal
relacionando las actividades investigativas que se realizaron. Leyó los informes contentivos de los resultados de dichas labores. Participó en el procedimiento de captura de Carlos Alberto Campuzano Tobón. Contrainterrogatorio. La noticia criminal se generó cuando la hermana de la víctima formuló la denuncia. Antes no se iniciaron actos investigativos porque la víctima se encontraba en delicado estado de salud y además sus familiares sentían temor. No conoce hacia quién sentían temor. No tuvo conocimiento directo de los hechos. En el listado de la planta de personal de la empresa Ricarnes se relacionó como trabajador a Carlos Campuzano, pero no a James Minotta. Estableció a través de la entrevista a la víctima que tenía una relación de amistad con Carlos Alberto Campuzano y que éste lo visitó después del atentado. No se realizaron entrevistas al personal de la salud que atendieron al lesionado el día de los hechos, para establecer si aquel indicó algo acerca de sus agresores. La víctima permaneció un tiempo importante internado en la Fundación Valle de Lili. No investigó acerca de la existencia de un conflicto laboral entre la víctima y los investigados. Se determinó que James Minotta trabajaba independiente vendiendo los producto s de Ricarnes, no hacía parte de la planta de personal. Tampoco investigó el motivo por el cual los presuntos agresores se encontraban juntos el día de los hechos, teniendo en cuenta que uno de ellos no hacía parte de la empresa. Con este testigo la Fiscalía incorporó los informes de investigador de campo FPJ -11 del 8 de agosto deRadicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
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la Fiscalía incorporó los informes de investigador de campo FPJ -11 del 8 de agosto deRadicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
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2021, 2 y 3 de abril de 2013, contentivos de las entrevistas antes mencionadas, las respuestas obtenidas en torno a la carencia de antecedentes y de permiso para portar armas de fuego por parte de los procesados; también la obtención de la historia clínica de la víctima, entre otras actividades.
El 7 de julio de 2015 se practicaron los testimonios de:
2.5.3.- Elsa Vanessa Torres Matamba . Profesional universitaria forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Labora en la unidad básica de Buenaventura. Le corresponde realizar valoraciones de clínica forense y patología forense. Trabaja en esa entidad desde el 9 de septiembre de 2012. Las valoraciones clínicas for enses se realizan en personas vivas (lesiones personales; embriaguez; estados de salud, entre otras). La patología forense se realiza en cadáveres para determinar la causa de la muerte. Explicó los protocolos y el procedimiento que se sigue para realizar valoraciones en personas vivas. Se encuentra en capacidad de explicar el informe de clínica forense que haya realizado otro profesional. Se le puso de presente un informe realizado el 25 de septiembre de 2011 por el doctor Oscar Caicedo Soto, de valoración realizada a José Mauricio Yepes. Lo leyó. Según las conclusiones del legista,
un informe realizado el 25 de septiembre de 2011 por el doctor Oscar Caicedo Soto, de valoración realizada a José Mauricio Yepes. Lo leyó. Según las conclusiones del legista, el mecanismo causal de las lesiones fue proyectil de arma de fuego. Se determinó una incapacidad médico legal definitiva de 50 días. Las secuelas establecidas por el perito fueron: deformidad física que afecta el cuerpo de carácter permanente debido a las cicatrices que presenta el examinado; la hemiplejia izquierda es generada por una lesión a nivel del cerebro y produce inmovilidad en la parte izquierda del cuerpo; de ahí, la secuela denominada perturbación funcional del órgano sistema nervioso central. Otra secuela fue la perturbación funcional del órgano de la visión y auditivo. También se consignó en el informe una perturbación psíquica a definir porque se denotó en el examinado una actitud aprehensiva “llora cuando se le interroga sobre los hechos”. Por esa razón se recomendó una valoración por psiquiatría y psicología forense. En el informe se plasmó que el valorado se presentó en silla de ruedas. La hemiplejia es una dificultad para mover un lado del cuerpo, puede ser izquierdo o derecho, en la mayoría de los casos es producto de una lesión a nivel cerebral. Esta secuela tiene tratamiento pero el paciente no podría recuperar en su totalidad la movilidad en su hemicuerpo. Contrainterrogatorio. Cuando el informe indica “ lesión cerebral severa” se refiere alRadicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
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paso del proyectil del arma de fuego por alguna parte de ese órgano. Para el 11 de septiembre de 2011 no laboraba en Medicina Legal. Inicialmente ingresó en calidad de médico general y pasó a ser legista a partir del 15 de octubre de 2012, previa capacitación por parte de la entidad. Redirecto. Como profesional está en capacidad de interpretar y explicar lo que otro colega plasma en una historia clínica o dictamen pericial de medicina forense. Se ingresó el informe que se le puso de presente.
2.5.4.- Fernando Banguero González . Hace parte de la Policía Nacional. Se desempeñó como jefe de investigadores del grupo vida de Buenaventura. No conoció en detalle los hechos de la inv estigación, solo participó en la obtención de la consulta web de la registraduría respecto de los indiciados y en la obtención de los antecedentes penales de ellos. Se incorporaron los oficios contentivos de esa información.
En sesión del 18 de agosto de 2015, continuó la Fiscalía con la práctica de pruebas a su cargo:
2.5.5.- Paola Andrea Estrella Rodríguez. Licenciada en educación preescolar. Actualmente no labora. Ama de hogar. Compañera sentimental de la víctima. Acerca de los hechos, manifestó: “ Estaba yo en mi casa, Mauricio había salido a trabajar en la mañana y me dijo que volvía a mi casa al día siguiente era el día del padre… Mauricio en ese momento era mi esposo, bueno no estábamos casados, pero era mi marido, el
mañana y me dijo que volvía a mi casa al día siguiente era el día del padre… Mauricio en ese momento era mi esposo, bueno no estábamos casados, pero era mi marido, el papá de mi hijo. Cuando le p asó esto a él, tenía dos meses J.J. de nacido… Nosotros hasta ese momento llevábamos cinco años más o menos (conviviendo)… yo lo estaba esperando a él porque le estábamos haciendo una comida porque al otro día era el día del padre, entonces él me llama y m e dice que por allá donde él cubría la ruta vio a James y lo saludó y él me dijo que James no le había contestado, entonces yo le dije ay amor no le pare bolas a eso que de pronto él no lo escuchó o él no le quiere hablar… cuando se avecinaba más la tarde me dijo: ‘mami yo estoy acá por un retén del ejército, estoy aquí detrás de unos camiones y ahí los vi que pasaron, iba él con otro ahí, pero yo ahí los vi que pasaron, yo ya voy bajando, en media hora yo estoy allá en la casa…’ cuando pasó la media hora y Mauricio no llegabaRadicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
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entonces yo lo empecé a llamar y cuando le marqué el teléfono sonaba en buzón, pues como era una persona que habitualmente, si se le descargaba el teléfono, ahí mismo buscaba de donde llamarme a decirme… porque teníamos muy buena comunicación…” Le solicitó a su cuñado que la acompañara a buscar a su pareja porque creía que le había pasado algo. Cuando llegaron a una estación de servicio, le preguntaron a un
buscaba de donde llamarme a decirme… porque teníamos muy buena comunicación…” Le solicitó a su cuñado que la acompañara a buscar a su pareja porque creía que le había pasado algo. Cuando llegaron a una estación de servicio, le preguntaron a un conocido que si había visto a su compañero, pero le respondió que no. Subieron u n poco más por la carretera y en una curva observaron al motocarro en el que se movilizaba su compañero, estaba tirado. Entonces se desesperó, estaba muy oscuro y en lugar de acercarse al sitio le pidió a su cuñado que llamaran a la policía. En medio del desespero decidió irse para la casa sin saber aún acerca de su cónyuge. Cuando llegó, su hermana le comunicó que a José Mauricio lo tenían en el hospital, salió para allá, donde se enteró que lo habían lesionado con arma de fuego. James es de apellido Minotta, compañero de trabajo de Mauricio. Ellos trabajaban en Ricarnes. “Mauricio simplemente, en el momento que me dice, me dice mami yo vi a James y lo saludé, iba con otra persona y no me contestó, él no me dijo de otra persona”. La persona que la acompañó a buscar a su cónyuge se llama Junior Valencia. A James lo conoce de tiempo atrás. Lo señala en la sala de audiencias y lo describe morfológicamente. Ellos no solo eran compañeros, también eran amigos. No se enteró que hubieren tenido algún tipo de problema. Después de los hechos no ha hablado sobre este tema con Mauricio y prefiere no hacerlo por las condiciones de salud en que se encuentra. Se le puso de presente la entrevista que le realizó policía judicial. La reconoció y la l eyó.
algún tipo de problema. Después de los hechos no ha hablado sobre este tema con Mauricio y prefiere no hacerlo por las condiciones de salud en que se encuentra. Se le puso de presente la entrevista que le realizó policía judicial. La reconoció y la l eyó. Durante la lectura la testigo irrumpe en llanto. Contrainterrogatorio. Llevaba cinco años conviviendo con la víctima, tenían buena comunicación. El día de los hechos su pareja le indicó haber visto a James Minotta en compañía de otro individuo. Su compañero no le describió a la otra persona que acompañaba a James Minotta, no le indicó alguna característica. También le dijo que esas personas se desplazaban en una motocicleta, pero tampoco describió dicho vehículo. No recuerda cuánto trascurrió entre una y otra llamada, fueron minutos. Sabe que Carlos Campuzano era compañero de trabajo de Mauricio. Lo conoce. Lo señaló en la sala de audiencias. Sabía que además de compañeros también eran amigos. Hubo un tiempo en el que tuvo una tienda y Carlos Campuzano le llevaba productos, desde esa época lo conoce . Ha tratado con él. No le consta que José Mauricio haya sido amenazado o que hubiere tenido desavenencias con alguno de losRadicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
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procesados. Eran amigos de conversar un rato o compartir una gaseosa. Los tres trabajaban en Ricarnes para la época de los hechos. Cree que todos tres trabajaban como repartidores; Carlos le dejaba pedido en su tienda por eso cree que también era
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procesados. Eran amigos de conversar un rato o compartir una gaseosa. Los tres trabajaban en Ricarnes para la época de los hechos. Cree que todos tres trabajaban como repartidores; Carlos le dejaba pedido en su tienda por eso cree que también era repartidor. Desconoce la ubicación de Carlos Campuzano al momento de los hechos. Cuando llegó al hospital tuvo la oportunidad de hablar con la víctima, él lo único que le decía era que le dolía mucho la cabeza; no podía abrir los ojos. Cuando fue a visitarlo a Cali, ya no podía hablar. No supo que él hubiese hablado con algún enfermero o médico sobre los hechos. No cree que lo haya hecho por el estado en que se encontraba. Complementarias del Ministerio Público . Su compañero comenzó a llamarla a eso de las 6:00 pm, el día de los hechos. En la empresa sabían los recorridos de la víctima. Todos los días salía a las 8:00am a trabajar y regresaba a la casa entre las 5:00 y las 7:00 pm. Los 5 años que convivió con él, trabajó en esa actividad. Entre semana repartía dentro de la ciudad y los fines de semana en la ruta Buenaventura – Loboguerrero. Desconoce si los otros compañeros tenían la misma ruta. El día de los hechos le entregaron un canguro que estaba en el motocarro, contenía unas facturas que luego se las entregó a Carlos Campuzano.
2.5.6.- Martha Nury Tobón Campuzano . Administradora de empresas. Prima del acusado Carlos Alberto Campuzano Tobón. Es su deseo rendir declaración. Es socia y administradora de la empresa Ricarnes. Tiene varios puntos de venta en
2.5.6.- Martha Nury Tobón Campuzano . Administradora de empresas. Prima del acusado Carlos Alberto Campuzano Tobón. Es su deseo rendir declaración. Es socia y administradora de la empresa Ricarnes. Tiene varios puntos de venta en Buenaventura, en Tumaco y Cali. Sobre los hechos, expresó que: “ Mauricio tuv o un incidente, no recuerdo las fechas, no las tengo presentes. En este momento yo solo voy a dar testimonio por Carlos Alberto porque sobre el señor James yo no tengo conocimiento de la situación con él. Hablaría por Carlos porque es la persona que de pronto tengo el conocimiento. Se presentaron unos incidentes con Mauricio, de los cuales, después de determinado tiempo, varios años para ser más exacta, dijeron que el señor Carlos Alberto estaba implicado en los sucesos… a Mauricio le dispararon, lo dejaron en una condición médica demasiado deplorable, Mauricio estaba en unas condiciones físicas tristes”. No sabe el motivo por el cual le dispararon. No tiene claro el lugar donde ocurrió. Escuchó que por “ la gallinera” por la carretera hacia Cisneros, Loboguerrero. De los hechos no conoce mucho. Para la época en que ocurrieron , Mauricio era cliente de la empresa, él compraba los productos y los comercializaba.Radicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
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Había dejado de hacerlo y volvió a comprar mercancía desde un mes antes del insuceso. No estaba vi nculado directamente con la empresa. Solamente compraba y
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Había dejado de hacerlo y volvió a comprar mercancía desde un mes antes del insuceso. No estaba vi nculado directamente con la empresa. Solamente compraba y revendía los productos, de forma independiente, era un cliente. Se le puso de presente una entrevista del 1 de agosto de 2012. L a reconoce porque tiene su firma y lo lee en su integridad por solicitud de la Fiscalía. Aclaró que cuando en la entrevista indicó que Mauricio había tenido un problema meses antes, hacía referencia a inconvenientes económicos y esa fue la razón por la que solicitó que lo dejaran regresar a distribuir los productos cárnicos. En el momento que sucedieron los hechos Mauricio andaba en una cuatrimoto, la empresa se la había facilitado porque él había hecho un viaje y había vendido la de él, entonces les pidió el favor mientras se conseguía una. Antes de los hechos Ronald Reyes o Norberto Bedoya eran los que manejaban motos y le colaboraban. Cuando sucedieron los hechos decidió que iba a colocar un vendedor de la misma empresa y entonces sacó para esa venta a Carlos Campuzano. No le explicó esa situación al policía que la interrogó porque él no la interrogó concretamente, le habló de forma general. Antes de los hechos Carlos Campuzano, estaba en mantenimiento y no se podía mover de la empresa porque era el encargado de llevar todos los registros de Invima y hacer el mantenimiento. Cuando sucedieron los hechos James ya había cesado la relación comercial con la empresa, ya no les compraba productos. Para la fecha de los hechos Carlos era el encargado del mantenimiento. Él empezó a hacer los domicilios fue posteriormente. Después de un tiempo decidieron obsequiarle la motocicleta a un trabajador porque ya no la necesitaban y generaba gastos porque era
fecha de los hechos Carlos era el encargado del mantenimiento. Él empezó a hacer los domicilios fue posteriormente. Después de un tiempo decidieron obsequiarle la motocicleta a un trabajador porque ya no la necesitaban y generaba gastos porque era antigua. No recuerda la fecha en que James dejó de comprarles productos, fueron meses antes de los hechos. Ellos revendían en diferentes puntos de la ciudad, en salsamentarías, tiendas, restaurantes, etc. Distribuían carnes frías. Un día a la semana Mauricio tenía una ruta por fuera de la ciudad, iba hasta Loboguerrero, allá tenía clientes. Estaba enterada de que el día de los hechos él hab ía salido hacia ese sitio. “Carlos vivía en la casa del lado. La dueña tenía un negocito ahí, nunca entró, por eso no sabía donde era su cuarto; era de 3 pisos. Era la última que salía, a las 6:30 o 7:00 Por lo general Carlos y Norberto eran los que le ayu daban a abrir y a cerrar. Ese día cerró de 6:00 a 6:30 de la tarde y Carlos estaba ahí. Para estar parada aquí es porque estoy segura que Carlos estaba con nosotros y estuvo todo el tiempo con nosotros, por sus funciones. Al día siguiente que llegó a la em presa le comenté a Carlos, Norberto y Ronald. Entre ellos había amistad. Después del suceso todos nos desplazamos aRadicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
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visitarlo. En los ojos se le veía como la alegría que estuviéramos ahí, con él. Carlos es
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visitarlo. En los ojos se le veía como la alegría que estuviéramos ahí, con él. Carlos es un hombre demasiado trabajador, le gusta aprender, tiene muchas capacidades, es muy responsable, muy colaborador, siempre está para ayudar a los demás. Estoy contando las cosas como las sé y como las pienso.
Contrainterrogatorio. No recuerda bien, pero cree que fue Paola , la compañera sentimental de Mauricio quien le informó lo sucedido. Ella la llamó y le dijo que estaba en el hospital porque a Mauricio le habían hecho un atentado. Eran aproximadamente las 9:00pm cuando se enteró. Ese día estuvo en la empresa, era un sábado antes del día del padre. Después de las 6:30 pm, no volvió a ver a Carlos Campuzano en esa fecha. A James, hacía mucho tiempo que no lo veía. Cuando visitaron a Mauricio, él no hablaba, solo podía mover las manos y los ojos.
Complementarias del Ministerio Público . Carlos Campuzano estaba vinculado a la empresa a través de un contrato. Se le asignó la actividad de mantenimiento de máquinas. Devengaba un salario mínimo más una bonificación porque su horario era extendido. No recuerda el monto de la bonificación. Carlos llevaba 15 año s en la empresa. Figuraba dentro de la nómina. Durante el tiempo que James Minotta compraba los productos para revenderlos, tuvo una relación normal de compañeros con Carlos Campuzano. La testigo permaneció en la empresa hasta las 6:30 o 7:00pm el día de los hechos y a esa hora también se encontraba Carlos Campuzano en ese lugar.
compraba los productos para revenderlos, tuvo una relación normal de compañeros con Carlos Campuzano. La testigo permaneció en la empresa hasta las 6:30 o 7:00pm el día de los hechos y a esa hora también se encontraba Carlos Campuzano en ese lugar. También recuerda la presencia de otros empleados para esa fecha y hora, como Libardo Botero, Lucy Tobón, María Eugenia Ocampo, Janeth Echeverry, Sonia Ocampo, Norberto Bedoya y Ronald Reyes. Carlos Campuzano tiene algunos cursos del SENA y conoce bastante de electricidad.
En audiencia de continuación del juicio oral del 26 de abril de 2016, se llevó a cabo el testimonio de la víctima. En esta vista pública, la Juez, como medida correctiva y en procura de evitar dilaciones injustificadas, designó como defensor público de los procesados al abogado Álvaro Suárez Riascos, atendiendo que la defensora de confianza de James Minotta renunció al poder a último momento y el de Carlos Campuzano, también a última hora, informó que no iba a comparecer a la audiencia. La funcionaria puso de presente las difíciles condiciones de salud de la víctima cuyaRadicación: 76001-6000-193-2011-21816-01
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comparecencia requirió de traslado en ambulancia por lo que no se justificaba volver a hacerlo presentar en una sesión posterior.
2.5.7.- José Mauricio Yepes Montoya . Indicó que su número de cédula es 16.507.290 expedida en Buenaventura, Valle. Manifestó que laboraba en la empresa
hacerlo presentar en una sesión posterior.
2.5.7.- José Mauricio Yepes Montoya . Indicó que su número de cédula es 16.507.290 expedida en Buenaventura, Valle. Manifestó que laboraba en la empresa Ricarnes, realizaba oficios varios, era vendedor. Trabajó allí durante dos o tres años. En relación con los hechos relató: “sí señora, yo me encontraba vendiendo carnes frías en un motocarro y el señor James Minotta me bajó la cara cuando lo saludé, hizo así… y luego el señor Carlos Campuzano Tobón me agarró por detrá s y el señor James Minotta me pegó tres ti