🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TSDJ BUG SP - 76-001-60-00-193-2022-03897-(28-03-2025)

Tribunal Superior de Buga

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-001-60-00-193-2022-03897-(28-03-2025)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2025

HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES - A la Fiscalía le corr esponde delimitar con claridad cuáles son los hechos que pueden subsumirse en el respectivo tipo penal, lo que implica definir las circunstancias de tiempo, modo y lugar, la conducta (acción u omisión) que imputa y los elementos estr ucturales del delito/ NULIDAD POR LA DEFICIENCIA DE LOS HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES - En el presente caso es evidente y claro que la pretensión de nulidad con idénticos argumentos fue sustentada por la defensa en el acto de formulación de acusación, siendo negada por el a quo, sin que contra esta determinación la parte interesada o intervinientes interpusieran recurso alguno. Lo anterior permite deducir que proponer una nueva solicitud de nulidad alegando la misma falencia, esto es por la fecha de los hechos jurídicamente relevantes, se torna improcedente, en la medida en que no expone una situación distinta a estudiar sin ser repetitiva, es decir, que se trastocan los principios de co sa juzgada y seguridad jurídica/ NULIDAD POR LA DEFICIENCIA DE LOS HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES - La situación fáctica así registrada desde la audiencia de imputación y posterio r formulación de acusación, aunque no se especifiquen los meses y días en que acaecieron los presuntos ataques contra el bien jurídico de la libertad, integridad y formación sexuales de la menor, el contexto de los hechos fue exhibido de manera suficientemente concreta y no afectó sustancialmente el derecho del acusado, en tanto que en lo medular y que concierne con la estructuración del punible de la referencia, éste pod rá ejercer una adecuada

sustancialmente el derecho del acusado, en tanto que en lo medular y que concierne con la estructuración del punible de la referencia, éste pod rá ejercer una adecuada defensa//NULIDAD POR LA DEFICIENCIA DE LOS HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES - La ausencia en la fecha exacta o aproximada no con lleva de manera necesaria a que los hechos de relevancia penal sean confusos, ambiguos o indefinidos frente a la descripción típica contenida en el tipo penal, pues se debe tener en cuenta el sustrato fáctico en su conjunto para determinar posible vulneración.

Auto de segun da instancia (AC -11825) del 28 de marzo de 2025, con ponencia del Dr. Juan Carlos Santacruz López. Decisión: confirma el auto apelado.

Consultar sobre este documento ...