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TSDJ BUG SP - 76-001-60-00-8778-2016-00015-01-(02-05-2023)

Tribunal Superior de Buga (2)

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Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-001-60-00-8778-2016-00015-01-(02-05-2023)
Autor
Tribunal Superior de Buga (2)
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2023

Radicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

Acusado: Rafael Ernesto Parada Niño Delito: Concierto para delinquir

1

JUSTICIA

PENAL BUGA

SENTENCIA SEGUNDA

INSTANCIA

TRIBUNAL SUPERIOR

Código:

GSP-FT-37

Versión: 1

Fecha de aprobación:

REPÚBLICA DE COLOMBIA

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA

SALA DE DECISIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

JOSÉ JAIME VALENCIA CASTRO

Radicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01 (AC-401-22) Acusado: Rafael Ernesto Parada Niño Guadalajara de Buga (Valle), mayo dos (02) de dos mil veintitrés (2023)

Aprobado según Acta No. 164

I OBJETIVO

Decide la S ala recurso de apelación p resentado contra la sentencia No. 055 del 19 de septiembre de 2022 proferida por el Juzgado Sexto Penal del Circuito de Palmira en la cual condenó a RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO como coautor de un concurso de concierto para delinquir y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.Radicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

Acusado: Rafael Ernesto Parada Niño Delito: Concierto para delinquir

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II ANTECEDENTES

o municiones.Radicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

Acusado: Rafael Ernesto Parada Niño Delito: Concierto para delinquir

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II ANTECEDENTES

1. El 14 de octubre de 2016, en audiencia de formulación de imputación realizada por el Juzgado 16 Penal Municipal con funciones de control de garantías de Cali, la Fiscalía 162 seccional delegada ante el CTI le comunicó al señor RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO

lo siguiente:

“Conforme lo establecen los artículos 286 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, este delegado procede a formular imputación en contra de las personas que aquí asisten en calidad de indiciados.

Es necesario informarles a ustedes, señor RAFAEL ERNESTO PARADA

NIÑO, MAURICIO CRUZ FERNÁNDEZ, JOSÉ GONZÁLEZ PEÑA, UBER

FABIÁN VELASCO FAJARDO, JORGE ANDRÉS LÓPEZ CHAMORRO, JESÚS ELADIO GIRALDO CANO Y U BEIMAR ANDRÉS RAMÍREZ HERRERA, que la Fiscalía a partir de este momento va a iniciar en contra de ustedes una investigación de carácter penal o criminal porque a través de una investigación que ha tardado varios meses, la Fiscalía ha logrado recopilar elementos materiales probatorios que permiten inferir razonablemente que ustedes son los autores o partícipes de los delitos que aquí se les va a imputar, es decir, a partir de este momento se le está comunicando que la Fiscalía los va a investigar a ustedes para ello y siguiendo las reglas del artículo 288

ustedes son los autores o partícipes de los delitos que aquí se les va a imputar, es decir, a partir de este momento se le está comunicando que la Fiscalía los va a investigar a ustedes para ello y siguiendo las reglas del artículo 288 procedemos a individualizar a las personas por imputar.

El primero se llama RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO, se identifica con la cédula 1.090.366.371 de la ciudad de Cúcuta, de estado civil unión libre con Leydi Johana González Medina, hijo de Luis Ernesto Parada Montañez e Isabel Teresa Niño, nacido el 12 de abril de 1986 en Cúcuta, tecnólogo en ciencias militares y como oficio Sargento Segundo, suboficial del ejérci to, reside en Calle 10 N #11ª- 96 de la ciudad de Palmira. (…)Radicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

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¿y por qué la Fiscalía los está investigando señores?, porque la presente indagación que se inició en el mes de febrero de 2016, se inició porque en un informe de campo del investigador con número 76218641 del 4 de febrero nos manifestó que había otra investigación desde el año 2015 donde se perseguía a un grupo de personas del municipio de El Cerrito dedicadas al homicidio selectivo y al tráfico de estupefacientes, dentro de esa investigación se pudo establecer a través de las interceptaciones, que había una persona identificada con el alias de MAURICIO que con poca regularidad le daba armas a ese grupo, le vendía armas.

selectivo y al tráfico de estupefacientes, dentro de esa investigación se pudo establecer a través de las interceptaciones, que había una persona identificada con el alias de MAURICIO que con poca regularidad le daba armas a ese grupo, le vendía armas.

Como quiera que este MAURICIO no pertenecía directamente a esa organización de El Cerrito, se decidió abrir un n uevo SPOA y determinar qué ocurría con este ciudadano . Es así que se logra establecer a través de este informe que alias MAURICIO se estableció que era una persona retirada de la Policía Nacional y que establecía comunicación frecuente desde su abonado 3173829762 con otros ciudadanos entre ellos ELADIO, con EL VIEJO o JOSÉ y con RAFAEL, y que se dedicaba con estas personas a comercializar de manera ilícita armas de fuego, partes y munición, estos elementos dentro de la interceptación se logró establecer q ue eran mencionados en lenguaje cifrado, como “cosos”, “cositos”, “bananas”, “niños” o “niñas”, niños para el revólver, niñas para las pistolas.

Mediante esas labores se logró establecer entonces que había una organización dedicada a la comercialización ilícita de armas de fuego que eran extraídas por parte del suboficial activo PARADA NIÑO desde el armerillo del Batallón de ingenieros Agustín Codazzi de Palmira.

Valga aclarar que el señor PARADA NIÑO es custodio del armerillo de armas incautadas, es d ecir, no de las armas que se usan diariamente por los

Batallón de ingenieros Agustín Codazzi de Palmira.

Valga aclarar que el señor PARADA NIÑO es custodio del armerillo de armas incautadas, es d ecir, no de las armas que se usan diariamente por los efectivos militares, sino de las armas que por algún motivo llegan para queRadicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

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sean custodiadas por el ejército, ya sea que pertenezcan a procesos civiles, administrativos, penales o demás.

Durante el cur so de esta investigación se adelantaron interceptaciones telefónicas, seguimiento electrónico, vigilancia y seguimientos pasivos, además se inspeccionaron carpetas y a través de todo ello se logró establecer el modus operandi, la identificación de los miem bros de la organización, sus lugares de residencia y sitio de trabajo.

Por lo tanto esta investigación y esta imputación ha tratado de detener esa actividad. Por lo tanto señoría se logró establecer que la estructura de esta organización era la siguiente , sin que podamos decir que es un líder, porque en realidad él se somete a lo que digan lo demás. Encontramos que RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO como custodio del arm erillo de armas incautadas del Batallón extraía armas que le eran entregadas a JESÚS ELADIO GIRALDO CANO, a su vez este se las entregaba a MAURICIO FERNÁNDEZ, y MAURICIO FERNÁNDEZ se las entregaba a JOSÉ GONZÁLEZ.

(...)

De acuerdo a esos hechos, la Fiscalía se permite informarles a ustedes que

MAURICIO FERNÁNDEZ se las entregaba a JOSÉ GONZÁLEZ.

(...)

De acuerdo a esos hechos, la Fiscalía se permite informarles a ustedes que les va a formular unos cargos.

En primer lugar al s eñor RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO se le imputa el delito de concierto para delinquir consagrado en el artículo 340 del código penal que a la letra dice: “Cuando varias personas se concierten con el fin de cometer delitos, cada una de ellas será penada, por e sa sola conducta, con prisión de 4 a 9 años” y se le imputa ese hecho porque la Fiscalía tiene elementos materiales probatorios que le permiten afirmar que desde el mes de febrero hasta el 12 de octubre cuando fue capturado se dedicó a concertarse con el señor JESÚS ELADIO para traficar armas de fuego.Radicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

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En ese orden de ideas igualmente se le imputa al señor RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO en concurso heterogéneo el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios partes o municiones, ese hecho que se le imputa y que está consagrado en el artículo 365 y dice así: “ El que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare, porte o tenga en un lugar armas de fu ego de defensa personal, sus partes esenciales, accesorios

permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare, porte o tenga en un lugar armas de fu ego de defensa personal, sus partes esenciales, accesorios esenciales o municiones, incurrirá en prisión de nueve (9) a doce (12) años”. Se le imputa porque el día 13 de mayo del 2016 al mediodía usted salió del Batallón Agustin Codazzi donde estaba presta ndo servicio como suboficial de administración, es más, salió sin permiso, por un ladito, llegó a su casa en donde se encontró con el señor JESÚS ELADIO GIRALDO CANO, le entregó el arma de la que habían hablado antes y el señor JESÚS ELADIO salió con ella, siendo sorprendido posteriormente con ella. Esos son los hechos que se le imputan en calidad de autor, el de concierto para delinquir y en calidad de coautor el delito de fabricación, tráfico y porte o tenencia de armas de fuego, esos dos delitos se le inmutan en concurso heterogéneo”.

2. El 20 de enero de 2017 la Fiscalía presentó escrito de acusación en contra de RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO y otros procesados, últimos que realizaron preacuerdos con la Fiscalía, razón por la cual se rompió la unidad procesal.

3. El 05 de septiembre del 2017, en la audiencia de formulación de acusación, la Fiscalía expuso que RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO (Sargento del Ejército Nacional encargado del armerillo del Batallón Codazzi acantonado en Palmira ), JESÚS ELADIO

expuso que RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO (Sargento del Ejército Nacional encargado del armerillo del Batallón Codazzi acantonado en Palmira ), JESÚS ELADIO GIRALDO CANO, MAURICIO CRUZ FERNÁNDEZ y JOSÉ GONZÁLEZ PEÑA “mediante acuerdo común y con división de trabajo se concertaron con el fin de sustraer de manera ilegal y subrepticia las armas del armerillo de armas incautadas del Batallón Codazi, armas a cargo del Sargent o RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO, para luego comercializarlas ilegalmente…”.Radicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

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La Fiscalía consideró a RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO probable autor de un delito de concierto para delinquir descrito en el artículo 340 del Código Penal y probable coautor de un delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones descrito en el artículo 365 ibídem en modalidad de tráfico.

4. El 10 de julio de 2018 comenzó la audiencia preparatoria, la cual terminó el 18 de enero de

2019.

5. El 9 de abril de 2019 se da inicio al juicio oral. En materia probatoria ocurrió lo siguiente:

5.1. Pruebas de la Fiscalía

5.1.1. El investigador LUIS FERNANDO GARZÓN SÁNCHEZ declaró que trabaja en el CTI de la Fiscalía como analista de comunicaciones, “en el año 2015 cuando llegué a la

5.1. Pruebas de la Fiscalía

5.1.1. El investigador LUIS FERNANDO GARZÓN SÁNCHEZ declaró que trabaja en el CTI de la Fiscalía como analista de comunicaciones, “en el año 2015 cuando llegué a la ciudad de Cali me asignaron trabajar dentro de un grupo de trabajo enfocado a desarticular una organización de microtráfico asentada en la municipalidad de El Cerrito Valle. En desarrollo de esa indagaci ón se tuvo conocim iento de varia s personas, específicamente un señor de nombre JOSELITO de la ciudad de Buga quien le proveía armas al jefe de la organización en la municipalidad de El Cerrito. Ese señor JOSELITO se comunicó en varias oportunidades con un señor que se ubica en la ciudad de Palmira, el señor MAURICIO CRUZ FERNÁNDEZ y trataban temas relacionados con la compra y venta de armas. Como pues ese tema se salía del objetivo de la indagación inicial que estaba por microtráfico en la ciudad de El Cerrito, se le solicit ó al señor fiscal de que abriera una nueva indagación para explorar la probabilidad de poder determinar con técnicas investigativas si en efecto el señor MAURICIO CRUZ FERNÁNDEZ se dedicaba o no al tráfico de armas y fue así como el señor fiscal delegado a nte el CTI inició la indagación distinguida con el número 2016-00015 que tenía que ver con el tráfico de armas en la ciudad de Palmira … vale la pena decir que en la indagación de El Cerrito se capturó al señor JOSELITO en flagrancia con dos armas de fuego . Dentro de la indagación que se abrió para la municipalidad de

pena decir que en la indagación de El Cerrito se capturó al señor JOSELITO en flagrancia con dos armas de fuego . Dentro de la indagación que se abrió para la municipalidad de Palmira se capturó a un señor de nombre JOSÉ, procedente de la municipalidad de Yumbo,Radicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

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quien fue capturado en flagrancia por unidades de la vigilancia de la policía de vigilancia en la ciudad de Palmira, luego de salir de la casa del señor MAURICIO CRUZ FERNÁNDEZ y luego después de un análisis y varias reuniones con el señor Fiscal en el programa metodológico se determinó que se hacía necesario llevar a cabo otra materialidad porque pues empezaron a surgir nuevos indiciados dentro de la investigación que trataban el tema del tráfico de armas. Fue así como empezó a salir en las comunicaciones el señor JESÚS ELADIO GIRALDO, a quien también se le interceptaron sus comunicaciones y por último el contacto del señor ELADIO fue el señor RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO. Al señor ELADIO también se le capturó en flagrancia portando un arma de fuego. Esos fueron los resultados investigativos de la indagación … las interceptaciones de comunicaciones es una técnica investigativa que nos permite tener conocimiento en tiempo real y de la misma boca del indiciado de sus actividades legales e ilegales, es así como recibe comunicaciones de orden personal, de orden laboral y algunas comunicaciones en las cuales lo contactan de los entes financieros o bancarios en donde al no recibir respuesta dejan sus nombres y apellidos completos o cuando piden un domicilio dicen el nombre,

comunicaciones de orden personal, de orden laboral y algunas comunicaciones en las cuales lo contactan de los entes financieros o bancarios en donde al no recibir respuesta dejan sus nombres y apellidos completos o cuando piden un domicilio dicen el nombre, dicen la dirección, o cuando necesitan hacer trámites que demanden la identidad pues dicen sus números de cédulas o sus cupos numéricos, y es así que con esa información en la medida que se va recaudando a través del gerente del caso, que es en últimas quien realiza todas las verificaciones en el campo de la información que se obtiene, de las comunicaciones se verifica la identidad de las personas porque por las comunicaciones únicamente se individualiza a los indiciados, es así como se conocen los nombres, direcciones y demás información de cada persona que está siendo objeto de esta técnica investigativa … inicialmente eso es una cadena de contactos, las comunicaciones daban cuenta de que JESÚS ELADIO la mayor parte de su tiempo se dedicaba a negociar armas, en esas comunicaciones se empezó algunas llamadas que recibía el señor RAFAEL PARADA inicialmente él le pedía dinero, esas fueron las primeras llamadas telefónicas, pero no sabíamos ese dinero de qué era, o para qué era o a qué negocio se debía ese dinero, entonces el 8 de abril del 2016, presentamos un informe ante el señor fiscal delegado ante el CTI pidiéndole la autorización para interceptar los dos números telefónicos que utilizaba el señor RAFAEL PARADA con el que se comunicaba con el señor JESÚS ELADIO con el único propósito de recaudar informaciones y elementos materialesRadicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

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de prueba, para l o cual como motivos fundados se colocaron las llamadas en las que hablaba con el señor ELADIO y en las que se infería de manera razonable que podrían estar tratando temas relacionados con el tráfico de armas … como inicialmente solo había unas comunicaciones en las que hablaban de dinero pero no se sabía de qué, entonces se procuró la interceptación de las comunicaciones del señor RAFAEL para establecer sus actividades legales, su diario, sus rutinas, y qué tenía que ver con el señor ELADIO, o sea, qué relación tenían o qué tenía él que ver con las actividades a las que se dedicaba al señor ELADIO, porque empecé a darme cuenta de que ELADIO llamaba a RAFAEL y hablaban algo así como en lenguaje cifrado e inmediatamente llamaba a MAURICIO y le decía: “no, no y a hablé con el amigo, ya me va a sacar nuevas niñas, ya llegan nuevas cositas y a veces le preguntaba RAFAEL a ELADIO, ¿necesita más?, entonces le decía “no, no, sí claro, claro” entonces inmediatamente ELADIO llamaba a MAURICIO, vea vea hermano que llegan más hembritas, que salen más cositas de las mismas para seguir en el negocio del cual estamos hablando, a lo cual se dedicaba el señor MAURICIO CRUZ FERNÁNDEZ, entonces esas comunicaciones tenían que ver con ese tema, o sea, no hablaban de cosas diferente s, por ahí de vez en cuanto, tocaban temas estrictamente de índole personal que no vienen al caso”.

El testigo indicó que el sustento de la investigación que realizó era “el total de las sinopsis

hablaban de cosas diferente s, por ahí de vez en cuanto, tocaban temas estrictamente de índole personal que no vienen al caso”.

El testigo indicó que el sustento de la investigación que realizó era “el total de las sinopsis de interés a la investigación se relacionaron con los debi dos DVD’S que contienen los audios de las mismas en el informe que se presentó el 26 de septiembre al año 2016 por medio del cual se solicitaba al señor fiscal que legalizara las comunicaciones surtidas hasta ese momento, porque se iba a llevar a cabo la o peración, la operación es como cuando dice uno vulgarmente reventar el caso, ya el señor fiscal había valorado las evidencias recaudadas hasta ese momento los indiciados, se había procurado la plena identidad de ellos, sus ubicaciones de residencia, para l os allanamientos y demás, entonces para esa fecha se presentaron los informes no solo del teléfono de ELADIO sino del teléfono de MAURICIO que tenía también dos teléfonos, del señor RAFAEL que tenía dos teléfonos celulares, del señor ELADIO que tenía un te léfono celular y se sometieron al control de legalidad posterior por parte de un juez de garantías para que le impartiera legalidad a todas esas evidencias recaudadas, en ese informe de esa fecha del abonado 3212681350Radicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

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del señor RAFAEL se legalizaron las comunicaciones del señor RAFAEL, y de las comunicaciones del señor ELADIO se legalizaron en la misma fecha pero en un informe diferente”.

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del señor RAFAEL se legalizaron las comunicaciones del señor RAFAEL, y de las comunicaciones del señor ELADIO se legalizaron en la misma fecha pero en un informe diferente”.

El testigo indicó que un dato bien interesante “es que a RAFAEL lo llamaban inclusive compañeras del CTI de aquí de Palmira que le ponían en custodia las armas que se incautaban, porque él era el suboficial encargado en el Batallón precisamente del armerillo o del almacén de armas decomisadas, pues dice uno la idea no está tan loca y no es una fantasía pensar que si el señor ELADIO y el señor MAURICIO se la pasan vendiendo armas ¿de dónde las sacan?, la procedencia muy seguramente puede ser el arme rillo de armas decomisadas del Batallón, vamos a ver qué indican las comunicaciones y en efecto en la medida que fuimos escuc hando las interceptaciones a lo largo de 6 meses todas esas comunicaciones indicaban eso, al punto que dijimos bueno, vamos a pasar a los hechos, vamos a mirar a ver si eso que dicen que le entregó, que saque más, que se la vendo, que deme plata, que consigne plata, porque el señor RAFAEL le pedía con alguna recurrencia plata a ELADIO, 500 mil, un millón, y cada vez que MAURICIO le entregaba plata a ELADIO, ELADIO le entregaba plata a RAFAEL, como les digo eso se va a ir escuchando en las comunicaciones, no lo digo yo, lo dicen ellos mismos de su propia voz, entonces resultado del ejercicio, entonces hagamos el ejercicio y miremos a ver si es cierto que hoy

en las comunicaciones, no lo digo yo, lo dicen ellos mismos de su propia voz, entonces resultado del ejercicio, entonces hagamos el ejercicio y miremos a ver si es cierto que hoy le va a entregar un arma, porque ya uno sabía cómo hablaban, qué va a pasar si, sí, no a la 1 que yo estoy de servicio, que salgo a las 12, que llego a mi casa y usted pasa, ahh bueno yo paso, se hizo el operativo … tengo presente que se presentó un informe final de la línea de ELADIO en donde están las comunicaciones que sostuvo el señor JESÚS ELADIO GIRALDO con el señor RAFAEL PARADA y con el señor MAURICIO CRUZ, en ese informe del 26 de septiembre creo que termina en 5915 también no tengo la certeza, en el informe de la línea de ELADIO, de la línea 3212681350, en ese informe están todas las comunicaciones que sostuvo ELADIO desde que se interceptó hasta que se hizo la operación, y en esas comunicaciones están las personas que lo contactaron para pedirle armas, y las comunicaciones que tenía con el señor Rafael, de manera, armoniosa o el común denominador era que siempre que ELADIO hablaba con RAFAEL, inmediatamente hablaba a los minutos, a las horas o al día siguiente hablaba con el señor MAURICIO quienRadicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

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en últimas era el que vendía las armas, él era el que más vendía las armas, porque de la casa de él fue que se coge a una persona en flagrancia y a partir de eso fue que decidieron tomar acciones evasivas, de pronto, infieren que los estaban interceptando, de pronto

casa de él fue que se coge a una persona en flagrancia y a partir de eso fue que decidieron tomar acciones evasivas, de pronto, infieren que los estaban interceptando, de pronto sabían que había alguien que sabía lo que estaban haciendo, entonces empezaron a hablar en clave …”.

Se procedió a escuchar las grabaciones de las comunicaciones interceptadas mencionadas por el testigo.

5.1.2. JUAN FELIPE CARDONA ARANGO declaró que como investigador participó en el caso adelantado contra RAFAEL ERNESTO PARADA NIÑO, “fungí como investigador líder de la indagación y ejecutaba las actividades en campo, el inicio o la génesis de esa indagación recuerdo que fue para principios del año 2016 y esta se inició derivado de otra investigación que en su momento se adelantó, no la adel anté yo, y fue derivado de un informe de investigador de campo que rindió en su momento el investigador que en ese momento era el analista de línea, que si mal no recuerdo era el señor FERNANDO GARZÓN, este genera un informe y ese informe recuerdo muy bien que indicaba de que había unas líneas para ese SPOA y ese número único de noticia criminal, unas líneas que dieron cuenta de una investigación de unas personas con injerencia en el municipio de El Cerrito u otro municipio cercano que se estaban concertand o para cometer actividades delictivas, dentro de ellas homicidio y tráfico de estupefacientes, y que de ahí había una persona conocida como MAURICIO quien estaba realizando al parecer y en ese momento presuntamente actividades de tráfico de armas de fuego, y que como ello se estaba realizando en el municipio de Palmira y no en El Cerrito, por eso se solicitó adelantar una

persona conocida como MAURICIO quien estaba realizando al parecer y en ese momento presuntamente actividades de tráfico de armas de fuego, y que como ello se estaba realizando en el municipio de Palmira y no en El Cerrito, por eso se solicitó adelantar una cuerda procesal, una nueva línea investigativa con ese informe, ese fue el basamento mío para realizar la respectiva judicialización del nuevo caso, que fue de oficio, y teniendo en cuenta dicho informe, solicito al fiscal en su momento, creo que era el 162 seccional delegado para el CTI que atendiendo esos motivos fundados, él se sirviera ordenar una s interceptaciones o una o varias interceptaciones de uno o diferentes abonados celulares y el punto de partida fue en esos momentos la línea de MAURICIO y de un señor conocido como ELADIO que era carnicero, y derivado de esas interceptaciones que por supuestoRadicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

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ejecutó la sala de control telemático, en ese momento las escuchas del señor FERNANDO GARZÓN, él fue bajo ese análisis y en contexto y no de manera deshilvanada precisó que habían otros abonados que se estaban comunicando y que al parecer que esa persona conocida como RAFAEL PARADA estaba extrayendo o sacando unas armas del depósito de armas decomisadas en el B atallón de la ciudad de Palmira, fue así como a través de esas escuchas del investigador se fue requiriendo otros abonados más, y bajo ese análisis como investigador líder lo que reali cé fue solicitar pues esas vigilancias y seguimientos y desplegar las actividades para lograr la materialización de eventos como ya lo expliqué …

esas escuchas del investigador se fue requiriendo otros abonados más, y bajo ese análisis como investigador líder lo que reali cé fue solicitar pues esas vigilancias y seguimientos y desplegar las actividades para lograr la materialización de eventos como ya lo expliqué … Recuerdo muy bien que las armas que en su momento se logró escuchar por parte del analista, mira hay una perso na que se está comunicando con el señor ELADIO y esta persona como ya en un momento me indicó que se había identificado co mo el Cabo Segundo RAFAEL PARADA, que él era el encargado de ese depós ito de armas decomisadas en el B atallón, porque hubo varias comu nicaciones donde él mismo se identificó ante la Fiscalía, que se comunicaba con ELADIO y que en ese momento al parecer era la persona que estaba sacando armas, se las entregaba a ELADIO y que ELADIO posteriormente se comunicaba con MAURICIO (retirado de la policía) y otra persona conocida como JOSÉ que vivía en el municipio de Yumbo, ELADIO hablaba con estas personas y ofrecía zapatos para marrano talla 38, pues sabemos que son comunicaciones que se encuentran según ellos es lo que ellos creen encriptadas para evadir supuestamente la actividad de la autoridad, entonces ellos lo que ofrecían, ELADIO le ofrecía a JOSÉ y a MAURICIO unos zapatos talla 38 o le ofrecía la mamá doña GLORIA, doña GLORIA para en análisis y para juicio del analist a no era otro sino una pistola Glock y que los zapatos para marrano talla 38 eran municiones calibre 38, entonces a través de esas escuchas y de las múltiples reuniones que sostuvieron no solamente el investigador líder como fungía yo, sino con el fiscal se determinó que en efecto estábamos frente a una

esas escuchas y de las múltiples reuniones que sostuvieron no solamente el investigador líder como fungía yo, sino con el fiscal se determinó que en efecto estábamos frente a una estructura delincuencial, que si bien es cierto, seguramente RAFAEL no se conocía o no se comunicaba con el señor JOSÉ o no se comunicaba con MAURICIO, no podemos desconocer que precisamente las estructuras delincuenciales se o rganizan de manera compartimentada para evitar ese desmembramiento … el señor RAFAEL sacaba las armas de ese depósito de armas decomisadas del batallón de Palmira, que una vez las extraía eran entregadas al señor ELADIO, quien era el encargado de ofrecerla s y deRadicación: 76-001-60-00-8778-2016-00015-01

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comercializarlas, que una vez las tenía en su poder eran vendidas al señor MAURICIO, expolicía con asiento en Palmira, quien las vendía al señor JOSÉ con lugar de residencia en el municipio de Yumbo … en el caso del señor RAFAEL PARADA, esta persona, él mismo se identificó con su nombre y cédula, su cargo y su rango a través del abonado celular que él utilizaba y que estaba legalmente interceptado, igualmente el señor ELADIO se identificaba a través de las comunicaciones que él tenía, y las otras do s personas, MAURICIO y JOSÉ, también a través de interceptaciones se identificaban con nombre y cédula, sino que se logró toda vez que el señor JOSÉ fue capturado en situación de flagrancia, es ello una materialización de un evento y también el señor ELADI O fue

MAURICIO y JOSÉ, también a través de interceptaciones se identificaban con nombre y cédula, sino que se logró toda vez que el señor JOSÉ fue capturado en situación de flagrancia, es ello una materialización de un evento y también el señor ELADI O fue capturado en una materialización, en una situación de flagrancia, lo ventilaron por línea y se identificó a través de las capturas que realizaron … recuerdo que ese día en la mañana, empezaron las comunicaciones y empezaron a decir y hablar, a decir el señor PARADA de que él estaba como suboficial de servicio y que le iba a quedar difícil salir ese día y que se iba a volar por un ladito, siempre se comunicaba a esa hora con el señor ELADIO, ese fue el contexto de esa conversación, nos fuimos precisamente en compañía de otra unidad del CTI empezamos a hacer las labores de vigilancia y seguimiento, teniendo en cuenta de que todo al parecer se iba a gestar en horas del mediodía, en hora de almuerzo, y que estaba latente de que se iba a entregar el cosito, fue así como encontrándonos en la parte externa del Batallón, a la espera en cercanías a la espera de que saliera el señor PARADA logramos observarlo con vestimenta militar, eso es, con el camuflado y la

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