TSDJ BUG SP - 76-109-60-00-163-2009-00127-01-AC-281-15-(21-01-2016)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-109-60-00-163-2009-00127-01-AC-281-15-(21-01-2016)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2016
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\ SEGUNDA INSTANCIA ERES
ÉTICA
JUSTICIA PENAL BUGA
Código: GSP-FT45 Versión: 1 Fecha de aprobación:
22/05/2012
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA
SALA DE DECISIÓN PENAL
Magistrada Ponente: MARTHA LILIANA BERTÍN GALLEGO Radicado: 76109-60-00-163-2009-00127-01/AC-281 -15
Guadalajara de Buga, veintiuno (21) de enero dos mil dieciséis (2016) Proyecto discutido y aprobado por Acta No.003
1. OBJETIVO.
Le constituye resolver el recurso de apelación propuesto por la defensa, contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Buenaventura (V) en sede de Juicio Oral, por medio de la cual se CONDENÓ al señor FÉLIX WILLIAM GAMBOA OROBIO, identificado con cédula de ciudadanía número 14.474.833 expedida en Buenaventura (V), por el delito de Homicidio Agravado, en calidad de
COAUTOR.
2. ANTECEDENTES. 2.1Los hechos que dieron origen a la presente causa fueron expuestos por el Delegado de la Fiscalía General de la Nación en el escrito de acusación bajo los siguientes términos:Radicado: 76109-60-00-163-2009-00127-01AC-281-15
Acusado: FÉLIX WILLIAM GAMBOA OROBIO Delito: Homicidio Agravado. “El día 16 de enero de 2009 siendo aproximadamente las 19:00 horas pasadas nos encontrábamos de patrulla, integrada por el patrullero HAROLD YONATTAN CASTAÑEDA y la patrullera LESLEY VANESSA CASTRO CUERO por el sector del barrio pueblo nuevo en el momento que veníamos
realizando el patrullaje a pie por la calle Valencia, cuando llegamos a la altura de la calle 2a escuchamos unas detonaciones por arma de fuego nos alertamos y observamos dos sujetos, los cuales uno de ellos lucía pantalón corto, una camisa negra y una gorra color negra, este tenía en su poder un arma de fuego con la que disparaba contra la humanidad de un señor el cual ya se encontraba tirado en el suelo, mientras el otro sujeto se encontraba mirando por si llegaba la policía, este vestía camisa amarilla y jean de color negro, de inmediato reaccionamos tomamos las medidas de seguridad y gritamos alto policía, ellos se percataron de la presencia policial, el sujeto que vestía la camisa negra le pasaba el arma al otro que vestía camisa amarilla y emprendieron la huida, nosotros empezamos la persecución sin perderlos de vista, ellos cogieron por la calle Los Alemanes hasta llegar a la calle primera al llegar a la calle Venezuela se dividieron, el que llevaba la camisa amarilla se dirigió hacia la calle Sequionda y el otro siguió y volteo por ¡a izquierda por la carrera 11, como no más nos encontrábamos los dos solos y el otro se metió por la calle Sequihonda, ¡a cual se tiene conocimiento que en esta calle se encuentran milicianos de las FARO del frente Manuel Cepeda Vargas
la carrera 11, como no más nos encontrábamos los dos solos y el otro se metió por la calle Sequihonda, ¡a cual se tiene conocimiento que en esta calle se encuentran milicianos de las FARO del frente Manuel Cepeda Vargas decidimos perseguir al sujeto que había disparado logrando dar captura a la altura de la calle 2a con carrera 11, parte trasera del colegio de la Venezuela, lo cual lo redujimos, es de anotar que a este sujeto en ningún momento ¡o perdimos de vista, cuando ya estaba totalmente reducido le dimos a conocer ¡os derechos del capturado por el delito de homicidio toda vez que se nos informó por la radio que la víctima había ingresado muerto al hospital, pedimos refuerzos apoyándonos en una radio patrulla en el cual trasladamos al capturado, se nos identifica con su cédula de ciudadanía y correspondía al nombre de FÉLIX WILLIAM GAMBOA OROBIO con numero de cédula 14.474.833 se trasladó para la estación de la fiscalía URl donde lo dejamos a disposición de autoridad competente, en efecto militan el acta de derechos del capturado del señor FÉLIX WILLIAM GAMBOA OROBIO donde constaRadicado: 76109-60-00-163-2009-00127-01AC-2B1-15
Acusado: FÉLIX WILLIAM GAMBOA OROBIO Delito: Homicidio Agravado. que se les respetaron sus derechos fundamentales igualmente la constancia de buen trato con firma del indiciado y su huella dactilar 2.2. - Previamente, la misma conducta le había sido atribuida al señor FÉLIX WILLIAM GAMBOA OROBIO ante el Juez Tercero Penal Municipal con función de control de
de buen trato con firma del indiciado y su huella dactilar 2.2. - Previamente, la misma conducta le había sido atribuida al señor FÉLIX WILLIAM GAMBOA OROBIO ante el Juez Tercero Penal Municipal con función de control de garantías, el 17 de enero de 2009 bajo las siguientes denominaciones jurídicas: Homicidio agravado tipificado en el artículo 103 y 104 numeral 7o del Código Penal, por colocar a la víctima en situación de indefensión o inferioridad o aprovechándose de esta situación; en concurso con Fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones tipificado en el artículo 365 de la Ley 599 DE 2000. 2.3. - La etapa de juzgamiento correspondió al Juez Segundo Penal del Circuito de Buenaventura Valle del Cauca, el mismo avocó conocimiento del asunto el 17 de febrero de 2009 fijando fecha para audiencia de Formulación de Acusación el día 25 de febrero de la misma anualidad, donde se reconoció a la víctima y a su representante legal. En ese acto las formulaciones fácticas y jurídicas correspondieron a los hechos y calificaciones antes citadas. 2.4. - El día 17 de junio de 2009 se realizó la Audiencia Preparatoria, no hubo lugar a estipulaciones probatorias. El imputado no aceptó el cargo enrostrado. Se decretaron las pruebas a practicar en el Juicio oral. 2.5. - El juicio oral después de varios aplazamientos, se pudo instalar el 9 de septiembre de 2009, se evacuó la práctica de la mayoría de los testigos de la Fiscalía (3). No hubo continuación de la audiencia en ese final de año, ni en el 2010. Ya en el
septiembre de 2009, se evacuó la práctica de la mayoría de los testigos de la Fiscalía (3). No hubo continuación de la audiencia en ese final de año, ni en el 2010. Ya en el 2011, asumió una nueva titular, el despacho judicial. 2.6. - Para la fecha del 4 de abril del año 2011 se llevó acabo audiencia del juicio oral donde se comunicó a las partes el cambio de Juez y siguiendo los lincamientos del artículo 454 de la ley 906/2004 para garantizar el derecho al debido proceso referenteRadicado: 76109-60-00-163-2009-00127-01AC-281-15
Acusado: FÉLIX WILLIAM GAMBOA OROBIO Delito: Homicidio Agravado. al principio de concentración, inmediación y juez natural, ordenó realizar nuevamente la práctica de pruebas, para evitar futuras nulidades. 2.7.- El 25 de mayo de 2011 el juez declaró abierta la etapa probatoria y se tomaron los siguientes testimonios por parte de la fiscalía. 2.7.1 .• Harold Yonattan Castañeda Cuevas, Patrullero de la Policía Nacional de Buenaventura Valle del Cauca.
Interrogatorio directo: El día 16 de enero de 2009 a las siete de la noche realicé una captura en compañía de mi compañera Lesley Castro. No recuerdo exactamente el día de la semana en que ocurrieron los hechos. Estaba en compañía de mi compañera Lesley Castro. En ese momento nos encontrábamos realizando patrullajes. Nos encontrábamos haciendo patrullajes de rutina a pie. El patrullaje lo estábamos realizando en el barrio Pueblo Nuevo en el sector de la Valencia. Ese día aproximadamente a las siete
patrullajes. Nos encontrábamos haciendo patrullajes de rutina a pie. El patrullaje lo estábamos realizando en el barrio Pueblo Nuevo en el sector de la Valencia. Ese día aproximadamente a las siete de la noche nos encontrábamos realizando patrullaje en la calle la Valencia, al llegar a la calle 2a escuchamos detonaciones con arma de fuego observamos dos sujetos, uno se encontraba de camisa negra pantalón corto, el cual portaba un arma de fuego y disparaba contra un señor que se encontraba en el suelo, el otro vestía una camisa amarilla pantalón negro, el cual estaba mirando que no fuera a llegar la policía, al alertarlos y tomar medidas de seguridad les gritamos alto policía, ellos al notar la presencia de la policía el hombre de camisa negra y pantalón corto le pasa el arma de fuego a quien tenía la camisa amarilla y pantalón negro, notan la presencia y ellos salieron corriendo, bajaron por la calle Los Alemanes al llegar a la calle 1a, de inmediato cuando emprenden la huida nosotros iniciamos la persecución, en ningún momento perdimos de vista al sujeto, y al llegar a la calle Venezuela el de camisa amarilla cogió a mano derecha a bajar a la calle Sequihonda, ei de camisa negra volteó a mano izquierda por la Venezuela entonces decidimos perseguir al sujeto que había disparado contra el señor que fue el de la camisa negra, entonces ya logramos la captura del señor en ese momento, se le leyeron los derechos del capturado y es de anotar que en ningún momento se le perdió de vista. La distancia a la que nos encontramos cuando escuchamos las detonaciones era aproximadamente por ahí unos diez metros. La visibilidad estaba bien estaban las lámparas públicas y las luces de los
distancia a la que nos encontramos cuando escuchamos las detonaciones era aproximadamente por ahí unos diez metros. La visibilidad estaba bien estaban las lámparas públicas y las luces de los locales que se encuentran alrededor. No distinguí el arma con la que le dispararon al hombre que estaba en el suelo, solamente vi que tenía un arma en la mano. Escuché aproximadamente tres o cuatro disparos. No nos quedamos ahí por capturar al señor, en ese momento pedimos apoyo, los otros compañeros lo que hicieron fue embarcar al señor que estaba herido, pero antes de llegar al hospital murió. No conocía a la persona que murió antes de llegar al hospital. El que disparó le pasó el arma al de camisa amarilla y se voló, el otro se capturó. Desconozco que pasó con la persona que se voló, porque él se fue por una calle donde al parecer hay milicianos de las FARC y por ahí no nos metimos porque apenas íbamos dos unidades. No utilizamos la fuerza ni disparamos. No hubo ninguna clase de recusa por parte del señor que capturamos. No conocía al señor que capturamos. No tenía ninguna clase de arma. No hizo ninguna manifestación la persona que capturamos. La persona capturada era de sexo masculino, altura baja, moreno, joven de contextura media. En estos momentos lo he vuelto a ver. La identificación del acusado es Félix Orobio. Después de la captura se trasladó a las instalaciones de la URI para dejarlo a disposición de las autoridades competentes. El estado anímico del capturado era normal, no se veía embriagado ni bajo sustancias alucinógenas. Los posibles móviles de dicho homicidio los desconozco. Desconozco si se recolectaron elementos materiales probatorios porque el procedimiento mío fue la captura y trasladarlo hasta la URI. Mi
posibles móviles de dicho homicidio los desconozco. Desconozco si se recolectaron elementos materiales probatorios porque el procedimiento mío fue la captura y trasladarlo hasta la URI. Mi compañera Lesley Castro no pudo comparecer a la audiencia porque ella me informó que estaba en etapa de gestación y está próxima a dar a luz. No es posible que ella pueda comparecer al Juicio Oral. 4Radicado: 76109-60-00-163-2009-00127-01AC-281-15
Acusado: FÉLIX WILLIAM GAMBOA OROBIO
Delito: Homicidio Agravado.
Si alcanzamos a observar cuando esta persona disparaba. Si, estábamos prácticamente en el sitio de los hechos. Si, desconozco ei motivo de dicha agresión. No supe que hubieran riñas callejeras.
Contrainterrogatorio: En la calle donde me encontraba al escuchar las detonaciones era la caiie 2da. Si señor pude reconocer desde ese lugar al occiso y a los presuntos homicidas. La distancia a la que me encontraba respecto a los presuntos homicidas era de aproximadamente diez metros. La distancia entre el herido que yacía en el piso y yo era de aproximadamente diez metros. La distancia que había entre los
homicidas y el muerto era de aproximadamente diez metros. El occiso se encontraba entre la calle 2da y la calle Los Alemanes. El occiso se encontraba en toda la mitad de la carretera. Cuando escuché los disparos no alcancé a ver de pie al occiso. Cuando llegué a la calle 2da donde estaba el occiso escuché los disparos. Yo lo alcancé y capturé al joven. Lo capture por la calle La Venezuela detrás del colegio República de Venezuela. Queda exactamente en la carrera once más conocida como la calle la
escuché los disparos. Yo lo alcancé y capturé al joven. Lo capture por la calle La Venezuela detrás del colegio República de Venezuela. Queda exactamente en la carrera once más conocida como la calle la Venezuela. No se siguió a la persona que fue rumbo hacia la calle la Sequihonda, porque decidimos seguir a la persona que había disparado contra la humanidad del joven.
A. Preguntas complementarias: Desconozco si se !e tomó la prueba de absorción atómica al señor Félix Gamboa Orobio, la policía judicial es la que hace el procedimiento. Sí señor, continué patrullando por esa área ios días siguientes a la captura. No señor, no hablé con los vecinos del sector para saber sobre las circunstancias o causas de los hechos. Desconozco en que se movilizaban los homicidas. 2.6.2.- Cesar Satizabal Espitia, investigador criminalístico 1 del C.T.I. adscrito a la Fiscalía General de la Nación de Buenaventura Valle del Cauca.
Interrogatorio directo: Si, revisando el expediente recuerdo que hice un levantamiento en el hospital departamental el 16 de enero del 2009.
Se corre traslado de las diligencias realizadas. Las labores que realicé fueron el 16 de enero de 2009 a las nueve de la mañana, hice la inspección técnica al cadáver del señor Jhon Edward Valencia Vemaza, en el Hospital Departamental, donde pude constatar que tenía varios orificios en la espalda, en el brazo, en el muslo y en el codo. No me correspondió investigar sobre los móviles de los hechos, yo hice la correspondiente inspección técnica a cadáver pero la investigación no la hice, la hizo la respectiva policía. Si es la misma necropsia de
correspondió investigar sobre los móviles de los hechos, yo hice la correspondiente inspección técnica a cadáver pero la investigación no la hice, la hizo la respectiva policía. Si es la misma necropsia de quien en vida respondía a Jhon Edward Valencia. Si señoría es mi firma en la necropsia. Se solicita sea tenida en cuenta como prueba número uno dentro de los elementos materiales probatorios, el levantamiento realizado al occiso, y se corre traslado de la misma. 2.6.3.- Manuel Fernando España Vélez, Balístico forense de la Sijín adscrito a la Policía Metropolitana de Bogotá.
Interrogatorio directo: Sí recuerdo haber hecho una solicitud de análisis probatorio de una prueba al laboratorio químico del
CU de Bogotá. Se le pone de presente al testigo el documento donde está contenida la solicitud de análisis de elemento probatorio, el cual es reconocido por el mismo. 5Radicado: 76109-60-00-163-2009-00127-01AC-281-15
Acusado: FÉLIX WILLIAM GAMBOA OROBIO Delito: Homicidio Agravado, Sí, yo realicé la toma de muestras de residuos de disparo en mano. Esta prueba se realiza con ácido acético al cinco por ciento y cinco tubos de ensayo, al primero se le aplica ácido acético sin tomar cualquier tipo de muestra para corroborar que el ácido acético esté limpio, no esté adulterado ni nada, se introduce el hisopo con el ácido acético en el tubo de ensayo y se sella, con otro hisopo y el mismo ácido acético se limpia el dorso de la mano derecha y se rotula el tubo de ensayo y se guarda y se sella y este mismo procedimiento se realiza con el dorso de la mano izquierda, dorso de la mano
ácido acético se limpia el dorso de la mano derecha y se rotula el tubo de ensayo y se guarda y se sella y este mismo procedimiento se realiza con el dorso de la mano izquierda, dorso de la mano derecha y las dos palmas para así completar cinco tubos de ensayo, cuatro con los que se tomaron la muestra y uno de referencia para verificar que se encuentren en buen estado los elementos con los que se tomaron la muestra, estos se envían al laboratorio y el químico del laboratorio nos envía un resultado. Si, le tomamos la muestra al señor Félix que se encuentra aquí al frente mío. Lo tuve en frente en las instalaciones de la Sijín de Buenaventura. En este momento lo estoy volviendo a ver. La actitud del señor Félix Gamboa era normal, se dejó tomar la prueba normal sin oponer resistencia. En el archivo de la Sijín Buenaventura se guarda copia de la solicitud y copia del oficio solicitando, no se guarda nada más porque la muestra sirve solo para hacer una vez el estudio y ya. Los resultados de la muestra los realiza el laboratorio de LABICI de Buga. Se pueden realizar estas pruebas en los laboratorios de la Dijín Bogotá y el CTI. El resultado de estas pruebas influyen muchos factores como el clima, en esta ciudad es muy probable que la prueba sea negativa puesto que el clima por la humedad que presenta esta ciudad no se conservan muy bien los residuos de disparo en manos. Para que salga positivo o negativo depende de que se conserven las macropartículas de fósforo, y otros componentes que tiene la pólvora que al momento de ser disparado un arma, queda impregnado en manos o en las prendas de la persona, según el tipo de arma que se dispare. Esto influye en que la persona no se lave la manos, que se haga la prueba inmediatamente que no transcurra mucho tiempo,
manos o en las prendas de la persona, según el tipo de arma que se dispare. Esto influye en que la persona no se lave la manos, que se haga la prueba inmediatamente que no transcurra mucho tiempo, y pues el clima muy importante porque la sudoración puede lavar esas partículas que se encuentran en las manos. Lo más probable es que los resultados salgan negativos por haber sido perseguida la persona y por consiguiente haber sudado. Es relativo el tiempo en que se demora para entregar los resultados de los análisis, hay veces que se demoran dos meses, tres meses, a veces un mes, no hay consistencia en lo que se pueda demorar. Solicita la defensa el traslado de la prueba de absorción atómica. Lo cual fue negado porque el testigo no da el dictamen de la prueba sino que la practica.
Contra interrogatorio: El tiempo que transcurrió al presentarse los hechos y al tomar la muestra no los tengo presentes porque no tengo muy claras las horas en que se dieron los hechos. Sí, me tienen que informar porque esas muestras solo se pueden tomar ocho horas después de transcurridos los hechos porque después de las ocho horas la prueba va a ser negativa en todo caso entonces no se toma, debe de haber sido a las ocho horas siguientes al hecho. Según los protocolos estandarizados para la toma de muestras de recibo de disparo en mano, no influye que sea de día o de noche, influye el tiempo transcurrido desde el momento de los hechos hasta la toma de las muestras.
Redirecto: Es posible que la prueba de absorción atómica haya salido negativa porque, en esta ciudad el clima es tropical húmedo y pues las personas sudan mucho, la sudoración es abundante en las personas y es fácil que los residuos de disparos que se encuentran en la mano por lo general no se mantengan ahí y
tropical húmedo y pues las personas sudan mucho, la sudoración es abundante en las personas y es fácil que los residuos de disparos que se encuentran en la mano por lo general no se mantengan ahí y se pierdan pues los residuos y así mismo la prueba sale negativa en casi todos los casos. Si me desempeñé como balístico forense durante cuatro años y durante ese tiempo los resultados de las pruebas balísticas siempre han sido enviados directamente a la fiscalía que lleva el proceso, no se me envían los resultados. Sí señor, me entero de los resultados de las solicitudes que realizaba a los laboratorios, por lo general son negativos todos. El porcentaje en que salen negativos los resultados yo diría que son de un ochenta por ciento. Aunque a la persona se le hizo la prueba de una manera rápida y no tuvo oportunidad de lavarse las manos, en el caso que nos compete, la persona tuvo una persecución y presenta mucha sudoración y pues así mismo los residuos se van a desprender de la 6Radicado: 76109-60-00-163-2009-00127-01AC-281-15
Acusado: FÉLIX WILLIAM GAMBOA OROBIO Deiito: Homicidio Agravado. piel. La demora desde el momento en que se toma la muestra y la remisión de la misma al laboratorio de la ciudad de Guadalajara de Buga depende, si es en horario de oficina se envía inmediatamente por correo certificado, sino al día siguiente se envían, después de que estén embaladas y rotuladas y en los tubos de ensayo las muestras que se tomaron no hay problema no va a variar el resultado.
La fiscalía incorpora la solicitud de análisis de elemento material probatorio correspondiente a la toma de muestras de residuo de disparo en mano tomada al señor Félix William Gamboa, como prueba número 2.
La fiscalía incorpora la solicitud de análisis de elemento material probatorio correspondiente a la toma de muestras de residuo de disparo en mano tomada al señor Félix William Gamboa, como prueba número 2. El señor fiscal solicita la conducencia de la señora Clara Luz Bemaza Parra por manifestar que por razones personales no se presentará a la audiencia. 2.6.4.- Lesley Vanessa Castro Cuero, Patrullera de la Policía Nacional. Identificado con número de cédula 1.130.674.294.
Interrogatorio directo: Para el 16 de enero de 2009 me encontraba de servicio patrullando en el sector de Pueblo Nuevo aquí en la ciudad de Buenaventura. Me encontraba con el compañero Castañeda. Para eso de las 19:00 horas recuerdo haber hecho una captura. Nos encontrábamos de servicio de patrullaje en el sector de
Pueblo Nuevo, cuando llegamos a la esquina de la calle 2a ahí en la calle Valencia escuchamos unas detonaciones, inmediatamente nos alertamos, cuando vimos a dos sujetos, uno de ellos vestía con camisa negra, gorra negra y short, el otro estaba de camisa amarilla y pantalón negro, cuando vimos al sujeto que tenía camisa negra y short y gorra negra, se encontraba impactando a un sujeto con arma de fuego que se encontraba en el piso y el otro estaba como alerta de que en caso de que llegara la policía o como sobre avisar, inmediatamente nosotros nos alertamos reaccionamos y les dijimos alto Policía Nacionaí, inmediatamente el sujeto que tenía camisa negra, short y gorra, le pasa el arma al que tenía camisa amarilla y pantalón negro, de igual forma emprendieron la huida cogieron hacia la
Policía Nacionaí, inmediatamente el sujeto que tenía camisa negra, short y gorra, le pasa el arma al que tenía camisa amarilla y pantalón negro, de igual forma emprendieron la huida cogieron hacia la calle Los Alemanes hasta llegar a la calle la Venezuela, uno de los sujetos el de camisa amarilla corre hacia la Sequihonda, teníamos conocimiento que en Buenaventura en ese tiempo delinquían milicianos del frente Manuel Cepeda Vargas donde no se podía ingresar allá la patrulla sola, entonces nos dirigimos a perseguir al sujeto que lo habíamos visto impactando al que se encontraba en el piso, nosotros los perseguimos a los dos y entonces empezó la persecución y a la altura de la parte trasera del colegio la Venezuela lo redujimos y fue la captura del señor Félix William Gamboa, donde escuchamos por radio que el sujeto que había sido impactado había fallecido, el compañero Castañeda le leyó los derechos del capturado, igual se trasladó a las instalaciones de la fiscalía las autoridades competentes, ese fue el procedimiento. Cuando me refiero a impactado es que con el arma de fuego le pegó unos disparos en el cuerpo al sujeto porque nosotros lo vimos. Estaba a una distancia de dos a tres metros, en la calle segunda a la izquierda estaban los sujetos, los dos estaban ahí. Si pude distinguir a la persona que estaba impactando a la otra persona que estaba en el suelo, es una persona afrodescendiente, no es muy alto, vestía camisa negra, short y una gorra negra, de los zapatos no me acuerdo de nada, igual nosotros en ningún momento lo perdimos de vista en la persecución. La actitud de esta persona al sentir la presencia policial, inmediatamente le pasa el arma
zapatos no me acuerdo de nada, igual nosotros en ningún momento lo perdimos de vista en la persecución. La actitud de esta persona al sentir la presencia policial, inmediatamente le pasa el arma al que tenía camisa amarilla y pantalón negro y emprenden la huida. Porque aproximadamente a eso estábamos, si estábamos en la calle 2da de la calle Valencia eso es como un callejoncito una calle, estábamos muy cerca de él, nosotros escuchamos las detonaciones muy cerca, nosotros miramos hacia la parte derecha y estaban los dos sujetos ahí, estaban en todo el centro de esa calle. Estaba de noche pero ahí hay alumbrado público porque ahí hay varios negocios, locales y almacenes. Se generaba visibilidad porque ahí hay lámparas de servicios públicos y los negocios, locales se encontraban abiertos a esa hora. Básicamente nosotros nos enfocamos en ellos no más, no vimos otras personas, pero a esa hora estaban abiertos los locales, los negocios, porque eran las siete de la noche todavía. Sí señor, portaba mi arma de dotación. No utilicé en ningún momento para disparar mi 7Radicado: 76109-60-00-163-2009-00127-01AC-281-15
Acusado: FÉLIX WILLIAM GAMBOA OROBIO Delito: Homicidio Agravado. arma de dotación. Mi compañero Castañeda no tuvo necesidad de disparar. A Félix William Gamboa mi compañero Castañeda le leyó los derechos del capturado. Los dos corrimos detrás del capturado.
No se le encontró ningún arma de fuego al capturado porque él le pasó el arma en el momento en que vimos al otro compañero que tenía camisa amarilla y pantalón negro. La otra persona cogió hacia la
No se le encontró ningún arma de fuego al capturado porque él le pasó el arma en el momento en que vimos al otro compañero que tenía camisa amarilla y pantalón negro. La otra persona cogió hacia la calle Sequihonda, no se ahora pero en ese tiempo era un barrio bastante peligroso, donde la patrulla no puede ingresar sola, un solo policía no puede ingresar allá y como éramos dos e íbamos a pie, entonces estaba peligrando la vida de nosotros. El barrio la Sequihonda queda bajando la calle Venezuela, la calle Venezuela cruza y la calle llamada Sequihonda baja. No me acuerdo si se le tomó la prueba de absorción atómica. Sí señor, se practicó requisa. No recuerdo si se le encontraron los documentos de identificación. Sí señor, el 16 de enero de 2009 recuerdo haber dado una entrevista en la cual describía lo sucedido en esa fecha. Solicita la fiscalía dar traslado a las partes y a la testigo de la entrevista para el reconocimiento el documento, lo cual se hace y se procede a dar lectura y se ratifica sobre el mismo. Si señor tuve la oportunidad de observar a la víctima, no pude observar las heridas como tal, solo vimos que estaba tirado en el piso y ya. En ese momento no, nosotros simplemente seguimos la persecución. Después me enteré que la víctima había fallecido en el hospital, nos enteramos por radio. Nos informaron que el sujeto que se encontraba herido en ese sector había fallecido, que había ingresado sin signos vitales al hospital. Me correspondió únicamente lo del informe de captura en
situación de flagrancia. No he sido amenazada o intimidada para rendir esta declaración.
Contrainterrogatorio: Nosotros estábamos llegando a la calle 2a, calle Valencia a la altura de la calle 2a cuando
escuchamos los primeros disparos, calle Valencia a la altura de la calle 2a. Nosotros nos encontramos en la altura de la calle 2a por la calle Venezuela y el occiso estaba en esa calle como en el centro de esa calle, no sé cómo se llama esa calle como tal. No recuerdo exactamente como se llama esa calle pero si recuerdo que él estaba en el centro de esa calle, si usted va de Pueblo Nuevo a la altura de la calle 2a hay una calle que no sé cómo se llama esa porque sé que la calle de Los Alemanes es la que baja y de ahí usted coge ia recta hasta llegar a la calle Venezuela, entonces nosotros llegamos a la altura de la calle 2a y él se encontraba en medio de esa calle, no me acuerdo como se llama esa calle. Nosotros primero escuchamos las detonaciones inmediatamente nos alertamos cuando vimos al sujeto que le estaba impactando al sujeto que se encontraba en el piso. Escuchamos los disparos exactamente llegando a la calle 2a a la altura de la calle 2a. Sí señor, nosotros al llegar a la calle 2a miramos hacia donde habíamos escuchado antes los disparos y encontramos a la persona que yacía en el piso y otro disparándole. La distancia que había entre los que estaban disparando y nosotros era como de medio metro, ellos estaban prácticamente juntos, uno al lado del otro. La dirección que siguieron ellos fue hacia la calle Los Alemanes, subieron hacia la calle Valencia, no recuerdo si es calle o carrera, llegaron hacia la calle la Venezuela, se dividieron y uno (el no capturado) se dirigió
siguieron ellos fue hacia la calle Los Alemanes, subieron hacia la calle Valencia, no recuerdo si es calle o carrera, llegaron hacia la calle la Venezuela, se dividieron y uno (el no capturado) se dirigió hacia la calle Sequionda y el otro cogió hacia la calle la Venezuela, el señor Félix cogió hacia la izquierda y el otro bajó. No nos extendimos tanto para capturar al procesado, ya que apenas nosotros escuchamos las detonaciones cuando los vimos inmediatamente nosotros reaccionamos, inmediatamente el uno le pasa el arma al otro y emprenden la huida, nosotros nos fuimos detrás de ellos en busca de la captura. La captura se realizó de la siguiente manera, en la persecución nosotros lo alcanzamos, porque detrás del colegio la Venezuela él no tenía para donde más coger inmediatamente ahí se le dio la captura. La captura se hizo detrás del colegio la Venezuela. No recuerdo la dirección exactamente del colegio, la carrera como tal. No recuerdo el número de la carrera de la calle Sequihonda. La captura no recuerdo si fue exactamente en la esquina o en la parte de atrás del colegio la Venezuela. No