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TSDJ BUG SP - 76-109-60-00-163-2020-00342-01-(11-03-2026)

Tribunal Superior de Buga

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Título
TSDJ BUG SP - 76-109-60-00-163-2020-00342-01-(11-03-2026)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2020

Sentencia de Segunda Instancia

Código: GSP-FT-09 Versión: 6 Fecha de Aprobación:

31/01/2025

¡C o mp ro me t i d o s c o n l a c a l i da d ! Calle 8 No. 14-47, Despacho 02

Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA

SALA SEGUNDA DE DECISIÓN PENAL

Magistrada Ponente:

MARTHA LILIANA BERTÍN GALLEGO

Radicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

Procesado: Henry Stiven Celorio Hurtado.

Delito: Fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.

Guadalajara de Buga, once (11) de marzo de dos mil veintiséis (2026)

Aprobado por Acta No. 183

1. OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Procede el Tribunal a resolver el recurso de apelación interpuesto por la defensa del señor Henry Stiven Celorio Hurtado contra la sentencia No. 9 del 27 de febrero de 2026, proferida por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Buenaventura, Valle del Cauca, por medio de la cual decidió declararlo penalmente responsable por la comisión del delito de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

2. ANTECEDENTES

Son relevantes para resolver: Radicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

porte de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

2. ANTECEDENTES

Son relevantes para resolver: Radicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

Procesado: Henry Stiven Celorio Hurtado.

Delito: Fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.

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2.1.- El 16 de marzo de 2020, ante el Juzgado Quinto Penal Municipal con función de control de garantías, se llevaron a cabo las audiencias preliminares de legalización de captura en flagrancia y formulación de imputación contra Henry Stiven Celorio Hurtado. En esa oportunidad, la Fiscalía realizó el acto de comunicación de cargos de la siguiente manera:

“Los hechos jurídicamente relevantes se enmarcan en el informe de captura en flagrancia contenido en el formato FPJ5, donde la Policía N acional nos informa que el aborte del patrullaje y en el momento en que es abordado por los integrantes del cuadrante 1-2 cuando se encontraban real izando labores de registro a persona por el sector del malecón en el moment o en que lo abordan a usted y al momento de realizarle un registro a persona se le halla en el bolsillo del pantalón parte derecha un arma de fuego de fabricación artesanal tipo lapicero calibre 22 con un cartucho para la misma y el arma no presenta numeración externa e interna tratándose de un arma que fue

en el bolsillo del pantalón parte derecha un arma de fuego de fabricación artesanal tipo lapicero calibre 22 con un cartucho para la misma y el arma no presenta numeración externa e interna tratándose de un arma que fue sometida a experticia técnica por parte del patrullero Julián André s Riascos Grisales, perito en balística adscrito al laboratorio de balística Sijín Deval de la Policía Nacional del Valle del Cauca, donde en el numeral punto 9 nos establece que las características técnicas, los elementos materiales probato rios y la evidencia física fueron descritos y enunciados al inicio de este info rme igualmente nos dejan sentado que una vez realizado el análisis y observación del arma de fuego descrito en el numeral 3.1 se determina que es un arma de fuego de fabricación hechizo tipo pistola esfero se realizó el pr ocedimiento de estado de conservación de la munición descrito en el numeral 3.1.1 concluyéndose que el cartucho llegado a estudio presenta todos los componentes de un cartucho de arma de fuego de carga única como lo son vainilla, proyectil, fulminante y carga de pólvora. Se determina q ue es apto para ser utilizado como unidad de carga de arma de fuego compatible con su calibre y es compatible con el arma llegado (sic) a estudio. Igua lmente, en el numeral 9.4 de este informe de laboratorio de balística se concluye que realizado procedimiento de estado de funcionamiento del arma de fuego objeto de estudio descrito en el numeral 3.1 de este informe se dete rmina que se encuentra en buenas condiciones de funcionamiento, que los mecanismos se desplazan sincronizadamente siendo el arma apta para efectuar disparos.

de estudio descrito en el numeral 3.1 de este informe se dete rmina que se encuentra en buenas condiciones de funcionamiento, que los mecanismos se desplazan sincronizadamente siendo el arma apta para efectuar disparos. Esta conducta desplegada por usted de acuerdo a los hechos jurídicame nte relevantes que se contienen en este informe se enmarcan en los delitos contra la seguridad pública del Código Penal en el artículo 365 que define fabricación, tráfico, porte o tenencia de arma de fuego, accesorios, partes o municiones el artículo 365 claramente define que el que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, ven da, suministre, repare, porte o tenga en un lugar arma de fuego de defe nsa personal sus partes esenciales, accesorios esenciales o municiones incurrirá en prisión de 9 a 12 años como quiera que en todo este procedimientoRadicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

Procesado: Henry Stiven Celorio Hurtado.

Delito: Fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.

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igualmente se aportó constancia suscrita por el funcionario de policía jud icial donde nos informa que se comunicó con el teléfono del SINAR, es deci r, del Departamento Nacional de Armas donde se certifica que con su núme ro de cédula y con sus nombres, se certifica que usted no tiene permiso para el porte o tenencia de arma de fuego.”1

Departamento Nacional de Armas donde se certifica que con su núme ro de cédula y con sus nombres, se certifica que usted no tiene permiso para el porte o tenencia de arma de fuego.”1

El referido cargo no fue aceptado por el procesado. En esa ocasión, el delegado fiscal retiró la solicitud de imposición de medida de aseguramiento privativa de la libertad.

2.2.- Según el acta de reparto del 21 de mayo de 2020, el conocimiento del presente asunto correspondió al Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Buenaventura. Posteriormente, el 21 de febrero de 2024, dicho despacho llevó a cabo la audiencia de formulación de acusación.

2.3.- El 13 de marzo de 2025 se realizó la audiencia preparatoria. En esta oportunidad, los sujetos procesales pactaron como estipulaciones probatorias: i) el buen estado de conservación del elemento bélico y su aptitud para producir disparos, así como la idoneidad de la munición incautada para ser utilizada; y ii) la ausencia de permiso para el porte o la tenencia de armas de fuego.

2.4.- Se adelantó audiencia de juicio oral los días 20 y 27 de febrero de 2026.

Pruebas:

1 Minuto 41:01 Audiencia de formulación de imputación del 16 de marzo de 2020.Radicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

Procesado: Henry Stiven Celorio Hurtado.

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Por la Fiscalía:

2.4.1.- Alexander Yesid Casanova Arteaga: Subintendente de la Policía Nacional. Recordó haber realizado la incautación de un arma al señor Henry Stiven Celorio Hurtado. Indicó que se trató de un procedimiento que le resultó particularmente memorable, pues le fue incautada al mencionado una arma de fuego de fabricación artesanal, con forma de lapicero, calibre .22, la cual contenía un cartucho para el mismo calibre y se encontraba en regular estado.2 Precisó que conserva especial recuerdo de ese episodio porque fue la primera ocasión, en el curso de su carrera institucional, en la que observó un arma con esas características (forma de lapicero)3. En relación con las circunstancias del procedimiento, manifestó: “Ese día nos encontrábamos con el compañero de patrulla, con el señor patrullero Francisco Orobio, y realizando labores de patrullaje observamos un grupito de jóvenes en el cual estaba el señor Stiven Celorio. Entonces ellos al notar nuestra presencia toman una actitud nerviosa, sospechosa, entonces eso lo mira uno (sic) donde nos acercamos donde estaban ellos y el señor Steven Celorio arroja un elemento hacia atrás. Al momento de verificarlo todo nos constatamos y nos damos cuenta que se trata de ese elemento, de ese arma de fuego en forma de lapicero.”4

estaban ellos y el señor Steven Celorio arroja un elemento hacia atrás. Al momento de verificarlo todo nos constatamos y nos damos cuenta que se trata de ese elemento, de ese arma de fuego en forma de lapicero.”4

Al ser interrogado acerca de si, con ocasión de la captura del procesado, suscribió algún otro documento, manifestó que cuando se judicializa a una persona, independientemente del delito, se elaboran el informe de captura, el rótulo de cadena de custodia y se toman fotocopias de la cédula de ciudadanía del capturado. No obstante, al ponérsele de presente el registro de cadena de custodia, indicó no recordar con certeza si se trataba de aquel documento, pues los que ha elaborado en el ejercicio de sus funciones usualmente los diligencia de manera manual, sin descartar que en ese caso hubiera sido elaborado de forma digital. Con todo, afirmó reconocerlo plenamente5, explicó la información que en él se consigna y confirmó haber sido quien lo elaboró en el presente caso6. Negó reconocer físicamente al señor que capturó ese día, pues era la primera vez que lo veía y los

2 Minuto 51:38 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026. 3 Minuto 52:18 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026. 4 Minuto 52:37 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026. 5 Minuto 1:04:12 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026.

6 Minuto 1:05:42 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026.Radicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

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hechos ocurrieron aproximadamente seis años atrás 7.

Contrainterrogatorio: Aclaró que, al momento de los hechos, era tarde-noche, lapso que, según el horario militar, comprende desde las 18:00 hasta las 06:00 horas. Señaló no recordar con exactitud la hora en que realizó el procedimiento, debido al tiempo, y únicamente conserva presente que ocurrió en ese periodo del día. Al ser interrogado acerca de si pudo observar con claridad cuál de los jóvenes del grupo arrojó el elemento tipo pistola, manifestó que, dado que los hechos ocurrieron hace casi seis años y que durante su labor ha conocido numerosos casos similares, no tiene ese aspecto con precisión en su memoria, así como tampoco rememoró la cantidad de personas8.

Aseguró que, pese a que en la audiencia no le fue puesta de presente el arma de fuego, se trata de la misma arma incautada, descrita tanto en el acta de incautación como en el registro de cadena de custodia9. Reiteró no recordar si el registro de cadena de custodia lo diligenció de manera digital o manual10. Aclaró que si bien en el registro de cadena

en el acta de incautación como en el registro de cadena de custodia9. Reiteró no recordar si el registro de cadena de custodia lo diligenció de manera digital o manual10. Aclaró que si bien en el registro de cadena de custodia figura una firma que no es la suya (parte inferior derecha del documento), en esa parte del formato no es donde se consignan las firmas de la persona que realizó el hallazgo sino en el espacio donde termina la fecha, que dice “FIRMA” justo debajo del numeral “3. Historia Clínica” 11. Reconoció que si se le exhibiera los elementos bélicos incautados, arma de fuego y munición, en aquella ocasión no podría asegurar que sí se trata del mismo o no, pues ha transcurrido mucho tiempo12. Redirecto: Pese a admitir que no recordaba en detalle los hechos, sostuvo su relato inicial en cuanto a que una de las personas del grupo arrojó el elemento hacia atrás. En ese sentido, resaltó que, al momento del procedimiento, identificó de inmediato al sujeto que realizó dicha acción, pues fue el único que efectuó un movimiento hacia atrás, circunstancia en la que observó que arrojaba un objeto en esa dirección, mientras los demás permanecieron prácticamente quietos, a la expectativa de lo que él y su compañero uniformado harían13 y confirmó que aquel fue el único capturado 14.

Recontrainterrogatorio: Señaló que observó al grupo de jóvenes a

7 Minuto 1:06:56 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026. 8 Minuto 1:17:35 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026. 9 Minuto 1:19:52 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026.

8 Minuto 1:17:35 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026. 9 Minuto 1:19:52 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026. 10 Minuto 1:23:20 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026. 11 Minuto 1:24:41 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026. 12 Minuto 1:29:25 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026. 13 Minuto 1:34:05 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026. 14 Minuto 1:35:38 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026.Radicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

Procesado: Henry Stiven Celorio Hurtado.

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una distancia muy cercana, sin lograr precisar el metraje. Reiteró no recordar físicamente al procesado; sin embargo, aseveró que sí observó quién arrojó el elemento bélico, circunstancia que motivó que procedieran a la captura15. Complementarias: Al cuestionársele acerca de por qué no estaba seguro de haber elaborado el registro de cadena de custodia, respondió: “Porque, por lo general, pues yo lo realizo es manual pero si ha habido casos que se ha realizado digital. No sé si ese sea el caso que lo hice digital y no recuerdo, o lo hice manual

cadena de custodia, respondió: “Porque, por lo general, pues yo lo realizo es manual pero si ha habido casos que se ha realizado digital. No sé si ese sea el caso que lo hice digital y no recuerdo, o lo hice manual y pero no, no lo tengo tan presente porque yo lo he hecho de las dos, de las dos formas virtual y manual”16. En todo caso, afirmó que sí ha diligenciado registros de cadena de custodia de manera digital.

Con el testigo se incorporaron el acta de incautación y el registro de cadena de custodia, ambos fechados el 15 de marzo de 2020.

Por la Defensa:

2.4.2.- Gustavo Adolfo Torres Viveros. Manifestó desempeñarse en labores de cargue y descargue de mulas. Indicó tener 27 años de edad y conocer al señor Henry Stiven Celorio Hurtado, pues nacieron y se criaron en el mismo barrio. Afirmó que el 15 de marzo de 2020 se encontraba junto al procesado cuando fueron interceptados y detenidos por la policía. Sobre lo sucedido aquel día, relató: “Nosotros estábamos compartiendo en el barrio. Entonces ya teníamos una salida planeada para el centro. Entonces el señor Henry no dice que nos fuéramos para el centro para una discoteca. Entonces yo le dije a Henry “vámonos”. Pero en ese momento, como nosotros ya teníamos la salida planeada, el único que tenía plata era Henry. Entonces Henry dice “Vamos, yo gasto el pasaje”, entonces nos vinimos hacia el centro, llegamos al parque, nos fuimos a dar una vuelta y en ese momento, que estábamos caminando, vemos que venía la policía pero nosotros no le paramos b olas. Entonces pasa un muchacho, no sé a dónde, pero como que lo estaban

al parque, nos fuimos a dar una vuelta y en ese momento, que estábamos caminando, vemos que venía la policía pero nosotros no le paramos b olas. Entonces pasa un muchacho, no sé a dónde, pero como que lo estaban correteando y él tira algo como a un monte y entonces nosotros como vamos y el señor Henry lleva una chaqueta negra y en la parte del bolsillo de atrás

15 Minuto 1:39:26 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026. 16 Minuto 1:44:57 audiencia de juicio oral del 20 de febrero de 2026.Radicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

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tiene la plata guardada y entonces Henry me dice a mí “acompáñeme yo me fumo un cacho de marihuana”, como él fuma, él se lo mete en la parte de adelante. Entonces automáticamente los policías nos ven y se nos acercan. Y yo me quedé extraño porque una cosa que a mí nunca me había pasado, requisan solo a Henry. Lo requisa la policía y luego lo re quisa no más la parte de atrás. Pero antes de requisarlo a él, uno de los pol icías se baja. Manda la mano para el monte, pero no sabemos qué es lo que él coge. No le paramos bolas, nada. Entonces ahí llegan los policías y se la montan

baja. Manda la mano para el monte, pero no sabemos qué es lo que él coge. No le paramos bolas, nada. Entonces ahí llegan los policías y se la montan a él. Como él lleva la chaqueta, lo requisan a él solo, pero a nosotros nunca nos requisaron. No más requisaron a Henry. La policía hizo una requisa, no más le requisa la parte de atrás y en la parte de adelante nunca lo requisaron, donde Henry tenía la marihuana. Llega uno de los policía s, le manda la mano adelante, pero nunca le mete la mano en el bolsillo. Y luego le muestra como un lapicero punta de arma y le dice a él que “¿Usted de dónde sacó eso? ”. Entonces le dice nosotros no andamos con armas, que por qué teníamos esto, en ese momento nosotros no teníamos armas. Nosotros íbamos entrando al parque hasta que abrieron la discoteca para nosotros podernos ir. Íbamos ya a pagar una… ¿qué se llama eso? Una… pues íbamos a comer para compartir para luego irnos a la discotec a. Entonces cuando nos dice el policía que se la montó, le dice que saque lo que tiene en el bolsillo de atrás. Él saca un fajo de billete. No sé más o menos cuánto él tenía. Lo sacó y le dijo que tal que acompáñenos. Yo le digo ¿por qué? Tan raro. Le van a decir a él sólo que lo acompañen si anda mos cuatro personas. Él andaba con la novia (Alexandra), yo andaba con m i novia (María). Entonces le dice a Henry que los acompañen. Entonces yo le digo ¿por qué se lo van a llevar a él si andamos cuatro? Ninguno de los cuatro andamos con armas. En ese momento a él se lo están llevando. Y o

novia (María). Entonces le dice a Henry que los acompañen. Entonces yo le digo ¿por qué se lo van a llevar a él si andamos cuatro? Ninguno de los cuatro andamos con armas. En ese momento a él se lo están llevando. Y o saco el teléfono, trato de comunicarme con la mamá para decirle que a él se lo llevó la policía. Entonces en el momento que nosotros le contamos con la mamá (sic), ella nos dice “váyanse para la casa”, luego “yo me encargo de esto” ella nos dice. Entonces nosotros nos fuimos. Al otro día lo sueltan y yo le pregunto a él “¿qué le pasó? ”, que uno de los policías se le había montado y quería que él le diera dinero. Pero él nunca le quiso dar el dinero. Por eso en un momento se lo llevaron. Y eso fue lo que pasó ese día.”17 Precisó que fueron detenidos por los policías cerca del Faro de la Torre, cuando se desplazaban caminando. Al preguntársele sobre lo que le encontraron al procesado durante la requisa, contestó: “Le

17 Minuto 17: 29 audiencia de juicio oral del 27 de febrero de 2026.Radicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

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encontraron la plata y adelante, como él tenía la marihuana, nunca se

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encontraron la plata y adelante, como él tenía la marihuana, nunca se la llegaron a quitar, nunca se la vieron. La policía llegó y se la montó cuando encontró el bolígrafo en forma de arma”18; no obstante, negó que dicho bolígrafo con forma de arma hubiese sido encontrado al procesado o a alguno de sus acompañantes, sino que uno de los policiales bajó, como a un lado de los montes donde lo encontraron19.

Luego reiteró su relato: “Pregunta: Señor Gustavo Adolfo, usted dijo que cogieron un bolígrafo, arma, cerca a ustedes (sic). ¿Más o menos a qué distancia?

Respuesta: Nosotros todos íbamos y ellos venían casi de frente a nosotros. Porque ellos en ese momento estaban correteando a otra persona, pero la persona como lo tiró, lo tiró a un monte, se cayó al agua y se fue.

Ahí fue cuando se la montaron al señor Henry.

Pregunta: ¿Por qué cree usted que se la montaron a Henry?

Respuesta: Porque nosotros en ese momento íbamos todos en paz y tranquilidad, no teníamos nada, pero como en ese momento Henry andaba con una chaqueta, entonces la policía obvio que se la montaron a él. Como que eso era hasta extraño, porque cuando una policía va a requisar a alguien, lo requisan a todos los que andan.”20

Negó que a él o a sus acompañantes les hubieran practicado requisa. Precisó que al señor Henry Stiven Celorio Hurtado únicamente lo requisaron en la parte posterior del cuerpo y que no le realizaron

alguien, lo requisan a todos los que andan.”20 Negó que a él o a sus acompañantes les hubieran practicado requisa. Precisó que al señor Henry Stiven Celorio Hurtado únicamente lo requisaron en la parte posterior del cuerpo y que no le realizaron registro en la parte frontal. Sobre ese particular, se le cuestionó: “Pregunta: ¿Por qué cree usted que no lo requisaron en la parte de adelante? ¿Por qué dice eso?

18 Minuto 23:21 audiencia de juicio oral del 27 de febrero de 2026. 19 Minuto 23:40 audiencia de juicio oral del 27 de febrero de 2026. 20 Minuto 25:30 audiencia de juicio oral del 27 de febrero de 2026.Radicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

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Respuesta: Porque yo lo vi en el momento que la policía le manda la mano atrás, por adelante nunca se la mandó. Cuando le manda la m ano adelante es cuando le sale con el polígrafo en forma de arma.

Pregunta: No le entendí esa parte, repítame, ¿cómo?

Respuesta: O sea, cuando la policía lo requisa a Henry, no más lo requisa atrás, por adelante nunca lo requisaron donde tenía la marihuana.

Cuando la policía le manda la mano adelante, que no le mete la mano en el

Respuesta: O sea, cuando la policía lo requisa a Henry, no más lo requisa atrás, por adelante nunca lo requisaron donde tenía la marihuana.

Cuando la policía le manda la mano adelante, que no le mete la mano en el bolsillo, ahí le muestra el lapicero punta de arma. Entonces a Henry le dice que eso no es de él, de ninguno de nosotros.

Pregunta: ¿Usted está manifestando que una vez lo requisan, primero lo requisan atrás, no, le encuentran un dinero, luego cua ndo ya lo requisan adelante es cuando el bolígrafo, el policía tiene el bolíg rafo en la mano?

Respuesta: Sí señor, ahí es cuando lo pasan adelante y dice que si él lo tenía, y él dijo que ninguno de nosotros cargábamos eso.

Pregunta: ¿Cómo supo usted que ese bolígrafo era una arma?

Respuesta: Claro, nosotros no andábamos con eso, nosotros íbamos a acompañarlo a él, que iba a fumarse la marihuana.

Pregunta: ¿Sabe usted qué cantidad de marihuana tenía el señor

Henry?

Respuesta: (Guardó silencio pese a que le repiten la pregunta) Era como una bolsita tenía él, una preparación, un cacho como de este grande.

Pregunta: O sea, una, lo que podemos llamar una dosis personal.

Respuesta: Sí señor.

Pregunta: ¿Dónde tenía él ese cacho de marihuana?

Respuesta: En el bolsillo de la parte de adelante.

Pregunta: ¿Y en qué momento los policías le consiguieron eso a él?Radicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

Procesado: Henry Stiven Celorio Hurtado.

Delito: Fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.

Procesado: Henry Stiven Celorio Hurtado.

Delito: Fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.

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Respuesta: Los policías a él no se la vieron, o sea, cuando ella llega y le pasa todo a la mamá, fue que la mamá nos contó que la policía iba concentrado en la plata que él tenía.

Pregunta: O sea, que lo que usted quiere indicar es que Henry solamente fue requisado parcialmente, en la parte de atrás, en la parte de adelante nunca fue requisado.

Respuesta: No, o sea no más en la parte de atrás fue que le requisaron, en la de adelante no lo requisaron.

Pregunta: ¿Y en la parte de atrás? ¿Qué fue lo que le encontraron?

Respuesta: Tenía la plata. Nada más, no más la plata fue.

Pregunta: ¿Y quién le dijo a usted que él adelante tenía marihuana?

Respuesta: Porque nosotros lo vimos cuando él la compró.

Pregunta: Y usted mencionó a la mamá, ¿qué le comentó a la mamá a usted?

Respuesta: O sea, que la policía lo había llevado a él. Y se lo había llevado, pero nosotros dijimos que ese bolígrafo con punta de arma no era de nosotros. Pero entonces la policía llegó y se la montó a él, y yo llamé a la mamá, luego la mamá llegó y nos dijo que nos fuéramos para la casa que ella se iba a encargar y el resto ya de ahí pá allá. Ahí fue que ya al otro

la mamá, luego la mamá llegó y nos dijo que nos fuéramos para la casa que ella se iba a encargar y el resto ya de ahí pá allá. Ahí fue que ya al otro día nos contó que la policía quería la plata.”21 Especificó que los hechos habrían ocurrido a las 08:30 p.m. y reiteró que solamente registraron al procesado y que ninguno de ellos cargaba el arma.

Contrainterrogatorio: Al interrogársele sobre qué labor ejercía el procesado para la época de los hechos, informó que Henry Stiven permanecía en su casa porque su papá le colaboraba, le enviaba dinero y así compraba sus cosas. Reiteró que la novia del procesado se llamaba Alejandra y su novia se llama María, y desconocía el paradero

21 Minuto 27:02 audiencia de juicio oral del 27 de febrero de 2026.Radicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

Procesado: Henry Stiven Celorio Hurtado.

Delito: Fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.

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de la primera. Complementarias: Recordó que los hechos sucedieron un día domingo. Luego, la señora juez lo interrogó: “Pregunta: Indíqueme también, señor Gustavo ¿cómo logró usted observar a la persona que usted indica pasó un muchacho y tiró algo?

Respuesta: En ese momento iban correteando a una persona. Pero nosotros no…

“Pregunta: Indíqueme también, señor Gustavo ¿cómo logró usted observar a la persona que usted indica pasó un muchacho y tiró algo?

Respuesta: En ese momento iban correteando a una persona. Pero nosotros no… Pregunta: ¿Quién lo iba correteando?

Respuesta: La policía. El muchacho pasó corriendo, como llevaba el arma, llegó y la tiró al monte. Entonces nosotros no le paramos bolas a eso.

Uno de los policías se bajaron de la moto, ahí lo cogieron, como vieron a Henry que iba enchaquetado y nosotros tres más. Entonces ahí fue que se la montaron a Henry.

Pregunta: Cuando usted dice que se la montaron a Henry, ¿a qué se refiere?

Respuesta: Claro, como él iba con chaqueta, nosotros no teníamos chaqueta. El único que iba con la chaqueta era él. Ahí fue que uno de l os policías se la montaron fue a él.

Pregunta: ¿Y por qué era tan particular el tema de la chaqueta? Es que no le entiendo.

Respuesta: O sea, como nosotros salimos así, él siempre había usado chaqueta. Él le dio por salir con la chaqueta. Como la tiene, co mo tiene gorrito, se lo puso (inintelegible) llevaba marihuana por aqu í para fumar. Ahí fue cuando la policía llegó y lo cogió a él. Pero antes ll ega la policía, lo vio y guardó el cacho de marihuana en el bolsillo de adelante.

Pregunta: ¿Y usted dice que a usted no lo requisaron?

Respuesta: No. Se me hizo raro, porque cuando la policía lo requisaba a uno, lo requisa a todos. Pero este día, como se la montar on a él solo, lo requisaron a él solo.

Pregunta: ¿Y usted dice que a usted no lo requisaron?

Respuesta: No. Se me hizo raro, porque cuando la policía lo requisaba a uno, lo requisa a todos. Pero este día, como se la montar on a él solo, lo requisaron a él solo.

Pregunta: Perfecto, señor Gustavo. Entiendo. Dice usted entonces que lo requisaron y solo lo requisaron en la parte de atrás. ¿No tiene usted conocimiento de por qué solamente lo requisaron en la parte de atrás?Radicación: 76-109-6000-163-2020-00342-01 (AC-159-26)

Procesado: Henry Stiven Celorio Hurtado.

Delito: Fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.

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¡C o mp ro me t i d o s c o n l a c a l i da d ! Calle 8 No. 14-47, Despacho 02

Respuesta: El policía cuando lo requisaron a él, le tocaba el bolsillo de atrás. Él le dice “sáquese lo que tiene atrás”. Henry le saca la plata. Ahí uno de los policías se emociona por el dinero que tiene y nunca lo requisaron adelante. Ahí fue cuando le sacaron el lapicero punta de arma.

Pregunta: Señor Gustavo, ¿y dónde fue eso?

Respuesta: En el centro.

Pregunta: Pero ¿en qué lugar? Ubíqueme más o menos en la ciudad.

Respuesta: Estábamos llegando al faro del centro, por la parte de atrás.

Pregunta: Entiendo. Y entonces, ¿cuál era la parte donde tiraron el arma?

Respuesta: Cuando la policía viene, en el momento en que la policía

Respuesta: Estábamos llegando al faro del centro, por la parte de atrás.

Pregunta: Entiendo. Y entonces, ¿cuál era la parte donde tiraron el arma?

Respuesta: Cuando la policía viene, en el momento en que la policía viene, el muchacho ya

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