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TSDJ BUG SP - 76-111-60-00-247-2017-00262-01-(19-03-2019)

Tribunal Superior de Buga

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Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-111-60-00-247-2017-00262-01-(19-03-2019)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2019

► J u o , 5 / •" \M /i c o t c

JUSTICIA PENAL BUGA

SENTENCIA DE PRIMERA

INSTANCIA V 1

ERES ÉTICA AH'fcfiACiúfi

Código: Versión: Fecha de aprobación:

2 22/05/2012

GSP-FT-09

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA

SALA DE DECISIÓN PENAL

Magistrada Ponente: MARTHA LILIANA BERTÍN GALLEGO Radicación: 76111 -60-00-247-2017-00262-01/AC-422-17

Delito: Concusión Decisión: Sentencia de primera instancia.

Guadalajara de Buga, diecinueve (19) de marzo del dos mil diecinueve (2019) Aprobado según Acta No.49A

1. OBJETIVO Se procede a dictar sentencia de primera instancia dentro del proceso adelantado contra la señora AIDA LUCÍA MUÑOZ RAMÍREZ, acusada por la Fiscalía delegada ante el Tribunal Superior, por cometer en ejercicio del cargo de Fiscal Novena Seccional del municipio de Tuluá, el delito de Concusión, siendo víctimas el señor

Alvaro Vásquez Gardeazábal y Viviana Bedoya Valencia. 2.- IDENTIFICACIÓN DE LA ACUSADA La identificación de la doctora AIDA LUCÍA MUÑOZ RAMÍREZ se estipuló por las Partes y fue aceptada por la colegiatura desde la audiencia preparatoria e ingresada en el juicio oral. De esa forma se tiene que se identifica con la cédula de ciudadanía No. 38.857.571 de Buga, Valle1. ' Se da por demostrada a través de: (i) copia de la tarjeta decadactilar correspondiente al cupo

en el juicio oral. De esa forma se tiene que se identifica con la cédula de ciudadanía No. 38.857.571 de Buga, Valle1. ' Se da por demostrada a través de: (i) copia de la tarjeta decadactilar correspondiente al cupo numérico 38.857.571 a nombre de Aida Lucía Muñoz Ramírez expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil: (ii) Formato de individualización y arraigo de la acusada Aida Lucía Muñoz RamírezRadicación: 76111-60-00-247-2017-00262-01iAC-422-17

Procesado: Aida Lucía Muñoz Ramírez Delito: Concusión Para efecto de la calificación que se exige del sujeto activo del ilícito contentivo del cargo de la acusación, la doctora Aida Lucía Muñoz Ramírez, se desempeñaba como Fiscal Novena Seccional, delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Tuluá, para el momento en que ejecutó el presunto comportamiento ilícito por el cual la llamó a juicio el ente acusador, conforme a la estipulación probatoria acordada en audiencia preparatoria e introducida en el juicio oral 2.

3.- ANTECEDENTES FÁCTICOS Y PROCESALES Se pueden concretar de la siguiente manera: 2.1. - De acuerdo con la acusación, la conducta atribuida a la acusada, se ejecutó el 15 de marzo de 2017, cuando la doctora Aida Lucía Muñoz Ramírez, identificada con cédula de ciudadanía No. 38.857.571, en calidad de Fiscal Novena de la Seccional de Tuluá solicitó la suma de diez ($10.000.000) millones de pesos, en el consultorio, al

cédula de ciudadanía No. 38.857.571, en calidad de Fiscal Novena de la Seccional de Tuluá solicitó la suma de diez ($10.000.000) millones de pesos, en el consultorio, al médico Alvaro Vásquez Gardeazábal, indiciado por el delito de Aborto, en la indagación a su cargo, señalándole que la situación estaba difícil para ellos (refiriéndose también a Yenny Viviana Bedoya, enfermera), pero que estaba presta a colaborarles, absteniéndose de formularles imputación antes de la prescripción de la acción penal, fenómeno a cumplirse en el mes de julio de ese año. La conducta desarrollada por la doctora Aida Lucía Muñoz, fue denunciada por el señor Alvaro Vásquez Gardeazábal, el 1 de abril de 2017. 2.2. - El 8 de agosto de 2017, la Fiscalía delegada ante el Tribunal Superior de Buga, formuló imputación contra la señora Aida Lucía Muñoz Ramírez ante el Juzgado Tercero Penal Municipal con funciones de control de garantías de Buga, por los hechos ya señalados en calidad de autora material del delito de Concusión elaborado por el Técnicos investigadores de la Fiscalía y Defensa señores Elkin Yamith Córdoba Cerón y Onésimo Martínez Sanclemente. Fls 4 al 13 del cuaderno de estipulaciones probatorias. 2 Folio 15, cuaderno de estipulaciones, Resolución 0-0127 del 14 de enero de 2013 suscrita por el Fiscal General de la Nación doctor, Eduardo Montealegre Lynett, por medio del cual se hace un nombramiento en provisionalidad. 2Radicación: 76111-60-00-247-2017-00262-01/AC-422-17

Fiscal General de la Nación doctor, Eduardo Montealegre Lynett, por medio del cual se hace un nombramiento en provisionalidad. 2Radicación: 76111-60-00-247-2017-00262-01/AC-422-17

Procesado: Aída Lucía Muñoz Ramirez Delito: Concusión contemplado en el artículo 404 del Código Penal, cargo que no aceptó. No se le impuso medida de aseguramiento. 2.3. - El 3 de noviembre de 2017, la Fiscalía radicó escrito de acusación contra Aida Lucía Muñoz Ramírez. 2.4. - Por reparto correspondió a esta sección de la Sala Penal del Tribunal Superior de Buga, el proceso penal contra la doctora Aida Lucía Muñoz. La audiencia de acusación se llevó a cabo el 28 de noviembre de 2017 conforme a la ritualidad de los artículos 339 y 344 de la Ley 906 de 2004. Se les reconoció la calidad de víctimas a Alvaro Gardeazábal y Yenny Viviana Bedoya. 2.5. - El 17 de abril de 2018, se llevó a cabo la audiencia preparatoria3. En desarrollo del artículo 356 ibídem, una vez las Partes descubrieron y enunciaron sus solicitudes probatorias, se pactaron las siguientes estipulaciones:

(i) La plena identificación de la acusada Aida Lucía Muñoz Ramírez. (ii) Su calidad de servidora pública al momento de la ejecución de la conducta atribuida. (¡ii) Las funciones de la acusada en calidad de Fiscal Seccional.

(iv) La gestión de designación de defensor público por parte del doctor Hernán López Pérez, respecto de la procesada Elsa Viviana Gualteros Calvo. (v) El inicio del juicio oral por el delito de Aborto contra las víctimas de este proceso. (vi) La existencia de la denuncia penal por el delito de Hurto, de su celular (en menor cuantía) presentada por la acusada el 6 de septiembre de 2011. La sesión de la audiencia preparatoria continuó el día 22 de mayo de 2018. 2.6. - El 24 de mayo del año en curso, la Sala Penal del Tribunal Superior de Buga, resolvió decretar las pruebas documentales y testimoniales solicitadas por la Fiscalía, la Defensa y el Ministerio Público así: Por la Fiscalía se admitieron todas las pruebas 3 Se programó inicialmente para el 14 de febrero de 2018, pero la Defensa solicitó prórroga del término para la realización de la audiencia preparatoria mediante memorial. 3Radicación: 76111-60-00-247-2017-00262-0HAC-422-17

Procesado: Aída Lucía Muñoz Ramírez Delito: Concusión testimoniales y documentales con excepción de la carpeta del juicio seguida contra las víctimas Alvaro Vásquez Gardeazábal y Yenny Viviana Bedoya por el delito de Aborto y de un folio que demuestra la propiedad de un vehículo de la acusada pues se le dio opción al delegado fiscal para que eligiera durante el juicio oral, uno de dos elementos materiales probatorios que tenían la misma pertinencia. Por la Defensa se decretaron los testimonios de: (i) Onésimo Martínez Sanclemente -Investigador-; (ii) doctora Sandra Carolina Barragán Rodríguez -Juez Cuarta de Control de Garantías de

decretaron los testimonios de: (i) Onésimo Martínez Sanclemente -Investigador-; (ii) doctora Sandra Carolina Barragán Rodríguez -Juez Cuarta de Control de Garantías de Tuluá para esa época-; (iii) doctor John Harold Suárez Ríos -Fiscal Treinta y uno Seccional de Tuluá-; (iv) doctor Carlos Castillo -Asistente de la Fiscalía Novena Seccional-; y (v) doctor Wilfredo Salamanca López -Ex secretario de Movilidad de Tuluá para la época-. Documentales: (i) acta del 15 de marzo de 2017 suscrita por el señor Wilfredo Salamanca López en calidad de Secretario de Movilidad del municipio de Tuluá; (ii) 6 oficios emanados de la Fiscalía General de la Nación por medio del cual la acusada convoca a una reunión de carácter interinstitucional. 2.7.- El juicio oral se inició el 29 de junio de 2018. Conforme lo dispone el artículo 367 de la Ley 906 de 2004. Se procedió a interrogar a la acusada sobre su manifestación de culpabilidad, declarándose inocente. La Fiscalía expuso su teoría del caso. Señaló el delegado que a través de los medios de conocimiento, se demostraría que la doctora Aida Lucía Muñoz Ramírez, en calidad de Fiscal Novena Seccional, el 15 de marzo de 2017, luego de haberse malogrado la formulación de imputación contra la señora Yenny Viviana Bedoya y Alvaro Vásquez Gardeazábal por el delito de Aborto, solicitó la entrega de diez millones ($10.000.000.oo) de pesos a cambio de no realizar dicha audiencia a fin de que la acción penal prescribiera.

Gardeazábal por el delito de Aborto, solicitó la entrega de diez millones ($10.000.000.oo) de pesos a cambio de no realizar dicha audiencia a fin de que la acción penal prescribiera. Que con los medios cognoscitivos como el testimonio directo de la víctima Alvaro Vásquez Gardeazábal daría cuenta de todos los pormenores sobre la exigencia dinerada; igualmente con el testimonio de la señora Yenny Viviana Bedoya, asistente del médico Vásquez Gardeazábal se conocería que la acusada arribó al consultorio para ejecutar la conducta delictiva. 4Radicación: 76111-60-00-247-2017-00262-01/AC-422-17

Procesado: Aída Lucia Muñoz Ramírez Delito: Concusión Con los testimonios del investigador del CTI Elkin Yamith Córdoba Cerón y Liliana Cardona Arango expondría, que a través de los señores Janeth Gómez Cortés (esposa del médico) y Ebert Antonio Villegas (cuñado del médico) quienes también darán cuenta de los hechos en el juicio, la manera en que se llegó al conocimiento de la comisión del delito contra la Administración pública por lo que al final del debate probatorio, deberá dictarse sentencia conforme a las pruebas que se practicarían en el juicio.

La Defensa se abstuvo de hacerlo. Se ingresaron las estipulaciones probatorias. En el curso de la primera sesión de juicio oral, durante el testimonio rendido por el señor Elkin Yamith Cardona Cerón -Investigador del CTI-, se acordó igualmente por las Partes dar por probado el contenido de la carpeta del proceso penal obtenido a través de inspección judicial que se adelanta contra Yenny Viviana Bedoya y Alvaro

Elkin Yamith Cardona Cerón -Investigador del CTI-, se acordó igualmente por las Partes dar por probado el contenido de la carpeta del proceso penal obtenido a través de inspección judicial que se adelanta contra Yenny Viviana Bedoya y Alvaro Gardeazábal por el delito de Aborto. Por la Fiscalía se escucharon los siguientes testimonios: (i) LILIANA CARDONA ARANGO: Investigadora del CTI. Conoce a la acusada desde hace un año porque llegó a laborar a la Fiscalía. Recuerda que en el mes de marzo del año 2017, se encontraba en su residencia en el municipio de Tuluá, eran más o menos las 8:30 de la noche y observó que llegaron dos personas a su casa a quienes distinguía desde hace años, pero a quienes no veía hacía mucho tiempo. Eran los señores Ebert Villegas y Janeth, ex esposa del señor Alvaro Gardeazábal quienes le pidieron hablar con ella para comentarle una situación que se le había presentado al ex esposo de Janeth; a ésta la conocía porque hacía muchos años había vivido en su casa materna cuando estaba terminando sus estudios universitarios y el doctor Gardeazábal arrimaba por ella, a su casa. Le dijo que él tuvo un problema con la Fiscalía, y que la Fiscal del caso le estaba pidiendo un dinero, pero que el doctor primero no lo tenía y segundo le daba mucho temor. Te preguntó quién era la fiscal y ella le dijo espérate un momentico; Janeth hace una llamada cree que es al doctor

y le dan la descripción física pero le dice que no recuerda el nombre y 5Radicación: 76111-60-00-247-2017-00262-01ÍAC-422-17

Procesado: Aida Lucía Muñoz Ramírez Delito: Concusión le da el número de sus asistente para que ella se lo diera. Llaman entonces a la asistente y le dice Janeth, te voy a pasar una amiga para que le cuentes lo ocurrido. Ella le pregunta quién es la señora Fiscal y ella le contesta espere un momento yo miro las citaciones, luego le dice es la doctora Aida Lucía Ramírez. Le pregunto qué fue lo que pasó y me contesta es que el doctor tiene un caso y ella lo estaba llevando, nos citaron, fuimos al despacho después de una diligencia y ahí nos dijo la doctora que no podía hablar con nosotros; nos citó a la casa del doctor y en la casa del doctor ella sacó un teléfono, llamó a alguien; que ella le podía colaborar al doctor en dilatar el proceso y que terminara ahí, pero que por diez millones de pesos. Le dije que ellos por qué no habían denunciado esa situación. Me contestó que no, que el doctor tiene miedo, que ella también, que la Fiscal es una persona muy buena gente, nos ha colaborado mucho, la verdad yo no quiero ver que esa señora se perjudique; entonces pues como investigadora la verdad a mí eso me pareció..., qué quiere, y le pregunté entonces qué es lo que quieres, qué pretendes con esto. Me contestó que la verdad es que yo necesito salir del país y quiero irme sin problemas. Al ver esa situación como incómoda ahí, yo me despedí inmediatamente. Le dije a ellos, a Janeth y a él, que eso hay que denunciarlo para que lo investiguen, pues

necesito salir del país y quiero irme sin problemas. Al ver esa situación como incómoda ahí, yo me despedí inmediatamente. Le dije a ellos, a Janeth y a él, que eso hay que denunciarlo para que lo investiguen, pues por si es cierto, pero se me hace muy extraña la actuación de la persona que me contesta por la línea. Eso quedó así, una situación muy incómoda la verdad, en el tiempo con el CTI nunca me había pasado, no conozco a la señora Fiscal, la única relación era un saludo cuando nos encontrábamos. Le comenté la situación al otro día a la doctora Martha, le dije tuve una situación muy incómoda anoche, fueron unas personas a mis casas y pasó esto y esto. Me dijo vamos a Buga y hablamos con el Director y cuentas esto y así lo hicimos y lo mismo que dije aquí fue lo que dije en la entrevista, no tengo nada más que decir. Continúa con las siguientes respuestas al interrogatorio del Fiscal: Cuando hablo con la doctora, (su jefe inmediata) nos venimos para Buga y hablamos con el doctor Duque y el doctor Gálvez. Días después llega a mi despacho el investigador Elkin y me dice que el doctor no quería denunciar, algo así. Le dije llámate a Ebert 6Radicación: 76111-60-00-247-2017-00262-01IAC-422-17

Procesado: Aida Lucía Muñoz Ramírez Delito: Concusión que fue la persona que fue a mi casa a informarme eso, yo no tengo ni idea. Sé que lo llamó, él se presentó al despacho pero no sé qué hablaron porque yo no estuve presente. Cuando hablo del doctor me refiero al exesposo de la doctora Janeth, al doctor Alvaro que es médico, lo conocí

idea. Sé que lo llamó, él se presentó al despacho pero no sé qué hablaron porque yo no estuve presente. Cuando hablo del doctor me refiero al exesposo de la doctora Janeth, al doctor Alvaro que es médico, lo conocí desde hace mucho tiempo porque como dije él arrimaba a mi casa por la señora Janeth.” Contrainterrogatorio: “Si trabajo en el C.T.I. Conocí a la señora Fiscal el año pasado, pero no lo tengo muy presente. He trabajado en diferentes partes de Colombia como investigadora del C.T.I. No fui testigo directa de ninguna de las situaciones. Lo que sé fue porque me lo contaron. Sí por supuesto, quienes me relataron la historia fue el señor Ebert y la señora Janeth que fueron a mi casa y en el momento que estaban en mi casa ellos llamaron del teléfono de Ebert a otras personas.”. Responde afirmativamente a la preguntas del Defensor; acerca de que quien les dio el nombre de la señora Fiscal fue una tercera persona; que esa tercera persona dijo ser la asistente del doctor; que le extrañó que ella además de lo que le contaba le decía que ella tenía que salir del país. Que ella le contaba como si hubiera escuchado de la doctora Aida Lucía la solicitud del dinero. Que ellos no supieron explicarle por eso llamaron al doctor Gardeazábal pero él les dijo que llamaran a Viviana Bedoya que conocía los detalles; Janeth llamó a una tercera persona quien dio detalles de lo ocurrido pero no se identificó; le empezó a explicar lo sucedido pero a ella se escuchaba extraña; no supo de qué teléfono llamaron a Viviana Bedoya cree que fue del de Janeth; expuso que de inmediato llamó a un amigo

ocurrido pero no se identificó; le empezó a explicar lo sucedido pero a ella se escuchaba extraña; no supo de qué teléfono llamaron a Viviana Bedoya cree que fue del de Janeth; expuso que de inmediato llamó a un amigo suyo del CTI Elkín y le expuso lo sucedido, procedieron a informar a su Jefe del CTI y luego al Director de Fiscalías doctor Alvaro Duque Orejuela, en adelante no supo más..

Ministerio público: La persona con la que ella habló por celular no se le identificó.

(ii) ELKIN YAMITH CÓRDOBA CERÓN. Investigador del CTI, da cuenta de la información respecto de los hechos recibida como fuente no formal el 17 de marzo de 2017, fecha en la que viajó a Tuluá donde el médico Alvaro 7Radicación: 76111-60-00-247-2017-00262-01/AC-422-17

Procesado: Aída Lucia Muñoz Ramírez Delito: Concusión Vásquez Gardeazábal para verificar la información pero éste se la negó, le manifestó que no sabía de qué le estaba hablando y que como él tenía el consultorio en la misma casa, debió ser que esa Fiscal por quien le preguntaba de una visita a su casa, había ido por alguna atención. Se dirigió entonces a donde la investigadora Liliana Cardona, persona quien tuvo contacto inicial con la información pero que no se sentía capaz de judicializar este tipo de casos porque labora en la misma Unidad Local. Le aportó los teléfonos de Ebert y Janeth, la exesposa del médico. El 31 de marzo de 2017, realizó desplazamiento a Tuluá donde Ebert Villegas para tomarle una entrevista sobre lo manifestado con Alvaro Vásquez

aportó los teléfonos de Ebert y Janeth, la exesposa del médico. El 31 de marzo de 2017, realizó desplazamiento a Tuluá donde Ebert Villegas para tomarle una entrevista sobre lo manifestado con Alvaro Vásquez Gardeazábal pero le dijo que él tenía que hablar con el doctor Alvaro para ver que decía, porque ese era un problema de él y tenía que contarse con él. Por la noche de ese mismo día, lo llamó y le dijo que el médico quería rendir una entrevista. Se trasladó entonces a su lugar de residencia y acordaron que era necesario presentar una denuncia pero en Buga, por temor de ser visto en la Uri de Tuluá, motivo por el cual así se hizo el 1o de abril de 2017. Ingresó dos libelos de formato de fuentes no formales y la noticia criminal presentada por el denunciante, como evidencia No 1 de la Fiscalía; el acta de inspección al despacho fiscal de la acusada donde se recopiló la carpeta de la investigación adelantada en su contra y de Yenny Viviana Bedoya Valencia, por el delito de Aborto, documento público que fue estipulado en ese momento. Se ingresó copia de la bitácora del ingreso del señor Alvaro Vásquez Gardeazábal y Yenny Viviana Bedoya Valencia, a las instalaciones de la Fiscalía de Tuluá el 15 de marzo de 2017 a las 15:30 horas; la evidencia No. 4 constituida por la carpeta de búsqueda selectiva en base de datos, la que también fue estipulada, con la claridad que se acuerda es la existencia de ese documento, para abordar su análisis en el momento de los alegatos de conclusión. Continúa el interrogatorio directo a lo que responde:

estipulada, con la claridad que se acuerda es la existencia de ese documento, para abordar su análisis en el momento de los alegatos de conclusión. Continúa el interrogatorio directo a lo que responde: Inicialmente se recibió información de parte de una compañera de la Unidad Local de Tuluá, ella alude que como trabaja en esa municipalidad y como es de allá no ve conveniente realizar esa investigación entonces fue cuando se la dieron y llevó el trámite que terminó con la denuncia del 8Radicación: 76111-60-00-247-2017-00262-01/AC-422-17

Procesado: Aída Lucia Muñoz Ramírez Delito: Concusión médico. Cuando toma contacto con el médico se mostró sorprendido y no se prestó para darle información del caso. Pasados 8 días fue que contactó al concuñado y por intermedio de él fue que logró que el médico le contara lo que había sucedido. La primera información fue que había una exigencia de una suma de diez millones de pesos de parte de la señora Fiscal que llevaba un caso en contra de él y se le señaló que era necesario una denuncia de parte de él para que siguiera el trámite.

Contrainterrogatorio: Confirma lo señalado en el directo; acerca de la información de parte de la investigadora de Liliana Cardona; de haber contactado por intermedio de ella a su concuñado, entre otras. Sin redirecto.

(iii) EI delegado Fiscal, ante la no comparecencia de su asistente, ingresa las evidencias 5, 6 y 7 (Oficio firmado por el director de Fiscalía, doctor Alvaro Duque Orjuela, en el que certifica los números de los teléfonos fijos y celulares de los fiscales seccionales de Tuluá, donde consta que los de la

Duque Orjuela, en el que certifica los números de los teléfonos fijos y celulares de los fiscales seccionales de Tuluá, donde consta que los de la doctora AIDA LUCIA MUÑOZ RAMIREZ son: 2339800 ext 1017 y 3116066026; (ii) certificado de tradición expedido por la Secretaría de Tránsito de Tuluá de vehículo de placas hacen referencia a los documentos que acreditan la propiedad de la acusada, de un vehículo Kia Sportage 2016, de placas KCV954 y (iii) la certificación expedida por el Coordinador del Grupo de Sistemas de Información-ASSIDT de la Fiscalía de Buga donde consta el consolidado estadístico mensual de trámites de procesos de Ley 906 de 2.004, correspondiente a la Fiscalía Novena Seccional. (iv) JANETH GÓMEZ CORTEZ. Ex esposa de la víctima expresó: “Lo que está en mi conocimiento es que mi esposo me comentó que la señora (se refiere a la acusada) le había pedido un dinero por cierta situación, no sé con exactitud, entonces pues él me comentó a mí y me dijo que como le podíamos colaborar con una amiga que trabaja en la Fiscalía, una investigadora, entonces llamé a mi cuñado y le comenté y él me dijo ah listo vamos a buscar a Liliana. Fuimos, no recuerdo que día exactamente solo 9Radicación: 76111-60-00-247-2017-00262-01/AC-422-17

Procesado: Aida Lucia Muñoz Ramírez Delito: Concusión que fue en horas de la noche; hablamos con ella y ahí fue cuando ella nos dijo que ella iba a mirar y que iba hablar que sería bueno comunicarnos con

Procesado: Aida Lucia Muñoz Ramírez Delito: Concusión que fue en horas de la noche; hablamos con ella y ahí fue cuando ella nos dijo que ella iba a mirar y que iba hablar que sería bueno comunicarnos con Viviana para hablar con más exactitud sobre el tema; eso fue lo que se hizo; llamamos a Viviana y Liliana habló con Viviana de mi teléfono; eso fue lo que hicimos. La persona a la que me refiero como mi cuñado es Ebert Antonio Villegas Morante. La investigadora, estuvo muy extrañada, dijo que eso estaba muy raro, que eso no se debía hacer de parte de la señora, luego fue que hablamos con Viviana, le dije que le iba a pasar a Liliana y ellas se pusieron hablar sobre el tema. La señora involucrada, la que fue a pedirle un dinero a mi esposo, la verdad no la conozco, ahora que la acabaron de mencionar pero ni siquiera pregunté por el nombre de la señora, simplemente él me dijo, una fiscal, tá, tá, tá (sic) eso fue. Lo que yo les acabo de decir simplemente él me dice que vino una señora fiscal y le pidió un dinero, por cierta situación y eso fue todo y que como le podíamos colaborar y yo le dije pues hablemos con Liliana que es una amiga de hace muchísimo tiempo pero no sabía dónde estaba viviendo, entonces le pregunté a mi cuñado, le conté, y él me dijo, listo, vamos dónde ella.

Contrainterrogatorio: Sí soy la esposa del doctor Alvaro Vásquez. No convivo con él. Si él me comentó (que le había pedido un dinero una fiscal) No señor (no sabía por qué lo investigaban, cierto?). Si señor (tuve que

Contrainterrogatorio: Sí soy la esposa del doctor Alvaro Vásquez. No convivo con él. Si él me comentó (que le había pedido un dinero una fiscal) No señor (no sabía por qué lo investigaban, cierto?). Si señor (tuve que recurrir a mi cuñado para saber dónde vivía Liliana. Sí señor, (tuvieron que recurrir a Viviana, por teléfono para que contara sobre el asunto porque usted tampoco tenía ni idea, tampoco su esposo porque él no pudo dar datos precisos, cierto?) No, él a mí no me dijo, ni tampoco se los pedí yo.

Ministerio Público: Viviana es la enfermera del doctor, ella es Viviana Bedoya; Liliana no recuerdo el nombre completo, es la funcionaría de la Fiscalía; se comunicaron desde mi teléfono que es 3017254933; el de Viviana no lo recuerdo, pero quiero hacer una aclaración no recuerdo si la llamada la hice de mi teléfono o del teléfono de mi cuñado en ese momento.”

(v) EBERT ANTONIO VILLEGAS MORANTE: “Lo único que pasó es que mi cuñada Janeth Gómez un día llega a mi casa y me comenta algo sobre 10Radicación: 76111-60-00-247-2017-00262-01/AC-422-17

Procesado: Aída Lucía Muñoz Ramirez Delito: Concusión como que estaban queriendo extorsionar al señor Alvaro Vásquez, entonces le dije que habláramos con alguien de la Fiscalía, que es una amiga, que nos oriente sobre eso; fuimos donde una amiga, le pusimos en conocimiento el caso; ella indaga más, le pregunta, en ese caso llaman me parece que a la enfermera, indagan bien sobre eso y después me citan

amiga, que nos oriente sobre eso; fuimos donde una amiga, le pusimos en conocimiento el caso; ella indaga más, le pregunta, en ese caso llaman me parece que a la enfermera, indagan bien sobre eso y después me citan aquí a Buga y ya, esa es la versión que yo tengo. Después, que yo me acuerde, eso como que lo iban a investigar, la verdad no, hasta el día de hoy que vuelvo aquí a Buga. Que me acuerde, ah ya, ya, pero eso fue al comienzo cuando en Tuluá me llama un investigador y le comentamos el caso y después es que me llaman aquí a Buga. Fue para comentarle el caso de que al doctor Alvaro Vásquez le estaban pidiendo una plata por archivar o yo no sé un proceso que él tenía y la verdad pues, tenía miedo y entonces la idea era que el señor le diera las garantías para él poder denunciar y todo eso. Yo si hablé con el doctor y le dije que pusiera eso en conocimiento de las autoridades. (Preguntado: Qué sensación tenía para ese momento en que usted habla con el médico Alvaro Vásquez Gardeazábal sobre denunciar o no denunciar.) Miedo, miedo porque la verdad él decía que problemas él no tenía, que él estaba seguro que ahí no había nada pero él tenía miedo de, pues a la edad que él tiene y todo eso y que meterse en problemas, él lo que decía siempre, así recuerdo hasta una frase que él dijo “una persona herida la atiendo por mi profesión yo no voy a preguntar sino que hago lo que tengo que hacer como médico”.

Contrainterrogatorio: Fue la cuñada quien le manifestó sobre lo ocurrido, cuando mi cuñada me cuenta, nosotros vamos directo donde Liliana, y me

a preguntar sino que hago lo que tengo que hacer como médico”.

Contrainterrogatorio: Fue la cuñada quien le manifestó sobre lo ocurrido, cuando mi cuñada me cuenta, nosotros vamos directo donde Liliana, y me informo es de Viviana, no de Alvaro Vásquez. Cuando ellos están hablando ahí me entero de lo que estaba pasando, de una muchacha que llegó con un sangrado a la clínica y él la atiende entonces eso se le complica porque hubo intenciones de no decir la verdad y se vio implicado en eso, es eso lo que más o menos entiendo, pero no sé qué delito. Luego de ir donde Liliana hablamos con la señora aquí presente, no sé si es la enfermera, hablaron telefónicamente para preguntar porque la verdad yo no, yo no estoy de acuerdo en que se haga en este caso... Es interrumpido por el Defensor quien lo concreta por el íiRadicación: 76111-60-00-247-2017-00262-01/AC-422-17

Procesado: Aída Lucía Muñoz Ramírez Delito: Concusión nombre de la enfermera y contesta: creo que se llama Viviana. No sé qué habló porque directamente habló fue con Liliana por teléfono. Responde con un sí a la pregunta de haber sido solo un intermediario.

Ministerio público: A Viviana creo que se le llama de mi teléfono no estoy seguro, no me acuerdo bien.

Preguntas de la Sala: Hablé con Alvaro después de los hechos, de lo que pasó con, de que fuimos hablar con Liliana y todo eso, después hablamos con él, porque él tenía miedo y yo le dije, no, pues denuncie si lo están acosando, denuncie.”

pasó con, de que fuimos hablar con Liliana y todo eso, después hablamos con él, porque él tenía miedo y yo le dije, no, pues denuncie si lo están acosando, denuncie.” (vi) YENNY VIVIANA BEDOYA VALENCIA: Víctima. Es auxiliar de enfermería.

Dijo: “Pues la verdad, yo acompañé al doctor Alvaro Vásquez a la Fiscalía Novena de Tuluá porque la doctora Aída Lucía o sea la Fiscal pues le había requerido a él, que lo necesitaba; yo pienso que de pronto la doctora lo necesitaba porque pues como nosotros hace tanto tiempo desconocíamos ya el caso que tenían en contra de nosotros, pues nos dirigimos a la Fiscalía y llegamos allí nos pidieron la cédula, luego fuimos a la Fiscalía Novena donde se encontraba la doctora, ella nos dijo que no nos podía atender y que cualquier cosa pues se llamara, entonces la verdad, nos vinimos para el consultorio y el doctor me dijo que la llamara y pues yo le pasé mi celular al doctor y pues la verdad no sé si él habló con ella o no; el hecho fue que la doctora luego fue, la doctora Aída fue, pero la real verdad yo no sé qué pudieron conversar ellos, el doctor y la doctora Aida Lucía, la verdad no sé a qué fue, de eso desconozco y sobre lo que están diciendo de que la investigadora Liliana Cardona, la verdad es que yo hablé con Janeth Gómez que es la esposa del doctor, en ningún momento me di cuenta de que de pronto la doctora Liliana, que estuviera hablando conmigo, eso lo desconozco totalmente y pues el doctor me manifestaba que la doctora le había pedido una suma de dinero pero pues yo la verdad no puedo decir que los pidió

ningún mome

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