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TSDJ BUG SP - 76-111-60-00247-2020-00202-01-(03-08-2022)

Tribunal Superior de Buga

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Título
TSDJ BUG SP - 76-111-60-00247-2020-00202-01-(03-08-2022)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2022

JUSTICIA PENAL BUGA

SENTENCIA DE

SEGUNDA INSTANCIA

Código: GSP-FT-45 Versión: 1 Fecha de aprobación:

22/05/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA

SALA DE DECISIÓN PENAL

Magistrada Ponente:

MARTHA LILIANA BERTÍN GALLEGO

Radicado: 76111-60-00247-2020-00202-01

Guadalajara de Buga, tres (3) de agosto de dos mil veintidós (2022) Proyecto discutido y aprobado por Acta No.241

1. OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO.

Resolver el recurso de apelación propuesto por la Defensa material y el Ministerio Público contra la sentencia No.35 del 8 de octubre de 2021, proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Buga, por medio de la cual condenó a Cristián Andrés Vargas Sevillano a la pena principal de ciento (108) meses de prisión, por el delito de Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego o municiones.

2. ANTECEDENTES.

2.1Los hechos que dieron origen a la presente causa fueron expuestos por el delegado de la Fiscalía General de la Nación en audiencia preliminar de formulación de imputación celebrada el 27 de junio de 2020, en los siguientes términos:

“El día 26 de junio de 2020, a eso de las 16:35, o sea 4:35 de la tarde, la patrulla integrada por patrullero David José Díaz Mestra y otro, realizando labores de servicio de

“El día 26 de junio de 2020, a eso de las 16:35, o sea 4:35 de la tarde, la patrulla integrada por patrullero David José Díaz Mestra y otro, realizando labores de servicio de policía sobre el sector de La Bandola en la entrada del municipio de Ginebra, Valle del Cauca, fueron informados por parte de un ciudadano que un kilómetro más abajo, una señora, en el restaurante El Naranjal, estaba pidiendo ayuda. De manera inmediata la policía se dirigió al lugar indicado y al llegar observaron a una señorita, quien vestía jean azul y blusa de colores, al observar la procedencia de la policía, pide ayuda con voz temerosa y asustada, manifiesta que dos sujetos se metieron al restaurante y uno d eRadicado: 76111-60-00247-2020-00202-01

Acusado: Cristian Andrés Vargas Sevillano Delito: Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego o municiones.

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ellos viste bermudas de color gris y buso gris portando un arma de fuego tipo escopeta y el otro sujeto vestía pantaloneta color negro con buso blanco y gorra, quienes huyeron del sitio al notar la presencia de la patrulla policial, en dirección a la par te lateral del restaurante y hacía la zona boscosa. Así que la policía se dirigió según las indicaciones, extremando las medidas de seguridad, unos metros más adelante observan dos personas antes descritas en la parte boscosa, se les grita la proclama de -Alto policía

restaurante y hacía la zona boscosa. Así que la policía se dirigió según las indicaciones, extremando las medidas de seguridad, unos metros más adelante observan dos personas antes descritas en la parte boscosa, se les grita la proclama de -Alto policía nacional-, uno de ellos, el de la bermuda, se voltea y nos dispara, a la policía nacional, de la misma manera, la policía le responde disparando en diferentes ocasiones, a lo que el ciudadano grita -agente no me mate, agente no me mate -. Se ac ercaron a él, lo despojaron del arma de fuego tipo escopeta color gris, guardamano de madera, culata de madera, sin números de identificación, con un cartucho de calibre 16 percutido en la recamara del arma; en la requisa, en el bolsillo delantero izquierd o se le encuentra otro cartucho calibre 16 marca Indumil y le preguntaron que si tenía permiso para portar la misma, este manifestó libre y espontáneamente que no. Por tal motivo, se le procedieron a materializar los derechos del capturado, mientras tanto el otro acompañante emprendió huida hacia la zona boscosa y no fue capturado. La Policía se entrevistó verbalmente con la señora María Aceneth Holguín y manifestó que habían sido atracados en varias ocasiones… Se verificó que el arma era apta para disparos”.

Le imputó el delito de Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego agravado, de conformidad con lo previsto en el artículo 365 numeral 3° del Código Penal.

2.2.- El 26 de agosto de 2020 fue repartido el escrito de acusación al Juzgado Segundo Penal del Circuito de Buga, el cual adelantó la audiencia de formulación oral el 4 de

2.2.- El 26 de agosto de 2020 fue repartido el escrito de acusación al Juzgado Segundo Penal del Circuito de Buga, el cual adelantó la audiencia de formulación oral el 4 de diciembre de 2020 y en esa diligencia reiteró el fundamento fáctico de la imputación jurídica, de la siguiente manera:Radicado: 76111-60-00247-2020-00202-01

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“Como fundamento de los hechos se tiene que los mismos tienen su ocurrencia en el municipio de Ginebra Valle, aproximadamente a las 16:35 horas del 26 de junio de 2020, cuando una patrulla adscrita a la Estación de la Policí a Nacional de este municipio, conformada por los uniformados VICTOR ALFONSO DELGADO VALENCIA y DAVID JOSÉ DÍAZ MESTRA, atendiendo información de la ciudadanía que alertaba sobre la presencia de una dama que pedía ayuda a un kilómetro de ese sector, en el restaurante El Naranjal, se desplazan a aquel lugar donde encuentran a la señora MARIA ASCENETH HOLGUIN DOMINGUEZ, administradora de ese establecimiento, quien informa que dos sujetos habían ingresado al restaurante, uno de ellos portando un arma de fuego y que al percatarse de la presencia policial huyen hacia la zona boscosa. Al proceder los uniformados a explorar los lugares aledaños localizan a dos individuos, uno

informa que dos sujetos habían ingresado al restaurante, uno de ellos portando un arma de fuego y que al percatarse de la presencia policial huyen hacia la zona boscosa. Al proceder los uniformados a explorar los lugares aledaños localizan a dos individuos, uno de ellos vistiendo pantaloneta color negro y buso color blanco, y el segundo bermuda y buso color gris, portando un arma de fuego tipo escopeta, quien desatiende las advertencias de los servidores, disparando el artefacto hacia los integrantes de la patrulla que deben responder la agresión accionando sus armas de dotación. Lograda la rendici ón del sujeto que es identificado como CRISTIAN ANDRES VARGAS SEVILLANO, se le incauta el arma de fuego clase escopeta color gris, con guardamano y culata en madera, con un cartucho percutido en la recamara, y un cartucho calibre 16 que le es hallado en el bolsillo delantero izquierdo, razón por la que se dispone la captura de este ciudadano en situación de flagrancia, quien es puesto a disposición de la Fiscalía Seccional URI. Efectuado análisis pericial de balística, se verifica que el arma de fuego corresponde a arma de defensa personal, clase escopeta de fabricación artesanal; calibre 16 de carga múltiple; cachas en madera; tipo de acción tiro a tiro; presenta la marcación “16 gauge full”; la vainilla que se encontraba inserta en el arma y el cartuchoRadicado: 76111-60-00247-2020-00202-01

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sin percutir corresponden calibre 16, carga múltiple… marca Indumil, industria militar, hallándose el arma apta para disparar y el cartucho examinado apto para su uso”.

Con fundamento en esos hechos, la Fiscalía acusó formalmente a Cristian Andrés Vargas Sevillano por el delito de Fabricación, tráfico, tenencia o porte de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, mediante verbo rector “ portar”, con circunstancia de agravación descrita en el numeral 3° del inciso tercero del artículo 365 del Código Penal.

2.3.- La vista preparatoria se verificó el 19 de abril de 2021. El Juzgado decretó las pruebas solicitadas por las partes. También se anunciaron las siguientes estipulaciones: (i) Que, al momento de la captura, al procesado se le solicitó autorización para un registro personal; (ii) que se realizó consulta al Batallón para establecer si el imputado contaba con permiso para porte de armas; y (iii) que al momento de la aprehensión se realizó registro fotográfico.

2.4.- El juicio oral inició el 21 de junio de 2021. La Fiscalía presentó su teoría del caso y se ingresaron las anteriores estipulaciones probatorias, además de la plena identidad del acusado; también hubo práctica de pruebas. El 2 de julio del mismo año continuó el juicio oral; en esta sesión la Fiscalía culminó con la presentación de las pruebas de

del acusado; también hubo práctica de pruebas. El 2 de julio del mismo año continuó el juicio oral; en esta sesión la Fiscalía culminó con la presentación de las pruebas de cargo. El 27 de agosto siguiente se practicaron las pruebas de la Defensa y las partes expusieron los alegatos de conclusión; el Juzgado anunció el sentido del fallo de carácter condenatorio, para luego agotar la individualización de la pena.

Práctica de Pruebas:

Por la Fiscalía: Radicado: 76111-60-00247-2020-00202-01

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2.4.1. Víctor Alfonso Delgado Valencia . Intendente de la Policía Nacional. Labora en el municipio de Roldanillo. Está vinculado a la institución desde hace 14 años. En el Valle del Cauca lleva trabajando más de un año. Trabajó en el municipio de Ginebra. Allí laboró en el año 2020. En junio de 2020 estaba laborando en Ginebra. Se desempeñaba como comandante de patrulla de vigilancia. Trabajaba con su compañero David José Díaz. Fue citado a esta diligencia por un caso que atendió en Ginebra. Sobre el particular recordó lo siguiente: “ Es una captura que hicimos por porte ilegal. Bueno, ese día, estábamos de patrulla el patrullero, mi persona, cuando estábamos a la altura de La Bandola, nos informa un motociclista que en el restaurante El Naranjal, una femenina

estábamos de patrulla el patrullero, mi persona, cuando estábamos a la altura de La Bandola, nos informa un motociclista que en el restaurante El Naranjal, una femenina estaba pidiendo ayuda, entonces nos desplazamos hasta ese sitio y allá en la entrada la señorita nos indicó que se habían metido dos personas al restaurante. De inmediato fuimos a verificar la información, cuando ingresamos a la parte del restaurante observamos dos personas que iban para la parte lateral de la parte de atrás, que es una zona boscosa que cruza como para un cañal. Nos acercamos a darles alcance, entonces en ese momento, cuando nos estábamos acercando, yo le grité a uno de ellos que se detuvieran que era la policía, inmediatamente uno de ellos se volteó y nos disparó. Así mismo, como nos dispararon, pues hicimos uso del arma de fuego que tenemos para este tipo d e situaciones y finalmente esta persona, no sé si se asustó y decidió entregarse. Eran dos personas, la otra sí siguió corriendo y no hubo forma de pararla; ya teníamos a uno reducido, el otro no tuvimos forma de alcanzarlo. Nos quedamos haciendo el proced imiento con el que ya teníamos, por seguridad. De ahí para allá leímos derechos del capturado y pedimos apoyo a la estación… llegó el apoyo de la estación, le hicimos los derechos del capturado, la captura en flagrancia, y ya lo conducimos para la URI”. Fiscalía le puso de presente el informe de captura en flagrancia del 26 de junio de 2020. El testigo lo reconoció porque fue el que se elaboró para poner

conducimos para la URI”. Fiscalía le puso de presente el informe de captura en flagrancia del 26 de junio de 2020. El testigo lo reconoció porque fue el que se elaboró para poner a disposición de la URI al capturado Cristián Andrés Vargas Sevillano. Se refiere a losRadicado: 76111-60-00247-2020-00202-01

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hechos consignados en el informe; similares a los ya narrados. Se encontraban en “La Bandola” que es la entrada a Ginebra; la persona que les da aviso les indicó que el hecho se estaba presentando a una distancia de un (1) kilómetro, pero realmente eran entre tres (3) o cuatro (4) kilómetros de distancia, aproximadamente, desde La Bandola al sitio de los hechos. La patrulla se movilizaba en una motocicleta institucional de la estación de policía de Ginebra. No conoce, ni identificaron a la persona que les dio aviso de los hechos, para no perder tiempo, pues de inmediato se fueron a atender el caso. Esa persona se movilizaba en motocicleta y les manifestó que había otra persona pidiendo auxilio en el restaurante El Naranjal. Cuando llegaron al sitio, en una de las entradas a l establecimiento, se encontraba una femenina, quien se les acercó y les manifestó que habían ingresado dos personas y una de ellas estaba armada. Ella estaba saliendo del restaurante en la primera portada. Los policiales ingresaron inmediatamente

entradas a l establecimiento, se encontraba una femenina, quien se les acercó y les manifestó que habían ingresado dos personas y una de ellas estaba armada. Ella estaba saliendo del restaurante en la primera portada. Los policiales ingresaron inmediatamente al establecimiento. La mujer les informó acerca de la vestimenta de los agresores; les dijo que uno de ellos tenía bermudas color gris y tenía un arma; el otro llevaba pantaloneta color negro, camiseta blanca y gorra. Esta información se las suministró la persona que estaba en el restaurante. Después del procedimiento la identificaron como Aceneth Holguín. Ella estaba muy asustada, nerviosa. Estaba sola, no había más personas, aparte de los implicados. Cuando ingresaron al restaurante observaron a los sujetos al fo ndo del local; como el sitio es rural, es posible observar hasta el fondo. Ingresaron en la motocicleta hasta donde tuvieron vía y luego continuaron a pie, corriendo, para interceptarlos. Entraron al restaurante en la motocicleta porque es un lugar rural y tiene portadas grandes; ingresaron hasta el sector del parqueadero. Cuando iban entrando en la moto por el parqueadero, los sujetos empezaron a correr hacia la parte trasera. Los agentes dejaron la moto y también iniciaron a correr hacia el mismo lugar, tratando de alcanzarlos. En la parte trasera hay una arborización; algunos cercos de alambre y una sequia. Después de la arborización sigue un cañaduzal. Vuelve aRadicado: 76111-60-00247-2020-00202-01

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relatar: “ Bueno doctora, la escena es muy corta, cierto, porque está la parte del parqueadero, la parte del restaurante y seguido está la parte de la arborización. Entonces empezamos a correr, ya, yo les grité, les dije alto, policía, entonces esta persona se volteó, ya en la arborización, y nos disparó. Así mismo, la reacción en ese momento pues t ambién fue dispararle. No sé, el muchacho se agachó y dijo, no me mate, no me mate; y ya nosotros nos acercamos a él, lo reducimos, lo esposamos y le dije yo al compañero que prestara seguridad y que esperáramos el apoyo porque el otro pelao siguió corriendo, ese pelao sí siguió corriendo para el fondo. Entonces, hasta que no llegó el apoyo no empezamos con la búsqueda del otro muchacho… Inicialmente, cuando llegamos, el cruce de palabras fue muy rápido, pero ella nos dijo que el de las bermudas grises estaba armado, pero entonces ella estaba muy asustada, de inmediato tampoco cruzamos así palabras con ella porque como se alcanzaron a observar al fondo las dos siluetas de los muchachos, entonces entramos de una”. El capturado les hizo un solo disparo. Recuer da que la persona capturada fue quien les disparó, de nombre Cristián Andrés, fue la misma persona que se rindió. La señora Aceneth le manifestó que observó cuando las dos personas ingresaron al restaurante por la parte de atrás y

solo disparo. Recuer da que la persona capturada fue quien les disparó, de nombre Cristián Andrés, fue la misma persona que se rindió. La señora Aceneth le manifestó que observó cuando las dos personas ingresaron al restaurante por la parte de atrás y uno de ellos se encontraba armado; ella se fue para la parte del frente del lugar que da hacia la vía pública y desde ahí empezó a pedir ayuda. Describió el establecimiento comercial: “ Nos ubicamos sobre la vía nacional, él tiene dos entradas, dos portadas grandes, está la parte d e los parqueaderos que es zona verde, que la han adecuado como parqueaderos y pues el restaurante tiene varias zonas; zonas comunes donde hay sillas, mesas, inclusive tienen una piscina y se alcanza a observar hasta el fondo del restaurante.”. En el momento no había clientes en el sitio; le hecho ocurrió en época de pandemia y en ese entonces estaban vigentes muchas restricciones. A los sujetos los observaron a unos 50 o 60 metros, al momento de ingresar al restaurante en la motocicleta. No vio vehículos cerca, cree que ellos se movilizaban a pie. Los individuosRadicado: 76111-60-00247-2020-00202-01

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no le hicieron alguna manifestación; solamente el capturado les expresó que era de El Cerrito. La persona capturada llevaba bermuda y camiseta de color gris. El testigo también realizó un solo disparo. Su compañero de patrulla hizo dos disparos. La persona

Cerrito. La persona capturada llevaba bermuda y camiseta de color gris. El testigo también realizó un solo disparo. Su compañero de patrulla hizo dos disparos. La persona que gritó que no lo mataran es la misma que tenía el arma de fuego, el señor Cristián. El arma era una escopeta calibre 16. Con posterioridad a los hechos no se logró establecer quién er a el otro individuo que acompañaba al procesado. Al momento de aprehender a Cristian Andrés, le preguntaron si tenía permiso para portar el arma, pero les contestó que no. Nunca antes había visto a esta persona. La señora Aceneth también les expresó que en días anteriores los habían robado en el restaurante, en varias ocasiones. De eso quedó constancia en el informe, donde se consigna que hay unos sujetos que tienen azotado al establecimiento comercial porque los han hurtado en diferentes ocasiones. La víct ima no los señaló de haber sido quienes hurtaron en las anteriores oportunidades. Como testigos de estos hechos identificó a su compañero de patrulla y a la persona que solicitó auxilio en esa fecha. El restaurante cuenta con sistema cámaras de vigilancia, pero no recopilaron esos registros. Se consignó esa circunstancia en el informe para que lo tuviera en cuenta el investigador que fuera asignado. Contrainterrogatorio. La señora Aceneth les expresó que las personas que estaban al interior del restaurante portaban un arma, pero no les especificó qué clase de arma llevaban, solo les dijo que tenían una escopeta. Redirecto. La señora Aceneth les dijo que uno de ellos tenía un arma de fuego. A Cristian le incautaron una escopeta. Complementarias del Ministerio Público. La captura se realizó por Porte ilegal de

dijo que uno de ellos tenía un arma de fuego. A Cristian le incautaron una escopeta. Complementarias del Ministerio Público. La captura se realizó por Porte ilegal de arma de fuego; no hubo denuncia de Hurto. Del sitio denominado La Bandola hasta el lugar de los hechos se demoran entre 5 y 4 minutos, depende de la velocidad. El señor que les dio avisó debió haber demor ado lo mismo. Complementaria del Despacho . Describió el intercambio de disparos: “ Es que el momento es muy rápido; yo voy corriendo, cuando yo grito, yo estoy observando a las personas, el que va atrás porqueRadicado: 76111-60-00247-2020-00202-01

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el que va adelante ya lleva más distancia, le decimos, alto, policía nacional, esta persona se voltea y sobre el árbol en el piso, ahí en la arboleda, hace un disparo porque se sintió, se sintió entre nosotros dos que íbamos uno al lado y el otro al lado, íbamos corriendo juntos, de inmediato yo tomé p osición y el compañero posición y empezamos a disparar… él va corriendo de espaldas a nosotros, cuando nos escucha se voltea y hace el disparo. Yo pienso que él lo hizo desfocado, o sea, no nos apuntó, él simplemente hizo el disparo, pero nosotros de una v ez respondimos”. Los disparos que hicieron los agentes fueron dirigidos a la arboleda, hacia el fondo, cree que impactaron en alguno de

hizo el disparo, pero nosotros de una v ez respondimos”. Los disparos que hicieron los agentes fueron dirigidos a la arboleda, hacia el fondo, cree que impactaron en alguno de los árboles o en el cañaduzal. En el informe se consignó la circunstancia del intercambio de disparos. Después de los he chos no ha vuelto a ver al capturado. Reconoce a la persona que aparece en la pantalla como aquella que capturó en esa oportunidad; en la actualidad lo observa un poco más “gordo”.

2.4.2. María Aceneth Holguín Domínguez . 27 años. Soltera. Bachiller. Técnico en administración. Reside en el municipio de Ginebra. Labora como administradora del restaurante El Naranjal desde hace 8 años. El propietario es el señor Ernesto Tascón. Trabaja con la señora de la cocina, pero no rec uerda su nombre porque cambian constantemente de empleada. El horario de atención es de 8 de la mañana a 5 de la tarde, todos los días. En cuanto al motivo de la citación a esta audiencia, relató lo siguiente: “Ese día yo me encontraba sola en el restaurante (no recuerda la fecha), ese día estaba en el restaurante y se entraron unos tipos y yo salí a correr a pedir auxilio y en ese momento pasaba una gente por ahí por la vía y les pedí que por favor me ayudaran y como dos minuticos, a los dos minuticos llegaron los policías y les pedí ayuda a ellos”. Dijo que el restaurante es grande y alrededor hay cañales. Tiene dos entradas grandes. Atrás del restaurante están los cañales. Los sujetos ingresaron por la parte de

a ellos”. Dijo que el restaurante es grande y alrededor hay cañales. Tiene dos entradas grandes. Atrás del restaurante están los cañales. Los sujetos ingresaron por la parte de atrás. Manifestó que se encontraba en una de las ramadas y cuando los vio se asustóRadicado: 76111-60-00247-2020-00202-01

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mucho y salió corriendo hacia la portada a pedir auxilio. Ellos no alcanzaron a decirle nada. Uno de ellos estaba vestido de pantaloneta y camiseta grises; del otro no recuerda. Físicamente no los recuerda. No la ame nazaron porque salió corriendo cuando los vio. Su reacción se debió a que desde el mes pasado los habían robado en varias oportunidades. No supo quienes fueron los que entraron a hurtar en anterior ocasión; no sabe si su jefe denunció esos hechos. En esa é poca se robaron algunas cosas de la bodega, pero no sabe cuál era el valor. Los robaron en 5 ocasiones. Se llevaron viarias cosas. El día de los hechos le pidió ayuda a unas personas que pasaban por el lugar; cree que ellos dieron aviso a las autoridades. No recuerda bien cuánto demoraron los policías en llegar, pero fue poco tiempo. Cuando llegaron los agentes, los sujetos se encontraban en la parte de atrás del restaurante. Los policías ingresaron y se fueron para la parte de atrás, por los cañales, pero no supo qué pasó porque se encontraba en

policías en llegar, pero fue poco tiempo. Cuando llegaron los agentes, los sujetos se encontraban en la parte de atrás del restaurante. Los policías ingresaron y se fueron para la parte de atrás, por los cañales, pero no supo qué pasó porque se encontraba en la parte frontal del restaurante; desde ese lugar no se puede observar hacia los cañaduzales. Ese día capturaron a una persona, pero no sabe a quién. Vio que ellos llevaban un arma, tipo escopeta. No recuerda cuál d e los dos llevaba el arma. No ha vuelto a ver a las personas que ingresaron al restaurante; tampoco las conocía con anterioridad. No sabe si son las personas que ingresaron anteriormente. En el restaurante hay cámaras, ubicadas en la parte exterior, en las ramadas. No aportaron los videos a la fiscalía. Escuchó unos disparos, lejos; fueron uno o dos disparos. Por el susto no se percató de cuál de los dos sujetos llevaba el arma. Por estos hechos no ha sido amenazada. Con posterioridad a lo sucedido no han s ido víctimas de hurto, de nuevo. No detalló bien a las personas que ingresaron, no sabe si las reconocería si las vuelve a ver. No puede afirmar si dentro de las personas que están presentes en la audiencia se encuentra alguna de las que ingresaron al rest aurante con un arma. Contrainterrogatorio. Como salió asustada hacia la portada a pedir auxilio, no se percató de las características d el arma. Redirecto. El arma era como una escopeta.Radicado: 76111-60-00247-2020-00202-01

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Complementarias del Ministerio Público. El día de los hechos no estaba la señora de la cocina porque era época de pandemia; el restaurante no estaba abierto al público. Los intrusos no le hicieron alguna manifestación; la testigo salió de inmediato a pedir auxilio. Corrió porque estaba sola y ellos llevaban arma. Reconoce un a escopeta, un fusil y una pistola. Dijo que la escopeta es larga y la pistola es mediana o pequeña. En esa ocasión reconoció que era una escopeta porque era larga, pero no la detalló porque salió corriendo del lugar. Las personas a las que le pidió ayuda se desplazaban en motocicleta. Les dijo que la auxiliaran porque se le habían metido al restaurante. Después de avisarle a las personas, la policía demoró en llegar entre 4 y 5 minutos. Los agentes entraron en moto hacia la parte de atrás del restaurante. Les señaló el lugar donde se encontraban los sujetos, entonces procedieron a ingresar en la motocicleta al restaurante. Las detonaciones las escuchó lejanas, fueron dos o tres. Complementarias del despacho. No sabe si los individuos la vieron. No hizo contacto visual con ellos. Los vio y salió a correr de inmediato.

(iii) Milton Zapata Bedoya . 47 años. Reside en Buga, Valle. Ingeniero de sistemas; tecnólogo en sistematización y técnico en criminalística y ciencias forenses. Trabaja en

vio y salió a correr de inmediato.

(iii) Milton Zapata Bedoya . 47 años. Reside en Buga, Valle. Ingeniero de sistemas; tecnólogo en sistematización y técnico en criminalística y ciencias forenses. Trabaja en el laboratorio de balística del CTI de la Fiscalía General de la Nación. Labora en la Fiscalía desde hace 14 años y como perito en balística lleva 10 años y medio. Para desempeñarse en ese carg o realizó un curso de policía judicial; un diplomado en balística forense de la Universidad Sergio Arboleda de Bogotá. En el laboratorio de balística realizan estudios técnicos a armas de fuego; análisis de vainillas y proyectiles y estudios comparativos. Realiza en promedio 10 estudios técnicos mensuales. Fiscalía le puso de presente informe de laboratorio del 27 de junio de 2020; lo reconoció porque contiene su firma. En esa fecha le solicitaron que determinara la identificación y aptitud de disparo de un arma de fuego; así como la descripción y estado de conservación deRadicado: 76111-60-00247-2020-00202-01

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la munición. Recibió una escopeta “hechiza” compatible con calibre 16 de carga múltiple; un cartucho marca Indumil calibre 16 de carga múltiple y una vainilla calibre 16 de carga múltiple. La escopeta se caracterizaba por una inscripción realizada de forma rudimentaria en la parte superior de cañón. Aplicó el protocolo de estudio técnico del

múltiple. La escopeta se caracterizaba por una inscripción realizada de forma rudimentaria en la parte superior de cañón. Aplicó el protocolo de estudio técnico del arma de fuego y medición en la fuerza del disparador. La prueba física del arma se realizó en el área de pruebas de disparo del laboratorio. De acuerdo con el análisis, pudo concluir que la escopeta hechiza compatible con calibre 16 de carga múltiple se encuentra apta para producir disparos y que necesitó una fuerza promedio de acción sencilla de 5,56 ne wtons para accionar su disparador; también, que el cartucho analizado calibre 16 de carga múltiple se encontró apto para ser utilizado en el arma de fuego analizada, con resultado positivo de detonación. Finalmente, que la vainilla analizada hace parte con stitutiva de un cartucho calibre 16 de carga múltiple, que esta munición es empleada para armas de fuego tipo escopeta de igual calibre. Contrainterrogatorio. Realizó experticia a arma hechiza tipo escopeta con marcación rudimentaria. Complementarias del M inisterio Público . En la actualidad no existen técnicas para identificar si el arma fue disparada momentos previos al estudio. (Se permitió el ingreso de la prueba pericial).

(iv) David José Díaz Mestra . Patrullero adscrito a la estación de policía de Gin ebra. Bachiller académico y técnico en sistemas. Lleva 7 años en la institución. Hace parte de la patrulla de vigilancia. Le corresponde realizar labores de patrullaje. En junio de 2020 estaba laborando en Ginebra, en compañía del Intendente Víctor Alfonso Delgado. Sabe

la patrulla de vigilancia. Le corresponde realizar labores de patrullaje. En junio de 2020 estaba laborando en Ginebra, en compañía del Intendente Víctor Alfonso Delgado. Sabe que el

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