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TSDJ BUG SP - 76-126-60-00-168-2021-00047-01-(04-05-2023)

Tribunal Superior de Buga

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Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-126-60-00-168-2021-00047-01-(04-05-2023)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2023

EXCEPCIÓN AL DEBER DE DECLARAR – No opera de forma absoluta en asuntos donde el testigo que hace uso de él e s menor de edad y víctima de delitos contra la integridad, formación y libertad sexuales/EXCEPCIÓN AL DEBER DE DECLARAR - Si bien la autoridad judicial no podía obligar a la menor para que rindiera su testimonio, lo cierto es que, por la vía de la prueba de referencia, oportuna y adecuadamente invocada por la representante del ente acusador, es posible hacer frente a tal contingencia, en virtud a la indisponibilidad mostrada por la declarante, producto de presiones externas, tal como se pudo evidenciar en la respectiva vista pública/PRUEBA DE REFERENCIA – La prueba que debe acompañarla para que la decisión condenatoria se estime válida puede tener una naturaleza ratificatoria o complementaria, en la medida en que proporcione nuevos elementos de juicio que en su valoración resulten trascendentes para el objeto del proceso o corroboren los que por el camino de la prueba de referencia ya existen /ACTOS SEXUALES AGRAVADOS CON MENOR DE CATORCE AÑOS - En la declaración rendida por la niña ante el médico legista se observa un relato circunstanciado en tiempo, modo y lugar, el cual estuvo acompañado de afectación emocional al momento de relacionar aspectos puntuales del abuso sexual del que fue víctima por parte de su padrastro , prueba de carácter referencial que se halla corroborada por las pruebas complementarias practicadas en el juicio, las cuales confirman varias situaciones referidas por la víctima y hacen más creíble su versión , al punto de generar el conocimiento más allá de la duda razonable acerca de los actos sexuales ocurridos

complementarias practicadas en el juicio, las cuales confirman varias situaciones referidas por la víctima y hacen más creíble su versión , al punto de generar el conocimiento más allá de la duda razonable acerca de los actos sexuales ocurridos el 12 de marzo de 2021, así como la responsabilidad penal del acusado.

Sentencia de segunda instancia (AC-255-22) del 4 de may o de 2023, con ponencia de la Dra. Martha Liliana Bertín Gallego . Decisión: confirma la sentencia condenatoria.

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