TSDJ BUG SP - 76-147-60-00-170-2015-01337-01-(22-03-2024)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-147-60-00-170-2015-01337-01-(22-03-2024)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2024
JUSTICIA
PENAL BUGA
SENTENCIA SEGUNDA
INSTANCIA
TRIBUNAL SUPERIOR
Código:
GSP-FT-09
Versión: 2
Fecha de aprobación: 22/05/2012
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA
SALA DE DECISIÓN PENAL
Magistrado Ponente: JAIME HUMBERTO MORENO ACERO
Radicación: 76147-60-00-170-2015-01337-01. AC-157-21/40.
Procesado: SARA DAVIANA ANTIA GARZON.
Delito: EXTORSIÓN AGRAVADA EN GRADO DE TENTATIVA.
Aprobado según Acta No.124 en Guadalajara de Buga, veintidós (22) de dos mil veinticuatro (2024).
OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
Resuelve la Sala el recurso de apelación interpuesto por la defensa de SARA DAVIANA ANTIA GARZON contra la sentencia proferida el 14 de abril de 2021 por el Juzgado Cuarto Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cartago, Valle del Cauca, por medio de la cual la declaró autora penalmente responsable del delito de extorsión agravada en grado de tentativa, imponiéndole la pena principal de 128 meses de prisión, multa de 2.000 SMLMV e interdicción en el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso, negándole la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria.
SITUACIÓN FÁCTICA
Los sucesos objeto del presente asunto fueron expuestos en los siguientes términos:
derechos y funciones públicas por el mismo lapso, negándole la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria.
SITUACIÓN FÁCTICA
Los sucesos objeto del presente asunto fueron expuestos en los siguientes términos:
“…se reseñaron los hechos denunciados por la ciudadana DANIELA CHALARCA BURITICÀ el 31 de julio de 2015. Como relevante se extracta que para la época la denunciante ejercía el cargo de Subgerente Administrativa de la Empresas Municipales de Cartago -EMCARTAGO E.S.P-. Precisó que el 23 de julio de 2015 recibió́ al teléfono celular dotado por la empresa (3173406418) y desde el abonado 3224992708, un mensaje contentivo de fotos y videos, presuntamente de ella y un compañero de la empresa saliendo de un motel, afirmando que no es ella la persona que figura en dichos registros. Posteriormente, el 27 de julio de 2015 le pidieron la suma de $7’000.000 para no hacerlos públicos por redes sociales, ante su familia y amigos, dinero que debía pagar el 30 de julio, día de pago en la empresa. Afirma que luego de varias averiguaciones pudo establecer que la SIM CARD desde la cual le enviaban los mensajes, se adquirió́ en una sucursal de Drogas La Rebaja ubicada cerca de la empresa y que la persona que la vendió, reconoció́ en una fotografía a una trabajadora de nombre Natalia Ospina Ríos, quien solicitó permiso para salir ese día a las 4:30 p.m.
La denuncia se presentó́ previo al operativo del Gaula, en la fecha acordada para realizar la entrega del dinero exigido y en aquella ocasión la denunciante señaló́ que las llamadas extorsivas
4:30 p.m.
La denuncia se presentó́ previo al operativo del Gaula, en la fecha acordada para realizar la entrega del dinero exigido y en aquella ocasión la denunciante señaló́ que las llamadas extorsivas provenían de Marco Tulio Alfonso con quien tuvo contratiempos laborales y que sostenía relación sentimental con Natalia Ospina Ríos, también trabajadora de EMCARTAGO. Agregó que el 24 de julio de 2015 le enviaron un mensaje indicándole que los $7’000.000 debían consignarse a la cuenta de ahorros 185968703 y que, al averiguar en la empresa le confirmaron que era una cuenta de nómina y como titular fungía Sara Daviana Antìa. Afirma que Sara la contact ó y le preguntó si sabía algo de la moto que le habían robado, además de informarle que “ellos” le habían enviadoRadicación: 76147-60-00-170-2015-01337-01. AC-157-21/40.
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unas fotos y videos de ella, la aconsej ó que consignara el dinero para que la dejaran tranquila y además le devolvieran la moto hurtada, que los que llamaban sabían de su familia, sus hijos, donde vivían, de la candidatura por la Alcaldía del papá y que no le podía reenviar esos mensajes porque fue lo primero que “ellos” le advirtieron, insistiéndole en que esa gente la iba a perjudicar mucho. Relata una serie de conversaciones que sostuvo con la Acusada, donde esta es insistente en que
fue lo primero que “ellos” le advirtieron, insistiéndole en que esa gente la iba a perjudicar mucho. Relata una serie de conversaciones que sostuvo con la Acusada, donde esta es insistente en que lo mejor era pagar la extorsión consignando el dinero a la cuenta como los extorsionistas lo estaban exigiendo, porque no iban a dar la cara.
Dice la denunciante que el 31 de julio (2015), a las 8:00 am le hablaron del número de donde provenían los mensajes extorsivos, manifestándole que ya no la iban a esperar más, que debía consignar el dinero y ante la negativa de pagar de esa forma, refirier on haber visto a la hija salir sola al andén de la casa, que tal una “bala perdida”, que ella y el esposo permanecen también fuera de la casa y que la niña quedaba sola con la niñera y los abuelos, que no se arriesgara y no pusiera en peligro la vida de l a hija. Frente a estas amenazas, se dirigió́ al Gaula a denunciar. Conforme a la delación, el personal policial del Gaula estableció́ el operativo antiextorsión a realizarse en el Centro Comercial Santiago Plaza de Cartago donde fue citada la víctima para la entrega del dinero, según los mensajes ingresados a su celular, justo cuando se hallaba en las instalaciones del Gaula. Los policiales orientaron a la denunciante y le entregaron un paquete que simulaba la suma de dinero exigida ($7’000.000). Ya en las instalaciones del Centro Comercial, con los policiales a cargo del operativo ubicados en puntos estratégicos y a una distancia de diez metros para mantener la vigilancia de la señora Daniela, ésta es abordada por una mujer a quien
con los policiales a cargo del operativo ubicados en puntos estratégicos y a una distancia de diez metros para mantener la vigilancia de la señora Daniela, ésta es abordada por una mujer a quien le entrega el paquete con el dinero y justo en el momento en que lo recibe, es capturada en situación de flagrancia e identificada como SARA DAVIANA ANT ÍA GARZÓN. La capturada le incautaron un equipo celular BlackBerry con IMEI 352660058019022 sin SIMCARD color negro, un celular marca SAMSUNG IMEI 359906055302389 y 359907055302387, abonado 3173267338 color blanco, la motocicleta en que se movilizaba de placa POJ -61B y un paquete envuelto en sobre de manila con $150.000 que simulaba el dinero a pagar por la extorsión…”.
ANTECEDENTES PROCESALES
1. El 1° de agosto de 2015 ante el Juzgado Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías de Argelia, Valle del Cauca, en SARA DAVIANA ANTIA GARZON CIFUENTES MARIN, como autora presuntamente responsable del delito de extorsión agravada tentada al tenor de lo descrito en los artículos 244, 245 #3 y 27 del Código Penal, cargos que no fueron aceptados por la precitada.
2. La Fiscalía presentó escrito de acusación, por lo que el asunto correspondió por reparto al Juzgado Cuarto Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cartago, Valle del Cauca, ante quien el 4 de enero de 2016 se realizó audiencia de formulación de acusación, en los mismos términos de la imputación.
Cartago, Valle del Cauca, ante quien el 4 de enero de 2016 se realizó audiencia de formulación de acusación, en los mismos términos de la imputación.
3. La preparatoria se llevó a cabo en sesiones del 2 de mayo y 25 de julio de 2016 , momento procesal en que las partes sustentaron sus solicitudes probatorias y, acto seguido, el despacho de conocimiento procedió a su decreto.
4. El 18 de septiembre de 2018 se dio inicio al juicio oral, ocupando cuatro sesiones de práctica probatoria.
5. El 10 de febrero de 2020 se emitió sentido de fallo de carácter condenatorio.
6. El 14 de abril de 2021, se dio lectura a la sentencia de primera instancia.
PRÁCTICA PROBATORIA
TESTIGOS DE CARGO: Radicación: 76147-60-00-170-2015-01337-01. AC-157-21/40.
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• DANIELA CHALARCA BURITICA. Víctima.
Manifestó que trabaja en Empresas Municipales de Cartago como Sub Gerente Administrativa y jefe de talento humano, lugar en el que conoció a SARA DAVIANA, ya que trabajaba en la oficina previamente mencionada, que era una dependencia de su área. Especificó que su relación con ella era normal, de jefe a funcionario, nunca tuvieron problemas o altercados , y que incluso ella ayudo a SARA para que fuera traslada al área de talento humano, pues inicialmente estaba en otra
de su área. Especificó que su relación con ella era normal, de jefe a funcionario, nunca tuvieron problemas o altercados , y que incluso ella ayudo a SARA para que fuera traslada al área de talento humano, pues inicialmente estaba en otra dependencia y presentó una queja por acoso, aunado a que el estrés le causó alergia, y por ende, ella la traslado para su área.
De cara a los hechos objeto del presente asunto indicó que para el 23 julio del año 2015 en horas de la noche estaba en su casa preparando la comida para su hija de 1 año, momento en el que recibió unos mensajes por WhatsApp -del teléfono que le daban en la empresa-, con un video, afirmando que la habían encontrado saliendo de un motel con un trabajador de la empresa, y que si no accedía a entregar el monto de $7.000.000, lo harían público y se lo enviarían al esposo . Le dijeron que el dinero debía consignarlo a una cuenta de AV Villas y le dieron el número, advirtiéndole que no podía preguntar en el banco el nombre del titular de la cuenta, puesto que “en el banco tengo gente, si usted pregunta de quién, ellos me van a decir”.
Afirmó que como inicialmente le habían dado el número de una cuenta bancaria del banco AV Villas, y como ella manejaba la nómina de la empresa, se comunicó con una funcionaria y le dijo que verificará si esa cuenta pertenecía a alguien, y le respondieron que sí, que estaba a nombre de SARA DAVIANA ANTIA GARZON. Agregó que también le decían que no se le olvidara que su padre estaba en campaña para la alcaldía de Argelia, y que con ese video podrían destruir la campaña “para
respondieron que sí, que estaba a nombre de SARA DAVIANA ANTIA GARZON. Agregó que también le decían que no se le olvidara que su padre estaba en campaña para la alcaldía de Argelia, y que con ese video podrían destruir la campaña “para mostrar la clase de hija que tenía ”, y además le dijeron que sabían que su hija de 1 año jugaba en el andén de la casa “y que que tal una bala perdida en su cabeza”.
Que en ese instante -cuando recibió por primera vez los mensajes -, le mostró al esposo lo que estaba pasando e incluso pensaron que era una broma, no obstante, al continuar recibiendo mensajes llamó a un amigo policía y le contó lo que estaba sucediendo, quien le aconsejó que debía poner en conocimiento el suceso ante e l Gaula, por lo que procedió en tal sentido. Acotó que el número de celular que le había asignado la empresa -en el cual recibió los mensajes - lo tenían todos los empleados, pues ese era su medio de contacto directo con ellos. Especificó que los mensajes extorsivos los recibió de “un número cualquiera”, sin recordarlo puntualmente por el paso del tiempo.
Que después de recibir esos primeros mensajes, comenzó a hacer “averiguaciones” con su esposo, y lograron establecer que la Simcard de donde le estaban enviando los mensajes la habían comprado en una farmacia que queda cerca a la empresa, por lo que comenzaron a sospechar que provenían de alguien de su lugar de trabajo. Al respecto especificó que su esposo tenía un amigo en Drogas La Rebaja, y le pidió el favor de qué si podía averiguar donde se había comprado la Simcard de la cual estaba recibiendo los men sajes, y esa persona “no sé cómo hizo” y le dijo que la
Al respecto especificó que su esposo tenía un amigo en Drogas La Rebaja, y le pidió el favor de qué si podía averiguar donde se había comprado la Simcard de la cual estaba recibiendo los men sajes, y esa persona “no sé cómo hizo” y le dijo que la habían adquirido en la droguería que quedaba cerca a Empresas Municipales, y según les dijeron, la que la compró fue una mujer que suministró datos falsos.
Por otra parte afirmó que después de los primeros mensajes , cuando ya le habían pagado el sueldo de la empresa -hacia el 26 de julio-, la contactó SARA DAVIANA desde su celular al número de la oficina, y le dijo que qué estaba pasando, que “esa gente”Radicación: 76147-60-00-170-2015-01337-01. AC-157-21/40.
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la había contactado y le habían mostrado un video y “que estoy segura que esa es usted, esa es usted y si no es usted, es muy parecida”, entonces comenzó a decirle que “pague esa plata, no se meta en problemas, que va a pensar la gente, bueno, comenzó a hacerme presión psicológica”. La aquí implicada continuó insistiéndole que debía pagar porque “esa gente es muy peligrosa” porque eran los mismos que le habían hurtado la moto, a lo que ella respondió que acaso ese suceso qué tenía que ver con lo que le estaba pasando . Así que SARA seguía insistiéndole que debía pagar porque “esos tipos habían ido a
respondió que acaso ese suceso qué tenía que ver con lo que le estaba pasando . Así que SARA seguía insistiéndole que debía pagar porque “esos tipos habían ido a la casa de ella, y que eran muy mal vestidos y peligrosos” y le decía “págueles, págueles”. Entonces, recibió por parte de la aquí procesada “mucha presión” para pagar la extorsión, lo que era extraño dado que SARA no era “ni mi mejor amiga, ni mi mano derecha en la empresa” como para que la hubieran contactado precisamente a ella para interceder en la entrega del dinero , aunado a que SARA nunca le dio una explicación lógica del por qué precisamente la habían contactado a ella para que mediara en la extorsión.
En ese orden, les pidió tiempo y les dijo que no tenían el dinero, a lo que le respondieron que sabían que en la empresa pagaban el 26 de cada mes, así que ella le contó a SARA que le estaban exigiendo $7.000.000, y que con el salario podía reunir una parte, y la otra con el empeño de un anillo y un dinero que iba a pedir prestado, esto a fin de darle la seguridad a SARA de que ya tenía el dinero, quien le seguía insistiendo que debía pagar rápido “que esa gente era muy peligrosa, que no me metiera en problemas, todo eso me decía ella”.
Agregó que cuando le contó a SARA que ya había recolectado todo el di nero, la comenzaron a presionar más para que lo entregara, o de lo contrario le dañaban la campaña a su padre, le contaban a su esposo y que una “bala perdida para mi hija”. Entonces, como SARA ya la había contactado por WhatsApp insistiéndole que
comenzaron a presionar más para que lo entregara, o de lo contrario le dañaban la campaña a su padre, le contaban a su esposo y que una “bala perdida para mi hija”. Entonces, como SARA ya la había contactado por WhatsApp insistiéndole que pagará la extorsión, y la cuenta que le habían dado era de ella, comenzó a sospechar que la procesada tenía algo que ver con lo que le estaba pasando, lo que incluso le dijeron los agentes de la policía, quienes le indicaron que debía convencer al extorsionista de que el dinero debía ser entregado de forma presencial, dado que así se podría armar el operativo y lograr la captura de los responsables, entonces, ella les insistió que la entrega fuera personal.
Luego, la procesada le dijo que los extorsionadores habían accedido a que la entrega fuera presencial, y por ende, lo debía entregar en el Pueblito Cafetero, que queda cerca de la Universidad del Valle. Así entonces, se armó el operativo y en un paquete se simuló el monto exigido, luego ella se dirigió a ese lugar en un taxi del Gaula, pero al llegar no había nadie ; consecutivamente le escribieron y le dijeron que se fuera para el centro comercial Santiago Plaza, en la parte de afuera. Al llegar a ese sitio, ella se ubicó en la parte interna y también ingresaron tres agentes del Gaula. Luego se sentó en unas mesas que estaban a l lado de pasteles Ricura, y unos minutos después llegó SARA, así que ella le preguntó “usted qué hace acá y ella me dijo que ellos la habían mandado por el dinero porque esa gente era muy peligrosa ”. Acto seguido se sentó, le mostró un celular BlackBerry y le dijo “mire el teléfono no tiene
ellos la habían mandado por el dinero porque esa gente era muy peligrosa ”. Acto seguido se sentó, le mostró un celular BlackBerry y le dijo “mire el teléfono no tiene nada, ya borraron todo”, y por ende, ella le hizo entrega del paquete que simulaba el dinero exigido.
Acotó que cuando la procesada llegó por el dinero, estaba temblando y tenía un casco en la mano, así que se sentó, le entregó el dinero y consecutivamente los agentes de la policía la capturaron. Entonces, como ella observó que SARA tenía un casco en la mano, se fue hacia el parqueadero a mirar si había alguien esperándola,Radicación: 76147-60-00-170-2015-01337-01. AC-157-21/40.
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pero no fue así, luego los agentes llegaron con ella a ese sitio, y estaba una moto de la amiga de SARA. Especificó que ese día, antes de la captura, le enviaron un mensaje en el que le dijeron que iban a enviar a una persona a recoger el dinero y que “esa persona no tenía nada que ver, que era inocente de esto”. Afirmó que nunca se imaginó que SARA DAVIANA fuera la persona que la estaba extorsionando, pues nunca tuvieron problemas ni algún tipo de inconveniente, aunado a que por la forma en como todo sucedió “estoy convencida de que ella trabajó sola”.
Acotó que para esa época tuvo un problema en el trabajo con Mar co Tulio Alfonso, y eso era de conocimiento de SARA, entonces cuando comenzó a recibir los
trabajó sola”.
Acotó que para esa época tuvo un problema en el trabajo con Mar co Tulio Alfonso, y eso era de conocimiento de SARA, entonces cuando comenzó a recibir los mensajes extorsivos, pensó que era el referido sujeto, sin embargo, no fue así. Los inconvenientes que tuvo con Marco Tulio fueron por quejas de los empleados hacia él por acoso laboral, siendo uno de los casos el de la aquí procesada, y ese fue uno de los motivos por los que ella la traslado al área de talento humano. Refirió que SARA DAVIANA renunció al trabajo en Empresas Municipales, afirmando que tenía un viaje a Chile, y luego d e que ella se desvinculó de la mencionada entidad, comenzó a recibir la extorsión.
Puntualizó que cuando recibió los primeros mensajes extorsivos la persona que los envió no se identificó, pero ya después apareció SARA DAVIANA quien la contactó y le insistía que debía pagar el dinero que le estaban exigiendo porque “esa gente es muy peligrosa”, ejerciendo sobre ella una “presión” para que les pagará, puesto que era insistente en decirle que eran personas peligrosas. Por otra parte , afirmó que cuando SARA DAVIANA trabajaba en Empresas Municipales, tuvo un problema con su ex pareja, fue y compró una Simcard y le envió fotos a la nueva pareja, “es decir, hacia ese tipo de cosas”. Agregó que ella le entregó a la policía absolutamente todas las conversaciones , los mensajes recibidos y el video , tanto en un Cd como impresos.
Al ponérsele de presente la denuncia, afirmó que la presentó el 31 de julio de 2015, siendo ese el día en que se efectuó la captura de la procesada. Acotó que cuando
impresos.
Al ponérsele de presente la denuncia, afirmó que la presentó el 31 de julio de 2015, siendo ese el día en que se efectuó la captura de la procesada. Acotó que cuando recibió el primer mensaje, al día siguiente se acercó al Gaula y ahí comenzaron con el proceso de asesoramiento por parte de los agentes, quienes le indicaban de qué manera responder y básicamente como llevar la conversación, aunado a que le dijeron que debía convencer al extorsionista de que la entrega del dinero fuera presencial.
Acotó que el video que le enviaron era supuestamente de ella saliendo de un motel con el mensajero de la empresa, y que en pro de no hacerlo público y no causarle daño a su familia, debía entregar el monto de $7.000.000. Luego la contactó directamente SARA DAVIANA , desde su número personal, diciéndole que esas personas la habían buscado y le habían mostrado el video y que “si soy yo, que es muy parecida a mí, que con eso me podían hacer mucho daño y más con mi papá que era candidato”. Y como ella le dijo al extorsionista que no iba a entregar nada, le dijeron que tal una bala perdida para su hija de 1 año a la que cuidaba una niñera y mantenían en el andén de la casa. Acotó que la persona que le envió esos mensajes sabía que en la empresa pagaban entre el 20 y 30 de cada mes.
A preguntas de la defensa afirmó que la captura de SARA DAVIANA fue en horas de la tarde. Que los mensajes extorsivos los recibió por WhatsApp, pero nadie se identificó. Luego cuando la aquí procesada se contactó con ella -también por WhatsApp- “me
A preguntas de la defensa afirmó que la captura de SARA DAVIANA fue en horas de la tarde. Que los mensajes extorsivos los recibió por WhatsApp, pero nadie se identificó. Luego cuando la aquí procesada se contactó con ella -también por WhatsApp- “me dijo claramente que pagará, que esa gente estaba dispuesta a todo, eso me lo dijoRadicación: 76147-60-00-170-2015-01337-01. AC-157-21/40.
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directamente ella desde su celular”. Reiteró que SARA la presionaba para que entregara el dinero. Acotó que desde hacía como 2 meses, no sabía nada de ANTIA GARZON, puesto que había renunciado. Precisó que la aquí implicada nunca estuvo en su casa, pero que sí conocía a su familia -esposo e hija -, dado que ellos iban a actividades de la empresa y ahí los veía. Agregó que ella inicialmente pensó que el extorsionista era Marco Tulio, pues era la única persona con la que tuvo inconvenientes para esa fecha, y p recisamente por ello quedó sorprendida al descubrir que era SARA DAVIANA.
Nuevamente reiteró que a la procesada la capturaron recibiendo el dinero de la extorsión y que “ella en el centro comercial me exige que le entregue el dinero porque la había disque mandado”. Que SARA trabajó en su área de talento humano porque ella misma gestionó el traslado a causa de unas presiones que SARA estaba recibiendo en la empresa.
A preguntas de la Fiscalía acotó que del número que recibía las extorsiones le
ella misma gestionó el traslado a causa de unas presiones que SARA estaba recibiendo en la empresa.
A preguntas de la Fiscalía acotó que del número que recibía las extorsiones le indicaron que tenía que llegar al centro comercial, y por ende, ella se dirigió a dicho lugar y se ubicó cerca de Pasteles La Ricura a esperar que llegaran por el dinero. Estando ahí llegó SARA DAVIANA, y le dijo “que la mandaron, que debía recibir el dinero y llega con el celular desde el que me estaban extorsionando” , puesto que ella le dijo a la persona que no iba a entregar nada hasta que no le mostraran el celular sin videos, “entonces SARA llevó el celular, era un BlackBerry negro que ya no tenía nada, yo le entregue el paquete y a los segundos la capturaron”. Finalmente refirió que a la procesada la tenía en sus redes sociales, y que su familia asistía a los eventos de la empresa, por lo que “supongo que ahí conoció a mi núcleo familiar”.
• JHON MARIO PARRA. Policía GAULA.
Manifestó que trabaja en la Policía Nacional desde hace 13 años. Para el 2015 se encontraba desempeñando sus funciones en el GAULA Valle del Cauca, apoyando la ciudad de Cartago.
Indicó que cuando se presenta un caso de extorsión, lo primero que ellos hacen es tratar de calmar a la víctima porque generalmente están “alteradas”, escuchan su versión, y le brindan asesoría, pues dependiendo lo que ella diga, se establece si se está o no ante el delito ya mencionado. Si se determina que es extorsión, se le indica “asesora” cómo debe responder los mensajes o llamadas, qué decir y cómo llevar la
está o no ante el delito ya mencionado. Si se determina que es extorsión, se le indica “asesora” cómo debe responder los mensajes o llamadas, qué decir y cómo llevar la conversación y, atendiendo la información que se recolecta, se decide si es viable o no efectuar un operativo.
De cara al caso concreto adujo que la denunciante llegó a las instalaciones del GAULA e informó que le estaban pidiendo dinero a cambio de no atentar en contra de su familia y su hija. Que una vez revisado el caso y lo que ella aportó, se decidió efectuar el operativo. Al respecto especificó que la víctima llegó “toda azarada” “exaltada” y les dijo que una persona le estaba escribiendo y pidiéndole dinero, por lo cual se le asesoró para que no accediera a ello. Que primero le dijeron que lo debía consignar y luego se acordó que lo tenía que entregar en el centro comercial que esta cerca al comando de policía. Entonces, se convocó apoyo de otras unidades policiales y se decidió armar el operativo anti extorsión, en el cual se armó un paquete que simulaba el dinero exigido.
Que como la cita era en el centro comercial, la víctima se ubicó en la plazoleta de comidas para que así estuviera siempre en bajo la vista de los agentes. Estando ahíRadicación: 76147-60-00-170-2015-01337-01. AC-157-21/40.
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llegó una mujer -la procesada-, quien exigió el dinero. Entonces, la víctima sacó el paquete y se lo entregó, y en ese momento procedieron a efectuar la captura de SARA DAVIANA, “la capturamos por recibir el paquete, eso es lo que a nosotros nos da la señal para proceder a capturar en este tipo de casos”.
Acotó que la captura sucedió al interior del centro comercial, cerca a los parqueaderos, y se incautó una moto y un celular, elementos que fueron embalados y rotulados, y posteriormente entregados a la Fiscalía. Que SARA estaba muy nerviosa durante el procedimiento. Señaló que la denunciante les entregó un Cd con las imágenes de los chats, y eso se sometió a cadena de custodia. Refirió que el GAULA Valle actúa en todo el departamento, y por ende, los agentes se movilizan dependiendo la necesidad que se presente en las diversas partes del territorio, estando la base principal en la ciudad de Tuluá, y desde ahí el se trasladó a Cartago a prestar apoyo.
A preguntas de la defensa indicó que el informe que se realizó fue uno ejecutivo de inicio que tiene fecha de 31 de julio de 2015 ciudad Tuluá, pero en el primer renglón se señaló 30 de julio, lo que puede obedecer a un error de digitación. Acotó que según ese informe, la captura se efectuó a las 114:45 horas. Reiteró que la denunciante entregó un Cd contentivo de las imágenes de las conversacio nes sostenidas. Que el procedimiento que adelantaron -operativofue salir del comando y
según ese informe, la captura se efectuó a las 114:45 horas. Reiteró que la denunciante entregó un Cd contentivo de las imágenes de las conversacio nes sostenidas. Que el procedimiento que adelantaron -operativofue salir del comando y dirigirse al centro comer cial, allí colocaron en posición a la víctima, quien se ubicó cerca al parqueadero, y ahí estaban ellos esperando a la persona que iba a cumplir la cita, es decir, recoger el dinero de la extorsión. En ese momento llegó la procesada y recibió el paquete qu e simulaba el dinero requerido, siendo esa la “señal” para proceder a la captura.
A preguntas de la Fiscalía acotó que en el informe ejecutivo de inicio existe un error en la fecha de realización del mismo, puesto que todo se efectuó el 31 de julio de
2015. Acotó que el GAULA del Valle tiene su sede principal en Tuluá, y de ahí los agentes salen a prestar sus labores a cualquier ciudad del departamento en calidad de apoyo.
• JUAN CARLOS RIVERA ESPINOSA. Investigador GAULA.
Manifestó que es patrullero de la policía nacional desde hace 16 años, y trabaja como investigador del GAULA, seccional Valle del Cauca.
Acotó que sus funciones son asesorar a las víctimas de delitos de secuestro y extorsión, por ende, cuando una persona llega a esas dependencias, se les informa qué deben realizar, pero todo depende de “la premura del tiempo”, pues se decide si se realiza de una vez el operativo o no. firmó que en los operativos anti extorsión, se asesora a la víctima y se les indica de qué forma responder los mensajes o llamadas,
qué deben realizar, pero todo depende de “la premura del tiempo”, pues se decide si se realiza de una vez el operativo o no. firmó que en los operativos anti extorsión, se asesora a la víctima y se les indica de qué forma responder los mensajes o llamadas, con el objeto de lograr un encuentro personal, para así armar el operativo y lograr la captura de los responsables. De otro lado precisó que cuando se reciben elementos materiales probatorios por parte de los denunciantes, los mismos se someten a cadena de custodia y se llevan al almacén de evidencias.
Indicó que de toco procedimiento que realizan se rinde un informe ejecutivo, y allí se plasma si se incauta, o no, elementos para someter a cadena de custodia. De cara al presente asunto afirmó que para esa fecha -año 2015estaba trabajando en Cartago, y se acercó una persona -la víctima-, quien les informó que estaba siendo objeto de extorsión. Por ende, ante la premura del tiempo se le brindó el asesoramientoRadicación: 76147-60-00-170-2015-01337-01. AC-157-21/40.
Procesado: SARA DAVIANA ANTIA GARZON.
Delito: EXTORSIÓN