TSDJ BUG SP - 76-147-60-00-170-2019-00006-01-(10-07-2023)
Tribunal Superior de Buga
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-147-60-00-170-2019-00006-01-(10-07-2023)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2023
SENTENCIA CONDENATORIA - “Para proferir sentencia condenatoria deberá existir convencimiento de la responsabilidad penal del acusado, más allá de toda duda”/SISTEMA PENAL ACUSATORIO - Solo pueden ser consideradas como pruebas y, por ende, servir de soporte de las sente ncias, las que hayan sido debidamente sometidas a debate en el juicio oral/SISTEMA PENAL A CUSATORIO - El elemento material probatorio, la evidencia física o la información legalmente obtenida que no sea oportunamente descubierta y no se practique en el juicio oral, entre ellas la s versiones de eventuales testigos, incluidas las víctimas, no pueden, por regla general, ser valoradas probatoriamente por el juez para efectos de condena/PRUEBA DE REFERENCIA – Noción y requisitos de admisión excepcional/SISTEMA PENAL ACUSATORIO - También es viable introducir al debate probatorio entrevistas y declaraciones juradas rendidas antes del juicio oral, si las mismas han sido utilizadas por las partes en el desarrollo del interrogatorio cruzado para impugnar credibilidad y cuando el testigo que comparece a la audiencia pública de juzgamiento cambia la versión anterior o se retracta de ella, caso en el que puede ingresar como testimonio adjunto/SISTEMA PENAL ACUSATORIO – Es necesario diferenciar si las declaraciones rendidas por fuera del juicio oral se pretenden emplear para facilitar el interrogatorio cruzado de testigos a través de la impugnación de credibilidad o como medio de conoci miento, es decir, como prueba de referencia o como testimonio adjunto o complementario, cuando quiera que lo narrado en la entrevista sea inconsistente con lo declarado en el juicio /ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - Las referidas versiones de la menor, además de ser pruebas de referencia ,
adjunto o complementario, cuando quiera que lo narrado en la entrevista sea inconsistente con lo declarado en el juicio /ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - Las referidas versiones de la menor, además de ser pruebas de referencia , no cumplieron las exigencias legales y jurisprudenciales para su admisión como tales, lo que impide valorarlas probatoriamente ya que: i) no se solicitó su admisión en la audiencia preparatoria y ii) el a quo no decretó formalmente su incorporación como pruebas de referencia/ ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - Las versiones anteriores al juicio oral rendidas por la menor SBS no fueron utilizadas en esa audiencia para impugnar credibilidad ni se realizó actuación alguna para que fueran consideradas testimonio adjunto/ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - Como la menor SBS no fue llevada al juicio oral, la Fiscalía se quedó sin la única prueba directa que descubrió en dirección a demostrar que el acusado en el año 2018 en varias ocasiones le tocó la vagina por encima de su ropa/ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - Al no existir pruebas directas ni de referencia admisibles que acrediten que los actos sexuales endilgados al acusado realmente ocurrieron, es imposible jurídicamente condenarlo por esos hechos, aserto que impone confirmar la decisión absolutoria impugnada. Sentencia de segunda instancia (AC-480-22) del 10 de julio de 2023, con ponencia del Dr. José Jaime Valencia Castro. Decisión: confirma la sentencia absolutoria.