TSDJ BUG SP - 76-248-60-00-173-2024-00340-(09-07-2025)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-248-60-00-173-2024-00340-(09-07-2025)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2025
PROPORCIONALIDAD Y LEGALIDAD DE LA PENA - En el ámbito de los delitos sexuales, la necesidad de imponer penas severas es incuestionable dada la profunda afectación que este tipo de conductas genera sobre la libertad, integridad y formación sexual de las víctimas —en especial cuando se trata de niñas, niños y adolescentes—. No obstante, esta severidad no puede traducirse en una aplicación automática y desproporcionada de penas, al margen de un juicio individualizado y razonado que atienda los factores que determinan el merecimiento punitivo/ PROPORCIONALIDAD Y LEGALIDAD DE LA PENA - Para la imposición de una sanción legítima, se exige no solo que esté prevista legalmente, conforme al principio de legalidad, sino que además su aplicación se encuentre debidamente motivada en la sentencia, en atención a los parámetros normativos y jurisprudenciales atrás registrados. Solo de esta manera se garantiza el respeto por los derechos fundamentales del procesado y la función resocializadora y preventiva de la pena en el marco de un Estado Social y Democrático de Derecho/PROPORCIONALIDAD Y LEGALIDAD DE LA PENA - Si lo pretendido por la defensa, es la obtención de una rebaja de pena por falta de motivación o porque su representado aceptó los cargos y permitió la celeridad de esta actuación, debe señalarse que, si bien se evidencia un defecto en la argumentación del quantum punitivo, tales aspectos incluida la admisión de responsabilidad, no conduce necesariamente a su reducción, en tanto que, al revisar la gravedad de los hechos, el número de conductas, la pluralidad de víctimas, la reiterac ión del comportamiento delictivo, y los fines que la pena debe cumplir en este caso concreto, se colige
gravedad de los hechos, el número de conductas, la pluralidad de víctimas, la reiterac ión del comportamiento delictivo, y los fines que la pena debe cumplir en este caso concreto, se colige que la sanción impuesta resulta proporcional, raz onable y necesaria en este caso/PROPORCIONALIDAD Y LEGALIDAD DE LA PENA - Al ponderar la Sala la mayor o menor gravedad de la conducta despleg ada por el acusado, se estima que la misma es significativamente lesiva de la integridad y formación sexuales de las niñas víctimas de abuso sexual en los cuatro eventos, en tanto que, siendo menores de edad, aquel a través de falsas promesas de ser modelo s cuando ingresaban a su vehículo, procedía a tocarles sus partes íntimas o accederlas carnalmente … Por tal motivo la pena resulta en este evento necesaria para que el acusado corrija su comportamiento y la sociedad se abstenga de ejecutar este tipo de conductas delictivas, que tanto daño hacen a esta clase de población de especial protección por parte del Estado y sociedad.
Sentencia de segunda instancia (AC-293-25) del 9 de julio de 2025, con ponencia del Dr. Juan Carlos Santacruz L ópez. Decisión: confirma la sentencia apelada en lo que fue objeto de recurso.