TSDJ BUG SP - 76-275-60-00-174-2010-01193-01-(04-11-2014)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-275-60-00-174-2010-01193-01-(04-11-2014)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2014
O E . ^
JUSTICIA PENAL BUGA
SENTENCIA DE
SEGUNDA INSTANCIA ERES
ÉTI C A
Código: GSP-FT-45 Versión: 1 Fecha de aprobación:
22/05/2012
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA
SALA DE DECISIÓN PENAL
Magistrada Ponente: MARTHA LILIANA BERTÍN GALLEGO Radicado: 76275-60-00-174-2010-01193-01 /AC-030-14
Guadalajara de Buga, cuatro de noviembre de dos mil catorce (2.014) Proyecto discutido y aprobado por Acta No. 291
1. OBJETIVO.
La Sala decide el recurso de apelación interpuesto por la Defensa del señor EDUARD IVAN VELEZ ORTIZ, identificado con la C.C 1.130.665.519 expedida en Cali, Valle, contra la sentencia No. 145 del 07 de Noviembre de 2013, proferida por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Palmira-Valle, a través de la cual lo condenó a la pena principal de dos (2) años y ocho (8) meses de prisión y multa equivalente a 26.66 salarios mínimos mensuales legales vigentes y a la privación del derecho a conducir vehículos por el mismo término, tras haberlo encontrado autor penalmente responsable de la conducta punible de HOMICIDIO CULPOSO . Igualmente, fue condenado a la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un tiempo igual al de la pena principal 2 . ANTECEDENTES. 2.1Los hechos que dieron origen a la presente causa fueron expuestos por el Delegado de la Fiscalía General de la Nación en el escrito de acusación bajo los
un tiempo igual al de la pena principal 2 . ANTECEDENTES. 2.1Los hechos que dieron origen a la presente causa fueron expuestos por el Delegado de la Fiscalía General de la Nación en el escrito de acusación bajo los siguientes términos:Radicado: 76275-60-00-174-2010-01193-01/AC-030-14
Acusado: Eduard ¡ván Vélez Ortiz Delito: Homicidio Culposo “Se tiene conocimiento que el día 29 de noviembre del 2010, siendo las 07:50 horas aproximadamente, cuando el bus de placas ZNK-768 afiliado a la empresa SOTRANCE y conducida por el señor EDUARD IVAN VELEZ ORTIZ, al parecer al momento de adelantar una motocicleta, en la vía que de Florida conduce a Chococito, pierde el control del vehículo, estrellándose contra un muro, luego contra un poste del alumbrado público, para finalmente caer a la berma y arrollar a la menor DAY ANA MELO GONOGORA, causándole la muerte de forma inmediata dada la gravedad de las lesiones recibidas 2.2. - La imputación jurídica realizada al señor EDUARD IVAN VELEZ ORTIZ por los anteriores hechos, fue la de HOMICIDIO CULPOSO, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 109 del C.P, misma que le fue comunicada en audiencia de formulación de Imputación de fecha 21 de marzo del 2012 realizada por el juzgado sexto penal municipal, con funciones de control de garantías de Palmira Valle, sin que aceptara el cargo enrostrado. 2.3. - Presentado el escrito de acusación, la etapa de Juzgamiento le correspondió al
sexto penal municipal, con funciones de control de garantías de Palmira Valle, sin que aceptara el cargo enrostrado. 2.3. - Presentado el escrito de acusación, la etapa de Juzgamiento le correspondió al Juzgado Tercero Penal del Circuito Palmira - Valle, quien avocó el asunto el 10 de julio de 2.012. Luego fijó como primera fecha para la audiencia de Formulación de Acusación el día 31 de julio de 2012, la cual debió aplazarse a solicitud del la fiscalía; el día 24 de septiembre de 2012 se llevó a cabo dicha audiencia. 2.4. - Después de dos aplazamientos, el 8 de julio de 2013 se practicó la audiencia Preparatoria. Se realizaron 4 estipulaciones probatorias, hechos probados conforme a: 1) inspección técnica del cadáver; 2) la necropsia médico legal; 3) informe de toxicología practicado a la menor víctima D. M. G.; 4) la plena identidad del acusado. Se decretaron las pruebas y se fijó fecha para el juicio oral el día 23 de Agosto del 2013. 2Radicado: 76275-60-00-174-2010-01193-01/AC-030-14
Acusado: Eduard Iván Vélez Ortiz Delito: Homicidio Culposo 2.5Luego de un aplazamiento por cuenta de la Fiscalía, se inició el juicio el 7 de octubre de 2013. En este día se llevó a cabalidad toda la audiencia del juicio oral y se fijó fecha para la lectura del fallo de carácter condenatorio el día 7 de noviembre de
2013. Se tomaron las siguientes declaraciones por parte de la fiscalía:
fijó fecha para la lectura del fallo de carácter condenatorio el día 7 de noviembre de 2013. Se tomaron las siguientes declaraciones por parte de la fiscalía: 2.5.1.• Ronald Gómez Nieves.- agente de tránsito de Florida. Dijo sobre los hechos que “...el día 29 de noviembre de 2010 precisamente me encontraba de turno cuando fui informado por los bomberos como en todos los casos vía telefónica que se había presentado un accidente que de la vía de Florida conduce al corregimiento de Chococito kilómetro 1. En esta vía, efectivamente, al llegar al lugar de los hechos junto con mi compañero de turno encontramos una cantidad de gente, un vehículo afiliado a SOTRANCE el cual transporta personal del ingenio del Cauca que se encuentra en esa zona, volcado; dos bicicletas; el cuerpo de una menor la cual perdió la vida en ese momento precisamente; encontramos que está derribado un poste de energía con sus cuerdas totalmente cruzado sobe las vías; también la trayectoria que vimos del vehículo la cual había chocado contra un muro de un desagüe; también nos encontramos a un caballero que nos manifestó haber estado presente en el momento del accidente.” “...Es un vía nueva en perfecto estado en su capa asfáltica igualmente en demarcación y señalización una zona despoblada con zonas verdes alrededor. Según tuvimos conocimiento los menores se encontraban recolectando pasto por fuera de la vía; no fue atropello dentro de la vía si no que ellos se encontraban por fuera de esta”. La ubicación de la menor que perdió la vida era “...exactamente la posición geográfica mirándolo se sentido sur norte o sea de Florida al corregimiento de
de la vía; no fue atropello dentro de la vía si no que ellos se encontraban por fuera de esta”. La ubicación de la menor que perdió la vida era “...exactamente la posición geográfica mirándolo se sentido sur norte o sea de Florida al corregimiento de Chococito se encontraban a la margen izquierda de la vía, con sus dos bicicletas y ahí mismo en ese lugar se encontró el cuerpo sin vida de la menor.” El bus, “... indican todos los elementos encontrados en el lugar de los hechos y por el testigo quien se le tomó su versión y sus datos que se desplazaba del ingenio del Cauca al municipio de Florida, es decir de norte a sur.” Preguntado. Según su experiencia en este tipo de actividades usted puede informarnos en esta audiencia en su opinión como peritoRadicado: 76275-60-00-174-2010-01193-01/AC-030-14
Acusado: Eduard Ivén Vélez Ortiz Delito: Homicidio Culposo como agente de tránsito cuales pudieron se las causas de este accidente. R/ De acuerdo a todos los elementos encontrados en la vía y señales que se encuentran en el lugar de los hechos vemos que la vía es una vía estrecha sin embargo apta para este tipo de vehículo circular la cual tiene una línea central de carril el cual de acuerdo a la norma existente por el ministerio de transporte prohíbe adelantar bajo cualquier circunstancia. De acuerdo a lo que vimos, el adelantar bajo estas circunstancia y estas señalización, el cual prohíbe esto, generó que el vehículo transitara en este momento con sus dos ruedas podemos decir tres, la delantera lateral izquierda y la trasera lateral izquierda por fuera de la vía chocando con el muro del desagüe que hay ahí el
con sus dos ruedas podemos decir tres, la delantera lateral izquierda y la trasera lateral izquierda por fuera de la vía chocando con el muro del desagüe que hay ahí el cual lo llevó a perder el control del mismo; hace una demarcación una huella de derrape que es cuando el vehículo se va de lado pierde el control tumba una señal de tránsito posteriormente el poste y después pasa por la humanidad de la menor quitándole la vida.
CONTRAINTERROGATORIO: Preguntado. Usted dice señor Ronald Gómez Nieves que en ese tramo e la vía hay señal de que está prohibido adelantar? R/ Exactamente unas líneas separador de carril una línea amarrilla si vemos el punto tres dos del manual de señalización del 2004 del Ministerio de Transporte el cual se puede encontrar que es compatible con la señalización existente en ese lugar el cual prohíbe cualquier tipo de maniobra y que ningún conductor y bajo ninguna circunstancia debe violar esa normatividad eso hizo de que el vehículo chocara con el separador de esas aguas residuales y perdiera el control. Preguntado. Entonces esa apreciación suya sobre la causa del accidente el señor Eduard Iván Vélez Ortiz que es como se llama el conductor del vehículo, que estaba haciendo alguna obra de adelantamiento en el momento de los hechos? RI Efectivamente al hacer esta maniobra el cual no debía de hacerla por eso existen estas maniobras porque todo aquel que hace realiza estas maniobras puede ocasionar un desenlace de este tipo. Preguntado. Señor Ronald permítame preguntarle algo usted dice que se dio cuenta del accidente por que fue informado vía telefónica por los bomberos de Florida? R/ Efectivamente. Preguntado.
maniobras puede ocasionar un desenlace de este tipo. Preguntado. Señor Ronald permítame preguntarle algo usted dice que se dio cuenta del accidente por que fue informado vía telefónica por los bomberos de Florida? R/ Efectivamente. Preguntado. Luego entonces es claro que usted no fue testigo presencial del accidente? R/ Exactamente testigo presencial de los hechos no fui porque no estuve al momento enRadicado: 76275-60-00-174-2010-01193-01/AC-030-14
Acusado: Eduard Iván Vélez Ortiz Delito: Homicidio Culposo que sucedieron los hechos, valga la redundancia. Preguntado. Entonces porque supone usted entonces que EDUARD ORTIZ estaba haciendo una maniobra de adelantamiento y eso fue lo que causó entonces el accidente? R/ Como vemos en el croquis donde se encuentran todos los elementos recolectados para poder reconstruir o realizar el croquis es mas la fotografía del lugar de los hechos, la trayectoria de los vehículos, las huellas dejadas por las llantas de este vehículo nos indican todo de que el señor transitaba por esta vía y es mas todos los elementos tanto el golpe que existe en el separador de cemento ya que él se encuentra en el lado izquierdo fueron causados por este vehículo porque dentro de las fotos de inspección del vehículo quedaron las huellas y los impactos del vehículo con un árbol y también con este separador de cemento y lo que todos nos indica que este vehículo tomo este tipo de trayectoria para poder volcarse y llevarnos a lo que hoy estamos discutiendo.
Preguntado. De acuerdo con esas evidencias esas huellas todo lo que usted acaba de decir la única conclusión posible es que el estaba haciendo una obra de
trayectoria para poder volcarse y llevarnos a lo que hoy estamos discutiendo. Preguntado. De acuerdo con esas evidencias esas huellas todo lo que usted acaba de decir la única conclusión posible es que el estaba haciendo una obra de adelantamiento? R/ Efectivamente y se refuerza con la información del testigo que en estos momentos según información venia delante del bus metros atrás lo adelanta queda de frente al de la moto el cual tiene toda la panorámica para poder en su versión ser un testigo ocular de una gran importancia y credibilidad. Preguntado. Usted dice que la niña según su información que usted recoge estaba recogiendo pasto por fuera de la carretera en un sitio aledaño a la carretera? R/ Lo que indico es lo poco y mucho que uno logra escuchar familiares todo aquel que llegó y manifestaba que es lo que estaba haciendo igualmente el testigo que informó a las autoridades de los hechos en ese momento. Preguntado. La parte donde se encontraba la niña según lo que usted pudo ver señor Ronald cuando llegó al sitio del accidente, como era, es decir si era una parte despejada, si tenía maleza, pasto, árboles, arbusto, en fin? R/ Es una vía totalmente asfaltada debidamente señalizada despoblada, arborizada al lado y lado de la vía para indicarle las características de esta. Preguntado. Usted cree que una persona que conducía por la carretera tenia visibilidad de donde estaba la niña? R/ Según las características de ese punto donde se encontraba ella? RI Precisamente no podría manifestarte de una forma directa si tenía o no, la verdad es que la maniobra que realizo él podía haberse distraído de lo que pudo tener al frente.Radicado: 76275-60-00-174-2010-01193-01/AC-030-14
podría manifestarte de una forma directa si tenía o no, la verdad es que la maniobra que realizo él podía haberse distraído de lo que pudo tener al frente.Radicado: 76275-60-00-174-2010-01193-01/AC-030-14
Acusado: Eduard Iván Vélez Ortiz Delito: Homicidio Culposo 'V, \r' j ' REDIRECTO: Preguntado. Señor Ronald conforme al contrainterrogatorio que le ha hecho el señor defensor, si el muro que usted nos indica con el cual chocó la primera vez el vehículo se encuentra ubicado a la margen derecha o a la margen izquierda en la dirección que él se desplazaba? R/ El muro con que chocó el vehículo con su llanta delantera izquierda se encuentra al lado izquierdo del sentido que venía el vehículo por el carril adyacente al carril que debía tomar normalmente este. Preguntado. Usted observó en el sitio donde fue encontrada la menor si había pasto recién cortado o si había pasto amontonado o dispuesto en el sitio? R/ En el momento no recuerdo bien doctor, señor fiscal, pero la fotográfica que se tomaron en el lugar de los hechos nos pueden dar claridad sobre ello.
No se hace uso del re contrainterrogatorio ni de preguntas suplementarias por parte del juez se introduce con este testigo informe ejecutivo FPJ3 de 29 de noviembre 2010 realizado por este testigo 2.5.2.- John Freddy Villa Chavera.- supervisor de agentes de tránsito de la secretaría de tránsito de Cali. La fiscalía introduce informe de investigador de transito FPJ 13 realizado por este testigo. Preguntado. Le pido el favor que le haga a esta audiencia un
de tránsito de Cali. La fiscalía introduce informe de investigador de transito FPJ 13 realizado por este testigo. Preguntado. Le pido el favor que le haga a esta audiencia un recuento de las circunstancia de lo que usted observo el día que elaboró ese informe en el sitio del accidente que sucedió fecha 29 de noviembre de 2010. R/ Se solicita por parte de la fiscalía una inspección judicial al sitio donde ocurre el accidente en esa fecha. Lo realizamos el 20 de febrero del 2012, se realiza una inspección judicial con base en las versiones tanto del conductor del automotor como el testigo, estas versiones con las posibles trayectorias de cada vehículo estas versione coinciden al final del informe en la trayectoria del conductor del automóvil como la del testigo Preguntado. Usted nos puede indicar que observó usted sobre esos hechos, qué pudo detectar? R/ De la inspección que hice al sitio se puede llegar a la conclusión de que el conductor del bus realiza una maniobra de adelantamiento al señor de la motocicleta, que golpea con un borde de la alcantarilla luego con un árbol y posteriormente golpea a la menor. Preguntado. Usted pudo observar y consignar en su informe cual es el 6Radicado: 76275-60-00-174-2010-01193-01/AC-030-14
Acusado: Eduard Iván Vélez Ortiz
Delito: Homicidio Culposo ' K o estado de la vía el día que usted realizo la inspección judicial. R/ La vía completamente muy buen estado, excelente estado se encontraba, con una demarcación de línea amarrilla continua la cual indica que no se puede realizar esa maniobra de adelantamiento. Preguntado. Usted pudo establecer si en esa línea amarrilla que usted
muy buen estado, excelente estado se encontraba, con una demarcación de línea amarrilla continua la cual indica que no se puede realizar esa maniobra de adelantamiento. Preguntado. Usted pudo establecer si en esa línea amarrilla que usted ha dicho no se puede adelantar, con base en la información obtenida del señor acusado como la del testigo si el señor Iván Vélez adelantó en ese sitio en el que ocurrieron los hechos o sea invadió el carril izquierdo? R I Si señor de acuerdo a las versiones recopiladas de ambos el señor conductor del bus realiza esa maniobra de adelantamiento en la zona donde no está permitido por la línea continua amarrilla. Preguntado. Se dice en el informe que él una vez adelanta en el carril sufre un choque con un muro, qué consecuencias tuvo el haber tenido el bus un contacto o un impacto con ese muro? R/ Pues eso hace que dependiendo de la velocidad de la que transite pierda el control de ese automotor. Preguntado. Usted pudo establecer si para el momento de los hechos 29 de noviembre de 2010 hubo un intento de frenado o quedaron señales de frenado en ese sitio por parte del motorista del bus? R/ No señor esa parte si no se pudo mirar en esa parte porque la inspección la hicimos dos años después de ocurrido el hecho. Preguntado. Conforme a lo que usted pudo observar en la inspección nos puede indicar en relación con la vía cual era el sitio de ubicación del cadáver del mayor? R I Porque revisamos el expediente fue al lado derecho en el sentido que transitaban los vehículos. Preguntado. Indíquele a esta audiencia conforme a la experiencia que usted tiene en este tipo de actividades si usted puede determinar con exactitud cuál fue la causa del accidente? R/ Bueno, lo que
sentido que transitaban los vehículos. Preguntado. Indíquele a esta audiencia conforme a la experiencia que usted tiene en este tipo de actividades si usted puede determinar con exactitud cuál fue la causa del accidente? R/ Bueno, lo que consignamos en el Informe y lo que se puede ver conforme a las versiones de cada uno tanto del conductor como el del testigo que el conductor del bus realiza una maniobra de adelantamiento en un sitio donde no está permitido ya que hay una línea amarrilla continua una sola y eso está prohibido. Preguntado. Además de esa línea amarilla continua hay otra señal de advertencia en sentido de avisar prevenir sobre el no adelantamiento o si hay curva próxima? R/ Si señor hay una señal de pedestal que indica que hay una curva pronunciada a la izquierda a unos metros donde ocurrió el accidente. 7Radicado: 76275-60-00-174-2010-01193-01/AC-030-14
Acusado: Eduard Iván Vélez Ortiz Delito: Homicidio Culposo \ y CONTRAINTEROGATORIO: Preguntado. Puede decirnos si recuerda el nombre tanto del conductor del bus como del testigo? R I No, la verdad en este momento no lo recuerdo bien. Preguntado. El del testigo tampoco? R I No, la verdad no lo tengo presente. Preguntado. Nos puede decir por favor de que manera se hizo la supuesta recepción de estas versiones del conductor del bus y del testigo para con base a eso elabore su informe? R/ Claro, llegamos al sitio en compañía del investigador del CTI quien fue el que nos dio la orden de policía judicial, nos presentaron a cada uno tanto el conductor del bus como el conductor de la motocicleta que en este caso actúa como testigo, empezamos primero con cada uno de ellos a tomar una versión y se realizan
quien fue el que nos dio la orden de policía judicial, nos presentaron a cada uno tanto el conductor del bus como el conductor de la motocicleta que en este caso actúa como testigo, empezamos primero con cada uno de ellos a tomar una versión y se realizan las fijaciones fotográficas con base a cada una de estas versiones tanto del conductor del bus como del testigo. Preguntado. O sea que según eso ellos participaron en la diligencia? RI Si señor. Preguntado. Usted recuerda si el señor conductor del bus iba acompañado por algún abogado? R/ Creo que si, no recuerdo el nombre del abogado pero si estaba acompañado. Preguntado. Según la copia de ese informe que nos dio la fiscalía señor Jhon Freddy la única firma que aparece al final del documento es la suya, usted recuerda eso? R/Si señor porque yo fui quien realizó las fijaciones fotográficas y realicé el informe de investigación de campo con base en las fotografías. Preguntado. Y las otras personas que participaban en la diligencia no debían firmar también? R/ No, porque esto lo hice yo solo, yo esta parte, la parte del álbum fotográfico este informe especial de campo, lo hice yo solo. Preguntado. Si, pero considerando que ellos están dando versiones del accidente, no deberían firmar también como en asentimiento de que así fue efectivamente? R/ Ah no, en este caso no porque este informe lo rinde un funcionario de policía judicial, no los testigos ni el conductor. Preguntado. Y si no aparece la firma de ellos, entonces como se puede probar luego que efectivamente participaron, por ejemplo, si a uno se le ocurriera ponerlo en duda como prueba usted que efectivamente participaron? R/ Claro en las
conductor. Preguntado. Y si no aparece la firma de ellos, entonces como se puede probar luego que efectivamente participaron, por ejemplo, si a uno se le ocurriera ponerlo en duda como prueba usted que efectivamente participaron? R/ Claro en las fotografías se puede ver perfectamente el conductor del vehículo y en las fotografías está el conductor de la motocicleta, ellos fueron quienes ubicaron los vehículos exactamente en el sitio por donde ellos transitaban. Ahí se ve claramente en el álbum de fotografías, el señor que levanta las manos es el conductor de la motocicleta él es el testigo entonces esa es la versión de ellos. Preguntado. Usted dice que es un 8Radicado: 76275-60-00-174-2010-01193-01/AC-030-14 ^
Acusado: Eduard Iván Vélez Ortiz O?
Delito: Homicidio Culposo experto en criminalista cierto? R/ Si señor. Preguntado. En ese orden de ideas le pregunto esto a nivel de protocolos cuando una persona en este caso era el señor imputado la persona que está bajo investigación como posible responsable del accidente antes de dar una versión como esta en la que, por que es una versión de los hechos que evidentemente no debe hacérsele firmar una acta de consentimiento, un protocolo en donde eventualmente decida si quiere renunciar a su derecho de guardar silencio antes de dar esta versión? R/ Bueno, en este caso no porque no se está practicando ninguna prueba es solamente una inspección judicial nada más con base en testimonios, no se está practicando ningún tipo de prueba con base a las dos.
No se hace uso del redirecto por parte de la fiscalía, pero se hacen algunas preguntas complementarias por parte del juez. Preguntado. En el álbum fotográfico que entrega
en testimonios, no se está practicando ningún tipo de prueba con base a las dos. No se hace uso del redirecto por parte de la fiscalía, pero se hacen algunas preguntas complementarias por parte del juez. Preguntado. En el álbum fotográfico que entrega el agente de tránsito Ronald Nieves allí aparece el cuerpo sin vida de una menor y al lado una bicicleta, ustedes constataron de quien era esa bicicleta? R/ No señor nosotros esa parte solamente nos limitamos a hacer la inspección judicial como tal después de ocurridos los hechos. Preguntado. A usted no se le mencionó del hallazgo de una bicicleta del lugar de los hechos? R/ Lo logramos ver en el informe que el agente de tránsito elaboramos si lo vimos. Preguntado. Para usted lo que es evidente entonces es que el bus iba adelantando una motocicleta? R/ Si su señoría, si. Preguntado. Usted sabe cómo deben de conducirse las motocicletas en cuestiones de distancia cómo la berma? R/ De acuerdo al Código Nacional de Transito, debe transitar a un metro de la orilla por el lado derecho. Preguntado. Y un bus no puede adelantar una motocicleta? R/ Se puede adelantar siempre y cuando la vía lo permita en este caso, por ejemplo, la vía es angosta a pesar de que está en muy buen estado para eso le colocan una línea amanilla continua porque empezando es muy pequeña la calzada y segundo se encuentra una curva cerca. Preguntado. Cuantos metros tiene la vías? R/ No lo recuerdo bien, 6.40 metros no lo tengo presente muy bien no tengo la medida exacta. Preguntado. Míreme entonces los informes que usted dio, cuanto tiene la vía?
R/ No lo recuerdo bien, 6.40 metros no lo tengo presente muy bien no tengo la medida exacta. Preguntado. Míreme entonces los informes que usted dio, cuanto tiene la vía? R/ 7metros 30 cm. Preguntado. Cuantos metros mide el ancho del bus? R/ Ese si no lo tenemos acá. Preguntado. Más o menos, cuál sería el cálculo del ancho de ese bus? R/ Más o menos, creo que unos 3 metros. Preguntado. Tres metros más un metro 9Radicado: 76275-60-00-174-2010-01193-01/AC-030-14 ^
Acusado: Eduard Iván Vélez Ortiz v ?
Delito: Homicidio Culposo serian cuatro metros? Si señor. Preguntado. Frente a 7 metros con 30 cm quedarían faltando 3.30, ¿si cabría ese bus después del metro de la motocicleta? R/ Bueno el bus puede perfectamente dentro de esa vía pero la manera de adelantamiento la debe hacer no dentro del mismo carril porque al tener una línea amanilla continua entonces estamos dividiendo la vía en dos carriles, entonces el señor lo está a haciendo se puede realizar la maniobra de adelantamiento pero cambiando de carril no dentro del mismo carril y en este caso el bus adelanta pasando el carril adyacente, es decir, en sentido contrario. Preguntado. La motocicleta iba en el mismo sentido del bus? R/ Si señor ambos venían en el mismo sentido. Preguntado. Pero entonces eso indica que si podía acudir al otro vehículo para adelantar? R/ Podía acudir pero no está permitido precisamente por la línea amanilla que lo prohíbe. Preguntado. Según entonces un bus
podía acudir al otro vehículo para adelantar? R/ Podía acudir pero no está permitido precisamente por la línea amanilla que lo prohíbe. Preguntado. Según entonces un bus nunca podrá adelantar una motocicleta? R/ Siempre y cuando lo haga dentro de un mismo carril e perdón disculpe siempre y cuando lo haga cambiando el carril en este caso solo hay un solo carril y la ley no lo permite dentro del mismo carril. Preguntado. O sea que él nunca podría si una moto va a 80 km por hora o digamos a 40 km por horas y los carros necesariamente van a mas de 40, 50, 60 y si es permitido en esa vía que kilometraje podría tener un bus? R/ Pues allí creo que es vía urbana 60 kilómetros por hora que es la permitida, pero mientras exista la línea amarilla una sola línea continua amarilla no se le permite adelantar. Preguntado. Se mencionó que más adelante había una curva. Tú tienes las fotos allí en tu informe me lo facilita, observándose al pie de la niña una bicicleta podría decirse que al la niña iba montada en esa bicicleta? R/ Si señor. La fiscalía pide que se incorpore al proceso el informe realizado por el testigo, el juez acepta la petición. 2.5.3.- Alfredo Pantoja.- Pensionado. Preguntado. Díganos si usted recuerda para el mes de enero 25 de 2011 haber asistido a las instalaciones de la Fiscalía General de la Nación y rendir una versión de unos hechos relacionados con un accidente de tránsito en el que resultó víctima una menor edad. RI Si acudí a la fiscalía. Preguntado.
la Nación y rendir una versión de unos hechos relacionados con un accidente de tránsito en el que resultó víctima una menor edad. RI Si acudí a la fiscalía. Preguntado. Usted recuerda en esa entrevista usted que manifestó o quiere ver la entrevista para refrescar su memoria? R/ Yo recuerdo. Preguntado. Si usted recuerda entonces dígale 10Radicado: 76275-60-00-174-2010-01193-01/AC-030-14
Acusado: Eduard Iván Vélez Ortiz Delito: Homicidio Culposo por favor a esta audiencia que es lo que usted observó ese día donde se encontraba usted y que fue lo que observó? R/ Me encontraba porque yo laboro pensionado pero yo laboro con el señor Carlos Ledesma en una hacienda que él tiene ahí al lado de Florida entonces pues yo estaba ahí laborando ahí el día lunes 29 de noviembre, pues es día era poco mas de 7:20, 7:30 estábamos por allí entonces llegaron unos niños, porque nosotros estábamos allí en la orilla de la carretera entonces llegaron unos niños a cortar pasto y pues entonces allí estaban varios niños donde nosotros estábamos cortando pasto es una niña y un niño pues el niño es ya mayor de edad pues mayor de edad no, si no más mayorcito que la niña. Entonces estábamos allí cuando en ese momento vimos un vehículo que venía por allá porque ese vehículo venia del ingenio del Cauca hacia Florida. Venía y pues como venía con mucha velocidad y se acercaba hacia donde nosotros estábamos entonces ahí al frente de donde nosotros estábamos había una alcantarilla y colisionó con la parte delantera de la alcantarilla sobresalida de la carretera entonces el bus giró la parte de atrás y se
velocidad y se acercaba hacia donde nosotros estábamos entonces ahí al frente de donde nosotros estábamos había una alcantarilla y colisionó con la parte delantera de la alcantarilla sobresalida de la carretera entonces el bus giró la parte de atrás y se atravesó en la carretera siguió hacia allá donde estaban los niños y entonces con la parte trasera colisionó con un poste que estaba allí. Lo partió y entonces el bus siguió su rumbo y allí fue donde arrolló a la niña, yo estaba en la orilla de la carretera parte derecha viniendo de allá para acá hacia Florida y entonces allí yo salí y miré la niña y me dio mucho pesar de verla allí como estaba y yo me agarré fue a llorar y el bus quedó sobre el palo, un palo que había, quedó pues otra vez en posición de parado como se dice no y allí fue donde terminó todo porque yo me retiré de la escena y entonces me retiré para allá cuando al rato ya miré que llegaron ya los bomberos y según eso pues pienso yo que hay alguien en una moto que recogió al niño y se lo llevó porque yo pensé que habían fallecido todo dos allí; entonces se los llevó para donde los Bomberos sería, no sé, entonces al rato llegaron los Bomberos y eso fue todo. Preguntado. Señor Pantoja usted dice que se encontraba cerca donde estaban los niños? RJ Si. Preguntado. Usted que se encontraba haciendo? R/ nosotros estábamos limpiando el callejón de la carretera, estábamos limpiando la carre