TSDJ BUG SP - 76-306-60-00-175-2019-00162-02-(04-08-2021)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-306-60-00-175-2019-00162-02-(04-08-2021)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2021
DERECHO A LA DEFENSA TÉCNICA - Alcance de dicha garantía/DERECHO A LA DEFENSA TÉCNICA - La inactividad del defensor no siempre conduce, inevitablemente, a su vulneración/NULIDAD POR VIOLACIÓN AL DERECHO A LA DEFENSA TÉCNICA - El impugnante no precisó cuáles fueron, en concreto, las actividades omitidas por su antecesor en la defensa del acusado cuya realización hubiese permitido evitar la eventual condena, lograr la disminución de pena o mejorar, de alguna manera, la situación jurídica y probatoria de aquel/ACTOS SEXUALES - No están definidos en la ley, pero deben entenderse como aquellos por medio de los cuales el agente busca satisfacer sus necesidades eróticas o liberar su lascivia sin penetración o introducción del miembro viril por vía anal, vaginal u oral de la víctima, o sin penetración vaginal o anal con cualquier otra parte de su cuerpo o algún objeto/ PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - Tanto en la imputación como en la acusación la Fiscalía narro de manera acertada las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos constitutivos de acto sexuales con menor de 14 años/TESTIMONIO DE LA VÍCTIMA - El recurrente no concretó cuáles fueron las contradicciones, inconsistencias y obscuridades en su declaración/TESTIMONIO DE LA VÍCTIMA - La detallada observación del registro del testimonio de la menor permite constatar que respondió las preguntas de manera espontánea, libre y segura y que su progenitora, en ningún momento, le insinuó respuesta alguna o pretendió manipularla/ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - No poder precisar la fecha exacta de su comisión no constituye irregularidad sustancial con poder para invalidar parcial o talmente la actuación, máxime cuando la época de ejecución de la conducta punible es determinable, como en efecto ocurrió/ACTOS SEXUALES CON
DE 14 AÑOS - No poder precisar la fecha exacta de su comisión no constituye irregularidad sustancial con poder para invalidar parcial o talmente la actuación, máxime cuando la época de ejecución de la conducta punible es determinable, como en efecto ocurrió/ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - El testimonio de la menor, airoso frente a los reparos formulados por la defensa, permite confirmar la sentencia condenatoria impuesta al procesado. Magistrado ponente : José Jaime Valencia Castro Sentencia segunda instancia del : 4.8.2021 Aprobada mediante acta : 202 Decisión : Confirma la sentencia condenatoria Delito : Actos sexuales con menor de 14 años Procesado : José Humberto Gil Valencia Procedencia : Juzgado Tercero Penal del Circuito Buga Radicación : 76-306-60-00-175-2019-00162-02-AC-202-21