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TSDJ BUG SP - 76-520-31-09-008-2024-00067-01-(02-10-2024)

Tribunal Superior de Buga

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Título
TSDJ BUG SP - 76-520-31-09-008-2024-00067-01-(02-10-2024)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2024

SENTENCIA DE TUTELA

SEGUNDA INSTANCIA

Código: GSP-FT-49 Versión: 4 Fecha de Aprobación:

10/11/2017

¡C o m p rom e ti d o s c o n l a c a l i da d ! Calle 7 No. 14-32, Palacio de Justicia 1 Consejo Superior de la Judicatura

REPÚBLICA DE COLOMBIA

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA

SALA DE DECISIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

JOSÉ JAIME VALENCIA CASTRO

Radicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

Accionante: Ana Milena Cardona Accionado: Ministerio del Deporte Guadalajara de Buga, octubre dos (02) de dos mil veinticuatro (2024)

Aprobado según Acta No. 457

I OBJETIVO

Resuelve el Tribunal impugnación interpuesta contra la Sentencia No. 64 del 29 de agosto de 2024 proferida por el Juzgado Octavo Penal del Circuito de Palmira en el trámite de la acción de tutela presentada por la señora ANA MILENA CARDONA LÓ PEZ en representación de su menor hija LINDA SOFÍA GUERAO CARDONA , contra el

MINISTERIO DEL DEPORTE.

II ANTECEDENTES

1. La accionante narra lo siguiente:

“PRIMERO: Mí hija es nadadora desde hace 7 años y deportista de alto rendimiento hace 4 años en natación carreras ( paranatación) actualmente

II ANTECEDENTES

1. La accionante narra lo siguiente:

“PRIMERO: Mí hija es nadadora desde hace 7 años y deportista de alto rendimiento hace 4 años en natación carreras ( paranatación) actualmente juvenil clasificación funcional S1 5 (auditivos) perteneciente a la liga vallecaucana de deportes sordos, como deportista de natación carrerasRadicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

Accionante: Ana Milena Cardona

Accionado: Ministerio del Deporte

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(paranatación) durante años ha venido preparándose fuertemente para lograr ser parte de la selección valle de para natación, alcanzando en este momento de su vida ser preselección valle en proceso de selección valle, adicional a esto también se encuentra en preselección Palmira, en proceso de ser selección Palmita para representar a nuestro hermoso municipio en los próximos juegos departamentales en su clas ificación y categoría el mes d e febrero del año 2025, Id anterior ha sido resultado de su excelente desempeño pasión y disciplina como deportista de alto rendimiento en natación carreras (paranatación), durante años, ha ido mejorando sus condiciones físicas, mentales y deportivas con el fin de representar a nuestro hermoso departamento de la mejor manera en todos las competencias nacionales organizadas por la Federación Colombiana de Deportes para Sordosmentales y deportivas con el fin de representar a nuestro hermoso departamento de la mejor manera en todos las competencias nacionales organizadas por la Federación Colombiana de Deportes para SordosFECOLDE y el Ministerio de Deportes. Es deportista de gran proyección y con excelentes resultados en marcas y medallero en campeonatos nacionales contra Cundinamarca, Bogotá, Antioquía … con tan solo 13 años de edad, honorable juez en los anexos de pruebas está una pe queña autobiografía donde se evidencia los logros tan tremendos que ha obtenido mi hija con tan solo 12 años de edad en su momento, y constancia del profesor del imder, presidente del club deportivo y certificado de la liga que pedí recientemente para radicar en el colegio donde describen la deportista con gran proyección que es y su proceso actual, este deporte ella 10 ve como proyecto de vida, estilo de vida, sueños, ideales, esperanza, pasión, alegría, donde se siente feliz socializando e incluida, ha si do un motor en su rehabilitación, en su educación y crecimiento personal, emocional, físico, académico y hasta espiritual, ha sido y es importante para ella, para su diario vivir, le encanta ser competitiva y sueña con ser campeona olímpica y mundial en s u categoría juvenil y en mayores de su clasificación S15 AUDITIVOS.

Con gran esfuerzo, sacrificio, dedicación, disciplina, pasión, esperanza ilusión y sueños se ha preparado para ganarse la clasificación a este gran evento como lo es los I juegos nacionales juveniles 2024 eje cafetero sector convencional y paralímpico, lográndolo el 30 de junio del 2024 en nuestra

y sueños se ha preparado para ganarse la clasificación a este gran evento como lo es los I juegos nacionales juveniles 2024 eje cafetero sector convencional y paralímpico, lográndolo el 30 de junio del 2024 en nuestra ciudad de Palmira en evento realizado por la federación colombiana deRadicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

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paranatación a nivel nacional, compitiendo contra mayores de 24 años de Antioquía, Atlántico y Cundinamarca, por. sus excelentes marcas y resultados en medallería, se logra clasificar para representar a nuestro hermoso valle del cauca, pero nos encontramos con una gran sorpresa, que entidades que deben estar dispuestas a garanti zar que sus derechos fundamentales a la igualdad, a] debido proceso, a l libre desarrollo de la personalidad, al derecho a la recreación, derecho al deporte, derecho a la protección especial de las personas en condición de discapacidad etc.,

NO los están incluyendo (no fueron convocados) en eventos como I JUEGOS NACIONALES JUVENILES 2024 EJE CAFE IERO SECTOR CONVENCIONAL Y PARALÍMP1COS y peor aun cuando el año pasado sí fueron incluidos los deportistas AUDITIVOS en los juegos paranacionales de mayores del 2023, este año no incluyen a nuestros jóvenes, vulnerando así los derechos fundamentales de nuestra hija menor de edad (juvenil) en condición

fueron incluidos los deportistas AUDITIVOS en los juegos paranacionales de mayores del 2023, este año no incluyen a nuestros jóvenes, vulnerando así los derechos fundamentales de nuestra hija menor de edad (juvenil) en condición de discapacidad auditiva.

Honorable juez ayúdenos por favor suficiente con que nuestros niños y jóvenes sordos se an regularmente discriminados por alguna parte de la sociedad ignorante, que no está capacitada para tratarlos con tolerancia, paciencia, amor y respeto, que en el diario vivir los rechazan e incluso los repudian , se burlan de ellos, No los incluyen, y lo s ven como una carga, como un fastidio, hasta incluso como un problema, cuando es alguna parte de la sociedad la que no está capacitada p ara comunicarse con ellos, para comprender y entender lo que es no tener el oído en un mundo oyente, como para que ahora también sean excluidos y vulnerados sus derechos en la disciplina ( natación carreras) del mundo donde ellos en este caso mi hija se siente feliz y apasionada compitiendo, representando su departamento, siendo ejemplo a seguir en eventos tan importantes como el ya mencionado de donde no los incluyeron, pero que el año pasado si incluyeron a los mayores como si nuestros jóvenes no tuvieran los mismos derechos. Este deporte para ella y sus amiguitas (os) los hace inmensamente feliz, los apasiona.Radicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

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SEGUNDO: Los deportistas sordos somos conscientes de la importancia que tiene la actividad y física y la práctica deportiva en el mejoramiento de nuestra calidad de vida, por ello y para ello, contamos con el apoyo y respaldo incondicional de las diferentes Ligas Departamentales de deportes para sordos, que, a su vez, pertenecen a la Federación Colombiana de Deportes para Sordos - FECOLDE.

FECOLDES Cuenta con reconocimiento deportivo expedido por el Ministerio del Deporte según Resolución 001187 de septiembre de 2022, además se encuentra debidamente afiliada a las organizaciones deportivas internacionales para sordos así: Comité Internacional de Deportes para Sordos (su acrónimo es ICSD): es una organización internacional d e derecho privada que hace la representación mundial para los deportistas sordos, mientras que en el ciclo olímpico quién representa a sus deportistas es el Comité Olímpico Internacional (COl) y en el ciclo paralímpico quién representa a sus paraatletas es el Comité Paralímpico Internacional (lPC).

Organización Deportiva Panamericana de Sordos (su acrónimo PANAMDES): es una organización de derecho privado internacional que hace la representación del continente americano para deportistas sordos. Mientras que para el ciclo olímpico quién representa a su s deportistas es la Organización Deportiva Panamericana (PANAM SPORTS) y en el ciclo

representación del continente americano para deportistas sordos. Mientras que para el ciclo olímpico quién representa a su s deportistas es la Organización Deportiva Panamericana (PANAM SPORTS) y en el ciclo paralímpico quién representa a sus paraatletas es el Comité Paralímpico de las Américas (APC).

Confederación Sudamericana De portiva de Sordos (su acrónimo CONSUDES): es una organización de derecho privado internacional que hace la representación de Suramérica para deportistas sordos. Mientras que para el ciclo olímpico quién representa a sus deportistas es la Organización Deportiva Suramericana (ODESUR).

Dicho I o anterior, si el sistema sordol ímpico cuenta con ciclo nacional, suramericano, panamericano e internacional al igual que el ciclo olímpico yRadicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

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paralímpico por qué no se incluye en los juegos juveniles nacionales de sordos en la Resolución 000100 "Por medio de la cual se promulga la Carta Deportiva Fundamental de los l juegos Nacionales Juveniles, Eje Cafetero 2024, Sector Convencional y Paralímpico".

TERCERO: de forma inexplicable, inhumana, injusta, violatoria de todos los derechos el Ministerio del Deporte el día 28 de febrero de 2024 expidió la

Convencional y Paralímpico".

TERCERO: de forma inexplicable, inhumana, injusta, violatoria de todos los derechos el Ministerio del Deporte el día 28 de febrero de 2024 expidió la Resolución 000100 "Por medio de la cual se promulga la Carta Deportiva Fundamental de los l juegos Nacionales Juveniles, Eje Cafetero 2024 , Sector convencional y Paralímpico: excluyendo el sistema sordolímpico en todas las disciplinas deportivas correspondientes a los deportes para sordos, disciplinas a las cuales pertenecemos muchos deportistas y, que nos hemos preparado con esfuerzo y dedicación para estas justas deportivas. Quedando por fuera el sistema sordo olímpico en nuestro caso deporte de natación carreras, todos sus procesos y las fases de desarrollo desde la iniciación hasta el alto rendimiento dando la sensación de ser invisibles para el ministerio, siendo desconocidos en dicho decreto.

CUARTO: En Colombia se ha unificado la participación de los atletas sordos en los Juegos Paranacionales enunciadas en cada una de las Cartas Deportivas Fundamentales firmadas por el ente del deporte Nacional antes Coldeportes hoy Ministerio del Deporte que se vienen realizando y compitiendo en las justas deportivas realizadas en Bogotá 2004, Cali 2008, Cúcuta 2012, Tolima 2015 y Bolívar 2019, cinco Juegos Paranacionales que se desarrollaron bajo la ley 582 de 2000 y su Decreto 641 de 20 01 hoy derogadas; y que para los VI Juegos Paranacionales Eje Cafeter o 2023 amparados por la Ley 1946 de 2019 y su Decreto Ley 520 de 2021, en razón a que no se encuentran

los VI Juegos Paranacionales Eje Cafeter o 2023 amparados por la Ley 1946 de 2019 y su Decreto Ley 520 de 2021, en razón a que no se encuentran establecidos por ninguna norma los juegos Sordo nacionales, pero que siempre hemos e stado incluidos en todos los procesos deportivos realizados por la Nación y que hoy en la Resolución 000100 "Por medio de la cual se promulga la Carta Deportiva Fundamental de los juegos Nacionales juveniles, Eje Cafetero 2024 , Sector Convencional y Paralímpico" está excluido los atletas sordos juveniles en natación carreras.Radicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

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QUINTO: El día 18 de marzo DE 2024, se envió por parte de la Federación Colombiana de Deportes para Sordos — FECOLDE derecho de petición solicitando la inclusión de los deportistas sordos, el cual tiene como radicado

2024ER0007361.

SEXTO: De forma inexplicable, injusta y violatoria de los derechos de los deportistas sordos, el día 10 de abril de 2024, la Federación Colombiana de Deportes para Sordos - FECOLDE, recibió respuesta negativa por parte del MINISTERIO DEL DEPORTE , con radicad o 2024EE0008729: respuesta el cual despacharon desfavorablemente la solicitud de ser incluidos en los juegos

Deportes para Sordos - FECOLDE, recibió respuesta negativa por parte del MINISTERIO DEL DEPORTE , con radicad o 2024EE0008729: respuesta el cual despacharon desfavorablemente la solicitud de ser incluidos en los juegos juveniles a las personas sordas. En este caso, Ministerio del Deporte no valoraron a profundidad la solicitud, simplemente dieron una respuesta con desaprobación llevando en contravía la inclusión de deportistas sordos colombianos dentro de un evento tan importante como son los juegos juveniles, evento de vital importancia para el desarrol lo del deporte sordolímpico en los diferentes ciclos.

Los sordos están siendo desconocidos por este decreto y se puede invocar al derecho de la igualdad.

Los últimos resultados por sistema son los siguientes:

1. Sistema olímpico para Tokio 2020 consiguió e l puesto 64 consiguiendo 0 oros, 4 platas y 1 bronce.

2. EI sistema paralímpico en Tokio 2020 alcanzó el puesto 37 con 3 oros, 7 platas y 1 bronces.

3. El sistema sordolímpico alcanzó e] puesto 11 con 1 oro, 1 plata y 2 bronces.

El ministerio convoca a los sordo s en eventos nacionales (cada 4 años) y juegos Intercolegiados en algunas disciplinas como I o son los juegos Paranacionales. Esta vez sería la primera vez que no participarían en unRadicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

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evento para el cual todos tanto olímpicos paralímpicos y sordolímpico tienen la misma ilusión y preparación para participar.

SEPTIMO: Los más afectados en la decisión arbitraria por parte del Ministerio del Deporte somos la juventud sorda, juventud sorda que es COLOMBIANA que tiene el mismo derecho los ciudadanos deportistas convocados por Resolución 000100 "Por medio de la cual se promulga la Carta Deportiva Fundamental de los l juegos Nacionales Juveniles, Eje Cafeter o 2024, Sector

Convencional y Paralímpico”.

OCTAVO: El día 7 de julio del 2024 radique derecho de petición al ministerio del deporte pidiendo la explicación de porque no fueron incluidos los deportistas sordos en natación carreras ( paranatación) y que por favor los incluyeran, pero a la fecha no hubo ninguna respuesta a este derecho de petición.

PRETENSIONES

PRIMERO. Se protejan los derechos de mi hija menor, derechos fundamentales al Debido Proceso, Derecho a la Igualdad, Derecho a la Vida Digna y a la integridad Personal, Derecho al Debido Procedimiento Administrativo y la protección especial del estado a las personas con discapacidad. en consecuencia.

Que los deportistas sordos en natación carreras (paranatación) sean incluidos en este decreto para que participen, pa ra que tengan las mismas condiciones

Administrativo y la protección especial del estado a las personas con discapacidad. en consecuencia.

Que los deportistas sordos en natación carreras (paranatación) sean incluidos en este decreto para que participen, pa ra que tengan las mismas condiciones y oportunidades que le están siendo dadas al sistema olímpico y paralímpico.

Los deportistas sordos deben incluirse en los l Juegos nacionales juveniles y Paranacionales 2024 del eje cafetero sector convencional y paralímpico, en la disciplina de sordos natación carreras (paranatación).Radicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

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SEGUNDO. Se ordene al Ministerio del Deporte de forma inmediata, modificar la resolución 000100 "Por medio el cual se promulga la Carta Deportiva Fundamental de los I juegos Nacionales, Eje Cafetero 2024, Sector Convencional y Paralímpico" para que se me incluya, e incluya a todos los deportistas sordos de natación ( paranatación) en estas justas, como también modificar el plazo prudente para la realización del evento clasi ficatorio con la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE DEPO RTES PARA S ORDOS y las inscripciones nominales de los deportistas de cada departamento, ya que estaríamos en desventaja técnica, administrativa y financiera con relación a los deportes de las federaciones ya convocados a los l juegos Nacionales, Eje

inscripciones nominales de los deportistas de cada departamento, ya que estaríamos en desventaja técnica, administrativa y financiera con relación a los deportes de las federaciones ya convocados a los l juegos Nacionales, Eje Cafetero 2024.

TERCERO. Honorable juez por favor con nuestro más profundo respeto le pedimos Ordenar al ministerio del deporte abstenerse de volver a excluir, discriminar o vulnerar los derechos a nuestros deportistas auditivos, en este nuestro caso de natación carrera (paranatación) sector paralímpico de cualquier evento deportivo nacional, departamental o municipal, siendo así convocados de ahora en adelante.

CUARTO. El ente departamental y los entes departamentales aseguren los apoyos, las ayudas, los incentivos y todo Id necesario y suficiente para que nuestros deportistas auditivos juveniles puedan participar y asistir en óptimas condiciones en todos los eventos convocados por el ministerio del deporte, como por ejemplo en los I Juegos Nacionales juveniles, Eje Cafetero 2024, Sector Convencional y Paralímpico".

QUINTO. Las demás ordenes que quiera impartir honorable Juez para garantizar los derechos fundamentales de mi hija menor (juvenil) en condición de discapacidad auditiva con clasificación funcional S15.”

2. El INSTITUTO DEL DEPORTE, LA EDUCACIÓN FISICA Y RECREACIÓN DEL VALLE DEL CAUCA – IMDERVALLEcontestó que carece de legitimación en la causa por pasiva.Radicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

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3. El señor MIGUEL ANTONIO DE LA HOZ GARCIA - Jefe de la oficina jurídica del

MINISTERIO DEL DEPORTE – contestó que:

“AL HECHO 1: No corresponde a un hecho sino a las manifestaciones de la parte actora de unas circunstancias fácticas, las cuales serían objeto de valoración por parte del Despacho. En todo caso destacamos que no se hace referencia a una presunta vulneración, por parte del Ministerio del Deporte, de los derechos invocados por la parte accionante.

AL HECHO 2: No corresponde a un hecho sino a las manifestaciones de la parte actora de unas circunstancias fácticas, las cuales serían objet o de valoración por parte del Despacho. Se destaca que el sistema Sordolímpico Colombiano, cuenta con un ciclo deportivo nacional e internacional diferente al convencional y al paralímpico, y se desarrolla en tiempos diferentes a estos dos sistemas, así para los Sordos la SORDOLIMPIADA se realizará en el año 2025.

Ahora, los I Juegos Nacionales Juveniles, en el sector convencional y paralímpico, son reglamentados a través del Decreto 1052 del 22 de junio de 2022 “(…) “Por medio del cual se reglamenta el numeral 6 del artículo 3º de la Ley 181 de 1995 y se adiciona la Parte 15 del Libro 2 del Decreto 1085 de

2022 “(…) “Por medio del cual se reglamenta el numeral 6 del artículo 3º de la Ley 181 de 1995 y se adiciona la Parte 15 del Libro 2 del Decreto 1085 de 2015, Decreto único reglamentario del Sector Deporte, para definir estrategias y lineamientos para apoyar el talento deportivo, la generación de la reserva deportiva y la promoción del deporte competiti vo y de alto rendimiento”, en el artículo 2.15.2.15. establece : “ Juegos Nacionales Juveniles. Los Juegos Nacionales Juveniles se realizarán en el sector convencional y paralímpico cada cuatro (4) años, el año siguiente al que se realicen los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales, en la misma sede de los mencionados juegos, y se considerarán como el inicio del Ciclo Deportivo Nacional. La convocatoria para la realización de estos juegos se hará de la misma manera que la de los Juegos Panamericanos y Para panamericanos del ciclo en curso. Estos eventos se realizarán en la categoría anterior a la abierta o de mayores (…)” (Subraya y negrilla propia).Radicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

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Así, los deportes y modalidades convocados para la realización de los I Juegos Nacionales Juveniles, Ej e Cafetero 2024, así como las edades, categorías y clasificaciones funcionales, fueron los convocados en los Juegos

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Así, los deportes y modalidades convocados para la realización de los I Juegos Nacionales Juveniles, Ej e Cafetero 2024, así como las edades, categorías y clasificaciones funcionales, fueron los convocados en los Juegos Parapanamericanos de Chile en “Santiago 2023”; resaltamos que los Juegos juveniles se realizan con el objetivo de ampliar y proyectar la reserva deportiva del país,con miras a la alta competencia y al cumplimiento de objetivos alcanzables en el ciclo paralímpico, los Juegos Parapanamericanos en “Lima 2027”, los Juegos Paranacionales 2027, y por lo tanto, hacia la participación de Colombia en los próximos Juegos Paralímpicos de “Los Ángeles 2028”.

Ahora, los deportistas que hacen parte del sistema sordolímpico no están convocados para esta primera versión de los Juegos Nacionales Juveniles, puesto que los deportes a tener en cuenta son los que hacen parte del sistema paralímpico, deportistas con discapacidades físicas, visuales, cognitivas y parálisis cerebral, y los atletas sordos pertenecen a otro sistema deportivo que es el sordolímpico, ellos desarrollan sus competencias de manera independiente, y en momentos diferentes al sistema olímpico y paralímpico.

Los Juegos Nacionales Juveniles, fueron convocados a través de la Resolución 000100 del 28 de febrero del 2024, invitando a los deportes que hacen parte del sistema olímpico y paralímpico, en las discapacidades físicas, intelectuales, visuales y parálisis cerebral, ya que estas competencias, tienen ciclos de tiempo diferentes para la competencia.

Los Juegos Nacionales, son el inicio del ciclo olímpico y paralímpico, NO

intelectuales, visuales y parálisis cerebral, ya que estas competencias, tienen ciclos de tiempo diferentes para la competencia.

Los Juegos Nacionales, son el inicio del ciclo olímpico y paralímpico, NO SORDOLÍMPICO, por eso solo fueron convocados estos deportes. Según el Comité internacional para Sordos, las fechas realizado y próximos programados para los próximos Juegos para sordos son:

-Juegos Panamericanos de Sordos del 15 al 20 de diciembre del 2024, en Ecuador. -Juegos Mundiales para Sordos 2023Radicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

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-Juegos SORDOLÍMPICOS en Tokio -Japón en el año 2025. Son eventos independientes y no están afiliados al comité Olímpico internacional (COI), lo mismo pasa en Colombia, el sistema sordolímpico es independiente y no está afiliado al comité paralímpico colombiano. En Colombia, FECOLDES con los recursos que otorga el Ministerio del Deporte realiza todo el año campeonatos y demás competencias para esta población, todo con recursos del Ministerio del Deporte.

Por eso no están conv ocados en este año para los Juegos Juveniles, ellos tendrán sus competencias preparatorias el próximo año, y el Ministerio del Deporte acompañará todo el proceso.

AL HECHO 3: El Ministerio del Deporte a través de la Resolución 000100 del

tendrán sus competencias preparatorias el próximo año, y el Ministerio del Deporte acompañará todo el proceso.

AL HECHO 3: El Ministerio del Deporte a través de la Resolución 000100 del 28 de febrero del 2024 promulgó la “Carta Deportiva Fundamental de los I Juegos Nacionales Juveniles, Eje Cafetero 2024, Sector Convencional y Paralímpico”, el cual reglamenta los lineamientos para fortalecer, en articulación con el Sistema Nacional del Deporte, el proc eso de formación deportiva, con el que se desarrollarán estrategias de preparación y participación de los deportistas en eventos nacionales e internacionales.

Reiteramos, y a través del decreto 1052 del 22 de junio del 2022, (…)”se reglamenta el numeral 6 del artículo 3º de la Ley 181 de 1995 y se adiciona la Parte 15 del Libro 2 del Decreto 1085 de 2015, Decreto único reglamentario del Sector Deporte, para definir estrategias y lineamientos para apoyar el talento deportivo, la generación de la reserva d eportiva y la promoción del deporte competitivo y de alto rendimiento”, el cual indica en el “Artículo 2.15.2.15. Juegos Nacionales Juveniles. Los Juegos Nacionales Juveniles se realizarán en el sector convencional y paralímpico cada cuatro (4) años, el año siguiente al que se realicen los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales, en la misma sede de los mencionados juegos, y se considerarán como el inicio del Ciclo Deportivo Nacional. La convocatoria para

siguiente al que se realicen los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales, en la misma sede de los mencionados juegos, y se considerarán como el inicio del Ciclo Deportivo Nacional. La convocatoria para la realización de estos juegos se hará de la misma manera que la de los JuegosRadicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

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Panamericanos y Parapanamericanos del ciclo en curso. Estos eventos se realizarán en la categoría anterior a la abierta o de mayores”.

Los deportes y modalidades convocados para la realización de los I Juegos Nacionales Juveniles, Eje Cafetero 2024, sector convencional y paralímpico, así como las edades, categorías y clasificaciones funcionales, fueron realizados conforme a la convocatoria realizada para los últimos Juegos Panamericanos y Para-panamericanos de Santiago de Chile en el año 2023.

“Santiago2023”, con el objetivo de ampliar y proyectar la reserva deportiva del país, con miras a la alta competencia y al cumplimiento de objetivos alcanzables en el Ciclo Olímpico y paralímpico, los Juegos Panamericanos y Para-panamericanos de Lima2027, los Juegos Nacionales y Paranacionales2027, y la participación de Colombia, en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de “los Ángeles 2028”.

En este sentido, los deportes que hacen parte del sistema Sordolímpico no

2027, y la participación de Colombia, en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de “los Ángeles 2028”.

En este sentido, los deportes que hacen parte del sistema Sordolímpico no están convocado s para esta primera versión de los Juegos Nacionales Juveniles, puesto que los deportes a tener en cuenta son aquellos que pertenecen el sistema Olímpico -Convencional y Paralímpico, según lo realizado en Santiago de Chile en el año 2023 y las discapacidade s convocadas son las mismas de los Juegos Parapanamericanos (físicas, visuales, cognitivas y parálisis cerebral). Los atletas sordos, pertenecen a otro sistema deportivo, estructurado así desde el orden Internacional y es el sistema “Sordolímpico”, los cua les realizan sus competencias en tiempos, procesos y unidad de organismos diferente al Olímpico y Paralímpico.

La representación de los atletas sordos en Colombia, la ejerce la Federación Colombiana de Deportes para Sordos -FECOLDES, siendo un organismo de derecho privado que cumple con funciones de interés público y social, cuyo objeto es el de fomentar y patrocinar la práctica de varios deportes o modalidades deportivas, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre con sus clubes afiliados y deport istas SORDOS (Discapacidad auditiva) queRadicación: 76-520-31-09-008-2024-00067-01 (T-1020-24)

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agrupa las disciplinas de ajedrez, atletismo, baloncesto, bolos, ciclismo, fútbol, fútbol sala, natación y tenis de mesa, tanto en rama masculina como femenina de 20 departamentos afiliados a través de ligas departa mentales y clubes deportivos de personas sordas, conforme lo establece la ley 1946 de 2019 y el Decreto reglamentario 520 de 2021.

FECOLDES Cuenta con reconocimiento deportivo expedido por el Ministerio del Deporte según Resolución 001187 de septiembre de 2022, además se encuentra debidamente afiliada a las organizaciones deportivas internacionales para sordos, como se expuso

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