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TSDJ BUG SP - 76-520-60-00-000-2020-00018-02-(15-03-2024)

Tribunal Superior de Buga

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Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-520-60-00-000-2020-00018-02-(15-03-2024)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2024

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JUSTICIA PENAL

BUGA

AUTO INTERLOCUTORIO SEGUNDA

INSTANCIA

TRIBUNAL SUPERIOR

Código:

GSP-FT-09

Versión: 2

Fecha de aprobación: 10/11/2017

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA

SALA DE DECISIÓN PENAL

JUAN CARLOS SANTACRUZ LÓPEZ

Magistrado Ponente

RADICACIÓN 76520-6000000-2020-00018-02- (AC-119-024)

CONDENADO JEFFERSON SINISTERRA LOZADA

DELITO CONCIERTO PARA DELINQUIR Y OTROS

Buga, Valle, viernes quince (15) de marzo del año dos mil veinticuatro (2.024).

Discutido y aprobado Acta No. 114

1. OBJETIVO

Corresponde a la Sala resolver el recurso de apelación interpuesto por el interno JEFFERSON SINISTERRA LOZ ADA, en contra del auto interlocutorio No. 228 del 19 de febrero de 2024 , mediante el cual el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Palmira, negó la petición de libertad por pena cumplida dentro del proceso de la referencia.Rad. 76520-6000000-2020-00018-02- (AC-119-024) Condenado. Jefferson Sinisterra Lozada

Palmira, negó la petición de libertad por pena cumplida dentro del proceso de la referencia.Rad. 76520-6000000-2020-00018-02- (AC-119-024) Condenado. Jefferson Sinisterra Lozada Delito. Concierto para delinquir y otros Decisión: Confirma negativa de libertad por pena cumplida

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2. ANTECEDENTES

Fueron con signados en la decisión de primera instancia bajo el siguiente tenor:

“Jefferson Sinisterra Lozada, identificado con c édula n úmero 14.748.461 expedida en Buenaventura, Valle del Cauca, fue condenado por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Palmira, Valle de Cauca, mediante sentencia No. 021 del 13 de junio de 2023, al haber sido hallado penalmente responsable de los delitos de concierto para delinquir simple, cohecho por dar u ofrecer y tráfico de estupefacientes, a la pena principal de sesenta (60) meses de prisión y multa de 70 smlmv, así como a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por t érmino de cuarenta (40) meses, negándosele la suspensión de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria, por hechos ocurridos el 28 de julio de 2019, la sentencia quedó ejecutoriada en la fecha de su proferimiento.”

El señor JEFFERSON SINISTERRA LOZADA elevó ante el juez ejecutor, solicitud de libertad por pena cumplida.

3. DECISIÓN IMPUGNADA

El Juez Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de

El señor JEFFERSON SINISTERRA LOZADA elevó ante el juez ejecutor, solicitud de libertad por pena cumplida.

3. DECISIÓN IMPUGNADA

El Juez Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Palmira, mediante decisión interlocutoria No. 228 del 19 de febrero de 2.024, negó al interno la libertad por pena cumplida , al estimar que aún no ha terminado de descontar la sanción de 60 meses de pr isión que le fue impuesta, pues le falta por deducir 12 meses y 7 días de prisión, debido a que solo ha purgado desde el 27 de febrero de 2020 que fue recluido, al 19 de febrero del año 2024, 47 meses y 23 días de prisión.

4. RECURSO DE APELACIÓN

El interno JEFFERSON SINISTERRA LOZADA , sostuvo que no compartía la decisión de la autoridad judicial , aportando un escritoRad. 76520-6000000-2020-00018-02- (AC-119-024) Condenado. Jefferson Sinisterra Lozada Delito. Concierto para delinquir y otros Decisión: Confirma negativa de libertad por pena cumplida

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que en realidad resulta incomprensible, no obstante, se infiere que al parecer reclama que no se tuvo en cuenta las redenciones de pena, sin especificar los tiempos a que se refiere.

5. CONSIDERACIONES

5.1. Competencia

Esta S ala es competente para desatar el recurso de apelación impetrado por el interno JEFFERSON SINISTERRA LOZADA , en

5. CONSIDERACIONES

5.1. Competencia

Esta S ala es competente para desatar el recurso de apelación impetrado por el interno JEFFERSON SINISTERRA LOZADA , en virtud de los factores objetivo, funcional y territori al, por mandato del artículo 34, numeral sexto de la Ley 906 de 2004.

5.2. Problema jurídico a resolver

Con fundamento en lo expresado por el interno JEFFERSON SINISTERRA LOZADA en el escrito de sustentación del recurso de apelación, corresponde a est a instancia Colegiada determinar si en el presente asunto, aquel es merecedor de la libertad , al cumplir la pena de 60 meses de prisión que le fue aplicada dentro del proceso de la referencia.

5.3. De la solución del caso

Atendiendo la capacidad argumentativ a del apelante, quien procesalmente corresponde al sujeto pasivo de la acción penal, entra la Sala a decidir el tema objeto de discusión.

Al estudiarse en su integridad el expediente digital aportado a la actuación, se a vizora tal como lo hizo el juez eje cutor, que al ser privado de la libertad el ciudadano JEFFERSON SINISTERRARad. 76520-6000000-2020-00018-02- (AC-119-024) Condenado. Jefferson Sinisterra Lozada Delito. Concierto para delinquir y otros Decisión: Confirma negativa de libertad por pena cumplida

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LOZADA desde el pasado 27 de febrero del año 2020 a la toma de la decisión de primer grado 19 de febrero de 2024 , de la sanción

Decisión: Confirma negativa de libertad por pena cumplida

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LOZADA desde el pasado 27 de febrero del año 2020 a la toma de la decisión de primer grado 19 de febrero de 2024 , de la sanción impuesta de 60 meses de prisión, tan solo ha purgado 47 meses y 23 días.

Por otra parte no se observa que el Centro Carcelario de Palmira, ha ya elevado en favor del condenado redención de pena por trabajo , estudio o enseña nza, que permita reconocer previo el análisis de rigor redención de sanción por estos aspectos, de ahí que, ante esta situación acertó el juez que vigila la sanción, en requerir en la decisión materia de apelación a la directora del alud ido establecimiento de reclusión, para que aport e la cartilla biográ fica del reclamante, con el fin de estudiar si existen redenciones de pena por resolver en favor de este individuo.

De ahí que, al no obrar elementos distintos a los considerados por el juez para negar la libertad por pena cumplida, la decisión de primer grado debe ser confirmada en su integridad.

Las anteriores razones son suficientes para que el Tribunal Superior de l Distrito Judicial de Buga, mediante su Sala de Decisión Penal,

6. R E S U E L V A

PRIMERO: Confirmar la decisión objeto de apelación.

SEGUNDO: La presente decisión no es susceptible de recurso alguno.Rad. 76520-6000000-2020-00018-02- (AC-119-024) Condenado. Jefferson Sinisterra Lozada Delito. Concierto para delinquir y otros

SEGUNDO: La presente decisión no es susceptible de recurso alguno.Rad. 76520-6000000-2020-00018-02- (AC-119-024) Condenado. Jefferson Sinisterra Lozada Delito. Concierto para delinquir y otros Decisión: Confirma negativa de libertad por pena cumplida

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C Ú M P L A S E

Los Magistrados,

JUAN CARLOS SANTACRUZ LÓPEZ 76520-6000000-2020-00018-02- (AC-119-24)

JOSÉ JAIME VALENCIA CASTRO 76520-6000000-2020-00018-02- (AC-119-24)

MARTHA LILIANA BERTÍN GALLEGO 76520-6000000-2020-00018-02- (AC-119-24)

Leidy Carolina Torres Medicis Secretaria Sala Penal

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