TSDJ BUG SP - 76-520-60-00-180-2017-00672-01-(21-05-2020)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-520-60-00-180-2017-00672-01-(21-05-2020)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2020
FORMULACIÓN DE LA ACUSACIÓN - No es necesario que se mencione a todas las personas que hubieren presenciado los hechos ni se afecta el principio de congruencia por no nombrar a los testigos de vista/HOMICIDIO - Para la Sala es inequívoca la autoría endilgada al procesado/DOLO EVENTUAL - El procesado disparó sin importarle la presencia de otras personas en el lugar de los hechos y ocasionó la muerte del menor, ajeno a su pretensión homicida/ PORTE ILEGAL DE ARMAS DE FUEGOLa estipulación que excluyó del debate probatorio la carencia del permiso para portar armas no implica vulneración de las garantías fundamentales del procesado.
FUENTES FORMALES: Ley 906 de 2004, artículos 337, 357 (inciso 2) y 381; Código Penal, artículo 103.
CITAS DE JURISPRUDENCIA: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, decisión SP9621-2017.
Magistrada ponente : Martha Liliana Bertín Gallego Sentencia segunda instancia del : 21.5.2020
Aprobada mediante acta : 87
Decisión : confirma la sentencia condenatoria Delito : Homicidio y porte ilegal de armas
Procesado : Christian Andrés Perlaza Arboleda Procedencia : Juzgado Quinto Penal del Circuito Palmira Radicación : 76-520-60-00-180-2017-00672-01-AC-402-19