TSDJ BUG SP - 76-520-60-00-180-2020-01475-01-(02-03-2022)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-520-60-00-180-2020-01475-01-(02-03-2022)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2022
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – No es cierto que su actividad investigativa termine con la presentación del escrito de acusación / BASE DE LA OPINIÓN PERICIAL – Toda declaración de perito deberá estar precedida de un informe resumido que exprese la base de la opinión pedida por la parte que propuso la práctica de la prueba PRUEBAS EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO – La fiscalía, en la audiencia de formulación de acusación, fue transparente al expresar la fecha de realiza ción de la valoración psicológi ca, sin que fuera razonable exigirle más detalles por tratarse de una prueba ordenada y aún no practicada y además, en la audiencia preparatoria, entregó la base de la opinión pericial a la defensa.
Auto de segunda instancia (AC-041-22) del 2 de marzo de 2022, con ponencia del Dr. José Jaime Valencia Castro. Decisión: revoca el auto apelado.