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TSDJ BUG SP - 76-520-60-00-180-2020-01475-01-(29-11-2022)

Tribunal Superior de Buga

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Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-520-60-00-180-2020-01475-01-(29-11-2022)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2022

SENTENCIA CONDENATORIA – Exige conocimiento, más allá de toda duda, acerca del delito y de la responsabilidad penal del acusado/SISTEMA PENAL ACUSATORIO – El marco dentro del cual se debe realizar el juicio está limitado por la narración de los hechos jurídicamente relevantes que hace la fiscalía en la formulación de imputación/ACTOS SEXUALES - No están definidos en la ley, pero deben entenderse como aquellos por medio de los cuales el agente busca satisfacer sus necesidades eróticas o liberar su lascivia sin penetración o introducción del miembro viril por vía anal, vaginal u oral de la víctima, o sin penetración vaginal o anal con cualquier otra parte de su cuerpo o algún objeto/ACTOS SEXUALES – Para que tengan relevancia penal debe concurrir un componente subjetivo, esto es, el interés sexual del agente/TESTIMONIO ÚNICO - Para condenar con fundamento en una sola prueba, esta debe ser confiable, verosímil, lógica, aceptable y sin circunstancias internas o externas que permitan dudar de su credibilida/ACTOS SEXUALES ABUSIVOS CON MENOR DE 14 AÑOS – Las declaraciones dadas por la menor antes del juicio oral no cumplieron las exigencias legales y jurisprudenciales para su admisión excepcional en tanto no se solicitó su aducción en la audiencia preparatoria ni el juicio oral y el juez de primera instancia no decretó formalmente su incorporación como prueba de referencia admisible y no pueden, en consecuencia, ser objeto de valoración/ACTOS SEXUALES ABUSIVOS CON MENOR DE 14 AÑOS - La Fiscalía a pesar de afirmar en la imputación que los actos sexuales investigados ocurrieron

entre septiembre y octubre de 2020 en la casa del acusado, no llevó al juicio oral prueba que demostrara esa aseveración ni desvirtuó las de la defensa que informan que para esa época la menor no iba a la casa del acusado como consecuencia del confinamiento generado por la pandemia del COVID-19. Sentencia de segunda instancia (AC-300-22) del 29 de noviembre de 2022, con ponencia del Dr. Álvaro José Jaime Valencia Castro. Decisión: confirma la sentencia absolutoria.

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